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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 6054
Disciplina y seguridad de los edificios ite-multas. Notificación decreto dejar sin efecto decreto multa coercitiva ITM 2013/0637-0000

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Texto

Como consecuencia del expediente ITM 2013/0637-0000 referente a la Inspección técnica de Edificios, y habiéndose intentado la notificación sin resultado positivo, por el presente edicto se notifica a  Giusseppe Torraca, de conformidad con el Art. 59-4 de la Ley 30/92 de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 194 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, que transcrito dice:

Os notifico que el Presidente del Consejo de Gerencia de Urbanismo por Decreto del núm. 19970 de fecha 20.11.2014 ha resuelto:

“I. Dado que por Decreto de Multa Coercitiva núm. 8482 de fecha 20 de mayo de 2014, se impuso multa coercitiva al Sr. Giusseppe Torracca, antiguo propietario del inmueble ubicado en C/. Piedad, 6 con RC 09706017 como consecuencia del incumplimiento de los deberes de conservación de los inmuebles establecidos en la Ordenanza Municipal de Inspección Técnica de Edificios (BOIB nº 185-Ext, 31.12.2008) por no haber presentado el informe de ITE del citado inmueble en el plazo correspondiente.

II. Una vez consultados los datos del padrón municipal y del Catastro Regional, se ha averiguado que el cargo de propiedad del Sr. Giusseppe Torracca ha desaparecido y que el inmueble de referencia se dio de alta como propiedad horizontal en 2005 pero no se conoció por el catastro hasta el año 2014 y actualmente pertenece a las siguientes persones Sr. Luis Piña Miguel, Sr. Gabriel Vives Vich, Sra. Maria Justina Sureda Rosselló, Sra. Esther Luna Navarro y Sr. Michael Panton Terence.

El técnico que subscribe propone de acuerdo con lo que disponen los artículos 172 y 175 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las corporaciones locales, art. 186.6 de la Ley 20/2006, municipal y de régimen local, artículos 83 y 84 de la Ley 23/2006, de 20 de diciembre de Capitalidad de Palma de Mallorca; el artículo 6º de la Ordenanza Municipal sobre Inspección de Edificios publicada en el BOIB 185-Ext, de 31 de diciembre de 2008; y los artículos 4.2-j), 12-b), del Reglamento de la Gerencia de urbanismo, y atendidos el Decreto de Alcaldía núm. 8436, de nombramiento de los titulares de las áreas de gobierno, de 13 de mayo de 2013, y el Decreto de Alcaldía núm. 954, de organización de los servicios administrativos del Ayuntamiento de Palma, de 27.01.2014, y otra normativa aplicable, que el Teniente de Alcalde del área de Urbanismo y Vivienda puede dictar lo siguiente

Decreto

1r) Dejar sin efecto la multa coercitiva impuesta al Sr. Giusseppe Torracca, como antiguo propietario del inmueble ubicado en la C/. Piedad, 6 mediante Decreto de Multa Coercitiva núm. 8482 de fecha 20 de mayo de 2014.

2n) Advertir al Sr. Luis Piña Miguel, Sr. Gabriel Vives Vich, Sra. Maria Justina Sureda Rosselló, Sra. Esther Luna Navarro y Sr. Michael Panton Terence, como actuales copropietarios del inmueble objeto de la advertencia de multa. ”

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer el recurso de reposición previsto en el art. 108 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, y al 14.2 de la Ley 39/88, de 28 de diciembre, reguladora de las haciendas locales, según redacción del R.D.L. 2/2004 de 5 de marzo, la Ley 50/98, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social, ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente de la publicación del presente edicto. El recurso se tendrá que presentar en el Registro General de este Ayuntamiento o en las dependencias a que se refiere el art. 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente de su presentación. En este caso quedará abierta la vía contenciosa administrativa, todo esto sin perjuicio de utilizar cualquiera otro recurso o acción que consideréis pertinente".

Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el artículo 116 antes mencionado y lo que dispone la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, ante el Juzgado Contencioso Administrativo o la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia, según las competencias determinadas por los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de la publicación del presente edicto, todo esto sin perjuicio de cualquiera otro recurso o acción que se considere conveniente

Os recuerdo que, de acuerdo con el artículo 14 del Estatuto de Autonomía, podéis ejercer vuestro derecho de opción lingüística por la lengua catalana en cuanto a las futuras notificaciones que se hagan dentro de este procedimiento.

Cualquier documentación o escrito se tiene que presentar en cualquiera de las oficinas de Atención a la Ciudadanía: OAC Cort en la plaza de Santa Eulàlia, 9, 07001, tfn 971225971; OAC Sant Ferran en la avenida Sant Ferran 42, 07013, edificio Policía Local, tfn 971225511; OAC Avenidas en la avenida Gabriel Alomar, 18, 07006, edificio Avenidas, tfn 971225900; OAC Pere Garau en la calle Pere Llobera 9, 07007, tfn 971225900; OAC S’escorxador en la calle Emperatriz Eugènia, 6, 07010, 971201362; OAC Son Ferriol en la avenida de Cid 8, 07198, 971426209; OAC Sant Agusti en la calle de Margaluz 30, 07015, 971708733; OAC S’arenal en la avenida América, 11, 07600, 971225891; mediante instancia dirigida al Ayuntamiento de Palma, donde se tiene que hacer constar el número de expediente. Horario de atención al público de todas las OAC: todo el año: 8.30 h a 14.00 h de lunes a viernes. Horario ampliado de octubre a mayo: de 8.30 h a 17 h de lunes a jueves únicamente en la OAC Avenidas. Sábados abierto de 9.30 a 13.30 h a Pl. Santa Eulàlia (sólo registre).

 

Palma, 7 de abril de 2015

La Jefa de Departamento
P.d. Decreto de Alcaldía del Área de Urbanismo y Vivienda
núm. 3000, de 26/02/2014
(BOIB núm. 30, de 4/03/2014)
Elvira Salvá Armengod