Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 7347
Ampliación del plazo para justificar las ayudas concedidas a los clubes deportivos de baloncesto de Ibiza para el fomento y la promoción del deporte de baloncesto dentro del programa “El deporte para la edad escolar”
Se hace público que en fecha 27 de abril de 2015 el Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Ibiza aprobó, por unanimidad, la siguiente propuesta:
“12. Propuesta del consejero ejecutivo del Departamento de Deportes y Juventud en relación a la ampliación del plazo para justificar las ayudas concedidas a los clubes deportivos de baloncesto de Ibiza para el fomento y la promoción del deporte de baloncesto dentro del programa “El deporte para la edad escolar” en la isla de Ibiza, modalidad de competición temporada deportiva 2014/2015.
Habiendo presentado la siguiente propuesta, previa declaración de urgencia:
“ASUNTO: Ampliación término para justificar las ayudas económicas a los clubes deportivos de baloncesto de Ibiza para el fomento y la promoción del deporte de baloncesto dentro del programa “el Deporte para la Edad Escolar” en la isla de Ibiza, modalidad de competición temporada deportiva 2014/2015.
Visto que con fecha 10 de diciembre de 2014, el Consejero Ejecutivo del Departamento de Deportes y Juventud, emitió providencia de incoación del expediente administrativo oportuno, a fin de que se llevaran a cabo las actuaciones necesarias para la formalización de las bases para prestar ayuda económica a los “clubes deportivos de baloncesto de Ibiza para el fomento y la promoción del deporte de baloncesto dentro del programa “El deporte para la edad escolar” en la isla de Ibiza, modalidad de competición temporada deportiva 2014/2015”.
Visto que previa la emisión de los pertinentes informes técnicos, jurídicos, e informe-propuesta, el Consejero Ejecutivo del Departamento de Deportes y Juventud, elevó la propuesta para la aprobación de las bases al Consejo Ejecutivo, en los siguientes términos:
Primero.- Aprobar las bases para la concesión de ayudas económicas a los clubes deportivos de baloncesto de Ibiza para el fomento y la promoción del deporte de baloncesto dentro del programa “el deporte para la edad escolar” en la isla de Ibiza, modalidad de competición temporada deportiva 2014/2015 que se adjuntan por importe de 27.500 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 3410.48900 de los vigentes presupuestos de la Corporación.
Segundo.- Aprobar simultáneamente la convocatoria correspondiente, que se regirá por las bases a que se ha hecho referencia en el punto anterior.
Tercero.- Publicar en el BOIB las bases que han de regir la mencionada convocatoria y exponerlas en el tablón de edictos del Consell Insular de Ibiza”.
Visto que el Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Ibiza aprobó, en fecha 1 de diciembre de 2014, las bases para la concesión de ayudas económicas a los clubes deportivos de baloncesto de Ibiza para el fomento y la promoción del deporte de baloncesto dentro del programa “el deporte para la edad escolar en la isla de Ibiza, modalidad de competición temporada deportiva 204/2015, Bases que fueron publicadas en el BOIB nº 177 de 27 de diciembre de 2015.
Visto que con fecha 24 de abril de 2015, el coordinador de deportes, emitió el siguiente informe:
“Las Bases para la concesión de ayudas económicas a los clubes deportivos de baloncesto de Ibiza para el fomento y la promoción del deporte de baloncesto dentro del programa “el Deporte para la Edad Escolar” en la isla de Ibiza, modalidad de competición temporada deportiva 2014/2015 fueron aprobadas por Consejo Ejecutivo el 1 de diciembre de 2014 publicado en el BOIB nº 177 de 27 de diciembre de 2014
Visto el informe de la comisión evaluadora donde figura por error que el Club Puig d’en Valls tiene 6 equipos en deporte escolar (tal como se especifica en un documento aportado por el club), en lugar de 3 (según el certificado del secretario del club), de manera que hay que redistribuir los importes asignados a cada club de baloncesto, que por este motivo no se encuentran en disposición para la justificación, y por tanto en el plazo establecido no será posible cumplir por parte de las entidades beneficiarias.
El punto 13.1.3 de las mencionadas bases establece que el plazo para justificar la ayuda concedida, ante el Consell de Ibiza, finalizará el 30 de abril de 2015, para el primer pago y justificación del 50% de la subvención concedida.
Por lo cual, informo que se tiene que ampliar hasta el 30 de mayo de 2015, el plazo para justificar la ayuda concedida ante el Consell de Ibiza, que finalizaba el 30 de abril de 2015, para el primer pago del 50% de la subvención concedida, para la concesión de ayudas económicas a los clubes deportivos de baloncesto de Ibiza para el fomento y la promoción del deporte de baloncesto dentro del programa “El deporte para la Edad Escolar” en la isla de Ibiza modalidad de competición temporada deportiva 2014/2015.”
