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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE TARRAGONA

JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 DE TARRAGONA

Núm. 6636
Expediente 370/2014

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Texto

CITACION EDICTAL

D/Dª ANGELA IRIBAS CABRERA, SECRETARIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUM.1 DE LOS DE TARRAGONA :

HAGO SABER: Que en este Juzgado se sigue expediente núm.370/2014 a instancias de VICTORIANO MARCOS HERNÁNDEZ contra NUCEA COPISA AUXINI OSHSA (EMPRESARIOS AGRUPADOS), GABINO HERNANDEZ, S.L., JULIO CRESPO CATALUNYA, S.A., SCHWARTZ HAUTMONT, S.A., CRISBISBAL, S.A., CONSTRUCCIONES GORT, S.L., DIUMEZ CONSTRUCTORA PIRENAICA, S.A., DENION CONTROLY SISTEMAS, S.A., COPISA CONSTRUCTORA PIRENAICA, S.A., PIRAMIDE MONTAJES INDUSTRIALES, S.L., COPISA PROYECTOS Y MANTENIMIENTOS INDUSTRIALES, S.A., TEMPO ACCION EUROPA, S.L., UTE COTINSA - COPISA, S.A.U., BCN TUBERIAS Y MONTAJES INDUSTRIALES, S.L., DESARROLLO DE TUBERIA Y SOLDADURA S.L., SAMBATRON SL, DISUMEG ESPAÑA, S.L.U. Y GESTRADO INGENIERIA en reclamación de INDEMNIZACIONES.

Por el presente se cita a COPISA CONSTRUCTORA PIRENAICA, quien se halla en ignorado paradero, para que comparezca ante este Juzgado de lo Social, sito en Tarragona, Avda. Roma núm.2l, bjs., al objeto de celebrar acto de conciliación y en su caso, juicio que tendrán lugar en única pero sucesiva convocatoria, el primero ante el Secretario Judicial y el segundo ante el Juez o Magistrado; el día 28 de julio de 2015 a las 09:15 horas con advertencia de que deberá concurrir con los medios de prueba de que intente valerse y que la incomparecencia injustificada del demandado no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando éste sin necesidad de declarar su rebeldía y pudiendo ser tenida por conforme con los hechos de la demanda.

Lo que hace público por medio del Boletín Oficial de la Provincia, a los efectos pertinentes, con advertencia de que las siguientes notificaciones se realizarán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de esta Oficina Judicial, salvo aquéllas que revistan forma de auto o sentencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59 de la LRJ S.

Tarragona, a treinta y uno de marzo de dos mil quince.

FIRMA LA SECRETARIA JUDICIAL