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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

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AYUNTAMIENTO DE SON SERVERA

Núm. 7100
Notificación decreto 1712/2014, expediente 14/2014 - ORDEXECUCIO

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Intentada la notificación sin éxito a Juana Llodrà Riera en varias ocasiones, del Decreto de Alcaldía núm. 1712/2014 referente al expediente 14/2014 - ORDEXECUCIO

Y resultando lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, Ley de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo común. (LRJAP-PAC).

Se hace público su contenido por un plazo de 20 días a los efectos que la Ley establece.

        

Son Servera, 24 de abril de 2015

      

El Alcalde

Antoni Servera Servera

    

"Decreto núm. 1712/2014

Referencia: 000014/2014-ORDEXECUCIO 01. Urbanismo

José Barrientos Ruiz, Alcalde en Funciones de l’Ajuntament de Son Servera (Illes Balears).

ORDEN DE EJECUCIÓN

Visto el Decreto de Alcaldía número 1172/2014, de fecha 23.09.2014 mediante el cual se resolvió iniciar el expediente número 14 / 2014- ORDEN EXECUCIÓ con vistas a adoptar las medidas necesarias para mantener el inmueble sito en la calle Violeta, 18 de este término municipal, en las óptimas condiciones establecidas en el artículo 117 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo en les Illes Balears (Lous en adelante):

a. El mantenimiento o la reposición de las condiciones de seguridad, accesibilidad universal, salubridad y ornato público de los bienes inmuebles.

b. La conservación y la rehabilitación de las condiciones objetivas de habitabilidad de las viviendas o de las condiciones de funcionalidad de los otros tipos de construcciones, de acuerdo con su destino.

c. Los deberes de conservación, mantenimiento, restauración y rehabilitación que determina la normativa sectorial de patrimonio histórico o las normas de planeamiento urbanístico, en particular los planes especiales y el Catálogo de elementos y espacios protegidos.

d. El cumplimiento de las normas sobre rehabilitación urbana establecidas por el planeamiento municipal para ámbitos determinados.

Dado que la resolución indicada en el párrafo anterior fue notificada a la parte interesada el día 10/02/2014

Visto el informe emitido por parte del arquitecto técnico municipal de fecha 09/30/2014, que se adjunta a la presente resolución.

Y dado que de acuerdo con dicho informe se han valorado las tasas a ejecutar en el importe de 3.391,66 euros.

RESUELVO,

Primero.- Ordenador, en virtud de lo establecido en el artículo 117 Lous, a Juana Llodrà Riera, la ejecución de las siguientes tareas a los efectos de restablecer las condiciones de seguridad, salubridad y ornato del inmueble de referencia en el plazo máximo de 30 días, todo de acuerdo con el informe técnico adjunto:

"Limpieza generalizada del solar, eliminando la vegetación descontrolada y retirando todos los residuos sólidos, procurando, posterior y continuo en el tiempo, el mantenimiento y control del solar en condiciones de seguridad y salubridad adecuadas."

Segundo.- Informar a los interesados ​​que de acuerdo con la norma jurídica invocada no resulta exigible la obtención de la licencia urbanística previa para ejecutar las obras o actuaciones que constituyan el objeto de la orden de ejecución, salvo que de acuerdo con la normativa aplicable, se requiera la elaboración de un proyecto técnico, en tal caso, así se lo haría saber este Ayuntamiento.

Tercero.- Advertir al interesado que el incumplimiento injustificado de la orden de ejecución habilitará a este Ayuntamiento para la imposición de multas coarcitivas por períodos mínimos de diez días y cuantía, en cada ocasión, del 10% del valor de las tareas a ejecutar y, en todo caso y como mínimo de 600 euros.

Cuarto.- Notificar el presente acuerdo a las personas interesadas.

 

Son Servera, 12 de desembre de 2014

El Batle en Funcions

Don fe:  El secretari

José Barrientos Ruiz

Antoni Gual Sureda”

 

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa se pueden interponer, alternativamente, los recursos siguientes:

a. - Directamente el recurso contencioso administrativo ante el Tribunal que resulte competente, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de la notificación del presente decreto.

b. - El recurso de reposición potestativo ante el órgano que ha dictado esta resolución, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución.

No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción y de la ley 4/1999 de 13 de enero, de modificación de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.