Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 6642
Acuerdo del Consell Executiu del Consell Insular d’Eivissa de fecha 30 de marzo de 2015, por el cual se aprueban la convocatoria y las bases que regirán la convocatoria de ayudas económicas para el mantenimiento de las bibliotecas de la Red de Bibliotecas del CIE durante el año 2015
Se hace público que en fecha 30 de marzo de 2015 el Consell Executiu del Consell Insular d’Eivissa aprobó, por unanimidad, previa declaración de urgencia, la siguiente propuesta de acuerdo:
PROPUESTA DE LA CONSEJERA EJECUTIVA DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y PATRIMONIO DEL CONSELL INSULAR D’EIVISSA AL CONSELL EXECUTIU PARA LA CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONOMICAS PARA EL MANTENIMIENTO DE LAS BIBLIOTECAS DE LA RED DE BIBLIOTECAS DEL CONSELL INSULAR D’EIVISSA DURANTE EL AÑO 2015.
Las bibliotecas son la fuerza viva para la educación, la cultura y la información. Son el primer punto de acceso a la información y a la cultura del que disponen los ciudadanos, además de ser uno de los principales recursos de formación para las instituciones docentes y culturales y de recreo para la población en general. Dentro de la sociedad de la información en la que vivimos y la explosión de las nuevas tecnologías, las bibliotecas han de ser la herramienta indispensable para el fomento de la lectura, el acceso a la información, la mejora de la formación, el disfrute del ocio… Es por eso que las bibliotecas han de disfrutar de las condiciones óptimas para dar sus servicios de manera adecuada: fondo actualizado, mobiliario adecuado, medios de reproducción para todos los soportes, difusión óptima, promoción...
El marco normativo que desarrolla las competencias del Consell Insular en materia de cultura (Ley 6/1994, de 13 de diciembre, de atribución de competencias a los Consejos Insulares en materia de patrimonio histórico, de promoción y animación sociocultural, de depósito legal de libros i de deportes, que remite al Real Decreto 3040/1983, de 5 de octubre, que establece el traspaso, a la comunidad autónoma de las Illes Balears, de funciones y servicios del Estado en materia de cultura) compromete al Consell en el fomento de la cultura y en el desarrollo de las bibliotecas, dentro del territorio de su competencia.
Eso implica trabajar para conseguir cualquiera de los siguientes objetivos:
- Fomentar los hábitos culturales, entre ellos, y sobretodo, el de la lectura.
- Proporcionar a los ciudadanos un recurso de disfrute y recreo.
Para cumplir con estos objetivos es necesario mantener y mejorar los servicios bibliotecarios integrados en la Red de Bibliotecas del Consell Insular de Eivissa.
Por todo lo anteriormente expuesto, vistos los informes favorables y la propuesta de acuerdo que figuran en el expediente y en el ejercicio de las funciones atribuidas por Decreto de Presidencia 605/2011, de atribuciones genéricas correspondientes a los Consellers Executius, de 4 de julio de 2011 (BOIB núm. 104, 07.07.2011) i de conformidad con los informes favorables que obran en el expediente, la Consellera que subscribe eleva y propone al Consell Executiu la adopción del siguiente acuerdo:
PRIMERO. La aprobación de las bases de la convocatoria de ayudas económicas para el mantenimiento de les bibliotecas de la Red de Bibliotecas del Consell Insular d’Eivissa durante el año 2015 siguientes:
Bases de la convocatoria de ayudas económicas para el mantenimiento de las bibliotecas de la Red de Bibliotecas del Consell Insular d’Eivissa durante el año 2015
1. Finalidad y justificación
Se convoca una línea de ayudas económicas para colaborar en el mantenimiento de las bibliotecas públicas que están integradas en la Red de Bibliotecas del Consell Insular d’Eivissa.
Esta convocatoria está prevista en el Plan estratégico de subvenciones del Consell Insular d’Eivissa para el año 2015, publicado en el BOIB nº 177, de 27 de diciembre de 2014.
