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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ

Núm. 6276
Notificación de embargo de Bienes Inmuebles. Exp. 861/2015

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

En expediente administrativo de apremio que instruye este Servicio de Recaudación del Ayuntamiento de Calviá, contra los obligados al pago Don CHRISTOPHER JOHN GODWIN BLUNT con N.I.E.: X2299829J y Doña GILLIAN MARY GODWIN LEWIS con CARTA IDENT.: 054370S, deudor a la Hacienda Local, se ha dictado lo siguiente:

“DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES: Notificado el título ejecutivo y requerido de pago de sus débitos los obligados al pago Don CHRISTOPHER JOHN GODWIN BLUNT con N.I.E.: X2299829J y Doña GILLIAN MARY GODWIN LEWIS con CARTA IDENT.: 054370S habiendo transcurrido el plazo que establece el artículo 62.5 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria sin que los haya satisfecho, y desconociéndose la existencia de otros bienes y derechos embargables señalados en anterior lugar a los inmuebles por el artículo 169.2 de la citada Ley, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 83 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.

DECLARO EMBARGADO, como propiedad de los  deudores, el inmueble que a continuación se describe:

FINCA REGISTRAL 22122 TOMO 1532 LIBRO 402 FOLIO 112 CALVIÀ Nº1.

URBANA: NÚMERO VEINTINUEVE DE ORDEN.- Apartamento número 208, tipo letra C, que forma esquina situado en la segunda planta del edificio CAESAR'S, calle letra A de la Urbanización Ses Rotes Velles, término de Calviá, con acceso desde la calle citada por un puente a nivel de dicha calle que la enlaza con el zaguán existente en la octava planta, donde están la escalera y los tres ascensores que intercomunican las nueve plantas. Tiene una cabida de ciento treinta y un metros cuarenta y cinco decímetros cuadrados, incluida la terraza que mide cincuenta y un metros setenta y ocho decímetros cuadrados, y mirándolo desde su puerta entrada, linda: al frente, con pasillo y el apartamento número 207; por la derecha, con el estudio número 209; y a la izquierda y fondo, con el vuelo del jardín. Cuota: CERO COMA NUEVE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO POR CIENTO.

DERECHO DE LOS DEUDORES SOBRE LA FINCA ANTERIORMENTE DESCRITA: pleno dominio de una mitad indivisa cada uno de ellos de esta finca, según escritura de HERENCIA de fecha 27 de agosto de 1992 ante el Notario de Palma de Mallorca; Don Salvador Balle Oliver.

IMPORTE DE LOS DEBITOS QUE SE PERSIGUEN, CONCEPTO Y EJERCICIOS A QUE SE CORRESPONDEN E IMPORTE TOTAL DE LA RESPONSABILIDAD A QUE QUEDA AFECTADA LA FINCA ANTERIORMENTE DESCRITA:

Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana de los ejercicios 2009, 2010, 2011, 2012, 2013 y 2014; y Recogida y Eliminación de Basuras de los ejercicios 2009, 2010, 2011, 2012, 2013 y 2014.

Importe del principal de la deuda   3.690,07 €

Recargos de apremio ordinario   738,01 €

Intereses de demora   462,09 €

Presupuesto para gastos y costas del procedimiento   250,00 €

TOTAL DESCUBIERTOS PERSEGUIDOS   5.140,17 €

A deducir la cantidad de 39,91€ entregados a cuenta.

TOTAL PENDIENTE DE PAGO: 5.100,26€.

De este embargo se practicará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad de Calviá número 1, a favor del Ayuntamiento de Calviá.. Calviá, a 24/02/2015, El Tesorero, Jefe del Servicio de Recaudación., Don Sebastià Vicens i Pons.”

Le notifico la transcrita diligencia de embargo, según lo dispuesto en el artículo 76.3 del Reglamento General de Recaudación y le requiero conforme al artículo 83.2 para que aporte al expediente, entregándolos, los títulos de propiedad del inmueble embargado.

Conforme al artículo 170.3 de la Ley General Tributaria, contra la Diligencia de embargo sólo serán admisibles los siguientes motivos de oposición: a)Extinción de la deuda o prescripción del derecho a exigir el pago. b) Falta de notificación de la providencia de apremio. c) Incumplimiento de las normas reguladoras del embargo contenidas en esta Ley. d) Suspensión del procedimiento de recaudación.

Contra el embargo practicado y contenido de la presente notificación podrá presentar RECURSO DE REPOSICIÓN ante el Sr. Tesorero en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Contra la desestimación expresa o presunta del recurso de reposición podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de esta Provincia, en el plazo de dos meses contados desde el siguiente a la notificación del acuerdo resolutorio del recurso de reposición, si es expreso, y si no lo fuera, de forma presunta en el plazo de seis meses, a contar desde el día siguiente a aquel en que se entienda desestimado el referido recurso de reposición.

No obstante, se podrá interponer cualquier otro recurso que se considere conveniente.

La interposición de recurso no paraliza la tramitación del procedimiento de apremio, que sólo podrá suspenderse en los casos y condiciones previstos en el artículo 73 del Reglamento General de Recaudación.

La notificación al deudor de este expediente, relativo al procedimiento ejecutivo en la vía de apremio que se instruye por este Servicio de Recaudación Municipal, no ha podido tener efecto por causas no imputables a este Servicio, por lo que se cita a los interesados o sus representantes para que, en el plazo de quince días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio, comparezcan en las oficinas de este Servicio sita en la calle Can Vich, 14 de Calviá a los efectos de que les sea practicada la respectiva notificación, significándoles que de no comparecer en el plazo citado, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer, ello de conformidad a lo dispuesto en el articulo 112 apartados 1 y 2 de la Ley 58/2003, General Tributaria.

 

Calviá, a 08/04/2015

 

Teniente Alcalde de Economía y Hacienda

(Delegación por decreto de Alcaldía de 14/06/2011)

Doña Cristina Tugores Carbonell.

El Tesorero

Jefe del Servicio de Recaudación.

Sebastià Vicens i Pons