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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE EIVISSA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 1 DE EIVISSA

Núm. 5845
Despido/Ceses en General 838/2014

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Dª  TERESA MARIA BALLESTER MANRESA, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 001 de IBIZA/EIVISSA, HAGO SABER: 

Que en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000838/2014 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D/Dª JOSEFA MANGAS MANGAS contra VICTOR MANUEL GONZALEZ MEDINA,  SUPER SAR, SL sobre DESPIDO, se ha dictado sentencia cuya parte dispositiva, es del tenor literal siguiente.

“FALLO 

Estimo la demanda interpuesta por Dª. JOSEFA MANGAS MANGAS contra D. VICTOR MANUEL GONZÁLEZ MEDINA, declarando la improcedencia del despido de la actora de 05.09.2014, y condeno a D. VICTOR MANUEL GONZÁLEZ MEDINA  a estar y pasar por la anterior declaración, y a optar, o bien por la readmisión de la actora, con abono de los salarios de tramitación a razón de 43,33 euros diarios, desde la fecha del despido hasta la notificación de esta sentencia, o bien le indemnice en la cuantía de 714,95 euros.

Condeno igualmente D. VICTOR MANUEL GONZÁLEZ MEDINA, a abonar a la actora los salarios adeudados que ascienden a 5.867,05 euros, más el pago del interés legal, a razón del 10% anual, sobre los conceptos salariales.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Baleares, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes al de la notificación del presente fallo, siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita haber consignado el importe íntegro de la condena en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, número 0493/0000/61/0838/14, en la entidad SANTANDER, o presente aval solidario de Entidad Financiera por el mismo importe; depositando además la cantidad de 300 euros en la cuenta de este Juzgado, número 0493/0000/65/0838/14, y sin cuyos requisitos no podrá ser admitido el recurso. 

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. FIRMADO Y RUBRICADO”. 

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a VICTOR M. GONZALEZ MEDINA, en ignorado paradero, expido el presente en IBIZA/EIVISSA, a treinta de Marzo de dos mil quince.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL