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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ

Núm. 5122
Notificación de embargo de Bienes Inmuebles. Exp. 841/2015

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

En expediente administrativo de apremio que instruye este Servicio de Recaudación del Ayuntamiento de Calviá, contra el obligado al pago D. GEORGIADIS PETER CON  N.I.E.: X4846394H Y Dª KERRIGAN MARY CON Nº PASAPORTE 701911981, deudor a la Hacienda Local, se ha dictado lo siguiente:

“DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES: Notificado el título ejecutivo y requerido de pago de sus débitos el obligado al pago D. GEORGIADIS PETER CON  N.I.E.: X4846394H Y Dª KERRIGAN MARY CON Nº PASAPORTE 701911981 habiendo transcurrido el plazo que establece el artículo 62.5 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria sin que los haya satisfecho, y desconociéndose la existencia de otros bienes y derechos embargables señalados en anterior lugar a los inmuebles por el artículo 169.2 de la citada Ley, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 83 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.

DECLARO EMBARGADOS, como propiedad del deudor, los inmuebles que a continuación se describen:

FINCA REGISTRAL: 61987  TOMO 4268  LIBRO 1429  FOLIO 46, URBANA: NUMERO A-DIEZ DE ORDEN.- Piso planta Ático, letra A, número de identificación 131 Zona "A" del Conjunto Bloque 1, situada en la planta Ático de dicho Bloque. Tiene una superficie total construida de DOSCIENTOS TRECE METROS CUADRADOS incluyendo participación en comunes. Está distribuido en diferentes dependencias y servicios. Linda, considerando su puerta de entrada al frente: fachada posterior del edificio; a la izquierda entrando: vivienda número de identificación 132- distribuidor de planta; a la derecha: fachada lateral derecha del edificio y al fondo: fachada principal del edificio - patio interior - distribuidor de planta. Le corresponde el uso privativo de una porción de terrado de ciento treinta y cinco metros cuadrados. CUOTA.- En su Edificio: nueve coma setenta y nueve por ciento, y en su Subparcela: tres coma sesenta por ciento.

FINCA REGISTRAL: 61996  TOMO 4268  LIBRO 1429  FOLIO 91, URBANA: NUMERO A-DIECINUEVE DE ORDEN.- Plaza de aparcamiento subterráneo número 8, situada en el Bloque 1, planta de sótano. Le corresponde una superficie construida con participación en comunes de TREINTA Y TRES COMA VEINTIDOS METROS CUADRADOS. Linda, considerando su acceso: al frente muro perimetral de planta sótano; a la izquierda: muro perimetral de planta sótano; a la derecha: trastero número 8 - muro perimetral de planta sótano y al fondo: zona de circulación. CUOTA.- En su Edificio: uno coma veinte por ciento, y en su Subparcela: cero coma cuarenta y cuatro por ciento.

FINCA REGISTRAL: 62007  TOMO 4268  LIBRO 1429  FOLIO 146, URBANA: NUMERO A-TREINTA DE ORDEN.- Trastero señalado con el número 8, situado en el Bloque 1, planta de sótano. Le corresponde una superficie construida con participación en comunes de VEINTISEIS COMA CINCUENTA Y SIETE METROS CUADRADOS. Linda, considerando su acceso: al frente trastero número 9; a la izquierda - entrando- muro perimetral de planta sótano; a la derecha zona circulación; y al fondo: plaza número 8. CUOTA.- En su Edificio: cero coma treinta por ciento, y en su Subparcela: cero coma once por ciento.

DERECHO DEL DEUDOR SOBRE LA FINCA ANTERIORMENTE DESCRITA: Casado en  separación de bienes según consta en el título y Suj. Régimen matrimonial con Dª Kerrigan Mary, según escritura compraventa en fecha 7 de marzo de 2003,  ante el notario de Calviá  D. Manuel Luís Beltrán García.

IMPORTE DE LOS DEBITOS QUE SE PERSIGUEN, CONCEPTO Y EJERCICIOS A QUE SE CORRESPONDEN E IMPORTE TOTAL DE LA RESPONSABILIDAD A QUE QUEDA AFECTADA LA FINCA ANTERIORMENTE DESCRITA:

Impuesto de Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana de los ejercicios  2010, 2011, 2012, 2013 y 2014; Recogida y Eliminación de Basuras de los ejercicios  2010, 2011, 2012, 2013 y 2014.

Importe del principal de la deuda   17.008,53 €

Recargos de apremio ordinario   3.401,71 €

Intereses de demora   1.751,70 €

Presupuesto para gastos y costas del procedimiento   750,00 €

TOTAL DESCUBIERTOS PERSEGUIDOS   22.911,94 €

TOTAL PENDIENTE DE PAGO: 22.198,10€.

De este embargo se practicará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad de Calviá, Nº 1, a favor del Ayuntamiento de Calviá. Calviá, a 10/02/2015, El Tesorero, Jefe del Servicio de Recaudación, Sebastià Vicens i Pons”

Le notifico la transcrita diligencia de embargo, según lo dispuesto en el artículo 76.3 del Reglamento General de Recaudación y le requiero conforme al artículo 83.2 para que aporte al expediente, entregándolos, los títulos de propiedad del inmueble embargado.

Conforme al artículo 170.3 de la Ley General Tributaria, contra la Diligencia de embargo sólo serán admisibles los siguientes motivos de oposición: a)Extinción de la deuda o prescripción del derecho a exigir el pago. b) Falta de notificación de la providencia de apremio. c) Incumplimiento de las normas reguladoras del embargo contenidas en esta Ley. d) Suspensión del procedimiento de recaudación.

Contra el embargo practicado y contenido de la presente notificación podrá presentar RECURSO DE REPOSICIÓN ante el Sr. Tesorero en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Contra la desestimación expresa o presunta del recurso de reposición podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de esta Provincia, en el plazo de dos meses contados desde el siguiente a la notificación del acuerdo resolutorio del recurso de reposición, si es expreso, y si no lo fuera, de forma presunta en el plazo de seis meses, a contar desde el día siguiente a aquel en que se entienda desestimado el referido recurso de reposición.

No obstante, se podrá interponer cualquier otro recurso que se considere conveniente.

La interposición de recurso no paraliza la tramitación del procedimiento de apremio, que sólo podrá suspenderse en los casos y condiciones previstos en el artículo 73 del Reglamento General de Recaudación.

La notificación al deudor de este expediente, relativo al procedimiento ejecutivo en la vía de apremio que se instruye por este Servicio de Recaudación Municipal, no ha podido tener efecto por causas no imputables a este Servicio, por lo que se cita a los interesados o sus representantes para que, en el plazo de quince días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio, comparezcan en las oficinas de este Servicio sita en la calle Can Vich, 14 de Calviá a los efectos de que les sea practicada la respectiva notificación, significándoles que de no comparecer en el plazo citado, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer, ello de conformidad a lo dispuesto en el articulo 112 apartados 1 y 2 de la Ley 58/2003, General Tributaria.

Calviá, a 16 de marzo de 2015

Teniente Alcalde de Economía y Hacienda

(Delegación por decreto de Alcaldía de 14/06/2011)

Cristina Tugores Carbonell

El Tesorero

Jefe del Servicio de Recaudación

Sebastià Vicens i Pons