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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE VICEPRESIDENCIA DE CULTURA, PATRIMONIO Y DEPORTES

Núm. 7036
Convocatoria de subvenciones económicas para el fomento de la competividad de la artesania de Mallorca para el año 2015

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Texto

Bases de la convocatoria del Consejo Insular de Mallorca de subvenciones económicas para el fomento de la competitividad de la artesanía de Mallorca para el año 2015.

El Consejo Ejecutivo en la sesión de día 15 de abril de 2015 aprobó, entre otros, el siguiente acuerdo:

1.- Aprobar la Convocatoria de subvenciones para el fomento de la competitividad de la artesanía de Mallorca para el año 2015, así como las bases que han de regirla, y que se adjuntan al presente acuerdo.

2.- Autorizar el gasto de CIENTO SETENTA Y UN MIL EUROS ( 171.000,00 €) como cantidad global del presupuesto del año 2015, que se destina a la Convocatoria de subvenciones para el fomento de la competitividad de la artesanía de Mallorca para el año 2015 a cargo de las siguientes aplicaciones presupuestarias 20 43900 47900 "Otras transferencias a empresas artesanía" por un importe de 47.000,00 € (RC núm. 220 150 001 800), 20 43900 48900 "Otras transferencias artesanía", por un importe de 20.000,00 € (RC núm. 220 150 001 801), 20 43900 77900 "Transferencias a empresas artesanía para inversión / mejora de la competitividad", por un importe de 100.000,00 € (RC núm. 220 150 001 804), 20 43900 76200 "Convocatoria ayuntamientos para equipamientos ", por un importe de 4.000 € (RC núm.220150001803), del vigente Presupuesto del CIM.

3.- Publicar esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

 

Palma,  22 de abril de 2015.

 

Secretario General

(Por delegación de presidencia, decreto de

4 de septiembre de 2012, BOIB núm. 147 de 09-10-2012)

Jeroni Miquel Mas Rigo

 

CONVOCATORIA DEL CONSEJO INSULAR DE MALLORCA DE SUBVENCIONES ECONÓMICAS PARA EL FOMENTO DE LA COMPETIVIDAD DE LA ARTESANÍA DE MALLORCA PARA EL AÑO 2015

1. OBJETO Y FINALIDAD DE LAS AYUDAS

El objeto de esta convocatoria es el desarrollo entre el 6 de septiembre 2014 y 5 de septiembre de 2015 (ambos incluidos) de programas, proyectos y actividades para fomentar la competitividad de la empresa artesana, promover la comercialización de los productos artesanos, difundir el patrimonio cultural de la artesanía y garantizar el conocimiento y el mantenimiento de los oficios artesanos.

2. FINANCIACIÓN E IMPORTE MÁXIMO

Durante el ejercicio presupuestario de 2015, se destina la cantidad de 171.000 euros a las subvenciones objeto de esta convocatoria, de los que se destinan 67.000 euros a los proyectos presentados en las líneas 1 a 4, de los que 47.000 euros van a cargo de la partida 20 43900 47900 denominada Otras transferencias a empresas artesanía; 20.000 euros en la partida 20 43900 48900 denominada Otras transferencias artesanía.

En cuanto a los proyectos correspondientes a la línea 5 se destina la cantidad total de 104.000 euros de los que 100.000 euros van a cargo a la partida 20 43900 77900 denominada Transferencias a empresas artesanía p / inv. mejora de la competitividad y 4.000 euros a cargo de la partida 20 43900 76200 denominada Convocatoria ayuntamientos para equipamientos.

Las ayudas que se otorguen serán adjudicadas hasta el límite del crédito presupuestario, siempre que se cumplan los requisitos legales de esta convocatoria y demás normas de aplicación, siendo la cuantía total máxima para cada una de las líneas las que siguen:

Línea 1: Organización de actividades de fomento: 2.000 € para asociaciones y 3.000 € para empresas, comunidades de bienes y autónomos.

Línea 2: Participación en ferias 4.000 € para asociaciones, asalariados y 21.000 € para empresas, comunidades de bienes y autónomos.

Línea 3: Mejora de la formación profesional: 10.000 € para asociaciones y asalariados, 7.000 € para empresas, comunidades de bienes y autónomos

Línea 4: Difusión de los oficios artesanos 4.000 € para asociaciones y 16.000 € para empresas, comunidades de bienes y autónomos.

Línea 5: Mejora de los talleres: 100.000 € para empresas, comunidad de bienes y autónomos y 4.000 € para ayuntamientos de la isla con la declaración de "Zona de Interés Artesanal"

Si no se concedieran las cantidades establecidas por falta de solicitudes de las líneas 1 a la 4 se podrán traspasar las cantidades entre ellas indistintamente, previa tramitación del expediente de modificación de crédito, si procede.

3. RÉGIMEN DE COMPATIBILIDAD CON OTRAS AYUDAS O SUBVENCIONES

1. Las ayudas que se otorguen de conformidad con estas bases son compatibles con la concesión de otras ayudas, sin perjuicio de la obligación de las personas y / o entidades beneficiarias de comunicarlo al Consejo Insular de Mallorca en la forma establecida en estas bases.

2. El importe de las subvenciones o ayudas que se concedan no puede superar, en ningún caso, de manera aislada o en concurrencia con otras ayudas, el coste de la actividad subvencionada.

4. BENEFICIARIOS DE LA CONVOCATORIA

Tienen la consideración de beneficiarios de las ayudas:

Empresas, comunidades de bienes y autónomos que encuadren su actividad económica dentro del sector de la artesanía isleña. Las empresas y las comunidades de bienes del sector de la artesanía deben estar en posesión del documento de calificación artesanal en vigor (DCA), acreditando también el maestro artesano responsable de la producción; en el supuesto de los empresarios autónomos la carta de artesano (CA) en vigor, la carta de maestro artesano (CMA) en vigor y excepcionalmente, aunque no tengan este distintivo, podrán ser beneficiarios de la convocatoria si disponen del documento administrativo "pendiente visita "expedido antes de la entrada en vigor de la presente convocatoria.

Asociaciones, trabajadores asalariados: Las asociaciones deben estar inscritas en el registro correspondiente y deben constar de un mínimo de 5 personas en posesión de la carta de artesano (CA) en vigor y / o la carta de maestro artesano (CMA) en vigor o bien de 5 empresas en posesión del documento de calificación artesanal (DCA) en vigor, y los trabajadores asalariados deberán estar en posesión de la carta de artesano (CA) en vigor, la carta de maestro artesano (CMA) en vigor y excepcionalmente, aunque no tengan este distintivo, podrán ser beneficiarios de la convocatoria si disponen del documento administrativo "pendiente visita" expedido antes de la entrada en vigor de la presente convocatoria.

Ayuntamientos: que se encuentren dentro de una Zona de Interés Artesanal ya declarada.

Para poder acceder a las subvenciones previstas en esta convocatoria se ha de tener su domicilio fiscal, sucursal, delegación o establecimiento permanente en la isla de Mallorca.

Sin embargo, no pueden ser beneficiarios:

- Las que incurran en alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (publicada en el BOE de 18 de noviembre de 2003) y en el artículo 27 del RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Subvenciones.

- Las que, en el momento que el órgano instructor de la convocatoria tenga que hacer la propuesta de acuerdo definitiva, no estén al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social ante la Administración del Estado y con las obligaciones tributarias del Consejo Insular de Mallorca. (El hecho de estar al corriente ante las obligaciones tributarias del Consejo Insular de Mallorca debe verificar, de oficio, la Tesorería General).

3. Cuando los beneficiarios sean empresas deben adaptarse a las ayudas de minimis que se tratan de ayudas de carácter voluntario y eventual que se pueden anular, revocar y reintegrar en todo momento por las causas previstas en la Ley o en estas bases, no generan ningún derecho a la obtención de otras subvenciones en años posteriores y no se pueden alegar como precedente. Son compatibles con otras ayudas, subvenciones o apoyos que pueda recibir la entidad beneficiaria para el mismo proyecto, siempre que el cómputo total de las ayudas, subvenciones o soportes no supere el presupuesto del proyecto.

En virtud de su naturaleza de ayudas de minimis, están sometidos, en concreto, a los requisitos del Reglamento número 1 1998/2006 de la CE sobre la aplicación de los art. 87 y 88 del Tratado de la CE a las ayudas de minimis, lo que implica, entre otros, que la entidad beneficiaria no puede haber recibido, en los tres últimos ejercicios fiscales (2013-2014-2015), ayudas públicas o de entes privados por este concepto, financiadas con cargo a presupuestos públicos, por un importe superior a 200.000 €.

El hecho de recibir una ayuda implica la obligatoriedad de llevar a cabo la actividad subvencionada y, a fin de ejecutar la totalidad del presupuesto, la entidad beneficiaria tiene que buscar otras fuentes de financiación o bien aportar fondos propios.

5. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

1. Son objeto de subvención las actuaciones ejecutadas entre el 6 de septiembre 2014 y 5 de septiembre de 2015 (ambos incluidos), los ayuntamientos, empresas, autónomos, asociaciones, comunidades de bienes y trabajadores asalariados artesanos de Mallorca o que estén en posesión del documento administrativo de "pendiente visita", que se incluyan en alguna de las siguientes líneas de subvención:

Línea 1: Organización de actividades de fomento:

Organización y realización de mercados, organización y realización de espacios de venta, exposiciones, ferias y jornadas que promocionen los productos artesanos de Mallorca. Al menos el 50% de los participantes en las actividades subvencionadas deben estar en posesión de la CA, CMA o DCA.

Gastos subvencionables:

. Coste de la organización (alquiler del suelo / locales, alquiler de carpas, instalación, mantenimiento y retirada de suministros (agua, electricidad), vigilancia, limpieza, publicidad y edición de catálogos, alquiler de equipos de megafonía y audiovisuales, ...)

. El importe del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) del último trimestre del 2014 abonado a la Agencia Tributaria por parte de los beneficiarios, en relación a las facturas de los profesionales subvencionados en la convocatoria del año 2014 y que fueron pagados fuera del plazo legalmente previsto en las bases para presentar la justificación.

Beneficiarios: asociaciones de artesanos, comunidades de bienes, empresas y autónomos que cumplan los requisitos del punto 4 de esta convocatoria.

Subvención máxima:

Asociaciones: 2.000 € por proyecto.

Empresas / Autónomos / Comunidad de Bienes: 1.500 € por proyecto

Hay que presentar una solicitud para cada proyecto subvencionable.

Línea 2: Participación en ferias o mercados:

. Asistencia en calidad de expositor en ferias o mercados de artesanía.

. Encuentros y / o encuentros del sector

. El importe del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) del último trimestre del 2014 abonado a la Agencia Tributaria por parte de los beneficiarios, en relación a las facturas de los profesionales subvencionados en la convocatoria del año 2014 y que fueron pagados fuera del plazo legalmente previsto en las bases para presentar la justificación.

Gastos subvencionables: alquiler del espacio, abono de la tasa municipal, el montaje y gestión del stand, los productos, siempre que el transporte se haga por medios ajenos y, únicamente en los casos de fuera de la isla, también gastos de desplazamiento (excluido el kilometraje con medios propios) y alojamiento (1 representante por empresa y 2 representantes en el caso de asociaciones)

Beneficiarios: asociaciones de artesanos, comunidad de bienes, empresas y autónomos que cumplan los requisitos del punto 4 de esta convocatoria

Sólo se subvencionarán hasta un máximo total de cuatro ferias (dentro y fuera de Mallorca), por beneficiario, siendo la cuantía máxima global las siguientes:

Asociaciones: 2.000 € en total para ferias en Mallorca y fuera de Mallorca.

Empresas / Comunidad de Bienes / Autónomos: 3.000 € para ferias en Mallorca y fuera de Mallorca.

Hay que presentar, en una misma solicitud, todas las participaciones en ferias o mercados (hasta un máximo de cuatro) que conformarán un solo proyecto subvencionable.

Línea 3: Mejora de la formación profesional:

- Organización de cursos de formación y talleres (mínimo de 5 alumnos).

- Asistencia a cursos de formación, talleres, congresos nacionales y / o internacionales.

Incluidos los cursos de perfeccionamiento relacionados con la actividad artesanal y los cursos en materia de gestión empresarial o comercialización.

- El importe del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) del último trimestre del 2014 abonado a la Agencia Tributaria por parte de los beneficiarios, en relación a las facturas de los profesionales subvencionados en la convocatoria del año 2014 y que fueron pagados fuera del plazo legalmente previsto en las bases para presentar la justificación.

Para la organización de cursos:

Beneficiarios:

Asociaciones, comunidad de bienes, empresas y trabajadores autónomos que cumplan los requisitos del punto 4 de esta convocatoria.

Subvención máxima:

- Asociaciones: 1.500 €

- Empresas / Autónomos / Comunidad de bienes: 1.400 €

Gastos subvencionables:

Costes generales, remuneración del personal docente, caso de que éste sea de fuera de la isla también el desplazamiento (excluido el kilometraje por medios propios) y el alojamiento, adquisición de material didáctico, gastos generales, alquiler de aulas y maquinaria, compra de materiales para usar en el curso.

Para la asistencia a cursos:

Beneficiarios:

trabajadores asalariados y autónomos, que cumplan los requisitos del punto 4 de esta convocatoria.

Subvención máxima:

- Trabajadores asalariados: 500 € para cursos en Mallorca y 1.000 € para cursos fuera de Mallorca.

- Autónomos: 500 € para cursos en Mallorca y 1.000 € para cursos fuera de Mallorca.

Gastos subvencionables:

coste de la matrícula en los cursos organizados dentro de la isla de Mallorca y, únicamente en los casos de cursos fuera de la isla también los gastos de desplazamiento (excluido el kilometraje con medios propios) y alojamiento.

Hay que presentar una solicitud para cada proyecto subvencionable con un máximo de tres proyectos.

Línea 4: Difusión de los oficios artesanos:

- Garantizar el conocimiento y la difusión de los oficios artesanos mediante la edición de medios de promoción y divulgación de la artesanía.

- Edición de catálogos, folletos, campañas de publicidad en prensa, radio, televisión, vallas, campañas online u otros medios de difusión de los productos.

a. Gastos subvencionables: coste del proyecto (diseño del material publicitario, impresión, edición gráfica o audiovisual).

b. Beneficiarios: asociaciones de artesanos, comunidad de bienes, empresas y autónomos que cumplan los requisitos del punto 4 de esta convocatoria.

Subvención máxima:

Asociaciones: 2.000 €

Empresas / Autónomos / Comunidades de bienes: 2.000 €.

Hay que presentar, en una misma solicitud, todas las actuaciones de difusión de los oficios artesanos que conformarán un solo proyecto subvencionable.

Línea 5: Mejora de los talleres:

- Inversiones en adquisición de inmovilizado para mejorar las aulas y talleres de formación, el proceso de producción y / o la venta y comercialización del producto artesano. (Bienes de equipo, maquinaria, utillaje y mobiliario). Incluidos los gastos relacionados con el transporte y la instalación del bien adquirido.

- Inversiones en instalaciones para mejorar las aulas y talleres de formación, el proceso de producción, la venta y comercialización del producto artesano.

- Inversión en adaptación de los talleres a normativa de obligado cumplimiento para el proceso de producción.

- Creación y modificación de páginas web. Caso de modificación esta debe suponer un mayor coste de adquisición o la incorporación de nuevos elementos y así se reflejará en su contabilidad.

- Adquisición de equipamiento informático, sistemas operativos y desarrollo de aplicaciones informáticas, siempre que vaya destinado directamente al ejercicio de la actividad artesanal por la que se le concedió la carta o documento "` pendiente visita ", y que no se haya concedido otro en los últimos 5 años.

Gastos subvencionables: Coste de la inversión. No son subvencionables el inmovilizado inmaterial, la compra de locales, de inmuebles en general y de vehículos. Tampoco los bienes fungibles y / o materia prima; ni la adquisición de maquinaria o equipamiento de segunda mano.

Subvención máxima:

- Pequeñas y medianas empresas, comunidad de bienes y autónomos 5.000 € por proyecto subvencionable.

- Ayuntamientos 4.000 €

c. Beneficiarios: ayuntamientos, pequeñas y medianas empresas, comunidad de bienes y autónomos, que cumplan los requisitos del punto 4 de esta convocatoria.

Hay que presentar una solicitud para cada proyecto subvencionable, con un máximo de dos solicitudes por beneficiario.

2. En todo caso, no son gastos subvencionables y, por tanto, no forman parte ni del presupuesto subvencionable ni del presupuesto del proyecto:

- Aquellos gastos que no cumplan los requisitos mencionados en el punto 1.

- Los gastos cuyo importe se haya adquirido a un precio superior al valor de mercado.

- Los gastos financieros, los de asesoría jurídica o financiera, los gastos notariales y registrales, los gastos periciales para la realización del proyecto subvencionado y los de administración específicos si no están directamente relacionadas y no son indispensables para prepararlo ni llevarlo a cabo.

- Los intereses deudores de las cuentas bancarias, los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales, y los gastos de procedimientos judiciales.

3. Sobre el gasto subvencionable, se debe tener en cuenta la particularidad siguiente:

Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cantidades establecidas en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, de contratos del sector público para el contrato menor, el beneficiario tiene que pedir, como mínimo, 3 ofertas a diferentes proveedores, antes de contraer el compromiso para hacer la obra, prestar el servicio o entregar el bien, salvo que por las especiales características no exista en el mercado un número suficiente de entidades o empresas que puedan efectuar, o salvo que el gasto ya se hubiera realizado con anterioridad a la subvención. La elección de una de las ofertas, que se tienen que presentar con la justificación de la subvención, se realizará en virtud de criterios de eficiencia y economía, en caso contrario, cuando la oferta seleccionada no haya sido la más ventajosa económicamente (art. 31.3 de la Ley 38/2003) se presentará una memoria justificativa.

6. CARÁCTER DE LAS SUBVENCIONES Y RÉGIMEN DE CONCURRENCIA

1. Estas subvenciones tienen carácter discrecional, voluntario y eventual, son libremente revocables y reducibles en todo momento por las causas previstas en la Ley de subvenciones o en estas bases, no generan ningún derecho a la obtención de otras subvenciones en años posteriores y no se pueden alegar como precedente.