Visto que las bases para prestar ayuda económica a los “clubes deportivos de baloncesto de Ibiza para el fomento y la promoción del deporte de baloncesto dentro del programa “El deporte para la Edad Escolar” en la isla de Ibiza, modalidad de competición temporada 2014-2015”, en el punto 13.1., 13.1.2 y 13.1.3, transcriben:
“13.1.- Primer pago del 50% de la subvención concedida.
13.1.1.- ......»
13.1.2.- Se tiene que presentar facturas de gastos realizados o recibos de seguros de accidentes de acuerdo al punto 6 de las bases.
13.1.3.- El plazo de justificación finalizará el 30 de abril de 2015.
13.1.4.- ........»
13.1.5.-.......»
Visto que el Coordinador de Deportes en su informe, pone de manifiesto que:
Visto el informe de la comisión evaluadora donde figura por error que el Club Puig d’en Valls tiene 6 equipos en deporte escolar (tal como se especifica en un documento aportado por el club), en lugar de 3 (según el certificado del secretario del club), de manera que hay que redistribuir los importes asignados a cada club de baloncesto, que por este motivo no se encuentran en disposición para la justificación, y por tanto en el plazo establecido no será posible cumplir por parte de las entidades beneficiarias, y propone que dicho plazo se prorrogue hasta el 30 de mayo de 2015.
Visto que a tales efectos hemos de estar a lo que establece el artículo 49 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según el cual la Administración, podrá conceder de oficio o a petición de los interesados, una ampliación de los plazos establecidos, siempre que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudica el interés de terceros.
Visto que en el presente caso, concurren dichas circunstancias; circunstancias que no solo no perjudicarían los derechos de terceros sino que, por el contrario, lo que se pretende es no provocar una indefensión a los terceros interesados.
Visto que, en consecuencia, procede prorrogar el término para justificar la documentación de las ayudas, hasta el 30 de mayo de 2015
Visto que una vez adoptado el acuerdo de ampliación del plazo, por el Órgano competente, deberá notificarse a todos los interesados.
Visto el informe técnico favorable, emitido en fecha de 24 de abril de 2015 por el Coordinador de Deportes.
Visto el informe jurídico favorable, emitido en fecha de 24 de abril de 2015 por la Letrada del Departamento de Deportes y Juventud.
Visto que para las ayudas objeto de esta convocatoria se destinará la cantidad máxima de veinte y siete mil quinientos euros (27.500 €), con cargo a la partida 3410 48900 del ejercicio presupuestario del año 2015 y que las entidades solicitantes no podrán recibir una cantidad superior a la solicitada o no podrán superar una cantidad de 7.000 euros.
Visto que de acuerdo con el Decreto de Presidencia de fecha 4 de julio de 2011 de determinación de las atribuciones correspondientes a los diferentes órganos del Consell Insular d’Eivissa (BOIB núm. 104 de 07-07-2011), el Órgano competente para la aprobación del expediente para la “concesión de ayudas económicas a los clubes deportivos de baloncesto de Ibiza para el fomento y la promoción del deporte de baloncesto dentro del programa “El Deporte para la Edad Escolar” en la isla de Ibiza, modalidad de competición temporada deportiva 2014/2015”, fue el Consejo Ejecutivo, igualmente, el competente para aprobar la prórroga del plazo al 30 de mayo de 2015.
Visto el informe-propuesta con la PROPUESTA que se eleva al Consejero Ejecutivo del Departamento de Deportes y Juventud, de fecha 24 de abril de 2015.
El Consejero que subscribe eleva al Consejo Ejecutivo, la siguiente:
PROPUESTA:
PRIMERO.- APROBAR la ampliación del término establecido en el punto 13.1.3. de las bases para la “concesión de ayudas económicas a los clubes deportivos de baloncesto de Ibiza para el fomento y la promoción del deporte de baloncesto dentro del programa “El Deporte para la Edad Escolar” en la isla de Ibiza, modalidad de competición temporada deportiva 2014/2015”, por lo que la documentación podrá ser presentada al Consell Insular hasta el 30 de mayo de 2015.
SEGUNDO.- Publicar dicha ampliación en el BOIB
TERCERO.- Notificar a todos los interesados.
Ibiza, 28 d’abril de 2015
El secretario técnico del Área de Interior, Turismo y Deportes
Agustín Goerlich López