Las bibliotecas son el primer punto de acceso a la información y a la cultura del que disponen los ciudadanos, además de ser uno de sus principales recursos de ocio. Dentro de la sociedad de la información en que vivimos y con la expansión de las nuevas tecnologías, las bibliotecas deben ser la herramienta indispensable para el fomento de la lectura, el acceso a la información, la mejora de la formación, el disfrute del ocio...
Es por ello que las bibliotecas deben disponer de las condiciones óptimas para dar sus servicios de manera adecuada: fondo actualizado, mobiliario adecuado, medios de reproducción para todos los soportes, difusión óptima, promoción...
Como dice la exposición de motivos del Reglamento de la Red de Bibliotecas del Consell Insular d’Eivissa, con esta línea de ayudas promovida desde el Departamento de Educación, Cultura y Patrimonio del Consell Insular d’Eivissa se quiere contribuir al funcionamiento y la mejora de los servicios bibliotecarios de la isla de Eivissa, colaborando en los gastos ocasionados por su funcionamiento.
2. Objeto
Se convocan ayudas económicas para el mantenimiento y la gestión de las bibliotecas integradas en la Red de Bibliotecas del Consell Insular d’Eivissa realizados entre el 1 de noviembre de 2014 y el 31 de octubre de 2015 con la intención de alcanzar los siguientes objetivos:
- Fomentar los hábitos culturales, entre los cuales, y sobre todo, el de la lectura.
- Proporcionar a la ciudadanía un recurso de información, formación y ocio.
3. Régimen de las ayudas
Las ayudas recibidas por esta convocatoria son compatibles con la percepción de otras ayudas procedentes de cualquier otra administración o ente público o privado, siempre que su importe sea de tal cuantía que aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones no supere el coste total de la actividad subvencionada. Será obligación de los beneficiarios de las ayudas informar, en la liquidación de ingresos y gastos prevista en la base 13 de la convocatoria, de todas las subvenciones recibidas para la actividad objeto de subvención.
4. Beneficiarios
Podrán solicitar estas ayudas económicas las entidades locales de la isla de Ibiza y las asociaciones sin ánimo de lucro legalmente constituidas en Ibiza, bien sean de madres y padres de alumnos, de vecinos o culturales, que hayan gestionado o gestionen una biblioteca integrada en la Red de Bibliotecas del Consell Insular d’Eivissa, entre el 1 de noviembre de 2014 y el 31 de octubre de 2015.
Únicamente serán objeto de subvención los gastos corrientes ocasionados por el mantenimiento y el funcionamiento del servicio bibliotecario.
5. Créditos presupuestarios y cuantía de las ayudas
Estas ayudas están dotadas económicamente en el presupuesto del ejercicio 2015, con una cantidad máxima de 100.000 € (de la aplicación presupuestaria 3340.48900).
El importe máximo de las ayudas para cada biblioteca será de 12.000 €.
En caso de que la concesión de las ayudas no agote las cantidades que se han destinado, el sobrante del importe podrá incorporarse a otras líneas de ayudas del Departamento.
6. Forma de presentación de las solicitudes
Las solicitudes de subvención, las hará el representante legal de la entidad local o de la asociación y se formalizarán mediante instancia, según el modelo que figura en el anexo 1 de esta convocatoria.
Las instancias se dirigirán a la Presidencia del Consell Insular d’Eivissa y se presentarán en el Registro General del Consell Insular d’Eivissa (avenida de España, 49, tel. 971 195900, fax 971 195914) o en la forma establecida en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), y las deberán acompañar los siguientes documentos (originales o copia compulsada):
a) En cuanto a las entidades locales:
- Certificado, firmado por el secretario o por la secretaria de la entidad local solicitante, conforme el órgano competente ha aprobado la presentación de la solicitud.
- Certificado, firmado por el secretario o por la secretaria de la entidad local solicitante, en el que se acredite que la persona que firma la solicitud ejerce la representación de la entidad.
- Certificado de la propiedad o la cesión del local, o documento que lo acredite.
- Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, con España y con la Seguridad Social. O bien, en la solicitud, autorizar al Consell Insular d’Eivissa a obtener directamente el certificado acreditativo de esta circunstancia.
- Declaración responsable de no estar sometido a ninguno de los supuestos de prohibición para obtener subvenciones, de conformidad con el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, según el modelo que figura en el anexo 2 de esta convocatoria.
