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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO

Núm. 7190
Resolución del consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio por la que se aprueba el contenido de la Carta marco de Servicios Ferroviarios de Mallorca

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Hechos

  1. El 8 de enero de 2015 Servicios Ferroviarios de Mallorca (SFM) acabó de elaborar la Carta marco correspondiente a los servicios que ofrece esta entidad.
  2. El día 15 de enero de 2015 el Consejo de Administración de SFM aprobó la Carta marco, a propuesta del director gerente.
  3. El 20 de febrero de 2015 el director general de Función Pública emitió un informe favorable a la aprobación de la carta marco de SFM, de conformidad con el artículo 6.1 del Decreto 37/2009, de 26 de junio, sobre cartas ciudadanas.

Fundamentos de derecho

  1. El Decreto 37/2009, de 26 de junio, sobre cartas ciudadanas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 99, de 9 de julio).
  2. Los artículos 25 i 26 de la Ley 4/2011, de 31 de marzo, de la buena administración y del buen gobierno de las Illes Balears (BOIB núm. 53, de 9 de abril).
  3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 44, de 3 de abril).

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

  1. Aprobar el contenido de la Carta marco de Servicios Ferroviarios de Mallorca (SFM), de conformidad con lo que dispone el artículo 6.1 del Decreto 37/2009, de 26 de junio, sobre cartas ciudadanas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
  2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de reposición ante el órgano que la ha dictado en el plazo de un mes contado desde el día siguiente que se haya publicado, de acuerdo con el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contado desde el día siguiente que se haya publicado esta Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

 

Palma, 13 de abril de 2015

El consejero
Gabriel Company Bauzà