Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE ES MERCADAL
Núm. 7352
Suspensión del proceso de selección del concurso oposición para la provisión con caracter temporal a tiempo parcial de educador/a para el área social
Considerando que en fecha 28 de abril de 2015 se ha dictado resolución de la Alcaldía, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Considerando que mediante resolución de la Alcaldía de 6 de febrero de 2.015 se aprobaron las bases del concurso-oposición para la provisión con carácter laboral temporal a tiempo parcial (60 % de jornada) de educador/a social por el área social.
Considerando que el 10 de abril de 2.015, esta Alcaldía resolvió aprobar la lista de admitidos y excluidos, nombrar los miembros del Tribunal Calificador, fijar un plazo para presentar alegaciones contra la lista de admitidos y excluidos, convocar a varios aspirantes para hacer la prueba de lengua catalana y señalar el día 29 de abril de 2.015 para que se lleve a cabo el primer ejercicio del proceso selectivo.
Considerando que en la base segunda, letra f), de las bases del concurso oposición, incluye entre las condiciones de los aspirantes:
“f) Acreditar los conocimientos de lengua catalana correspondientes al nivel C1 (equivalente al nivel C anterior) de la junta evaluadora de catalán. Para el caso que no se pueda acreditar documentalmente los conocimientos de lengua catalana dentro del plazo de presentación de solicitudes, se hará una prueba específica que servirá para acreditarlos y que será la primera que se tendrá que efectuar dentro de esta convocatoria.”
Considerando que la Disposición Adicional 12ª de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de Función Pública de las Islas Baleares, añadida por la Ley 9/2012, de 19 de julio, de modificación de la ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la comunidad autónoma de las Islas Baleares
Atendido, pues, que la exigencia de conocimiento de lengua catalana contenida en las bases del concurso oposición no es ajustada a derecho.
Considerando que el art. 67.1 de la Ley 30/1992, de 26 noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, prevé que la Administración puede validar los actos anulables enmendando los vicios que presenten.
Considerando que para enmendar las bases del concurso-oposición hay que eliminar de las mismas la letra f) de la base segunda; el párrafo 5º de la base cuarta y los puntos 1 y 2 de la FASE DE OPOSICIÓN regulada en la base séptima.
Considerando que, llegados en este punto, no podemos olvidar que el art. 55 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Trabajador Público, dispone que: “Todos los ciudadanos tienen derecho al acceso al empleo público de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, y de acuerdo con lo previsto en el presente Estatuto y en el resto del ordenamiento jurídico.”
Considerando que el derecho al acceso al trabajo público en condiciones de igualdad, mérito y capacidad exige que se abra un nuevo plazo para presentar solicitudes de participación en el concurso-oposición para que todas aquellas personas que no reunían la condición de conocimiento de la lengua catalana ahora se puedan presentar.
En ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas,
RESUELVO:
Primero.- RECTIFICAR, al amparo del previsto al arte. 67.1 de la Ley 30/1992, de 26 noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, las bases del concurso-oposición para la provisión con carácter laboral temporal a tiempo parcial (60 % de jornada) de educador/a social por el área social y, en atención a lo previsto a la Disposición Adicional 12ª de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de Función Pública de las Islas Baleares, eliminar de las mismas la letra f) de la base segunda; el párrafo 5.º de la base cuarta y los puntos 1 y 2 de la FASE DE OPOSICIÓN regulada a la base séptima.
Segundo.- SUSPENDER el señalamiento previsto para el próximo día 29 de abril de 2.015 y comunicarlo a los interesados.
Tercero.- CONCEDER un plazo de quince días naturales, contados a partir de la publicación de la presente resolución y de las bases del concurso-oposición rectificadas en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB), para presentar nuevas solicitudes de participación en el concurso-oposición.
Sin perjuicio que del anterior puedan resultar más, se tienen por presentados y admitidos al concurso-oposición todas las personas indicadas a la resolución de la Alcaldía de 10 de abril de 2015
Quart.- Publicar el anuncio del nuevo plazo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) y en la página web del Ayuntamiento.
Es Mercadal, 28 d'abril de 2.015
EL ALCALDE
Francesc Ametller Pons