2. El procedimiento de concesión será el de concurrencia no competitiva según riguroso orden de número de entrada en el Registro General y una vez completado el expediente, hasta agotar el total de crédito asignado para cada línea.

3. Su concesión no genera ningún derecho a la obtención de otras subvenciones en años posteriores, no se pueden alegar como precedente y se conceden de acuerdo con los principios de objetividad, transparencia, igualdad, no discriminación y publicidad.

7. FORMALIZACIÓN DE LA SOLICITUD Y DOCUMENTACIÓN.

Las solicitudes se deben formalizar mediante las instancias y los anexos que facilita el Consejo Insular de Mallorca, que se pueden recoger en las dependencias de la Sección de Artesanía de la Vicepresidencia de Cultura, Patrimonio y Deportes del Consejo Insular de Mallorca (Centro Cultural La Misericordia, plaza del Hospital, 4, de Palma 07012), o bien descargarlos directamente de la web del Consejo Insular de Mallorca, en la dirección de internet www.conselldemallorca.net y contendrán los datos necesarios para identificar correctamente la entidad y la persona que la representa.

 Se debe adjuntar la documentación ADMINISTRATIVA siguiente:

Modelo de solicitud (Anexo I).

Fotocopia del DNI, NIE o CIF, según corresponda, de la empresa, comunidades de bienes, asociación y / o solicitante y / o de su representante legal, en su caso

Documentación acreditativa de la vigencia del cargo de representante legal en virtud de la cual actúa el firmante de la solicitud y, en su caso, acreditación de la autorización correspondiente y suficiente, en el caso de que la firme una persona distinta, el modelo se adjunta como anexo de estas bases (Anexo VII)

Si las entidades solicitantes son empresas, comunidades de bienes o asociaciones: se aportará el original o copia compulsada de la escritura de constitución o de modificación de los estatutos o del reglamento interno de funcionamiento inscritos en el registro correspondiente. Si fuera necesario, de conformidad con sus estatutos, deberán aportar certificado del acuerdo adoptado por el órgano de gobierno de la entidad para solicitar la ayuda y designar representante.

Si los solicitantes son los ayuntamientos se debe aportar un certificado del Secretario con expresión del acuerdo plenario de solicitud de la ayuda que se solicita.

Si la solicitud la hace una comunidad de bienes se hará constar los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de la subvención a aplicar a cada uno de ellos que asimismo tienen la consideración de beneficiarios.

No se puede disolver la agrupación hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en los artículos 39 y 69 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Declaración responsable firmada por el solicitante o por su representante legal de no estar sometido a ninguna de las circunstancias que determinan la imposibilidad de obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora de las subvenciones públicas recogidas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276, de 18 de noviembre de 2003), el modelo se adjunta como anexo de estas bases. (Anexo II)

Declaración responsable firmada por el solicitante o por su representante legal relativa a las subvenciones o ayudas obtenidas y / o solicitadas de otras instituciones públicas o privadas, para realizar la misma actividad, el modelo se adjunta como anexo de estas bases. (Anexo III)

Documento de designación de cuenta bancaria del solicitante, o de su representante, según modelo facilitado por el Consejo Insular de Mallorca, como anexo de estas bases. (Anexo IV)

Declaración expresa el modelo de solicitud del anexo I de si el impuesto indirecto IVA, es recuperará y compensará o no.

Fotocopia acreditativa de alta del IAE del año en curso, en su caso.

En el caso de los trabajadores asalariados, copia del contrato de trabajo.

Fotocopia del documento de calificación artesanal (DCA) en vigor con la Carta del Maestro Artesano responsable de la producción, en los casos de las empresas y comunidades de bienes, y de las cartas de artesano y Maestro artesano (CA y CMA) en los casos de trabajadores autónomos y por cuenta de otro o en el supuesto de una asociación de los miembros con acreditación artesana que la constituyen.

Los ayuntamientos deberán aportar documentación acreditativa de estar incluido en una zona de interés artesanal.

Certificado expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social que acredite que el interesado que solicita la subvención está al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social. o autorización expresa para su solicitud telemática por parte del Consejo Insular de Mallorca (anexo XII).

Esta circunstancia se debe acreditar tanto con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión como en el momento del pago.

Certificado de la Agencia Tributaria (AEAT) de estar al corriente de las obligaciones tributarias, o autorización expresa por su solicitud telemática por parte del Consejo Insular de Mallorca. (Anexo VIII).

Esta circunstancia se debe acreditar tanto con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión como en el momento del pago.

Además, para la concesión de las ayudas, se acompañará la documentación ESPECÍFICA siguiente:

Proyecto detallado de la actividad y su temporalización. Este proyecto debe estar firmado y se incluirán los objetivos generales que se quieren conseguir, el colectivo al que se dirige, el número de beneficiarios potenciales de la actividad, la metodología para ejecutar la actividad y la temporalización de las actividades que se quieren realizar.

 Presupuesto de ingresos y gastos de la actuación. Este presupuesto debe ser detallado y debe indicar los gastos que debe suponer la actividad y de las entradas previstas, en su caso, debe ir firmado. (Anexo V).

Caso de solicitar una ayuda para la participación en ferias dentro de la línea 2, se indicará relación de participación en ferias según modelo facilitado por el Consejo Insular de Mallorca, como anexo de estas bases. (Anexo VI).

En caso de que la solicitud de la carta de Maestro Artesano, Artesano o Empresa de Calificación Artesanal esté en trámite, se deberá adjuntar el documento administrativo de "pendiente visita" que acredite esta circunstancia.

Declaración de minimis, en su caso, (Anexo XI).

No es necesario aportar la documentación de los epígrafes b), c) d) si ya consta en los archivos de este Departamento, mientras mantenga su vigencia. En este supuesto se debe indicar expresamente en la solicitud esta circunstancia y hacer constar el número de expediente administrativo.

El órgano instructor pedirá de oficio el certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Consejo Insular de Mallorca.

8. PLAZO, LUGAR DE PRESENTACIÓN Y PUBLICACIÓN

1.- El plazo de presentación de las solicitudes y toda la documentación es de un mes natural, a contar desde el día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

2.- Las instancias se deben presentar, dentro del plazo establecido en cualquier terminal del Registro General del Consejo Insular de Mallorca (plaza del Hospital, 4; Palacio Real, 1; General Riera, 111, y General Riera, 113 ).

Asimismo, también se pueden presentar en los lugares establecidos en el apartado 4 del artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. Cuando las solicitudes se presenten en lugares diferentes a cualquier terminal del Registro General del Consejo Insular de Mallorca, se comunicará esta circunstancia al órgano concedente en el mismo día, mediante fax. Y que transcurrido, sin embargo, el plazo establecido en las bases desde dicha comunicación sin haber recibido la documentación no será admitida en ningún caso.

3.- Si la solicitud o la documentación fueran incorrectas o incompletas, el órgano instructor requerirá a los interesados ​​la rectificación o mejora de la documentación presentada. Si en el plazo de diez días hábiles, contados desde el día siguiente a la recepción del requerimiento de subsanación de la solicitud, el interesado no hace la rectificación o no presenta la documentación requerida, se entenderá que ha desistido de la petición de conformidad con el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y el artículo 71 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio , por el que se aprueba el reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones.

9. PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA

La convocatoria se publica en el BOIB, se expone en el tablón de anuncios del Consejo Insular de Mallorca (C / Palau Reial, 1. Palma) y se cuelga en la página web del Consejo Insular de Mallorca, www.conselldemallorca.net.

10. FISCALIZACIÓN PREVIA

La convocatoria y la adjudicación de las ayudas se someterán a la fiscalización previa de la Intervención General del Consejo Insular de Mallorca.

11. RESOLUCIÓN, PLAZO Y NOTIFICACIÓN

1.- La instrucción del expediente administrativo de concesión de las subvenciones reguladas en esta convocatoria corresponde a la Secretaría Técnica de la Vicepresidencia de Cultura, Patrimonio y Deportes, que realizará de oficio todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos, en virtud de las cuales se ha de resolver la concesión de las ayudas.

2.- De acuerdo con el orden de presentación de las solicitudes y hasta agotar el crédito de la partida presupuestaria de la presente convocatoria, los proyectos serán subvencionados con los límites establecidos en los puntos 1 y 5 de esta convocatoria. El órgano instructor podrá requerir al solicitante los informes o aclaraciones que considere convenientes.

3.- El órgano instructor formulará propuesta de concesión que se deberá remitir a la Intervención General para la fiscalización previa. Esta propuesta de acuerdo contendrá las solicitudes admitidas, detallando el presupuesto subvencionable y la subvención concedida, así como desestimadas y no queridas por agotamiento de crédito, también los desistimientos y renuncias por parte de los solicitantes. Asimismo, también se adjuntará un informe del secretario técnico haciendo constar que de la información obrante en el expediente se desprende que los beneficiarios cumplen todos los requisitos necesarios (art. 24.4 in fine de la LGS)

Una vez fiscalizada de conformidad elevará al Consejo Ejecutivo para que resuelva la concesión de las subvenciones.

