Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES
Núm. 6372
Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades, de día 7 de abril de 2015, por la que se autoriza la modificación de la configuración con la transformación de una unidad de Educación Primaria en una unidad de Educación Infantil de segundo ciclo en el centro privado concertado Sant Francesc d'Assís de Sa Pobla
Hechos
1. La Resolución del consejero de Educación, Cultura y Universidades de día 17 de diciembre de 2012 (BOIB nº. 6, de 12 de enero de 2013), autorizó la modificación de la configuración del centro privado concertado de educación infantil, primaria y secundaria obligatoria Sant Francesc d'Assís de Sa Pobla (código: 07004588), con la configuración siguiente:
- educación infantil de segundo ciclo: 3 unidades y 75 plazas escolares
- educación primaria: 7 unidades y 175 plazas escolares
- educación secundaria obligatoria: 5 unidades y 145 plazas escolares
2. El día 11 de marzo de 2015 (NRE 15642/2015 de 13 de marzo) el Sr. Guillem Crespí i Sastre como gerente del centro privado concertado Sant Francesc d'Assís solicitó la transformación de una unidad de Educación Primaria en una unidad de Educación Infantil de segundo ciclo.
3. El 19 de marzo de 2015, el jefe del Departamento de Planificación y Centros emitió informe favorable sobre el expediente de autorización de la modificación de la configuración con la transformación de una unidad de Educación Primaria en una unidad de Educación Infantil de segundo ciclo en el centro privado concertado Sant Francesc d'Assís de Sa Pobla, ya que no hay incremento de unidades y que cumple con los requisitos mínimos de los centros que imparten enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria y educación secundaria (RD 132/2010).
Fundamentos de derecho
1. La Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE de 4 de julio), reguladora del derecho a la educación.
2. La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo de educación (BOE núm.106, de 4 de mayo), en redacción dada por la Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (LOMCE) (BOE nº. 295, de 10 de diciembre).
3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo (BOIB de 3 de abril), de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
4. El Real decreto 132/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de marzo), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria y educación secundaria.
5. El Real decreto 131/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de marzo), por el que se modifica el Real decreto 332/1992, de 3 de abril (BOE de 9), sobre autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias.
6. El Estatuto de autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley orgánica 2/1983, de 25 de febrero (BOE de 1 de marzo), reformado por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE de 16 de marzo), que en el artículo 36.2 establece que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.
Por todo esto, y a propuesta, con fecha de 23 de marzo de 2015, de la Dirección General de Planificación e Infraestructuras Educativas, dicto la siguiente
Resolución
1. Autorizar, con efectos desde el inicio del curso escolar 2015-2016, la transformación de una unidad de Educación Primaria en una unidad de Educación Infantil de segundo ciclo en el centro privado concertado Sant Francesc d'Assís de Sa Pobla.
2. Como consecuencia de esta modificación, el centro queda configurado de la manera siguiente:
Código de centro: 07004588
Denominación genérica: centro de educación infantil, educación primaria y educación secundaria obligatoria.
Denominación específica: Sant Francesc d'Assís
Titular: Hermanas Franciscanas Hijas de la Misericordia
Domicilio: Calle de la Lluna, 11
Localidad: Sa Pobla
Municipio: Sa Pobla
CP: 07420
Enseñanzas autorizadas:
educación infantil de segundo ciclo: 4 unidades y 100 plazas escolares
educación primaria: 6 unidades y 150 plazas escolares
educación secundaria: 5 unidades y 145 plazas escolares
3. El centro mencionado queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando se tenga que modificar cualquiera de los datos que señala esta Resolución.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Educación, Cultura y Universidades en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente de la publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente de la publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Palma, 7 de abril de 2015
La consejera de Educación, Cultura y Universidades
Maria Núria Riera Martos