- Declaración responsable de haber solicitado o no ayuda económica a otras entidades públicas o privadas para llevar a cabo las mismas actuaciones de la presente subvención, según el modelo que figura en el anexo 3 de esta convocatoria.
- Memoria del estado y del funcionamiento de la biblioteca (ubicación, fondo, horario, equipamiento, actividades...) que recoja los datos que se consideren necesarios para poder valorar convenientemente los criterios establecidos en el apartado 10 de estas bases. A la que acompañará el impreso que figura en el anexo 4 de esta convocatoria debidamente cumplimentado.
- Memoria valorada del coste de la actividad para la que se suele • cita la subvención, que contendrá el presupuesto de los gastos que se quieren afrontar, para el que se suele • licita la ayuda, y los ingresos previstos; diferenciando la parte de inversión (mobiliario, equipamiento, fondo bibliográfico y audiovisual ...) y / o de gasto corriente (personal, difusión, animación ...).
b) Con respecto a las asociaciones:
- DNI del representante legal de la asociación y NIF de la asociación.
- Documentos de nombramiento del representante de la asociación.
- Certificado de la propiedad o cesión del local, o documento que lo acredite.
- Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, con España y con la Seguridad Social. O bien, en la sol • licitud, autorizar al Consejo Insular de Ibiza a obtener directamente el certificado acreditativo de esta circunstancia.
- Declaración responsable de no estar sometido a ninguno de los supuestos de prohibición de obtener subvenciones, de conformidad con el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, según el modelo que figura en el anexo 2 de esta convocatoria.
- Declaración responsable de haber solo • licitado o no ayuda económica a otras entidades públicas o privadas para llevar a cabo las mismas actuaciones de la presente subvención, según el modelo que figura en el anexo 3 de esta convocatoria.
- Memoria del estado y del funcionamiento de la biblioteca (ubicación, fondo, horario, equipamiento, actividades...) que recoja los datos que se consideren necesarios para poder valorar convenientemente los criterios establecidos en el apartado 10 de estas bases . A la que acompañará el impreso que figura en el anexo 4 de esta convocatoria debidamente cumplimentado.
- Memoria valorada del coste de la actividad para la que se solicita la subvención, que contendrá el presupuesto de los gastos que se quieren afrontar, para el que se solicita la ayuda, y los ingresos previstos; diferenciando la parte de inversión (mobiliario, equipamiento, fondo bibliográfico y audiovisual...) y / o de gasto corriente (personal, difusión, animación...).
En caso de que la instancia o la documentación fueran incorrectas o incompletas, se requerirían la rectificación o los complementos necesarios. Si en el plazo de diez días hábiles la entidad interesada no hace la rectificación o no presenta la complementación requerida, el Consell Insular d’Eivissa considerará que la entidad interesada desiste de su petición, después de haber tomado la resolución pertinente, de acuerdo con el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
7. Plazo de presentación de las solicitudes
El plazo para presentar solicitudes será de diez días naturales a partir del siguiente día al de la publicación de estas bases en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).
8. Selección de los beneficiarios
Se establece el régimen de concurrencia competitiva como procedimiento de selección de los beneficiarios y de concesión de las ayudas. Se entiende por concurrencia competitiva el procedimiento mediante el cual la concesión de las subvenciones se realiza por comparación de las solicitudes presentadas, con el fin de establecer una prelación entre sí de acuerdo con los criterios de valoración fijados en la base 10ª de esta convocatoria y adjudicar, con el límite fijado en la convocatoria, el crédito disponible según la valoración obtenida, de modo que la solicitud que más puntuación obtenga mayor cuantía de ayuda recibirá.
De conformidad con los criterios de valoración establecidos en la base 10ª de esta convocatoria, no podrán obtener subvención aquellas solicitudes que, reuniendo los requisitos exigidos en la presente convocatoria, obtengan una puntuación inferior a 10 puntos.
9. Condiciones
El hecho de solicitar estas ayudas significa la aceptación plena de las bases de esta convocatoria y el cumplimiento de las siguientes condiciones:
- La atención al marco normativo que establece el Reglamento de la Red de Bibliotecas del Consell Insular d’Eivissa (BOIB núm. 92, de 1.08.2002).