4.- El plazo máximo de resolución es de tres meses a contar desde la finalización del periodo de presentación de solicitudes, transcurridos los cuales sin que se haya dictado resolución, se entenderá desestimada la solicitud, sin que esto libere de la obligación de la administración de dictar resolución expresa.

5.- El acuerdo que resuelva la concesión de las ayudas se publicará en el BOIB y se expondrá en el tablón de anuncios del Consejo Insular de Mallorca (C / Palau Reial, 1. Palma) y se colgará en la página web del Consejo Insular de Mallorca, www.conselldemallorca.net.

12. MODIFICACIÓN DEL PROYECTO SUBVENCIONADO

Cuando el beneficiario de la subvención ponga de manifiesto, bien antes de que acabe el plazo para la realización de la actividad, bien en el momento de la justificación, que se han producido alteraciones de las condiciones tenidas en cuenta para su concesión, que no alteren esencialmente la naturaleza o el objetivo de la subvención, que hayan podido dar lugar a la modificación de la resolución de acuerdo con lo establecido en el artículo 17.3 l) de la Ley general de subvenciones, previa omitido el trámite de autorización administrativa previa para su aprobación, el órgano concedente de la subvención puede aceptar la justificación presentada siempre que no suponga dañar derechos de terceros.

La aceptación de las alteraciones por parte del órgano concedente en el acto de comprobación no exime al beneficiario de las sanciones que puedan corresponder de acuerdo con la Ley general de subvenciones.

Todo ello de acuerdo con los artículos 64 y 86 del RD 887/2006, de 21 de julio por el que se aprueba el Reglamento de la LGS.

13. IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN Y REFORMULACIÓN

La determinación del importe de la subvención debe respetar los límites siguientes:

1)  No puede ser superior a la cantidad solicitada.

2)  No puede rebasar el 100% del presupuesto subvencionable para cada proyecto, respetando siempre los límites determinados en la base 5ª.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 27.1 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones, las bases que regirán esta convocatoria de subvenciones no prevén la reformulación de las solicitudes.

14. OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS

1. Los beneficiarios deberán cumplir las obligaciones establecidas en las disposiciones normativas que son aplicables: las del capítulo II del título preliminar y, especialmente, las del artículo 14 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones (BOE núm. 276 de 18/11/03); y las del artículo 10 del Reglamento de subvenciones y ayudas económicas del Consejo Insular de Mallorca, aprobado por el Pleno del Consejo Insular de Mallorca de 26 de julio de 2001 (BOIB núm. 132 de 3/11/01); las recogidas en estas bases, y el resto que de formativa le sean aplicables.

2. Son obligaciones mínimas de los beneficiarios:

Respecto a la ejecución del proyecto:

1. Llevar a cabo el proyecto artesano objeto de la subvención, en las condiciones y con las características que se presentó o, en su caso, con las modificaciones comunicadas.

2. Acreditar ante el Consejo Insular de Mallorca, la realización de las actividades del proyecto subvencionado que fomentan la concesión de las ayudas y justificar su realización, en los plazos y en las condiciones y requisitos establecidos en estas bases y en la resolución de concesión de ayudas. En su caso, se le comunicará cualquier modificación que se produzca, tal y como recoge la base duodécima.

3. Proporcionar a la Sección de Artesanía y / o al órgano instructor, toda la información complementaria referente a cualquier punto de las actividades y que se considere oportuna.

Respecto de las obligaciones administrativas:

a) Estar, con anterioridad al pago de la subvención y en la adjudicación estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Consejo Insular de Mallorca.

b) Hacer constar, de manera expresa, el apoyo del Consejo Insular de Mallorca en la realización de las actividades subvencionadas. A tal efecto, en su caso, se deberá colocar y mantener en un lugar visible una placa donde conste el patrocinio del Consejo Insular de Mallorca o bien mediante la colocación del logotipo o identificaciones corporativas del Consejo Insular de Mallorca y de la Sección de Artesanía (estos distintivos se recogerán en las dependencias de la Sección Artesanía con antelación suficiente).

c) Las personas o entidades beneficiarias de la ayuda también deben procurar que en la presentación pública de la actividad esté presente algún representante de la vicepresidencia de Cultura, Patrimonio y Deportes del Consejo Insular de Mallorca.

d) Cuando se haga publicidad de la actividad subvencionada en Mallorca o cualquier otro territorio de habla catalana se hará uso, con carácter preferente, del catalán.

e) Presentar los certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, tanto para la adjudicación como para el pago.

f) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos percibidos, con inclusión de los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.

g) Las responsabilidades civiles o penales derivadas de las actuaciones concretas de cada Programa recaerá exclusivamente sobre la entidad que la promueve.

Respecto de las obligaciones económicas:

a) Comunicar al Consejo Insular de Mallorca la aceptación de la subvención en los términos de la resolución de la concesión. En todo caso, esta comunicación se entenderá producida automáticamente si, en el plazo de 10 días naturales desde la publicación en el BOIB de la resolución, no se hace constar lo contrario.

b) Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero tanto del Consejo Insular de Mallorca como de la Sindicatura de Cuentas y del Tribunal de Cuentas, en su caso.

c) Comunicar al órgano que ha concedido la subvención, en cualquier momento o, en todo caso, a la hora de justificar la subvención, la solicitud o la obtención de otros ingresos, subvenciones, recursos o ayudas para el mismo proyecto subvencionado.

d) Reintegrar los fondos percibidos en los supuestos previstos en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

15. ABONO DE LAS AYUDAS, JUSTIFICACIÓN Y PLAZO DE PRESENTACIÓN

Para abonar las subvenciones, de acuerdo con las condiciones establecidas en estas bases, el beneficiario deberá justificar la realización del proyecto subvencionado, aportando documentalmente todos los gastos ocasionados por la realización del total del proyecto y presentar la memoria y / o informe de la realización de la intervención llevada a cabo.

Para poder percibir la subvención, los beneficiarios deben estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Consejo Insular de Mallorca, lo que acreditará la Tesorería del CIM, y acreditar estar al corriente ante la Agencia Tributaria (AEAT) y la Seguridad Social .

La justificación de los gastos se hará mediante la cuenta justificativa integrada por la memoria técnica y la memoria económica:

a) MEMORIA TÉCNICA:

Es la documentación con la que el beneficiario demuestra que ha llevado a cabo el proyecto subvencionado presentado. Aquí se incluye la memoria y / o informes finales.

Si por causas ajenas al beneficiario no ha podido llevar a cabo una parte del proyecto, pero en la memoria técnica lo explica detalladamente y pone de manifiesto que la parte ejecutada del proyecto ha logrado, en cierta medida, los objetivos fijados y ha habido voluntad de cumplimiento, el importe definitivo de la subvención se determinará con la reducción proporcional en función del presupuesto ejecutado.

Así, la memoria técnica debe estar integrada por la siguiente documentación:

- Memoria explicativa de la actividad realizada: comentario y evaluación de los resultados obtenidos y de todos aquellos aspectos que sean relevantes. Si no se ha ejecutado la totalidad del proyecto por causas ajenas o de fuerza mayor, la memoria tiene que exponer las causas y debe explicar el resto del proyecto realizado. También se explicará y analizará las actuaciones realizadas y se cuantificarán, como mínimo, el número de actos llevados a cabo, ya sean como organizador o como asistente, las publicaciones elaboradas o material elaborado. También se deberá especificar el número de productos objeto de promoción, el número total de usuarios reales beneficiarios de las actuaciones e indicar la temporalización de las actividades, especificando la fecha de inicio y finalización de los actos y actividades que se hayan llevado a cabo.

- Un ejemplar, en su caso, de la publicidad escrita y gráfica relativa a la actividad subvencionada o de las publicaciones y materiales elaborados; donde debe constar el patrocinio de la Vicepresidencia de Cultura, Patrimonio y Deportes del Consejo Insular de Mallorca, con el logotipo de la institución.

- Cualquier otra documentación que le sea requerida a los efectos de comprobar la realización del proyecto subvencionado.

En el caso de las actuaciones subvencionadas de la línea 1, dicha memoria deberá incluir la fecha de realización de la actuación y un listado de los participantes, con indicación de los que disponen de la carta de artesano, maestro artesano o documento de calificación empresarial, a fin de acreditar que al menos el 50% de los participantes están en posesión de una acreditación artesana.

En el caso de las actuaciones subvencionadas de la línea 2, será requisito imprescindible presentar, además, la certificación emitida por la organización ferial u otro documento similar probatorio de la asistencia a la feria y encuentros.

En el caso de las actuaciones subvencionadas de la línea 3, en cuanto a organización de cursos o talleres, además, se acreditará la relación de personas contratadas, su carácter profesional y la indicación, en su caso, del número de ediciones, día y horas de celebración. También se deberá aportar la siguiente documentación:

Relación de la totalidad de participantes, identificados con nombre, apellidos y número de DNI o NIE, indicando el número de carta de artesano, maestro artesano o documento de calificación empresarial en vigor, en su caso.

Controles diarios de asistencia, con la firma del asistente.

Copia de títulos u otros documentos acreditativos de haber realizado la acción.

En el caso de las actuaciones subvencionadas de la línea 3, en cuanto a participar en un taller  o cursos de formación, se deberá aportar la copia de títulos u otros documentos acreditativos de haber recibido la acción.

B) MEMORIA ECONÓMICA:

Es la documentación en la que el beneficiario, para poder percibir la subvención, tiene que relacionar los gastos derivados de la ejecución del proyecto y, en su caso, las diferentes fuentes de financiación del mismo, todo ajustado a las partidas desglosadas al presupuesto presentado.

Esta memoria está integrada por la siguiente documentación:

- Declaración responsable del beneficiario de la realización del proyecto subvencionado (Anexo IX).

- Declaración responsable del beneficiario de la subvención mediante la cual se acredite que los gastos relacionados (debe constar una relación de todas las facturas y / o documentos justificativos a que se refiere) corresponden sin duda a la actividad subvencionada. (Anexo IX).

- Relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y fecha de pago. En caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un presupuesto, se indicarán las desviaciones acaecidas. (Anexo X).

- El detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia. (Anexo X).

- Las facturas originales o cualquier otro documento de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil, justificativas del gasto del proyecto subvencionado que expresen claramente:

 

nombre completo y NIF / CIF de la persona o entidad expedidora,

número y fecha, concepto, IVA y retención fiscal (si corresponde)

datos fiscales del cliente de la factura. Las facturas emitidas por los profesionales en las que se subvencione el IRPF deberán presentar el modelo sellado presentado ante la AEAT.

Los ayuntamientos podrán presentar fotocopia compulsada de las facturas. Asimismo anexarán un certificado justificativo de que las facturas adjuntadas no se han presentado ni se presentarán para ninguna otra subvención.

En el caso de las actuaciones subvencionadas de la línea 2 se admitirá el justificante de haber realizado el pago de la tasa municipal por la asistencia a la feria, en este supuesto será suficiente el sello de la entidad bancaria o de la Ayuntamiento conforme se ha practicado el ingreso.

- Los tres presupuestos que, en aplicación del artículo 31.3 de la Ley General de Subvenciones, deba haber solicitado el beneficiario.

- Declaración responsable de que el coste de adquisición de los gastos subvencionables no supera el valor de mercado (Anexo IX).

- El IVA es subvencionable siempre que el beneficiario acredite, mediante declaración responsable de que no lo recupera ni lo compensa (Anexo IX).

- Las facturas deben estar emitidas entre el  6 de septiembre 2014 y el 5 de septiembre de 2015.

- El pago de los justificantes se llevará a cabo a través de los medios que se indican a continuación y, la documentación que lo acredita debe presentar las siguientes características:

a) Pago mediante transferencia bancaria o ingresos en cuenta bancaria

Copia de la orden de transferencia bancaria o del documento de ingreso bancario. Estos documentos deben recoger los siguientes datos: el concepto de la transferencia o el ingreso que debe permitir identificar el justificante que se imputa el pago, la fecha del documento, su importe, y los datos del ordenante y del destinatario, que deben coincidir con el beneficiario y con el emisor de la factura, respectivamente, y

Extracto de la cuenta bancaria del beneficiario de la ayuda en el que figure el cargo de esta transferencia.

Sin embargo, si en el detalle del cargo bancario del pago en cuestión se recogen los datos que se mencionan para la copia de la orden de transferencia o para el documento de ingreso, bastará presentar este detalle del cargo bancario.

b) Pago mediante cheque nominativo:

Copia del cheque nominativo o pagaré nominativo emitido a nombre del proveedor que emite la factura, siempre que esté vencido.

Extracto de la cuenta corriente del beneficiario de la ayuda en el que figure el cargo de dicho cheque o pagaré, y

Certificado o documento de la entidad bancaria en la que conste el número de cheque, el importe y la identificación de quien cobra y la fecha de cobro (no es necesario presentar el extracto de la cuenta corriente si el certificado de la entidad bancaria incluye también la identificación del número de cuenta en la que se ha cargado el cheque y el titular de la cuenta, que debe coincidir con el beneficiario de la ayuda).

Sin embargo si en el detalle del cargo bancario del pago en cuestión se recogen los datos que se mencionan para el certificado o por el documento de la entidad bancaria bastará presentar este detalle del cargo bancario y la copia del cheque o pagaré correspondiente.

c) Pago mediante pagarés, letras de cambio o similares:

Certificado o documento de la entidad bancaria que contenga: el titular y el número de cuenta en la que se ha cargado el efecto mercantil, el librador y el librado de la letra de cambio, el beneficiario, el concepto por el que se hace efecto mercantil, el importe de la letra de cambio y la fecha de emisión de la letra y de su abono por parte del librado.

Sin embargo, si en el detalle del cargo bancario del pago en cuestión se recogen los datos que se mencionan en el párrafo anterior bastará presentar este detalle del cargo bancario.

d) Pago mediante tarjeta de crédito:

Resguardo del pago con tarjeta,

Certificado o documento de la entidad bancaria en la que al menos conste el titular y el número de la cuenta corriente en la que se carga el pago de la tarjeta, el beneficiario, el concepto por el que se hace la transferencia y el importe y fecha de la operación.

Sin embargo, si en el detalle del cargo bancario del pago en cuestión se recogen los datos que se mencionan para el certificado o por el documento de la entidad bancaria bastará presentar este detalle del cargo bancario y el resguardo del pago con tarjeta.

e) Pago mediante domiciliación bancaria:

Notificación bancaria del cargo, y

Certificado o documento de la entidad bancaria en la que conste el titular y número de la cuenta corriente en la que se ha anotado el cargo y el ordenante del cargo, el beneficiario, el concepto por el que se hace el cargo y el importe y fecha de la operación

Sin embargo, si en el detalle del cargo bancario del pago en cuestión se recogen los datos que se mencionan para el certificado o por el documento de la entidad bancaria bastará presentar este detalle del cargo bancario y la notificación bancaria del cargo.

Si el pago se realiza en divisas, la entidad beneficiaria deberá aportar la equivalencia del cambio oficial en euros que corresponda a la fecha del pago del documento justificativo del gasto.

Se pierde el derecho a cobrar total o parcialmente la subvención en caso de que falte la justificación o que ocurra alguna de las causas de reintegro previstas en la legislación vigente y en el artículo 54 de esta Ordenanza.

En el caso de que tengan que devolver las facturas o justificantes originales, a petición del beneficiario, se tiene que reflejar, mediante un sello, la fecha de concesión de la subvención así como el importe del justificante que se imputa a la subvención.

Si el gasto justificado excede del importe concedido, la posible desviación presupuestaria irá a cargo de la entidad subvencionada. Si por el contrario el gasto justificado es inferior al importe del presupuesto solicitado y subvencionado se procederá a la reducción proporcional de la subvención concedida.

El Consejo Insular de Mallorca podrá inspeccionar las actividades subvencionadas, sin perjuicio de las competencias que puedan corresponder, por normativa legal o reglamentaria, a otros organismos o instituciones.

16. PLAZO DE JUSTIFICACIÓN

El plazo máximo para justificar finaliza día 5 de septiembre de 2015.

17. REVOCACIÓN Y REINTEGRO

Las subvenciones serán de concesión voluntaria, revocables y reducibles por las causas previstas en la normativa en materia de subvenciones y el presente reglamento, y no serán invocables como precedente.

Los órganos competentes del Consejo Insular de Mallorca podrán anular total o parcialmente las subvenciones y ayudas concedidas en el caso de incumplimiento por parte del beneficiario de alguna de las obligaciones previstas en este reglamento, el cual vendrá obligado al reintegro de las cantidades recibidas y de los intereses de demora que correspondan, previa la tramitación del correspondiente procedimiento previsto en las leyes. El procedimiento utilizado será el contradictorio, garantizando siempre el derecho del interesado a la audiencia.

Si el procedimiento de reintegro se hubiera iniciado como consecuencia de hechos que pudieran ser constitutivos de infracción administrativa, ésta se pondrá en conocimiento del órgano competente para la iniciación del correspondiente procedimiento sancionador.

En cualquier caso, será de aplicación lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y el resto de normativa que sea aplicable.

18. INFRACCIONES Y SANCIONES

El régimen de infracciones y sanciones administrativas aplicables será el establecido en el título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y demás normativa que le sea aplicable.

19. NORMATIVA DE APLICACIÓN

Las subvenciones objeto de esta convocatoria se rigen por lo dispuesto en las bases anteriores; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276, de 18/11/2003); el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003; el Reglamento de subvenciones y ayudas económicas del Consejo Insular de Mallorca, aprobado por el Pleno del Consejo Insular de Mallorca de 26 de julio de 2001 (BOIB 11/03/01, núm. 132); la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común modificada por la Ley 4/99; la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de consejos insulares; el Reglamento orgánico del Consejo Insular de Mallorca de 8 de marzo de 2004 aprobado por el Pleno del Consejo Insular de Mallorca modificado por acuerdo del Pleno el 13 de octubre de 2011; el Decreto de organización del Consejo Insular de Mallorca de día 15 de julio de 2011 (BOIB núm. 11, de fecha 21/07/11) corregido por decreto de 19 de julio; la Ordenanza vigente de procedimiento administrativo del Consejo Insular de Mallorca, aprobada por el Pleno del Consejo Insular de Mallorca de 2 de mayo de 1995 (BOIB 10.08.95) modificada por la Ley 4/99, y el resto de la normativa que sea ​​de aplicación.

