Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 1 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 3765
Juicio verbal 945/2013 sobre otras materias
D./Dña. ROSA LUISA GALIANO LOPEZ, Secretario/a Judicial de JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 1 de PALMA DE MALLORCA,
HAGO SABER:
En virtud de lo acordado en los autos de referencia y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la L.E.C., acuerdo notificar el FALLO de la Sentencia nº 158/2014 dictada en fecha 22/10/14, que literalmente se pasa a transcribir a continuación:
SENTENCIA: 00158/2014
En Palma de Mallorca, a 22 de octubre de 2014.
FALLO
Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Dª Sara Coll Sabrafin, en nombre y representación de Comunidad de Propietarios Golf D’ Alacant nº16-18, contra Ponant Inversiones, S.L. y Banco de Valencia, S.A. declarando que la demandada Ponant Inversiones, S.L. adeuda a la actora 1443,56 euros más los intereses desde la interposición de la demanda y condeno a la demandada a abonar dichas cantidades a la demandante.
Asimismo, debo declarar y declaro la preferencia del crédito a favor de la comunidad de propietarios Golf D’ Alacant nº16-18 por 1443,56 euros derivados de los gastos comunitarios de los ejercicios 2012 y 2013 imputables a la finca registral número 99147 del Registro de la Propiedad nº1 de Palma, por encima de las cargas y gravámenes inscritos a favor de Caixabank, S.A., (entidad sucesora de Banco de Valencia, S.A.) en los términos del artículo 9.1.e) de la LPH y respecto de la citada finca registral.
Se imponen las costas procesales a Ponant Inversiones, S.L. respecto a la demanda formulada en su contra.
Sin expresa condena en costas respecto a Caixabank, S.A..
La presente sentencia es firme y contra la misma no cabe interponer recurso alguno de conformidad con el artículo 455 LEC.
Así por esta mi sentencia la pronuncia, manda y firma D. Sergio López Ruiz, Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia nº1 de Palma de Mallorca.
PUBLICACIÓN.- Leída y publicada fue la anterior sentencia por el Sr. Juez que la suscribe estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha; doy fe.
En PALMA DE MALLORCA, a diecinueve de Febrero de dos mil quince.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL,