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AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ
Núm. 5369
Notificación de embargo de Bienes Inmuebles. Exp. 851/2015
En expediente administrativo de apremio que instruye este Servicio de Recaudación del Ayuntamiento de Calviá, contra los obligados al pago D. VICTORIANO PÉREZ RODRÍGUEZ con D.N.I. 74626049-L y Dña. LISA MARIE BATES con N.I.E. X-1201532-N., deudor a la Hacienda Local, se ha dictado lo siguiente:
“DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES: Notificado el título ejecutivo y requerido de pago de sus débitos los obligados al pago D. VICTORIANO PÉREZ RODRÍGUEZ con D.N.I. 74626049-L y Dña. LISA MARIE BATES con N.I.E. X-1201532-N. habiendo transcurrido el plazo que establece el artículo 62.5 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria sin que los haya satisfecho, y desconociéndose la existencia de otros bienes y derechos embargables señalados en anterior lugar a los inmuebles por el artículo 169.2 de la citada Ley, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 83 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.
DECLARO EMBARGADO, como propiedad de los deudores, el inmueble que a continuación se describe:
FINCA REGISTRAL 51411 TOMO 4324 LIBRO 1485 FOLIO 89 CALVIÁ 1. URBANA: NÚMERO DE ORDEN.- Vivienda tipo A de planta baja del Bloque E, situada a la izquierda del Edificio mirando desde la Avenida de las Palmeras. Tiene una superficie útil de noventa metros cuadrados y construida de NOVENTA Y SIETE METROS OCHENTA DECÍMETROS CUADRADOS. Se distribuye conforme a su destino y sus linderos, son: por el frente, tomando como tal su entrada, con zona común y zona de aparcamientos; por la derecha, con rampa y zona de aparcamientos; por la izquierda, con la vivienda tipo B de su planta; y por el fondo, mediante zona ajardinada de su exclusivo uso, con la Avenida de Las Palmeras. ANEJOS: el aparcamiento de planta sótano identificado con el número 7, cuya superficie útil es de DIEZ METROS CUADRADOS y su superficie útil total, incluida la parte proporcional de elementos comunes, según cómputo del Ministerio de la Vivienda, es de veintiuno coma siete metros cuadrados. Linda: por el frente, con zona de paso común; por la derecha, con muro del edificio; por la izquierda, con el aparcamiento número 8; y por el fondo, con muro edificio. Y el uso y aprovechamiento exclusivo de una zona ajardinada, debidamente delimitada que linda con acera pública de la Avenida de Las Palmeras, cuya superficie es de SETENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS. Su CUOTA de copropiedad en relación al edificio E es del CINCO COMA CINCUENTA Y UNO POR CIENTO, y en relación al total complejo tiene otra del UNO COMA MIL SETENTA Y SIETE POR CIENTO.= Forma parte de un Edificio denominado Bloque E, sito en la Urbanización formada por una parcela de terreno sita en el término municipal de Calviá, procedente del predio "La Porrasa", Avenida de las Palmeras.
DERECHOS DE LOS DEUDORES SOBRE LA FINCA ANTERIORMENTE DESCRITA: pleno dominio de una mitad indivisa de esta finca y casados en separación de bienes según consta en el título y sin que se justifique con sujeción a su régimen matrimonial de conformidad al artículo 92 del reglamento Hipotecario, según escritura de COMPRAVENTA, de fecha 14 de Marzo de 1996 ante el notario de Calvià, D. Alberto Ramón Herrán Navasa.
IMPORTE DE LOS DEBITOS QUE SE PERSIGUEN, CONCEPTO Y EJERCICIOS A QUE SE CORRESPONDEN E IMPORTE TOTAL DE LA RESPONSABILIDAD A QUE QUEDA AFECTADA LA FINCA ANTERIORMENTE DESCRITA:
DEUDA A:
Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana de los ejercicios 2011, 2012, 2013 y 2014 y Recogida y Eliminación de Basuras de los ejercicios 2011, 2012, 2013 y 2014 por un importe de principal de 5.235,43 €, más la cantidad de 1.047,10 € de recargos de apremio, más intereses de demora a la fecha de hoy de 383,37 €; más el importe de 250,00 € para costas calculadas; en total asciende a la cantidad de 6.915,90 €.