20. RECURSOS

Contra el acuerdo de la presente convocatoria, que no agota la vía administrativa, se puede interponer directamente el recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno del Consejo Insular de Mallorca, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Contra la desestimación expresa de los recursos de alzada se puede interponer el recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la notificación de la desestimación del mencionado recurso.

Contra la desestimación por silencio del recurso de alzada se puede interponer el recurso contencioso administrativo, en el plazo de seis meses, contados a partir del día siguiente a la desestimación presunta (tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución).

No obstante lo anterior, se puede ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

 

ANEXO I -SOLICITUD –

SOLICITUD DE SUBVENCIÓN DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA DEL CONSEJO INSULAR DE MALLORCA DE SUBVENCIONES ECONÓMICAS PARA EL FOMENTO Y LA PROMOCIÓN DE LA ARTESANÍA DE MALLORCA PARA EL AÑO 2015

DATOS DEL SOLICITANTE

Nombre y Apellidos / Nombre o razón social:

DNI / CIF:

Domicilio (a efectos de notificaciones):

Calle o plaza:                                                          Nº:                 Piso:

Localidad:                                                               CP:

Teléfono de persona de contacto:                            Fax:

Correo electrónico:

DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL / PERSONA AUTORIZADA

Nombre y apellidos:

DNI / NIE:

Teléfono:

Represento la entidad solicitante en calidad de:

DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD

1) Que acepto las bases de la convocatoria de subvenciones 2015 para el fomento y la promoción de la artesanía de Mallorca.

2) Que adjunto la documentación exigida.

3) Que en relación al IVA soportado en el gasto subvencionable de la ejecución del proyecto:

 Si se recuperará y compensará.

 No se recuperará ni compensará.

SOLICITO

Acogerme a la subvención económica de la sección de artesanía de la Vicepresidencia de Cultura, Patrimonio y Deportes de acuerdo con la presente convocatoria:

1. Nombre del proyecto: _______________________________________________

2. Línea a la que pertenece: ___________________________________________

3. Presupuesto de la actuación: _______________________________________

4. Importe que es solicita: __________________________________________

CLÁUSULA INFORMATIVA SOBRE LOS DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

1. Los datos que contenga la solicitud de admisión, la documentación que se adjunte o la documentación que se genere a partir de esta convocatoria, se incorporan en un fichero de datos personales, inscrito en la Agencia Española de Protección de Datos, del que es responsable el Consejo Insular de Mallorca. Este archivo sirve, por un lado, para conceder las subvenciones previstas en esta convocatoria con el fin de alcanzar los objetivos y las finalidades recogidos en la base primera y, por otra parte, en su caso, para llevar a cabo la tramitación los expedientes sancionadores por haberse cometido las infracciones recogidas en la normativa de subvenciones.

2. Cesiones de los datos previstos: las publicaciones previstas en la convocatoria (BOIB, tablón de anuncios del Centro Cultural la Misericordia, página web del Consejo Insular de Mallorca www.conselldemallorca.net); según lo previsto en el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de subvenciones y el artículo 59.6 b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común; los interesados ​​en los términos previstos en la Ley 30/1992; y a la Intervención General del Estado en los términos previstos en el artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, básica de subvenciones.

3. El órgano administrativo ante el que puede ejercitar, en su caso, los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición y los otros que reconozca la ley orgánica mencionada es la secretaría técnica de la Vicepresidencia de Cultura, Patrimonio y Deportes del Consejo Insular de Mallorca (Centro Cultural la Misericordia, plaza del Hospital 4. 07012. Palma).

(Firma)

____________________________, _______  de _______________________ de 2015

VICEPRESIDENCIA DE CULTURA, PATRIMONIO Y DEPORTES

 

ANEXO II - DECLARACIÓN RESPONSABLE –

DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO INCURRIR EN NINGUNA DE LAS PROHIBICIONES LEGALMENTE ESTABLECIDAS PARA OBTENER LA CONDICIÓN BENEFICIARIA DE UNA SUBVENCIÓN.

DATOS DEL SOLICITANTE

Nombre y Apellidos / Nombre o razón social:

DNI / CIF:

Domicilio (a efectos de notificaciones):

Calle o plaza:                                                                         Nº:           Piso:

Localidad:                                                                               CP:

Teléfono de persona de contacto:                                                           Fax:

Correo electrónico:

DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL / PERSONA AUTORIZADA (SI PROCEDE)

Nombre y apellidos:

DNI / NIE:

Teléfono:

Represento la entidad solicitante en calidad de:

DECLARO

bajo mi responsabilidad, para que el órgano concedente de la subvención tenga conocimiento, no incurrir en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones, ni en las del artículo 10 (Apartados 1 y 2) del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, que aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones

El solicitante                                                                                                        El secretario técnico

(Firma)                                                                                               de la Vicepresidencia de Cultura, Patrimonio y Deportes

_______________________                                                                         José Manuel Carrillo Martínez

(Nombre y apellidos)

_____________________________, _______ de __________________________ de 2015

VICEPRESIDENCIA DE CULTURA, PATRIMONIO Y DEPORTES

 

ANEXO III - DECLARACIÓN RESPONSABLE –

DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO HABER PEDIDO NINGÚN OTRO SOPORTE, AYUDA O SUBVENCIÓN PARA ESTE PROYECTO.

DATOS DEL SOLICITANTE

Nombre y Apellidos / Nombre o razón social:

DNI / CIF:

Domicilio (a efectos de notificaciones):

Calle o plaza:                                                          Nº:                 Piso:

Localidad:                                                               CP:

Teléfono de persona de contacto:                                            Fax:

Correo electrónico:

DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL / PERSONA AUTORIZADA (SI PROCEDE)

Nombre y apellidos:

DNI / NIE:

Teléfono:

Represento la entidad solicitante en calidad de:

DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD

(   )  No haber solicitado ninguna otra ayuda o subvención para este proyecto

(   )  Haber pedido otra ayuda o subvención para este proyecto, aportando indicación de la relación de los soportes, de las subvenciones y de las ayudas solicitadas o concedidas, con indicación de los importes y de las entidades subvencionadoras.

Proyecto de la solicitud: ____________________________________________________

Entidad subvencionadora: ___________________________________________________

Cuantía de la ayuda o subvención: ____________________________________________

Marque con una "X" la casilla correspondiente

(   )   No resuelta

(   )   Denegada

(   )   Concedida y no recibida

(   )   Recibida

Proyecto de la solicitud: ____________________________________________________

Entidad subvencionadora: ___________________________________________________

Cuantía de la ayuda o subvención: ____________________________________________

Marque con una "X" la casilla correspondiente

(   )   No resuelta

(   )   Denegada

(   )   Concedida y no recibida

(   )   Recibida

 

Proyecto de la solicitud: ____________________________________________________

Entidad subvencionadora: ___________________________________________________

Cuantía de la ayuda o subvención: ____________________________________________

Marque con una "X" la casilla correspondiente

(   )   No resuelta

(   )   Denegada

(   )   Concedida y no recibida

(   )   Recibida

 

Proyecto de la solicitud: _______________________________________________

Entidad subvencionadora: ________________________________________________

Cuantía de la ayuda o subvención: ____________________________________________

Marque con una "X" la casilla correspondiente

(   )   No resuelta

(   )   Denegada

(   )   Concedida y no recibida

(   )   Recibida

(Firma)

_________________________, _______ de ____________________ de 2015

VICEPRESIDENCIA DE CULTURA, PATRIMONIO Y DEPORTES

 

ANEXO IV –

SOLICITUD DE TRANSFERENCIA BANCARIA PARA PAGOS -

DATOS PERCEPTOR:

N.I.F. PERCEPTOR

APELLIDOS Y NOMBRE / RAZÓN SOCIAL

DIRECCIÓN

LOCALIDAD

C.POSTAL

PROVINCIA

TELÉFONO

FAX

DATOS BANCARIOS:

ENTIDAD BANCARIA / SUCURSAL

BIC

IBAN

BANCO

OFICINA

CUENTA Nº

Bajo mi responsabilidad declaro que estos datos corresponden a la c/c o a la libreta abierta a mi nombre.

Palma, a

CERTIFICADO DE CONFORMIDAD

DE LA ENTIDAD BANCARIA

Estos datos coinciden con las

que constan en esta oficina.

El Director / El Delegado                                                                               El Perceptor

Firmado: ..........................

