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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 10 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 5686
Procedimiento ordinario 592/2011 sobre otras materias

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Texto

NOTIFICACION DE SENTENCIA

D./Dña.  JUAN JOSE GUTIERREZ MARTIN, Secretario/a Judicial de JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 10 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER que en los autos de referencia se ha dictado resolución, cuyo encabezamiento es:

SENTENC IANº 4/15

En Palma de Mallorca a nueve de febrero de dos mil quince.

Vistos por la Ilma. Sra. Dª MARGARITA ISABEL POVEDA BERNAL, MAGISTRADA del Juzgado de Primera Instancia Número Diez de Palma de Mallorca, en funciones de sustitución entre miembros de la carrera judicial, los presentes autos de JUICIO ORDINARIO 592/2011 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DEL EDIFICIO SITO EN LA CALLE ALBERT NÚMERO 24 DE PALMA DE MALLORCA, con Procuradora Sra. Coll Sabrafin, y Letrado Sra. Fuentes Ibáñez, y de otra, como demandados, la promotora PROMOCIONES ALBERTO BALEAR S.L.U., con Procurador Sr. Silvestre Benedicto y Letrado Sr. Rullán Martorell; el aparejador D. MIGUEL BARCELO GARAU, con Procuradora Sra. Sampol Shenk y Letrado Sr. Binimelis Vidal y la constructora EJECUCIÓN BALEAR DE CONTRATAS S.L., en rebeldía, sobre OBLIGACIÓN DE HACER DERIVADA DE RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL y DE RESPONSABILIDAD CIVIL POR VICIOS DE LA CONSTRUCCIÓN, y en  virtud de lo acordado en los autos de referencia, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la L.E.C. por el presente se notifica a EJECUCION BALEAR DE CONTRATAS S.L.,  la sentencia nº 4/15 dictada en el presente procedimiento, haciendole saber que dicha resolucion  se halla a disposición del demandado en la Secretaria de este Juzgado y  se le hace saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial ante este mismo juzgado en el término de 20 días y librese testimonio que se unira a las actuaciones quedando el original archivado en el libro de sentencias del Juzgado.

EL/LA SECRETARIO