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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.3 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 7098
Ejecución de títulos judiciales 254/2014

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Dª  PAULA MATEO ERROZ, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 003 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000254 /2014 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª MOISES RICO FERNANDEZ contra la empresa  PREFABRICATS JERONI SL, sobre ORDINARIO, se ha dictado las siguientes resoluciones, cuya parte dispositiva se adjunta:

PARTE DISPOSITIVA

DISPONGO:

Estimar la solicitud de MOISES RICO FERNANDEZ de aclarar el auto dictado en este procedimiento con fecha 14/11/14 en el sentido que se indica a continuación.

“PARTE DISPOSITIVA,

DISPONGO:

Se declara extinguida la relación laboral que unía a D./Dñª. MOISES RICO FERNANDEZ con la empresa  PREFABRICATS JERONI SL, condenando a ésta a que abone a aque/lla la/s cantidad/es siguientes:

NOMBRE TRABAJADOR: MOISES RICO FERNANDEZ

INDEMNIZACIÓN: 14.448,33.-EUROS.

SALARIOS DE TRAMITACIÓN: 24.073,56.-EUROS.

Parte impagada del salario de  Diciembre de 2012 y salario de Enero y Febrero de 2013: 2.477,77.-euros. “

“PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo:

Aclarar el decreto de fecha 23/12/14 en los términos siguientes:

“Retener los saldos a favor del ejecutado,  PREFABRICATS JERONI SL, en las siguientes entidades: TODAS LAS ENTIDADES BANCARIAS ADSCRITAS AL PUNTO NEUTRO JUDICIAL; EMBARGAR LAS POSIBLES DEVOLUCIONES DE LA AGENCIA TRIBUTARIA, y ello en cuanto sea suficiente para cubrir la suma de las cantidades reclamadas, a saber:

40.835,75.-euros euros, de principal e intereses ordinarios y 8.167.- euros, presupuestados para intereses y costas.”

Librar el/los oficios necesarios en las entidades bancarias y/o de crédito donde se hará constar la orden de retención con los apercibimientos legales que para el caso de incumplimiento de esta orden pudiera incurrir el receptor de la misma quien deberá expedir recibo acreditativo de la recepción de la orden y quien deberá hacer constar las cantidades que el ejecutado, en ese instante, dispusiere en tal entidad. Dicho acuse de recibo será devuelto se remitirá directamente a este órgano judicial.”

“PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo:

Aclarar el Decreto de fecha 20/03/15 en los términos siguientes:

“Acuerdo:

a) Declarar al/a los ejecutado/s  PREFABRICATS JERONI SL en situación de INSOLVENCIA  PARCIAL por importe de 40.671,84 euros, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.”

Y para que sirva de notificación en legal forma a  PREFABRICATS JERONI SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de BALEARES.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a diecisiete de Abril de dos mil quince.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL