Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y PRESUPUESTOS
Núm. 6970
Resolución del Director General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio de 20 de abril de 2015 de anotación en el Inventario General de Bienes y Derechos de la CAIB, de la prórroga tácita del contrato de arrendamiento de los locales 2 y 3 de la cuarta planta del edificio Orisba de la calle Alfons El Magnànim, 29, de Palma de Mallorca (PRO02 239/2015)
Hechos
1. El 16 de enero de 1998 se formalizó un contrato de arrendamiento, por un plazo de diez años, con la entidad propietaria “Hoteles Esplai S.L.” con CIF núm. B07655509, como parte arrendadora; y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, como parte arrendataria.
Este contrato se ha prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2014.
2. El 14 de diciembre de 2012, el Consejero de Administraciones Públicas firmó la Resolución por la cual se autoriza la modificación de la cláusula octava del contrato que tendrá la redacción siguiente:
“Octava: Transcurrido el plazo inicial, el contrato de arrendamiento se podrá prorrogar tácitamente por períodos de dos años , o por el período acordado, si no se produce un preaviso en sentido contrario comunicado por cualquiera de las dos partes firmantes del contrato con tres meses de antelación al vencimiento de las prórrogas”
3. Las referencias del Registro de la Propiedad de estos locales son las siguientes:
-Local 2 4ª planta: Finca registral núm. 65.900, inscrita en el Registro de la Propiedad de Palma, en el tomo 3.673, libro 1.123, folio 73.
-Local 3 4ª planta: Finca registral núm. 65.903, inscrita en el Registro de la Propiedad de Palma, en el tomo 3.673, libro 1.123, folio 82.
4. El 15 de diciembre el Consejero de Hacienda y Presupuestos firmó una resolución de resolución del contrato de arrendamiento de los locales 4 y 5 que inicialmente se habían arrendado conjuntamente con el 2 y el 3 por no ser ya necesarios para uso de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades.
5. El 1 de diciembre de 2014, tuvo entrada en la Consejería de Hacienda y Presupuestos un oficio de la Jefa del Servicio de Gestión Económica de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades con la documentación relativa a la prórroga tácita del arrendamiento del citado inmueble por el período comprendido entre el 1 de enero de 2015 y el 31 de diciembre de 2016.
6. El 17 de diciembre el Consejero de Hacienda y Presupuestos firmó una resolución de modificación del objeto del contrato inicial, eliminando el arrendamiento anexo de los aparcamientos.
7. El 29 de diciembre de 2014, la intervención de la CAIB emitió informe desfavorable de fiscalización previa limitada del expediente, dejando suspendida la tramitación del mismo hasta que las objeciones fuesen subsanadas. Al hallarse al final del periodo contable, el SAP cerró el expediente PRO 02 6656/2014, dejando el mismo sin efecto.
8. En fecha 4 de febrero de 2015 tuvo entrada en la Consejería de Hacienda y Presupuestos un oficio de la Jefa del Servicio de Gestión Económica de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades con la documentación, que a continuación se detalla, relativa a la prórroga tácita del arrendamiento del citado inmueble, por el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2015 y el 31 de diciembre de 2016:
9. Teniendo en cuenta la citada cantidad, este expediente requiere la fiscalización previa por parte de la Intervención General.
10. El Consejo de Gobierno, en la sesión de día 27 de marzo de 2015, adoptó el Acuerdo por el cual se determina que se continúe tramitando el expediente de prórroga tácita del arrendamiento.
Fundamentos de derecho
1. El articulo 65 y siguientes de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (Boletín Oficial de las Illes Balears núm. 49, de 24 de abril), el Reglamento que la desarrolla (BOIB núm. 192, de 24 de diciembre de 2005) y el resto de disposiciones aplicables.
2. Decreto 5/2013, de 2 de mayo, del Presidente de las Illes Balears, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 60 ext., de 02-05-2013).
3. Decreto 6/2013, de 2 de mayo, del Presidente de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 60 ext., de 2-05-2013).
4. Decreto 7/2013, de 2 de mayo, del Presidente de las Illes Balears, por el cual se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears (BOIB núm. 60 ext., de 2-05-2013).
5. Decreto 15/2013, de 7 de junio, del Presidente de las Illes Balears, por el que se modifica el Decreto 6/2013, de 2 de mayo, del Presidente de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 82, de 08-06-2013).
6. Decreto 35/2013, de 21 de junio, por el cual se nombra Director General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio de la Consejería de Hacienda y Presupuestos de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 88, de 22 de junio).
7. El contrato principal de arrendamiento, subscrito el 16 de enero de 1998.
Por ello, en virtud de las atribuciones que me confiere el artículo 88 de la Ley 6/2001, dicto la siguiente:
RESOLUCIÓN
1.Anotar en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la prórroga tácita del contrato de arrendamiento de los locales núm. 2 y 3 ubicados en la planta cuarta del edificio situado en la calle Alfons El Magnànim, 29 de Palma de Mallorca, a contar desde el 1 de enero de 2015 hasta el 31 de diciembre de 2016, por una renta mensual de 4.541.09€, incluido el IVA, que asciende a un total de 108.986,16 €, que irán a cargo de la partida presupuestaria 13101.421A01.20200.00, siempre que exista crédito adecuado y suficiente en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma, con el objeto de poder continuar siendo utilizado para la ubicación de dependencias de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades.
2. Notificar esta Resolución a la Consejería de Educación, Cultura y Universidades, sin perjuicio de que se deba tramitar el correspondiente procedimiento económico financiero, y ordenar que se publiquen en el Boletín Oficial de las Illes Balears las características principales de esta prórroga.
Palma de Mallorca, 20 de abril de 2015
El Director General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio
Miguel Miralles Sastre