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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE ARTÀ

Núm. 5888
Aprobación inicial del fichero de datos de carácter personal "Comunicación e información municipales"

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

En cumplimiento de lo que disponen el artículo 17 del RDLEG 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y el artículo 102.b de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal i de régimen local de las Illes Balears, se anuncia que el Ayuntamiento de Artà, en la sesión del  Pleno de 31 de marzo de 2015, ha aprobado, entre otros, los siguientes acuerdos:

<<1. Aprobar provisionalmente la creación del fichero de datos de carácter personal denominado “Comunicación e información municipales”, que tiene que quedar redactado de la siguiente manera:

Fichero ‘Comunicación e información municipales’

- Finalidad del fichero y usos previstos: gestionar de forma multicanal el servicio de información y comunicación a las personas y colectivos que el Ayuntamiento necesita para ejercer su función comunicativa e informarlos de los servicios, actuaciones o informaciones de la corporación que, en base a los datos facilitados, se considere que pueden ser de su interés.

- Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que están obligados a suministrarlos: personas físicas y jurídicas usuarias de los servicios de información, comunicación y atención a la ciudadanía.

- Procedimiento de recogida de los datos: solicitudes, formularios, encuestas, entrevistas, reuniones, información de otros servicios municipales, y otra información aportada por diversos medios.

- Procedencia de los datos: de la persona interesada o de su representante legal, de otras bases de datos municipales, de administraciones públicas, de registros públicos y de fuentes accesibles al público.

- Estructura básica del fichero y descripción de los tipos de datos incluidos: nombre y apellidos, DNI/NIF o documento sustitutorio, dirección, teléfonos, fax, dirección electrónica, trámites, consultas, interacciones realizadas y uso de los servicios municipales.

- Sistema de tratamiento utilizado en la organización: manual y automatizado.

- Carácter de los datos: los datos son de carácter obligatorio para el cumplimiento de la finalidad del fichero.

- Cesiones y transferencias de datos previstos: no previstos.

- Transferencias internacionales de datos: no previstos.

- Órgano responsable del fichero: Alcaldía del Ayuntamiento de Artà, como representante del Ayuntamiento.

- Servicio donde ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: se podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en los términos establecidos en la legislación vigente sobre protección de datos, mediante un escrito presentado en el Registro del Ayuntamiento o a través  de la dirección electrónica lopd@arta.cat.

- Nivel de medidas de seguridad: básico.

- Responsable de gestión del fichero: Ayuntamiento de Artà.”

   

2. Conceder audiencia previa a las asociaciones vecinales y de defensa de las personas consumidoras y usuarias establecidas en su ámbito territorial que estén inscritas en el registro municipal de asociaciones vecinales i que su fin tenga relación directa con el objeto de la disposición.

3. Exponer al público, mediante la publicación de un edicto en el BOIB y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, el acuerdo provisional durante el plazo de treinta días hábiles, contadores a partir del día siguiente de la publicación del anuncio de exposición. Si transcurre el periodo de exposición pública sin que se hayan presentado reclamaciones, los acuerdos provisionales se considerarán aprobados definitivamente.

4. Inscribir, después de realizar los trámites legales correspondientes, el fichero mencionado ante la Agencia Española de Protección de Datos.>>

   Artà, 1 de abril de 2015

El alcalde
Bartomeu Gili Nadal