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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 10 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 2834
Procedimiento ordinario 330/2011 sobre otras materias

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Texto

EDICTO DE NOTIFICACION DE SENTENCIA

D./Dña. JUAN JOSE GUTIERREZ MARTIN, Secretario/a Judicial de JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 10 de PALMA DE MALLORCA,

HAGO SABER:

En los autos de referencia. Se ha dictado resolución, cuyo encabezamiento es:

SENTENCIA n° 135/14

En Palma de Mallorca, a 31 de octubre de 2014.

Vistos por SS° Doña Maria Pilar Esteban Pellicer, Juez del Juzgado de Primera Instancia n° 10 de Palma de Mallorca, en juicio oral y audiencia pública, los Autos de JUICIO ORDINARIO, seguidos en este Juzgado bajo el número 330/11, a instancia del Procurador de los Tribunales Doña Eulalia Arbona Niell, en nombre y representación procesal de la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS ANTONIO VIVALDI N° 1, contra la entidad RUSTIC HOTELS, S.L., representada por el Procurador de los Tribunales D. Mateo Cabrer Acosta. Mediante Decreto de fecha 6 de abril de 2011, se admitió a trámite la demanda presentada dándose traslado junto con sus documentos e la parte demandada para su contestación en el plazo de veinte días, lo que se verificó por medio del Procurador de los Tribunales D. Mateo Cabrer Acosta, actuando en nombre y representación de la entidad RUSTIC HOTELS, S.L., en fecha de 20 de mayo de 2011, quien interesó la llamada al proceso de los arquitectos DON RAFAEL VIDAL JUSTE y DON JOAN BALLE MONJO, el arquitecto técnico DON ALEJANDRO FERNANDEZ CARDONA, la mercantil EJECUCION BALEAR DE CONTRATAS SL., la entidad ASISTENCIA TÉCNICA Y CONTROL DE CALIDAD DE LA CONSTRUCCION S.A., PINTURAS Y RESTAURACIÓN OLIVER HERMANOS S.L., y CERRAJERIAS ARVI S.L, admitiéndose la intervención mediante Auto de fecha 12 de marzo de 2012.”

Y en virtud de lo acordado en los autos de referencia, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la L.E.C. por el presente se notifica a DON ALEJANDRO FERNANDEZ CARDONA la sentencia n° 135/14 dictada en e1 presente procedimiento, haciéndole saber que dicha resolución se halla a disposición del demandado en la Secretaria de este Juzgado y se le hace saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial ante este mismo juzgado en el termino de 20 días y líbrese testimonio que se unirá a las actuaciones quedan el original archivado en el libro de sentencias del Juzgado

EL SECRETARIO JUDICIAL