- El compromiso de tener personal cualificado responsable del funcionamiento.
- Deberá mantener expuestos los carteles que proporciona el Consell Insular d’Eivissa en el que consta el nombre de todas las instituciones colaboradoras de esta tarea.
- Contar con un espacio individualizado, adecuado y autónomo de cualquier otro servicio, no relacionado con la actividad de la biblioteca.
- Comunicar con antelación al Centro Coordinador de Bibliotecas cualquier actividad extraordinaria que se lleve a cabo en la biblioteca.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y con el Estado español, con la Seguridad Social y con el mismo Consell Insular d’Eivissa.
- Y, en cualquier caso, cumplir con lo dispuesto en el artículo 13 (Requisitos para obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora) y en el artículo 14 (Obligaciones de los beneficiarios) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
10. Criterios que deben servir de base para la adjudicación de las ayudas
A la hora de valorar las peticiones se tendrán en cuenta los siguientes criterios o valoraciones:
a) En cuanto al local donde se ubica la biblioteca (según los m2):
- Hasta 100 m2: 1 punto
- Entre 101 m2 y 200 m2: 2 puntos
- Más de 200 m2: 3 puntos
b) En cuanto al número de puestos de lectura:
- Hasta 25 puestos de lectura: 1 punto
- Entre 25 y 50 puestos de lectura: 2 puntos
- Más de 50 puestos de lectura: 3 puntos
c) Según la ubicación de la biblioteca dentro del pueblo o barrio:
- Ubicación lejana del centro del barrio o pueblo: 1 punto
- Ubicación en el centro del barrio o pueblo: 2 puntos
d) Según la accesibilidad de la biblioteca:
- Ubicación en la planta baja del edificio: 1 punto
- Ubicación en la planta baja del edificio y acceso directo a la calle: 2 puntos
e) En cuanto a las actividades realizadas para promoción de la biblioteca (visitas guiadas, animación lectora, exposiciones...) y que deben estar documentadas:
- Cada 15-30 días: 1 punto
- Con periodicidad semanal: 2 puntos
f) Por su público potencial: según población del barrio o pueblo:
- Hasta 3.000 habitantes: 1 punto
- De 3.001 a 6.000 habitantes: 2 puntos
- Más de 6.000 habitantes: 3 puntos
g) Por la distancia a la biblioteca municipal más cercana:
- Hasta 1.000 metros: 1 punto
- De 1.001 a 3.000 metros: 2 puntos
- Más de 3.000 metros: 3 puntos
h) Para el promedio de uso de la biblioteca durante 2014, respecto al público potencial:
- De 0 a 1 visita al año por usuario potencial: 1 punto
- De 1 a 3 visitas al año por usuario potencial: 2 puntos
- Más de 3 visitas al año por usuario potencial: 3 puntos
e) Por el porcentaje de circulación de la col • ción durante 2014:
- Del 1% al 10%: 1 punto
- Del 11% al 50%: 2 puntos
- Más del 50%: 3 puntos
j) Por cualquier otra circunstancia relacionada con el objeto de esta convocatoria, apreciada motivadamente por la comisión evaluadora, hasta 2 puntos.
11. Instrucción y resolución
El Departamento de Educación, Cultura y Patrimonio del Consell Insular d’Eivissa será el competente para instruir el procedimiento de tramitación de las solicitudes. Con fundamento en el informe de la comisión de evaluación y en la propuesta del órgano instructor, las ayudas se concederán, por delegación del Consejo Ejecutivo, mediante resolución de la consejera ejecutiva del Departamento de Educación, Cultura y Patrimonio y expresará la relación de asociaciones o instituciones subvencionadas y la cuantía de la ayuda; igualmente, en su caso, en las solicitudes excluidas, se indicará la causa de exclusión.
Los expedientes se resolverán en un plazo máximo de tres meses desde la presentación de las solicitudes a que se refiere esta convocatoria. La notificación de la resolución se debe hacer con las exigencias y en la forma prevista en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
En cumplimiento del artículo 34 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones se hará pública la relación de asociaciones o entidades subvencionadas y la cuantía de la ayuda concedida, incluidas las inferiores a 3.000 €.
12. Comisión de evaluación
La comisión de evaluación es el órgano colegiado al que corresponden las siguientes funciones:
- Evaluar y calificar las solicitudes, de acuerdo con los criterios establecidos en la base 10ª de esta convocatoria.
- Emitir un acta con un informe que servirá de base para elaborar la propuesta de resolución.
La comisión de evaluación estará integrada por un/a presidente/a, un/a secretario/a y un número de vocales no inferior a tres, designados en la resolución de la convocatoria de estas ayudas, de acuerdo con criterios de competencia profesional y de experiencia.
13. Forma de pago de las ayudas
En cuanto a las entidades sin ánimo de lucro beneficiarias de las ayudas, siguiendo las bases 23.6 y 23.9 de las de ejecución del presupuesto para el año 2015, con carácter excepcional, el pago de la subvención se hará de manera fraccionada y previamente a la justificación, a excepción del último pago. Así, el importe de la ayuda concedida se abonará a los beneficiarios en dos pagos: un 70% en el momento de la concesión y el 30% restante una vez justificado correctamente el 100% de la ayuda concedida.
La justificación del primer pago adelantado (70% de la concesión) se hará ante el Consell Insular d’Eivissa en un plazo no superior a tres meses desde la fecha de pago y constará de:
- Relación de las facturas y los justificantes que se presentan, con declaración responsable que reconozca que la documentación presentada se presenta sólo ante el Consell Insular d’Eivissa y para justificar la ayuda concedida, según el modelo que figura en el anexo 5 de esta convocatoria.
- Documentación justificativa de los gastos realizados por la actividad subvencionada a partir del 1 de noviembre de 2014, que deberán justificar el valor total del pago recibido: facturas oficiales y otros documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, en los términos establecidos por el reglamento.
En cuanto a las entidades locales beneficiarias de las ayudas el pago se hará una vez justificada correctamente la ayuda concedida.
El plazo máximo de tiempo previsto para la justificación definitiva de la ayuda concedida será el 30 de noviembre de 2015, fecha límite para la presentación de la cuenta justificativa, que debe abarcar la realización completa de la actividad y de su coste total (en relación al presupuesto de gastos presentado con la solicitud), con independencia de la cantidad subvencionada.
La cuenta justificativa contendrá:
a) En cuanto a las entidades locales:
- Liquidación detallada de ingresos y gastos de la actividad desarrollada entre el 1 de noviembre de 2014 y el 31 de octubre de 2015 (en el que se informará, en su caso, de otras ayudas recibidas para la misma actividad) firmada por el/la secretario/a de la entidad local, según el modelo que figura en el anexo 6 de esta convocatoria.
- Certificado, firmado por el secretario o por la secretaria de la entidad local beneficiaria, que acredite los gastos realizados por la actividad subvencionada entre el 1 de noviembre de 2014 y el 31 de octubre de 2015 y que se encuentran, como mínimo, en fase de obligación reconocida.
b) Con respecto a las asociaciones:
- Liquidación detallada de ingresos y gastos de la actividad desarrollada entre el 1 de noviembre de 2014 y el 31 de octubre de 2015 (en el que se informará, en su caso, de otras ayudas recibidas para la misma actividad), firmada por el responsable de la asociación, según el modelo que figura en el anexo 6 de esta convocatoria.
- Relación de las facturas y los justificantes presentados, con declaración responsable que reconozca que la documentación presentada se presenta sólo ante el Consell Insular d’Eivissa y para justificar la ayuda concedida, según el modelo que figura en el anexo 5 de esta convocatoria .
- Documentación justificativa de los gastos realizados: facturas oficiales y otros documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, en los términos establecidos por el reglamento.
Con esta documentación y con el informe favorable del técnico o la técnica de bibliotecas sobre el cumplimiento de las bases 4ª y 9ª de esta convocatoria y con el visto bueno de la secretaria técnica del Área de Presidencia, se hará efectivo el pago del 30% restante de la subvención concedida. Si con la documentación presentada no se llega a justificar el 100% de la actividad para la que se solicitó la ayuda, la cantidad de ayuda concedida se reduciría proporcionalmente al gasto justificado, por lo que las ayudas cubrirán sólo los gastos correctamente justificados.
