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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TURISMO Y DEPORTES

Núm. 6774
Resolución de concesión de subvenciones al amparo de la Resolución del consejero de Turismo y Deportes de 18 de julio de 2014 por la que se convocan ayudas a los clubes deportivos de las Islas Baleares con equipos de deportes individuales i colectivos que participen en competiciones de categoría nacional y que promocionen las Islas Baleares (BOIB núm. 103, de 31 de julio de 2014). Modificada por la resolución del consejero de Turismo y Deportes de 17 de diciembre de 2014 (BOIB núm. 174, de 20 de diciembre de 2014)

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Texto

Antecedentes

  1. La Resolución del consejero de Turismo y Deportes de 18 de julio de 2014, publicada en el BOIB núm. 103, de 31 de julio de 2014, mediante la cual se convocan ayudas a los clubes deportivos de las Islas Baleares con equipos de deportes individuales y colectivos que participen en competiciones de categoría nacional y que promocionen las Islas Baleares. 

  2. En fecha 5 de diciembre de 2014, el Director General de Deportes dictó las Propuestas de Resolución de concesión de ayudas para apoyar a los clubes deportivos de las Islas Baleares con equipos de deporte individuales i colectivos que participen en competiciones de categoría nacional y que promocionen las Islas Baleares

Fundamentos de Derecho

1. El artículo 34 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005), dispone que con la periodicidad y en los términos que se determinen reglamentariamente, se deben publicar en el BOIB las subvenciones que otorguen la Administración de la comunidad autónoma y las entidades públicas que de ella dependen. 

2. La Orden del Consejero de Turismo y Deportes de 18 de diciembre de 2012 por la cual se establecen las bases reguladoras para conceder subvenciones en materia de deportes (BOIB núm. 2, de 3 de enero de 2013)

3. El apartado 6.3 de la Resolución del consejero de Turismo y Deportes de 18 de julio de 2014 (BOIB núm. 103, de 31 de julio de 2014) dispone que la resolución  expresa del consejero de Turismo y Deportes finaliza el procedimiento de concesión de la subvención.

Por todo ello, dicto la siguiente

 

Resolución

1. Conceder las ayudas para apoyar a los clubes deportivos de las Islas Baleares con equipos de deporte individual i colectivo que participen en competiciones de categoría nacional y que promocionen las Islas Baleares a las entidades solicitantes que figuran en el anexo 1, por el importe individual indicado. 

2. Publicar esta Resolución en el BOIB

Interposición de recursos

Contra esta Resolución – que agota la vía administrativa – se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Turismo y Deportes en el plazo de un mes a partir desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones publicas y del procedimiento administrativo común, y con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las  Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de  Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses desde el día siguiente de haberse publicado esta Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Palma, 16 de abril de 2015

El secretario general
Joaquín Legaza Cotayna
Resolución del Consejero de Turismo y Deportes de delegación de firma 
(BOIB núm. 15 de 30/01/2014)

 

 

ANEXO 1
AYUDAS CONCEDIDAS

Nº Exp

NIF

Concedido

1/2015/C

G07166812

60.780,17 €

2/2015/C

G07964026

21.925,54 €

3/2015/C

G57445017

4.048,72 €

4/2015/C

G07854615

2.556,24 €

5/2015/C

G07164304

30.090,38 €

6/2015/C

G07164304

13.793,78 €

7/2015/C

G57087934

961,42 €

8/2015/C

G07545874

1.422,43 €

9/2015/C

G07545874

669,03 €

10/2015/C

G07461395

1.432,86 €

11/2015/C

G07461395

669,06 €

12/2015/C

G07897432

97.013,51 €

13/2015/C

G07439805

7.599,73 €

15/2015/C

G07421712

1.216,98 €

16/2015/C

G07421712

2.618,82 €

17/2015/C

G07421712

1.216,98 €

18/2015/C

G07462682

20.215,23 €

19/2015/C

G07436751

2.435,35 €

20/2015/C

G07436751

1.159,03 €

21/2015/C

G07467996

1.672,48 €

22/2015/C

G07441082

1.958,88 €

23/2015/C

G07324692

35.063,85 €

24/2015/C

G07469802

53.315,59 €

25/2015/C

G57685752

23.949,62 €

26/2015/C

G07467285

33.329,88 €

27/2015/C

G07467285

17.338,66 €

28/2015/C

G07149529

12.299,78 €

29/2015/C

G07540131

12.299,78 €

30/2015/C

G57587107

3.538,81 €

32/2015/C

G07178809

9.092,04 €

33/2015/C

G57780884

1.744,74 €

34/2015/C

G57174310

2.939,51 €

35/2015/C

G57174310

1.468,32 €

36/2015/C

G07400922

4.200,00 €

37/2015/C

G07494040

12.995,05 €

38/2015/C

G57034381

16.379,44 €

39/2015/C

G07688955

16.636,58 €

40/2015/C

G57388126

55.881,41 €

41/2015/C

G57407108

7.017,25 €

42/2015/C

G57735425

5.053,07 €