Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE TURISMO Y DEPORTES
Núm. 6773
Resolución de denegación de subvenciones al amparo de la Resolución del consejero de Turismo y Deportes de 18 de julio de 2014 por la que se convocan ayudas a los clubes deportivos de las Islas Baleares con equipos de deportes individuales i colectivos que participen en competiciones de categoría nacional y que promocionen las Islas Baleares (BOIB núm. 103, de 31 de julio de 2014). Modificada por la resolución del consejero de Turismo y Deportes de 17 de diciembre de 2014 (BOIB núm. 174, de 20 de diciembre de 2014)
Antecedentes
1. La Resolución del consejero de Turismo y Deportes de 18 de julio de 2014, publicada en el BOIB núm. 103, de 31 de julio de 2014, mediante la cual se convocan ayudas a los clubes deportivos de las Islas Baleares con equipos de deportes individuales y colectivos que participen en competiciones de categoría nacional y que promocionen las Islas Baleares.
2. En fecha 10 de diciembre de 2014, el Director General de Deportes dictó las Propuestas de Resolución de denegación de ayudas para apoyar a los clubes deportivos de las Islas Baleares con equipos de deportes individuales i colectivos que participen en competiciones de categoría nacional y que promocionen las Islas Baleares
Fundamentos de derecho
1. El artículo 34 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005), dispone que con la periodicidad y en los términos que se determinen reglamentariamente, se deben publicar en el BOIB las subvenciones que otorguen la Administración de la comunidad autónoma y las entidades públicas que de ella dependen.
2. La Orden del Consejero de Turismo y Deportes de 18 de diciembre de 2012 por la cual se establecen las bases reguladoras para conceder subvenciones en materia de deportes (BOIB núm. 2, de 3 de enero de 2013)
3. El apartado 6.3 de la Resolución del consejero de Turismo y Deportes de 18 de julio de 2014 (BOIB núm. 103, de 31 de julio de 2014) dispone que la resolución expresa del consejero de Turismo y Deportes finaliza el procedimiento de concesión de la subvención.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Denegar las ayudas para apoyar a los clubes deportivos de las Islas Baleares con equipos de deportes individuales i colectivos que participen en competiciones de categoría nacional y que promocionen las Islas Baleares a las entidades solicitantes que figuran en el anexo 1 de esta Resolución , por los motivos que figuran en el citado anexo.
2. Publicar esta Resolución en el BOIB
Interposición de recursos
Contra esta Resolución – que agota la vía administrativa – se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Turismo y Deportes en el plazo de un mes a partir desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones publicas y del procedimiento administrativo común, y con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses desde el día siguiente de haberse publicado esta Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Palma, 16 de abril de 2015
El secretario general
Joaquín Legaza Cotayna
Resolución del Consejero de Turismo y Deportes
de delegación de firma
(BOIB núm. 15 de 30/01/2014)
ANEXO 1
AYUDAS DENEGADAS
Nº Exp |
NIF |
Motivo |
14/2015/C |
G07439805 |
No cumplir con los requisitos del punto 2.3 |
31/2015/C |
G57873556 |
No cumplir con los requisitos del punto 2.1 |
43/2015/C |
G07289572 |
Solicitud presentada fuera de plazo |