El incumplimiento de la obligación de justificar la finalidad de la ayuda económica recibida en la forma y los plazos establecidos supondrá, además del reintegro mencionado en la base 15ª de esta convocatoria, la imposibilidad de participar en próximas convocatorias de ayudas para las bibliotecas de Ibiza, mientras no se haga la devolución del importe reclamado.
14. Revocación
El Consejo Ejecutivo del Consell Insular d’Eivissa, mediante acuerdo, podrá revocar la ayuda concedida, una vez emitida la propuesta de la consejera ejecutiva del Departamento de Educación, Cultura y Patrimonio.
Corresponde revocar la concesión de la ayuda cuando, posteriormente a la concesión válida y ajustada a derecho, el beneficiario incumple total o parcialmente las obligaciones o los compromisos contraídos a los que está condicionada la eficacia del acto de concesión de la ayuda.
15. Reintegro de la ayuda
Como consecuencia de la revocación corresponde reintegrar total o parcialmente la ayuda recibida por las entidades beneficiarias y, en su caso, la exigencia del interés de demora, en los casos previstos en el artículo 44 del Decreto ley 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones.
Para el reintegro se aplicarán los procedimientos previstos al efecto en la legislación de finanzas, en los que se debe garantizar la audiencia a las entidades interesadas.
Las cantidades reintegrables tienen la consideración de ingresos de derecho público y pueden ser exigidas por la vía de apremio.
16. Control
El Consell Insular d’Eivissa podrá utilizar cualquier medio de control como inspecciones, visitas, solicitud de aportación de nuevos documentos y/o aclaraciones, etc. para la aplicación correcta de la ayuda concedida.
17. Régimen de recursos
Las resoluciones de la consejera ejecutiva, dictadas por delegación, y que se considerarán dictadas por el órgano delegante (en este caso el Consejo Ejecutivo) no agotan la vía administrativa y se podrá interponer recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno del Consell Insular d’Eivissa, en el plazo de un mes a contar desde la notificación de la resolución, de conformidad con los artículos 107, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en relación con el artículo 22.2 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de consejos insulares.
18. Disposiciones supletorias
La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en las bases anteriores, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, que aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones, y la Ley estatal 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, en lo que sea de aplicación.
ANEXO 1
SOLICITUD DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA EL MANTENIMIENTO DE LAS BIBLIOTECAS DE LA RED DE BIBLIOTECAS DEL CONSELL INSULAR D’EIVISSA DURANTE EL AÑO 2015
El Sr./La Sra. ...................................................................................................................................,
con DNI ...............................…, en representación de.....................................................................
........................................................................................................................................................,
con CIF ..............................…., y domicilio en el carrer o plaça ....................................................
........................................................................................................................................................,
población ..............................................................................................…, CP .............................,
teléfono ................................, correo electrónico ...........................................................................
Como representante de la entidad
EXPONE
Que enterado/a de la convocatoria pública del Consell Insular d’Eivissa de ayudas económicas para el mantenimiento de las bibliotecas de la Red de Bibliotecas del Consell Insular d’Eivissa durante el año 2015,
SOLICITA
Acogerse a la convocatoria de ayudas económicas para colaborar en el mantenimiento de las bibliotecas de la Red de Bibliotecas del Consell Insular d’Eivissa.
DOCUMENTACIÓN QUE SE ADJUNTA
(según la base 6ª de la convocatoria)
.....................................................................................................................................................................................
.....................................................................................................................................................................................
.....................................................................................................................................................................................
.....................................................................................................................................................................................
.....................................................................................................................................................................................
.....................................................................................................................................................................................
( ) Autoriza al Consell Insular d’Eivissa, para el cumplimiento de la base 9ª de esta convocatoria, a acceder a la información necesaria para comprobar si la institución o la entidad que representa está al corriente de sus obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, con el estado español, con la Seguridad Social y con el propio Consell Insular d’Eivissa.
....................................................................., ............. de ...................................... de 2015
(firma)
En el caso que le sea otorgada, la institución o la asociación beneficiaria se compromete al cumplimiento estricto y a la acceptación de las bases de esta convocatoria y también a facilitar al Consell Insular d’Eivissa cualquier actuación de control como inspecciones, visitas, solicitud de aportación de nuevos documentos y/o aclaraciones, etc. para correcta aplicación de la ayuda concedida.
HBLE. SR. PRESIDENTE DEL CONSELL INSULAR D’EIVISSA
ANEXO 2
DECLARACIÓN RESPONSABLE
El Sr./La Sra. ..............................................................................................................................,
con DNI ................................…, en representación de...............................................................
....................................................................................................................................................,
con CIF .................................…., y domicilio en el carrer o plaça ..............................................
....................................................................................................................................................,
población ..............................................................................................…, CP .........................,
teléfono ..........................., correo electrónico .............................................................................
Como representante de la entidad declaro bajo mi responsabilidad que, en relación con el procedimiento para la obtención de subvención para el mantenimiento de las bibliotecas de la Red de Bibliotecas del Consell Insular d’Eivissa durante el año 2015, la entidad que represento no incurre en ninguna causa de incompatibilidad o prohibición para obtener subvenciones, que figuren en el articulo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE nº 276, de 18 de noviembre de 2003).
Y para que conste y tenga efecto ante el órgano que convoca la mencionada concesión de subvenciones, firmo esta declaración responsable.
....................................................................., ............. d ...................................... de 2015
ANEXO 3
DECLARACIÓN RESPONSABLE
El Sr./La Sra. .................................................................................................................................,
con DNI ...............................…, en representación de..................................................................
......................................................................................................................................................,
con CIF ..............................…., y domicilio en el carrer o plaça ..................................................
.....................................................................................................................................................,
población ..............................................................................................…, CP ..........................,
teléfono ............................, correo electrónico ............................................................................
Como representante de la entidad declaro bajo mi responsabilidad que, en relación con el procedimiento para la obtención de subvención para el mantenimiento de las bibliotecas de la Red de Bibliotecas del Consell Insular d’Eivissa durante el año 2015, la entidad que represento
¨ ha solicitado otras ayudas al Consell Insular d’Eivissa o a otra Administración o entidad pública o privada para llevar a cabo las mismas actividades objeto de la presente subvención y que están pendientes de resolución por el órgano competente:
Entidad: ................................................................................. Importe:........................
Entidad: ................................................................................. Importe:........................
Entidad: ................................................................................. Importe:........................
( ) no ha solicitado otras ayudas a ningún otro órgano del Consell Insular d’Eivissa ni a otra Administración o entidad pública o privada para llevar a cabo las mismas actividades objeto de la presente subvención.
Y para que conste y tenga efecto ante el órgano que convoca la mencionada concesión de subvenciones, firmo esta declaración responsable.
....................................................................., ............. d ...................................... de 2015
ANEXO 4
MEMORIA DEL ESTADO Y FUNCIONAMIENTO DE LA BIBLIOTECA
BIBLIOTECA DE: ..............................................................................................................
CRITERIO (según la base 10 de la convocatoria) |
DATOS |
||
Superficie de la biblioteca |
m2 |
||
Número de puestos de lectura |
|
||
Ubicación de la biblioteca en el pueblo o barrio (marcar la opción elegida) |
lejos del centro |
en el centro |
|
|
|
||
Accesibilidad de la biblioteca (marcar la opción elegida) |
planta baja |
planta baja y acceso directo a la calle |
|
|
|
||
Actividades realizadas para promocionar la biblioteca (marcar la opción elegida) |
15-30 días |
semanalmente |
|
|
|
||
Público potencial (población del barrio o pueblo) |
habitantes |
||
Distancia a la biblioteca municipal más cercana |
Km. |
||
Número de personas usuarias en 2014 (visitantes) |
|
||
Circulación de la colección durante 2014 (colección y número de préstamos) |
colección |
nº de préstamos |
|
|
|
||
Otras circunstancias relacionadas con el objeto de esta convocatoria (si las hubiera, enumerarlas)
|
|
ANEXO 5
RELACIÓN DE FACTURAS Y JUSTIFICANTES DECLARACIÓN RESPONSABLE
El Sr./La Sra. ................................................................................................................................,
con DNI ..................................…, en representación de..............................................................
