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AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ
Núm. 5119
Notificación de embargo de Bienes Inmuebles. Exp. 836/2015
En expediente administrativo de apremio que instruye este Servicio de Recaudación del Ayuntamiento de Calviá, contra el obligado al pago GALENA TRADING INVESTMENTS SOCIEDAD LIMITADA con N.I.F B57025181, deudor a la Hacienda Local, se ha dictado lo siguiente:
“DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES: Notificado el título ejecutivo y requerido de pago de sus débitos el obligado al pago GALENA TRADING INVESTMENTS SOCIEDAD LIMITADA con N.I.F B57025181 habiendo transcurrido el plazo que establece el artículo 62.5 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria sin que los haya satisfecho, y desconociéndose la existencia de otros bienes y derechos embargables señalados en anterior lugar a los inmuebles por el artículo 169.2 de la citada Ley, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 83 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.
DECLARO EMBARGADOS, como propiedad del deudor, el inmueble que a continuación se describe:
FINCA REGISTRAL 53979 TOMO 3997 LIBRO 1158 FOLIO 138 CALVIA 1. URBANA. Parcela identificada con la referencia T39. Mide NOVECIENTOS SESENTA Y TRES METROS CUADRADOS. Linda: por el Norte, con las parcelas T-34, T-35 y T-38B; y por el Oeste, con las parcelas T-34, T-35 y T-40. Sobre la descrita parcela se ha construido un chalet VIVIENDA UNIFAMILIAR aislada, compuesta de planta baja y planta alta, con comuniación entre ambas plantas a través de escalera interior, sita en la Urbanización Nova Santa Ponsa, en el lugar de Santa Ponsa, del término municipal de Calvià, señalada en la actualidad con el número 100 de policía urbana en la calle bégica. La planta baja, destinada a vivienda y distribuida en recibidor, aseo, distribuidor, trastero, salón, cocina-comedor y lavadero, ocupa una superficie edificada de CIENTO CUARENTA Y SEIS METROS UN DECIMETROS CUADRADOS, teniendo además cuarenta y ocho metros noventa y un decímetros cuadrados de superficie destinada a porches. La planta alta, distribuida en distribuidor, dormitorios, baños y vestidor, ocupa una superficie edificada de CIENTO CUARENTA Y CUATRO METROS VEINTISEIS DECIMETROS CUADRADOS, teniendo además treinta y nueve metros cincuenta y dos decímetros cuadrados de superficie destinada a porches. Además en el terreno existe edficado una edificación auxiliar compuesta de planta baja y planta cubierta. La planta baja, en el que se ubican el garaje, bodega, local técnico y aseo, ocupa una superficie útil de SETENTA Y SEIS METROS OCHENTA Y SIETE DECIMETROS CUADRADOS; y la planta cubierta en la que se ubica el cuarto de depósitos de agua, ocupa una superficie útil de OCHO METROS NOVENTA Y SEIS DECIMETROS CUADRADOS, teniendo además cuarenta y tres metros treinta y cuatro decímetros cuadrados de superficie destinada a terraza. Ademas existe edificada una piscina, que ocupa una superficie de espejo de agua de treinta y nueve metros veintiocho decímetros cuadrados. La edificación se halla rodeada por terrenos de la propia finca destinados a jardín.
DERECHO DEL DEUDOR SOBRE LA FINCA ANTERIORMENTE DESCRITA: Pleno dominio de esta finca, según escritura de COMPRAVENTA de fecha 27 de julio de 2006 ante el Notario de Calviá D. Raimundo Fortuny Marqués.
IMPORTE DE LOS DEBITOS QUE SE PERSIGUEN, CONCEPTO Y EJERCICIOS A QUE SE CORRESPONDEN E IMPORTE TOTAL DE LA RESPONSABILIDAD A QUE QUEDA AFECTADA LA FINCA ANTERIORMENTE DESCRITA:
Impuesto Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana ejercicios 2010, 2011, 2012, 2013 y 2014. Entrada Vehiculos, Recogida y eliminación de Basuras de los ejercicios 2010, 2011, 2012, 2013 y 2014.
Importe del principal de la deuda 12.389,43 €
Recargos de apremio ordinario 2.477,90 €
Intereses de demora 1.296,03 €
Presupuesto para gastos y costas del procedimiento 300,00 €
TOTAL DESCUBIERTOS PERSEGUIDOS 16.463,36 €
TOTAL PENDIENTE DE PAGO: 16.463,36€.
De este embargo se practicará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad de Calviá, Nº 1, a favor del Ayuntamiento de Calviá.. Calviá, a 10/02/2015, El Tesorero, Jefe del Servicio de Recaudación, Sebastià Vicens i Pons”
Le notifico la transcrita diligencia de embargo, según lo dispuesto en el artículo 76.3 del Reglamento General de Recaudación y le requiero conforme al artículo 83.2 para que aporte al expediente, entregándolos, los títulos de propiedad del inmueble embargado.
Conforme al artículo 170.3 de la Ley General Tributaria, contra la Diligencia de embargo sólo serán admisibles los siguientes motivos de oposición: a)Extinción de la deuda o prescripción del derecho a exigir el pago. b) Falta de notificación de la providencia de apremio. c) Incumplimiento de las normas reguladoras del embargo contenidas en esta Ley. d) Suspensión del procedimiento de recaudación.
Contra el embargo practicado y contenido de la presente notificación podrá presentar RECURSO DE REPOSICIÓN ante el Sr. Tesorero en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Contra la desestimación expresa o presunta del recurso de reposición podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de esta Provincia, en el plazo de dos meses contados desde el siguiente a la notificación del acuerdo resolutorio del recurso de reposición, si es expreso, y si no lo fuera, de forma presunta en el plazo de seis meses, a contar desde el día siguiente a aquel en que se entienda desestimado el referido recurso de reposición.
No obstante, se podrá interponer cualquier otro recurso que se considere conveniente.
La interposición de recurso no paraliza la tramitación del procedimiento de apremio, que sólo podrá suspenderse en los casos y condiciones previstos en el artículo 73 del Reglamento General de Recaudación.
La notificación al deudor de este expediente, relativo al procedimiento ejecutivo en la vía de apremio que se instruye por este Servicio de Recaudación Municipal, no ha podido tener efecto por causas no imputables a este Servicio, por lo que se cita a los interesados o sus representantes para que, en el plazo de quince días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio, comparezcan en las oficinas de este Servicio sita en la calle Can Vich, 14 de Calviá a los efectos de que les sea practicada la respectiva notificación, significándoles que de no comparecer en el plazo citado, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer, ello de conformidad a lo dispuesto en el articulo 112 apartados 1 y 2 de la Ley 58/2003, General Tributaria.
Calviá, a 16 de marzo de 2015
La Teniente Alcalde de Economía y Hacienda
(Delegación por decreto de Alcaldía de 14/06/2011)
Cristina Tugores Carbonell
El Tesorero
Jefe del Servicio de Recaudación
Sebastià Vicens i Pons