(Sello de la Entidad Bancaria)

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal BOE num.298, de 14 de diciembre), los datos facilitados en este documento se incorporan en ficheros propiedad del Consejo Insular de Mallorca. El órgano administrativo ante el que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición y otros que reconozca la Ley, es la Secretaría Técnica del Departamento de Hacienda y Función Pública de la Corporación

 

ANEXO V -Presupuesto DE INGRESOS Y GASTOS -

PRESUPUESTO DE INGRESOS Y GASTOS DEL PROYECTO SUBVENCIONADO

INGRESOS PREVISTOS

- Solicitud a Administraciones y otras Entidades:

Entidad: _____________________________________________ Cuantía: ______________

Entidad _____________________________________________ Cuantía: _______________

- Solicitud al Consejo Insular de Mallorca:

Proyecto: ___________________________________________ Cuantía: ______________

- Recursos Propios:

Concepto: __________________________________________ Cuantía: ______________

Concepto: __________________________________________ Cuantía _______________

TOTAL INGRESOS PREVISTOS: _______________________

GASTOS PREVISTOS

Concepto: __________________________________________Quantia: ______________

Concepto: __________________________________________Quantia: ______________

Concepto: __________________________________________Quantia: ______________

Concepto: __________________________________________Quantia: ______________

Concepto: __________________________________________Quantia: ______________

Concepto: __________________________________________Quantia: ______________

TOTAL GASTOS PREVISTOS: _______________________

Nota: Para que el presupuesto sea correcto, el total de ingresos previstos debe ser igual al total de los gastos previstos.

En caso de que se tengan que rellenar más campos de lo establecido es recomendable que se rellene otro folio.

(Firma)

_________________________, _______ de ____________________ de 2015

 VICEPRESIDENCIA DE CULTURA, PATRIMONIO Y DEPORTES

 

ANEXO VI - PARTICIPACIÓN EN FERIAS -

RELACIÓN DESGLOSADA DE PARTICIPACIÓN EN FERIAS CON INDICACIÓN DE LOS GASTOS SUBVENCIONABLES PREVISTAS PARA ESTE PROYECTO.

Relación de las ferias a las que tengo intención de participar:

PRIMERA FERIA: Nombre                 _____________________________________________________________________

Días de la Feria:                       _____________________________________________________________________

Localidad donde se realiza la Feria: ___________________________________________________________________

Entidad organizadora:           ____________________________________________________________________

Presupuesto de los gastos:                 ____________________________________________________________________

SEGUNDA FERIA: Nombre   ____________________________________________________________________

Días de la Feria:                       _____________________________________________________________________

Localidad donde se realiza la Feria: ___________________________________________________________________

Entidad organizadora:                 _____________________________________________________________________

Presupuesto de los gastos:     ____________________________________________________________________

TERCERA FERIA: Nombre                 _____________________________________________________________________

Días de la Feria:                       _____________________________________________________________________

Localidad donde se realiza la Feria: ___________________________________________________________________

Entidad organizadora:                 _____________________________________________________________________

Presupuesto de los gastos:     ____________________________________________________________________

CUARTA FERIA: Nombre   ____________________________________________________________________

Días de la Feria:                       ____________________________________________________________________

Localidad donde se realiza la Feria: __________________________________________________________________

Entidad organizadora:                 ____________________________________________________________________

Presupuesto de los gastos:     ____________________________________________________________________

PRESUPUESTO TOTAL DE GASTOS PREVISTOS: _________________

_________________________________, _______  de ____________________________ de 2015

 VICEPRESIDENCIA DE CULTURA, PATRIMONIO Y DEPORTES

 

ANEXO VII - ACREDITACIÓN DEL REPRESENTANTE –

ACREDITACIÓN DE REPRESENTADO DE LA ENTIDAD SOLICITANTE

DATOS DE LA ENTIDAD SOLICITANTE

Nombre y Apellidos / Nombre o razón social:

En cargo de: ______________________________

DNI / CIF:

Domicilio (a efectos de notificaciones):

Calle o plaza:                                                          Núm.                 Piso:

Localidad:                                                               CP:

Teléfono de persona de contacto:                            Fax:

Correo electrónico:

CERTIFICA:

Que en la reunión de día ____ de _______________________ de ________ la / el _____________________ (indicar el órgano que tomó el acuerdo), se acordó el nombramiento del Sr. / Sra. _____________________________________________ con DNI ___________ como __________________________________ (cargo) de la entidad ___________________________________con  CIF___________________ y ​​por un mandato de ____años,

Y que dentro de las competencias que tiene como representante, tiene competencia para formular solicitudes y tramitar subvenciones en nombre de la entidad.

 (Firma) y sello.

________________________, _______ de ____________________ de 2015

VICEPRESIDENCIA DE CULTURA, PATRIMONIO Y DEPORTES

 

ANEXO VIII - AUTORIZACIÓN AEAT -

AUTORIZACIÓN DE LA ENTIDAD BENEFICIARIA DE UNA SUBVENCIÓN PARA EL CONSEJO INSULAR DE MALLORCA, MEDIANTE LA VICEPRESIDENCIA DE CULTURA, PATRIMONIO Y DEPORTES PUEDA SOLICITAR A LA AGENCIA TRIBUTARIA LOS CERTITIFICATS ADECUADOS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS

(Este anexo es voluntario, la autorización es revocable y sólo hace referencia a las subvenciones de la convocatoria que recoge)

DATOS DEL SOLICITANTE

Nombre y Apellidos / Nombre o razón social:

DNI / CIF:

Domicilio (a efectos de notificaciones):

Calle o plaza:                                                          Núm. :         Piso:

Localidad:                                                               CP:

Teléfono de persona de contacto:                            Fax:

Correo electrónico:

DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL / PERSONA AUTORIZADA (SI PROCEDE)

Nombre y apellidos:

DNI / NIE:

Teléfono:

Represento la entidad solicitante en calidad de:

AUTORIZO:

Si la entidad mencionada debe ser beneficiaria de una subvención en el seno de la convocatoria de subvenciones de la sección de artesanía de 2015; que el Consejo Insular de Mallorca, mediante la Vicepresidencia de Cultura, Patrimonio y Deportes, solicite a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) los certificados adecuados sobre el cumplimiento, por parte de esta entidad, de las obligaciones tributarias que le corresponden.

Esta autorización se otorga a los efectos de obtener la condición de beneficiario de una subvención (artículo 14.1e) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, BOE núm.276, de 18/11/2003 ) y de recibir, en su caso, el pago de la subvención correspondiente (artículo 34.5 del mismo texto legal), de acuerdo con lo establecido en el artículo 95.1 k) de la Ley 58/2003, General Tributaria, que permite, previa autorización de la persona física o jurídica interesada, la cesión de los datos tributarios que precisen las administraciones públicas para llevar a cabo el desarrollo de sus funciones.

(Nota: Esta autorización que otorga la persona firmante se puede revocar en cualquier momento, mediante escrito dirigido a la Vicepresidencia de Cultura, Patrimonio y Deportes (Servicio Jurídico Administrativo) de la persona que ocupa la presidencia de la entidad o de la persona autorizada .)

(Firma)

_________________________, _______  de ____________________ de 2015

 VICEPRESIDENCIA DE CULTURA, PATRIMONIO Y DEPORTES

 

ANEXO IX - DECLARACIÓN RESPONSABLE DE LA REALIZACIÓN DEL PROYECTO -

DECLARACIÓN RESPONSABLE DE LA REALIZACIÓN DEL PROYECTO SUBVENCIONADO Y DE SUS INGRESOS Y GASTOS

DATOS DEL SOLICITANTE

Nombre y Apellidos / Nombre o razón social:

DNI / CIF:

Domicilio (a efectos de notificaciones):

Calle o plaza:                                                          Nº:           Piso:

Localidad:                                                               CP:

Teléfono de persona de contacto:                            Fax:

Correo electrónico:

DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL / PERSONA AUTORIZADA (SI PROCEDE)

Nombre y apellidos:

DNI / NIE:

Teléfono:

Represento la entidad solicitante en calidad de:

En relación al proyecto subvencionado por el Consejo Insular de Mallorca, dentro de la convocatoria de subvenciones 2015 para el fomento y la promoción de la artesanía de Mallorca, bajo mi responsabilidad,

DECLARO

1.- Que el mencionado proyecto se ha realizado.

2.- Que la subvención otorgada por el Consejo Insular de Mallorca se ha aplicado a la finalidad para la que se concedió y que no supera - con las subvenciones y otros ingresos concurrentes, en su caso, el coste del proyecto subvencionado .

3.- Que se adjunta memoria técnica del proyecto realizado (donde se haga constar la evaluación de los objetivos y finalidades conseguidos cualquier otro aspecto que sea relevante) firmada por el representante legal

4.- Que se adjuntan las facturas originales de los gastos realizados y que éstas no superan el valor de mercado.

5.- Que la relación final de gastos y de ingresos que integran el presupuesto ejecutado del proyecto señalado es la que se adjunta y corresponde sin duda a la actividad subvencionada.

6.-Que en relación al IVA soportado en el gasto subvencionable de la ejecución del proyecto, éste:

 

 (   ) Es recuperado y compensado.

(   ) No se recuperó ni compensado.