.....................................................................................................................................................,
con CIF .................................…., y domicilio en el carrer o plaça ...............................................
.....................................................................................................................................................,
población ..............................................................................................…, CP ..........................,
teléfono ..............................., correo electrónico .........................................................................
Como representante de la entidad declaro bajo mi responsabilidad que, en relación con el procedimiento para la obtención de subvención para el mantenimiento de las bibliotecas de la Red de Bibliotecas del Consell Insular d’Eivissa durante el año 2015, las facturas detalladas a continuación sólo se han presentado ante el Consell Insular d’Eivissa y como justificante de la ayuda recibida para el mantenimiento de la Biblioteca de
...............................................................................................................................................
Y para que conste y tenga efecto ante el órgano que convoca la mencionada concesión de subvenciones, firmo esta declaración responsable.
....................................................................., ............. d ...................................... de 2015
Relación de facturas y justificantes presentados para justificar la ayuda del año 2015:
Nº. PROVEEDOR Nº. JUSTIFICANTE CONCEPTO IMPORTE
........... ........................................... ................................... ......................... ........................
........... ........................................... ................................... ......................... ........................
........... ........................................... ................................... ......................... ........................
........... ........................................... ................................... ......................... ........................
........... ........................................... ................................... ......................... ........................
........... ........................................... ................................... ......................... ........................
ANEXO 6
LIQUIDACIÓN DE INGRESOS Y GASTOS
ENTIDAD ............................................................................................................................... NIF ................................................ |
ACTIVIDAD: Biblioteca de ..................................................................................................... |
INGRESOS
Aportación del Consell Insular d’Eivissa: |
|
Otras aportaciones: |
|
.................................................................... |
|
..................................................................... |
|
TOTAL INGRESOS |
|
GASTOS
Mobiliario |
Mesas y sillas |
|
Estanterías |
|
|
.............................. |
|
|
TOTAL |
|
|
Equipos informáticos |
Ordenadores |
|
Impresora |
|
|
................................ |
|
|
TOTAL |
|
|
Fondo bibliográfico y/o audiovisual |
|
|
Personal bibliotecario |
Nómina |
|
SS |
|
|
............................... |
|
|
TOTAL |
|
|
Difusión y animación |
Actividades |
|
Material promoción |
|
|
................................ |
|
|
TOTAL |
|
|
Otros gastos |
Prensa |
|
Mantenimiento equipos |
|
|
Material fungible |
|
|
............................... |
|
|
TOTAL |
|
|
................................ |
................................ |
|
TOTAL |
|
TOTAL GASTOS |
|
El secretario/La secretaria Conforme,
El presidente/La presidenta
....................................................................., ............. d ...................................... de 2015
SEGUNDO. La designación como miembros de la Comisión prevista en la base duodécima de las siguientes personas:
Presidente: José V. Garibo Redolat, técnico medio de bibliotecas del CIE
Vocales:
Maria Rosa Ribas Marí, técnica auxiliar de biblioteca del CIE
Rebeca Suárez Fernández, técnica auxiliar de biblioteca del CIE
María Jesús Gómez Guasp, jefa de negociado del Departamento de Educación, Cultura y Patrimonio
Secretario: Joan Carles Serra Costa, funcionario del Departamento de Educación, Cultura y Patrimonio
TERCERO. La aprobación de la dotación de estas ayudas por un total de cien mil euros (100.000 €) con cargo a la partida 3340.48900 de los vigentes presupuestos.
CUARTO. Delegar en la consejera ejecutiva de Educación, Cultura y Patrimonio la concesión de las ayudas.
QUINTO. La aprobación del pago del 70% de la ayuda en el momento de la concesión y del 30% restante una vez justificada el 100% de la ayuda concedida.
Eivissa, 13 d'abril de 2015
La Secretària Técnica de l’Àrea de Presidència
Rebeca Miguel Climent