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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

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AYUNTAMIENTO DE MANACOR

Núm. 6687
Notificación resolución de archivo - expediente de responsabilidad patrimonial 19/2013

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Por no haber podido ser efectuada la preceptiva notificación en el domicilio que aparece en el expediente que se relaciona a continuación y que se tramita en el departamento de Secretaria de este Ayuntamiento, por el presente anuncio se notifica al Sr. Luís María Escalera Suberviola, que en el expediente de responsabilidad patrimonial núm. 19/2013 se ha emitido la siguiente resolución:

“En fecha 23 de septiembre de 2014 la Alcaldía ha resuelto:

Vista la solicitud de responsabilidad patrimonial presentada por Luis María Escalera Suberviola en fecha 17 de septiembre de 2013, para que sea indemnizado por los desperfectos ocasionados a su vehículo por los siguientes hechos:

Día 14 de septiembre de 2013 su vehículo Nissan Almera matrícula IB 6414 DH sufrió desperfectos al chocar con otro vehículo cuando circulaba poer la calle Dentol de s’Illot, y cuando llegó a la intersección de la Avenida Romaní chocó con otro vehículo que salía de su parte izquierda. Este accidente fue a consecuencia de que la señal de ceda el paso estaba tapada por las ramas de un árbol

Habiendo requerido al interesado en fecha 20 de octubre de 2013, para que mejorase su solicitud en los siguientes términos:

-  Su reclamación no especifica la valoración económica de la responsabilidad patrimonial, sin que este haya presentado la valoración económica de la responsabilidad patrimonial.

Por tanto, y de conformidad  con el RD 429/93 de 26 de marzo,

RESUELVO:

Archivar la solicitud de responsabilidad patrimonial presentada por Luis María Escalera Suberviola en fecha 17 de septiembre de 2013, así como todas las actuaciones que hasta ahora se han llevado a cabo, ya que no se ha presentado la documentación en el plazo requerido, de conformidad con lo establecido al artículo 71 de la ley 30/92 y RD 429/93”

Contra dicha resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a su notificación/ publicación, ante el mismo órgano que dictó el acto, o recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Palma de Mallorca en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su notificación /publicación.

Si optase por interponer recurso potestativo de reposición,  no podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que el primero haya sido resuelto, o se haya desestimado por silencio administrativo.

El plazo para interponer recurso contencioso administrativo si ha optado por interponer recurso de reposición, será de dos meses contados desde el día siguiente de la notificación de la resolución del recurso de reposición. Si no hubiese resolución del recurso de reposición, el plazo será de seis meses a contar de la fecha que se entienda desestimado por silencio administrativo el recurso de reposición.

 

Manacor, 20 de marzo de 2015

 

El batle,

por delegación de firma (decreto 4807/2011)

1r teniente de batle y delegada

Catalina Riera Mascaró