Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 7217
Resolución del director general del Servicio de Salud de 14 de abril de 2015 por la que se convoca, por el procedimiento de concurso, un puesto de trabajo de jefe de grupo de almacén del Hospital Comarcal de Inca
De conformidad con el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de mayo de 2011 por el que se ratifica el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 22 de marzo de 2011 (BOIB núm. 75/2011, de 21 de mayo) por el que se regula el sistema de provisión de los cargos no directivos del personal estatutario de gestión y servicios del Servicio de Salud -modificado por el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 5 de diciembre de 2012 (BOIB núm. 11/2013, de 22 de enero) por el que se modifica el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad- y de acuerdo con la Resolución de 23 de mayo de 2011 del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares por la que se dictan instrucciones para aplicar el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 22 de marzo de 2011 (BOIB núm. 87/2011, de 11 de junio), dicto la siguiente
Resolución
Acordar la convocatoria pública de un puesto de trabajo de jefe de grupo de almacén del Hospital Comarcal de Inca, de acuerdo con las siguientes especificaciones:
1) Requisitos
Tener la condición de personal estatutario fijo de gestión y servicios de los subgrupos C1 o C2 y estar en las situaciones de servicio activo o de reserva de plaza en instituciones sanitarias del Sistema Nacional de Salud; tener la condición de personal funcionario de carrera de cualquier administración pública, correspondiente a los subgrupos C1 o C2. Estos requisitos deben cumplirse en la fecha de publicación de la convocatoria.
2) Méritos que se evaluarán (deben cumplirse en la fecha de publicación de la convocatoria)
a) Servicios prestados (máximo 60 puntos):
b) Puestos de trabajo relacionados con el puesto al que se opta (máximo 60 puntos):
a.Puestos de jefatura (máximo 40 puntos):
• Haber ocupado puestos de jefatura con un complemento de destino superior al nivel 19, por cada mes completo 0,20 puntos
• Haber ocupado puestos de jefatura con un complemento de destino del nivel 19, por cada mes completo ………..0,15 puntos
• Haber ocupado puestos de jefatura con un complemento de destino inferior al nivel 19, por cada mes completo 0,10 puntos
b. Otras experiencias profesionales relacionadas con el puesto al que se opta, siempre que no se correspondan a los servicios prestados en alguna de las categorías necesarias para ocupar el puesto convocado ni a la ocupación de puestos de jefatura, por cada mes completo (máximo 20 puntos)…………………………………………………………….. 0,10 puntos
c) Formación relacionada con el puesto al que se opta (máximo 30 puntos):
Los criterios que los cursos, los seminarios, los talleres y las jornadas deben cumplir para ser valorados son los siguientes:
- Deben estar organizados o impartidos por alguna administración pública (de acuerdo con el artículo 2 de la Ley 30/1992) o por alguna universidad, lo que debe constar en el certificado correspondiente. En caso de que la actividad haya sido organizada por una entidad de derecho público de conformidad con el artículo 2.2 de la Ley 30/1992, el interesado debe acreditar esta condición.
- Deben estar organizados por organizaciones sindicales o entidades sin ánimo de lucro y impartidos en virtud de convenios suscritos con las administraciones públicas o con universidades, o bien deben estar acreditados y / o subvencionados por aquellas, lo que deberá constar en el certificado correspondiente.
- Deben ser realizados en virtud de los acuerdos de formación continua en las administraciones públicas y deben estar organizados por cualquiera de los promotores de formación continuada que hayan suscrito esos acuerdos.
d) Certificados oficiales de conocimientos generales de catalán (máximo de 5 puntos)
En este subapartado se valoran los siguientes certificados oficiales de conocimientos generales de catalán expedidos por la Escuela Balear de Administración Pública y los expedidos u homologados por la Dirección General de Cultura y Juventud de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades del Gobierno de las Islas Baleares (antes Dirección General de Política Lingüística):
- Certificado del nivel A2 …………………………………………………….0,5 puntos
- Certificado del nivel B1 ………………………………………………………..1 punto
- Certificado del nivel B2 ……………………………………………………….2 puntos
- Certificado del nivel C1 ……………………………………………………….3 puntos
- Certificado del nivel C2 ……………………………………………………….4 puntos
- Certificado LA (conocimientos de lenguaje administrativo) ……….1 punto
Se valora sólo un certificado, excepto en el caso del certificado de conocimientos de lenguaje administrativo (certificado LA), en que la puntuación se acumula a la de otro certificado que se aporte. En caso de que haya dudas sobre la validez de algún certificado o sobre la puntuación que se le debe otorgar, se puede solo • licitar un informe a la Dirección General de Cultura y Juventud de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades del Gobierno de las Islas Baleares.
3) Características del puesto convocado
La persona que obtenga la plaza tendrá la dependencia -orgánica y funcional- y cumplirá las funciones propias de un jefe de grupo de almacén del Hospital Comarcal de Inca, entre las cuales las siguientes:
- Dirigir, organizar, controlar y planificar el trabajo de la secretaria del servicio de logística.
- Organizar las tareas del personal administrativo de la Dirección de Gestión y distribución de los trabajos de registros de entrada y salida del Servicio de Logística.
- Ejecutar tareas administrativas en general en el Servicio de Logística.
- Coordinar la agenda del Director, en concreto hacia las tareas de coordinación con la Central Corporativa de Compras y Logística.
- Realizar y coordinar con el resto del servicio, las tareas administrativas encomendadas de la Central Corporativa de Compras y Logística (C3L).
- Manejar equipos informáticos y de comunicaciones, gestionar los archivos y registros y utilizar las máquinas reproductoras, fotocopiadoras y similares.
- Utilización de la herramienta informática SAP / R3, módulo MM.
- Dar apoyo a la dirección de Gestión en la gestión y organización del almacén del hospital.
4) Documentación
Las personas aspirantes deben adjuntar la documentación original o una copia compulsada que justifique los requisitos y los méritos • alegados.
5) Trámite de solicitud
La solicitud para participar en el proceso selectivo debe presentarse en el plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Dirigida al órgano convocante, se formalizará en el Registro General de los Servicios Centrales del Servicio de Salud o por medio de alguna de las vías que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
6) Comisión de Selección
Las personas que integren la comisión de selección tienen la condición de personal estatutario fijo, de funcionario de carrera o de personal laboral fijo del Servicio de Salud de las Islas Baleares, en una plaza, categoría o cuerpo para la que se exige tener una titulación de un nivel académico igual o superior a la exigida para la provisión del cargo de que se trate.
Interposición de recursos
Contra esta resolución que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de reposición ante el órgano que la dicta, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución, acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en relación con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante los juzgados contenciosos administrativos de Palma en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución, de acuerdo con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se considere procedente interponer.
Palma, 14 de abril de 2015
El director general
Miquel Tomás Gelabert
Por delegación de firma de la consejera de Interior
(BOIB 47/2008 y BOIB 60/2008)