Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE VICEPRESIDENCIA DE CULTURA, PATRIMONIO Y DEPORTES

Núm. 6438
Notificación por edicto del acuerdo de Consejo Ejecutivo de dia 22 de diciembre de 2014 relativo al expediente para determinar la pérdida parcial del derecho al cobro de la subvención destinada a fomentar el asociacionismo en el ámbito de las personas mayores (línia 2), año 2013

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

De conformidad con lo que dispone el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, mediante esta publicación notifico formalmente, a las asociaciones que se detallan, que el Consejo Ejecutivo del Consejo de Mallorca, día 22 de diciembre de 2014, adoptó el acuerdo siguiente:

»1. Determinar la pérdida parcial del derecho al cobro de la subvención, destinada a fomentar el asociacionismo en el ámbito de las personas mayores (línea 2), año 2013, concedida a las asociaciones que a continuación se mencionan, por el importe correspondiente a la diferencia entre los documentos contables "D" y "O", por no haber justificado la totalidad del proyecto presentado y en consecuencia que los sobrantes de los documentos contables AD 2014 reviertan a la partida presupuestaria correspondiente.

NOMBRE ASOCIACIÓN

CIF

IMPORTE O

MANTENIMIENTO

Pérdida derecho

 mantenim

Asociación de Viudas de Manacor

G07636731

232,31

367,69

Associació ABEX

G07691850

391,70

208,30

Associació de Tercera Edat de Portals

G07892201

321,60

278,40

Asociación Tercera Edad de Galatzó

G07651425

456,26

143,74

Associació Espa - Sol

G57582645

485,25

114,75

(...)

2. Notificar este acuerdo a las asociaciones interesadas y a la Intervención General del Consejo de Mallorca. »

Contra ésta acuerdo, que no agota la vía administrativa, podéis interponer el recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno del Consejo Insular de Mallorca, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente de recibir esta notificación.

Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado contencioso Administrativo de Palma que corresponda en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.

Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no habéis recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado contencioso Administrativo de Palma que corresponda sin limitación de tiempo.

No obstante lo anterior, podéis ejercitar, si corresponde, cualquier otro recurso que consideréis oportuno. Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Palma, 10 de abril de 2015

El secretario general por delegación
(Decreto de día 4 de septiembre de 2012,
BOIB nº. 147, de 9 de octubre)
Jeroni M. Mas Rigo