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AYUNTAMIENTO DE SON SERVERA
Núm. 6990
Notificación de Resolución de alcaldia 1249/2014
Intentada la notificación sin éxito a LA DOLCE VITA 2014, CB en varias ocasiones, del Decreto de Alcaldía núm. 1249/2014 referente al expediente 000182/2014-DECRETO
Y resultando lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, Ley de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo común. (LRJAP-PAC).
Se hace público su contenido por un plazo de 20 días a los efectos que la Ley establece.
Son Servera, 23 de abril de 2015
El Alcalde
Antoni Servera Servera
Decreto núm. 1249/2014
Referencia: 000182/2014-DECRETO 04. Secretaria
Antoni Servera Servera, Alcalde-presidente del Ajuntament de Son Servera (Illes Balears)
Vista la solicitud de autorización de ocupación de la vía pública de la entidad LA DOLCE VITA 2014, C.B., para la instalación de mesas, sillas i sombrillas en el dominio público del ámbito de la Demarcación de Costas de las Illes Balears, con registro municipal de entrada 6066, de 21 de agosto de 2014.
Visto el informe del delineante municipal de fecha 29 de septiembre de 2014, el cual dice textualmente:
“INFORME DE MEDICIONES”
Registro de entrada nº 6066.
Fecha : 21 de agosto de 2014.
Solicitante : La Dolce Vita 2014, C.B.
Domicilio: Calle Rafal, 4 de Cala Millor.
Asunto: Alegación sobre la duración de la ocupación de la vía pública referente a las autorizaciones de ocupación de la vía pública del T.M. de Son Servera del establecimiento La Dolce Vita de Cala Millor.
SituacióN: Calle Rafal, 4 de Cala Millor (Son Servera).
Nombre del local comercial: BAR LA DOLCE VITA.
Expediente: 47/2014.
INFORME
Vista la solicitud con registro de entrada 6066 de fecha 21 de agosto de 2014 formulada por La Dolce Vita 2014 C.B., con NIF E57868549, en la cual manifiesta que hay un error sobre el periodo de ocupación que se solicitó a través del RGE 5199 de 15 de julio de 2014, en el que manifiestan que el local ocupará la vía pública de dia 1 de agosto hasta 30 de septiembre.
Dado que una vez comprobadas las fechas solicitadas referentes a la ocupación del dominio público con instalaciones de temporada con RGE 5199 de 15 de julio de 2014, el sollicitante no rellenó la casilla del periodo de ocupación, por ello se asoció por defecto al periodo de ocupación de la temporada turística de 7 meses (1 de abril hasta 31 de octubre). Por el que se emitió la liquidación correspondiente nº 374816.
Dado que para saber cuando se ocupó la vía pública se solicitó informe a la Unidad de Medio Ambiente i Comercio de la Policia Local, en fecha 27 de agosto de 2014 con RGS 1336, donde se informa que el dia 14 de julio el local arriba mencionado ya ocupaba la vía pública , de lo que se desprende que el período de ocupación irá desde el dia 14 de julio hasta el 30 de septiembre y no desde el 1 de agost hasta el 30 de septiembre, tal com manifiesta el interesado.
Vista toda la documentación obrante en el expediente resulta que se emite nuevo informe de mediciones que se señala a continuación con un nuevo periodo de ocupación de la vía pública según el informe de la Unidad de Medio Ambiente y Comercio de la Policia Local.
DEMARCACIÓN DE COSTAS DE LAS ILLES BALEARS 2014 |
||||||||
R.G.E. |
Per. Ocup. |
Nº Ord. |
Local |
Entidad |
DNI/CIF/NIE |
Dirección |
(m²) |
Cat |
6066/14 |
14 julio 2014 / 30 septiembre 2014 |
47 |
La Dolce Vita |
La Dolce Vita 2014, C.B. |
E57868549 |
Calle Rafal, 4 Cala Bona |
36 |
1ª |
Son Servera, 29 de septiembre de 2014.
Delineante Municipal.”
Miquel Àngel Esteva Salort.
De acuerdo con las atribuciones que me confiere la legislación vigente en materia de régimen local, i concretamente de acuerdo con el artículo 21.2.q), de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las bases de régimen local.
RESUELVO :
1. Anular la resolución de la Alcaldia núm. 951/2014, de 25 de julio, así como anular la liquidación derivada de la misma con núm. 374816.
2. Autorizar nuevamente la ocupación de bienes de dominio público marítimo terrestre estatal para la instalación de mesas, sillas, sombrillas, a tal fin señalado por este Ayuntamiento, dentro del ámbito de la Demarcación de Costas de las Illes Balears per a 2014, a:
DEMARCACIÓN DE COSTAS DE LAS ILLES BALEARS 2014 |
||||||||
R.G.E. |
Per. Ocup. |
Nº Ord. |
Local |
Entitat |
DNI/CIF/NIE |
Dirección |
(m²) |
Cat |
6066/14 |
14 julio 2014 / 30 septiembre2014 |
47 |
La Dolce Vita |
La Dolce Vita 2014, C.B. |
E57868549 |
Calle Rafal, 4 Cala Bona |
36 |
1ª |
3. Esta autorización se concede por el plazo señalado en punto 2 de la tabla y en el presente año en curso.
4. El titular de la autorización tendrá que hacer efectiva la tasa por ocupación de terrenos de la vía pública por mesas, sillas y sombrillas, con finalidad lucrativa.
5. Los locales situados en la calle Sol no podrán sobrepasar la superficie de un metro y medio contados a partir de la linea de separación de su propia terraza privada.
6. Las autorizaciones tendrán carácter personal y no podrán ser cedidas ni subarrendadas a terceros.
7. El incumplimiento de esta autorización dará lugar a la anulación de la misma.
8. El titular de la presente autorización deberá cumplir con las disposiciones antes mencionadas, el incumplimiento de las mismas podrá dar lugar a la anulación de la autorización de ocupación.
9. Las autorizaciones acabarán automáticamente en la fecha de su vencimiento. En el caso de desear obtener su renovación , se deberá proceder a formalizar una nueva solicitud por parte del interesado.
10. Dar cuenta de la presente al Departamento de Intervención para proceder, a la anulación de la liquidación núm. 374816 y, para emitir nueva liquidación con la tasa correspondiente.
Contra esta resolución que agota la via administrativa se pueden interponer, alternativamente, los siguientes recursos:
a) Directamente el recurso contencioso administrativo ante el tribunal que resulte competente, en el plazo de dos meses, a contar a partir del dia siguiente de la notificación del presente decreto.
b) El recurso de reposición potestativo ante esta Alcaldía que ha dictado la presente resolución en el plazo de un mes, a contar a partir del dia siguiente de la notificación del presente decreto. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá por transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo, en el plazo de seis meses, contados a partir del dia siguiente a la desestimación presunta.
No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa y la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Son Servera, 6 de octubre 2014
Son Servera, 23 de abril de 2015
El Alcalde-presidente
Antoni Servera Servera
Doy fe
el secretario
Antoni Gual Sureda