(Nota: La relación de gastos, que debe estructurarse de acuerdo con las partidas del presupuesto presentado, tiene que indicar los siguientes datos de las facturas o documentos acreditativos: nombre y NIF del proveedor, el número y concepto de la factura o documento similar, su importe y la fecha de emisión y su fecha de pago. La relación de ingresos tiene que señalar la subvención del Consejo Insular de Mallorca, otras subvenciones solicitadas y / o recibidas, y el resto de ayudas o ingresos que hayan financiado el mismo proyecto subvencionado, con indicación del importe y su procedencia. El importe total de los gastos debe coincidir con el de los ingresos y se explicarán las desviaciones significativas respecto al presupuesto inicial)

Para que se haga efectivo el pago de la subvención otorgada es necesario presentar esta instancia rellenada y firmada junto con:

a) Memoria técnica

 b) Facturas originales correspondientes a la totalidad del proyecto subvencionado

c) Relación final de ingresos y gastos (firmada por el representante legal)

(Firma)

________________________, _______  de ____________________ de 2015

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ANEXO X - DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE CUENTA JUSTIFICATIVA -

DECLARACIÓN RESPONSABLE DE LA REALIZACIÓN DEL PROYECTO SUBVENCIONADO Y DE SUS INGRESOS Y GASTOS

DATOS DEL SOLICITANTE

Nombre y Apellidos / Nombre o razón social:

DNI / CIF:

Domicilio (a efectos de notificaciones):

Calle o plaza:                                                          Nº:           Piso:

Localidad:                                                               CP:

Teléfono de persona de contacto:                            Fax:

Correo electrónico:

DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL / PERSONA AUTORIZADA (SI PROCEDE)

Nombre y apellidos:

DNI / NIE:

Teléfono:

Represento la entidad solicitante en calidad de:

En relación al proyecto subvencionado por el Consejo Insular de Mallorca, dentro de la convocatoria de subvenciones 2015 para el fomento y la promoción de la artesanía de Mallorca, bajo mi responsabilidad,

DECLARO

1.- Que el coste para llevar a cabo el proyecto indicado ha sido el siguiente:

A)      INGRESOS:

Subvención Consejo Insular de Mallorca:

______________________________________ ____________________ €

Otras subvenciones o ayudas:

______________________________________ ____________________ €

______________________________________ ____________________ €

______________________________________ ____________________ €

TOTAL INGRESOS ____________________ €

B)       GASTOS

N.

Nº. Fra.

Fecha  Fra.
(DD/MM/AAAA)

Proveedor

CIF

Concepto

Total base
imponible

IVA

TOTAL

Fecha de pago
(DD/MM/AAAA)

Forma de Pago

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Esta relación corresponde al coste total definitivo del proyecto subvencionable, se adjuntan los justificantes del mismo.

        TOTAL GASTOS ___________________ €

C)       DESVIACIONES

Indicar las desviaciones ocurridas, incrementos o disminuciones respecto del presupuesto presentado, y explique el motivo:

1 .__________________________________________________________________________________________________

2__________________________________________________________________________________________________

(Firma)

________________________, _______ de ____________________ de 2015

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ANEXO XI - DECLARACIÓN RESPONSABLE -

DECLARACIÓN RESPONSABLE DE TODAS LAS AYUDAS FINANCIADAS CON FONDOS PÚBLICOS, QUE SE HAN RECIBIDO EN CONCEPTO DE MINIMIS DURANTE LOS EJERCICIOS FISCALES 2013, 2014 Y 2015

DATOS DEL SOLICITANTE

Nombre y Apellidos / Nombre o razón social:

DNI / CIF:

Domicilio (a efectos de notificaciones):

Calle o plaza:                                                          Nº:                 Piso:

Localidad:                                                               CP:

Teléfono de persona de contacto:                            Fax:

Correo electrónico:

DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL / PERSONA AUTORIZADA (SI PROCEDE)

Nombre y apellidos:

DNI / NIE:

Teléfono:

Represento la entidad solicitante en calidad de:

DECLARO

Que la totalidad de las ayudas públicas o privadas, financiadas con fondos públicos, recibidas en concepto de minimis cumplen los requisitos del Reglamento número 1 1998/2006 de la CE sobre la aplicación de los art. 87 y 88 del Tratado de la CE a las ayudas de minimis, lo que implica, entre otros, que el beneficiario no puede haber recibido, en los tres últimos ejercicios fiscales (2013-2014-2015), ayudas públicas o de entes privados por este concepto, financiadas con cargo a presupuestos públicos, por un importe superior a 200.000 €.

_______________________

(Nombre y apellidos)

________________________, _______  de ____________________ de 2015

VICEPRESIDENCIA DE CULTURA, PATRIMONIO Y DEPORTES

 

ANEXO XII - AUTORIZACIÓN SEGURIDAD SOCIAL -

AUTORIZACIÓN DE LA ENTIDAD BENEFICIARIA DE UNA SUBVENCIÓN PARA EL CONSEJO INSULAR DE MALLORCA, MEDIANTE LA VICEPRESIDENCIA DE CULTURA, PATRIMONIO Y DEPORTES PUEDA SOLICITAR LA TESORERÍA DE LA SEGURIDAD SOCIAL EL CERTITIFICAT ADECUADO DE ESTAR AL CORRIENTE DE LAS OBLIGACIONES CON LA SEGURIDAD SOCIAL

(Este anexo es voluntario, la autorización es revocable y sólo hace referencia a las subvenciones de la convocatoria que recoge)

DATOS DEL SOLICITANTE

Nombre y Apellidos / Nombre o razón social:

DNI / CIF:

Domicilio (a efectos de notificaciones):

Calle o plaza:                                                          Nº:                 Piso:

Localidad:                                                               CP:

Teléfono de persona de contacto:                            Fax:

Correo electrónico:

DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL / PERSONA AUTORIZADA (SI PROCEDE)

Nombre y apellidos:

DNI / NIE:

Teléfono:

Represento la entidad solicitante en calidad de:

AUTORIZO:

Si la entidad mencionada debe ser beneficiaria de una subvención en el seno de la convocatoria de subvenciones de la sección de artesanía de 2015; que el Consejo Insular de Mallorca, mediante la Vicepresidencia de Cultura, Patrimonio y Deportes, solicite a la tesorería de la Tesorería General de la Seguridad Social los certificados adecuados sobre el cumplimiento, por parte de esta entidad, de las obligaciones que le corresponden.

Esta autorización se otorga a los efectos de obtener la condición de beneficiario de una subvención (artículo 14.1e) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, BOE núm.276, de 18/11/2003 ) y de recibir, en su caso, el pago de la subvención correspondiente (artículo 34.5 del mismo texto legal), de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente, que permite, previa autorización de la persona física o jurídica interesada, la cesión de las datos que necesiten las administraciones públicas para llevar a cabo el desarrollo de sus funciones.

(Nota: Esta autorización que otorga la persona firmante se puede revocar en cualquier momento, mediante escrito dirigido a la Vicepresidencia de Cultura, Patrimonio y Deportes (Servicio Jurídico Administrativo) de la persona que ocupa la presidencia de la entidad o de la persona autorizada.)

(Firma)

_________________________, _______ de ____________________ de 2015

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ANEXO XIII - DECLARACIÓN RESPONSABLE PARA TESORERÍA -

DATOS DEL SOLICITANTE

Nombre y Apellidos / Nombre o razón social:

DNI / CIF:

Domicilio (a efectos de notificaciones):

Calle o plaza:                                                          Nº:                 Piso:

Localidad:                                                               CP:

Teléfono de persona de contacto:                            Fax:

Correo electrónico:

DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL / PERSONA AUTORIZADA (SI PROCEDE)

Nombre y apellidos:

DNI / NIE:

Teléfono:

Represento la entidad solicitante en calidad de:

DECLARO

Que como persona solicitante de la ayuda económica no me encuentro sometida a ninguno de los supuestos de prohibición para ser beneficiario de subvenciones establecidas en el artículo 10 del texto refundido de la Ley de Subvenciones, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, en relación con el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, en la que se concretan las circunstancias siguientes:

A) Haber sido condenado mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ajustes públicos.

B) Haber solicitado la declaración de concurso, haber sido declarado insolvente en cualquier procedimiento, hallarse declarado en concurso, estar sujeto a la intervención judicial o haber sido inhabilitado conforme a la Ley Concursal sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.

C) Haber dado lugar a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la administración por una causa de la que haya sido declarado culpable.

D) Que la persona física, los administradores de las sociedades mercantiles o aquellos que ostenten la representación legal de otras personas jurídicas incurran en alguno de los supuestos de la Ley 2/1996, de 19 de noviembre, de incompatibilidades de los miembros del Gobierno y los altos cargos, y de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas; o que se trate de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley orgánica 5/1985, de 19 de junio, del régimen electoral general, o la Ley 8/1986, de 26 de noviembre, electoral de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, en los términos que establezca esta normativa o la normativa autonómica que regule estas materias.

E) No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en la forma que se determine reglamentariamente.

F) Tener la residencia fiscal en un país o en un territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.

G) No estar al corriente del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en los términos que se determinen reglamentariamente.

H) Haber sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones según esta Ley o la Ley General Tributaria.

 

El solicitante                                                                                                                        El secretario técnico

(Firma)                                                                                                                         de la Vicepresidencia de Cultura,

                                                                                                                                             Patrimonio y Deportes

_______________________                                                                                               ....................................

(Nombre y apellidos)

________________________, _______  de ____________________ de 2015

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