DEUDA B:
Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica de los ejercicios 2011, 2012, 2013 y 2014; Recogida y Eliminacion de Basuras de Comercios de los ejercicios 2010, 2011, 2012, 2013 y 2014 y Ordenanzas Municipales de los ejercicios 2010 y 2014 por un importe de principal de 24.647,52 €, más la cantidad de 4.929,50 € de recargos de apremio, más intereses de demora a la fecha de hoy de 2.573,98 €, más el importe de 250,00 € para costas calculadas; a deducir la cantidad de 703,93 € por diligencia de embargo de dinero entregado a cuenta; en total asciende a la cantidad de 31.697,07 €.
Responsabilidad a que alcanzan los importes, ejercicios y cantidades citadas:
Deuda A: D. Victoriano Pérez Rodríguez y Dña. Lisa Marie Bates.
Deuda B: D. Victoriano Pérez Rodríguez.
Importe del principal de la deuda 29882,95 €
Recargos de apremio ordinario 5.976,60 €
Intereses de demora 2.957,35 €
Presupuesto para gastos y costas del procedimiento 500,00 €
TOTAL DESCUBIERTOS PERSEGUIDOS 39.316,90 €
A deducir la cantidad de 703,93€ entregados a cuenta.
TOTAL PENDIENTE DE PAGO: 38.612,97€.
De este embargo se practicará Anotación preventiva en el Registro de la Propiedad de Calviá, núm. 1, a favor del Ayuntamiento de Calviá. Calviá, a 10/02/2015, El Tesorero, Jefe del Servicio de Recaudación., Don Sebastià Vicens i Pons.”
Le notifico la transcrita diligencia de embargo, según lo dispuesto en el artículo 76.3 del Reglamento General de Recaudación y le requiero conforme al artículo 83.2 para que aporte al expediente, entregándolos, los títulos de propiedad del inmueble embargado.
Conforme al artículo 170.3 de la Ley General Tributaria, contra la Diligencia de embargo sólo serán admisibles los siguientes motivos de oposición: a)Extinción de la deuda o prescripción del derecho a exigir el pago. b) Falta de notificación de la providencia de apremio. c) Incumplimiento de las normas reguladoras del embargo contenidas en esta Ley. d) Suspensión del procedimiento de recaudación.
Contra el embargo practicado y contenido de la presente notificación podrá presentar RECURSO DE REPOSICIÓN ante el Sr. Tesorero en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Contra la desestimación expresa o presunta del recurso de reposición podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de esta Provincia, en el plazo de dos meses contados desde el siguiente a la notificación del acuerdo resolutorio del recurso de reposición, si es expreso, y si no lo fuera, de forma presunta en el plazo de seis meses, a contar desde el día siguiente a aquel en que se entienda desestimado el referido recurso de reposición.
No obstante, se podrá interponer cualquier otro recurso que se considere conveniente.
La interposición de recurso no paraliza la tramitación del procedimiento de apremio, que sólo podrá suspenderse en los casos y condiciones previstos en el artículo 73 del Reglamento General de Recaudación.
La notificación al deudor de este expediente, relativo al procedimiento ejecutivo en la vía de apremio que se instruye por este Servicio de Recaudación Municipal, no ha podido tener efecto por causas no imputables a este Servicio, por lo que se cita a los interesados o sus representantes para que, en el plazo de quince días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio, comparezcan en las oficinas de este Servicio sita en la calle Can Vich, 14 de Calviá a los efectos de que les sea practicada la respectiva notificación, significándoles que de no comparecer en el plazo citado, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer, ello de conformidad a lo dispuesto en el articulo 112 apartados 1 y 2 de la Ley 58/2003, General Tributaria.
Calviá, a 20 de marzo de 2015
La Teniente Alcalde de Economía y Hacienda
(Delegación por decreto de Alcaldía de 14/06/2011)
Cristina Tugores Carbonell.
El Tesorero
Jefe del Servicio de Recaudación.
Sebastià Vicens i Pons