Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
SINDICATURA DE CUENTAS
Núm. 5608
Resolución del Síndico Mayor de la Sindicatura de Cuentas de las Islas Baleares, de 23 de marzo de 2015, de publicación del resultado de la fiscalización y las recomendaciones del Informe 98/2014 de la Cuenta General de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, correspondiente al ejercicio 2012
El art. 12.3 de la Ley 4/2004, de 2 de abril, de la Sindicatura de Cuentas de las Islas Baleares, regula los informes o memorias de fiscalización y prevé su remisión al Parlamento, a los sujetos fiscalizados y al Tribunal de Cuentas, así como su publicación en el BOIB, después del último trámite parlamentario.
El art. 32.1 del Reglamento de Régimen Interior de la Sindicatura de Cuentas establece que esta Institución procederá a la publicación del resultado de la fiscalización en el BOIB, una vez recibida la comunicación expresa de que se ha realizado el último trámite parlamentario.
Por Acuerdo del Consejo de la Sindicatura de fecha 11 de julio de 2014 se aprobó el Informe 98/2014 de la Cuenta General de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares correspondiente al ejercicio 2012.
En fecha 2 de diciembre de 2014, la Presidenta del Parlamento de las Islas Baleares comunicó que se había realizado el último trámite parlamentario, que tuvo lugar con la presentación y debate del Informe en la sesión de la Comisión de Hacienda y Presupuestos de día 25 de noviembre de 2014.
Por todo lo anterior, y de acuerdo con lo previsto en la Ley 4/2004 y el Reglamento de Régimen Interior de la Sindicatura de Cuentas
RESUELVO
Publicar en el Boletín Oficial de las Islas Baleares los resultados de la fiscalización y las recomendaciones del Informe 98/2014 de la Cuenta General de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares correspondiente al ejercicio 2012, que se adjunta como anexo I.
Palma, 23 de marzo de 2015
El Síndico Mayor
Pedro Antonio Mas Cladera
ANEXO I
INFORME 98/2014 DE LA CUENTA GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ISLAS BALEARES CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2012
I. INTRODUCCIÓN
1. PRESENTACIÓN
De conformidad con lo establecido en el artículo 82 del Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares, la Sindicatura de Cuentas es el órgano al que corresponde la fiscalización externa de la actividad económica, financiera y contable del sector público de las Islas Baleares.
La Ley 4/2004, de 2 de abril, de la SCIB, regula esta institución, y el artículo 12 especifica que el resultado de la fiscalización tiene que exponerse mediante informes o memorias que deben elevarse al Parlamento y publicar en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, y hace referencia a su contenido fundamental.
En los programas de actuaciones de la SCIB para los años 2013 y 2014 se han previsto la elaboración y la aprobación del Informe de la Cuenta General de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares correspondiente al ejercicio 2012.
Se trata de un informe de carácter general, que hace referencia al examen y la comprobación de una cuenta de rendición periódica obligatoria, cuyo ámbito temporal comprende un ejercicio completo, realizado por el Área de Auditoria de la Comunidad Autónoma.
Además de las incidencias detalladas al final de cada apartado, el Informe contiene un total de 57 recomendaciones para la mejora de la gestión económico-financiera: 5 de carácter general en el apartado introductorio, 28 a la Administración General, 20 al Servicio de Salud (IBSALUT) y 4 a la Agencia Tributária (ATIB).
Al Informe se han adjuntado los anexos, que contienen 80 cuadros y 64 fichas individualizadas para cada una de las entidades analizadas, con sus datos más relevantes. Además, se han adjuntado las alegaciones formuladas.
A diferencia de ejercicios anteriores, no incluye la revisión de las subvenciones y los contratos de la Comunidad Autónoma correspondientes al ejercicio 2012, ya que han sido objeto del Informe específico 92/2014, aprobado por el Consejo de la SCIB el día 6 de febrero de 2014.
2 MARCO NORMATIVO
En el marco de las normas generales de la Constitución Española, de 27 de diciembre de 1978, el Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares, la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas y la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, la CAIB está sujeta directamente a lo que dispone el Texto refundido de la Ley de Finanzas de la Comunidad Autónoma, a la Ley 7/2010, de 21 de julio, del Sector Público Instrumental de la CAIB, a las leyes de presupuestos anuales y a los decretos de desarrollo, así como al Plan General de Contabilidad Pública de la CAIB, aprobado por la Orden del Consejero de Hacienda, Presupuestos, Energía e Innovación Tecnológica, de 20 de diciembre de 1999, además de diversos decretos y órdenes específicos que resultan de aplicación, y que se detallan en el anexo I.1 del tomo de anexos que se adjunta al Informe.
Además, la aprobación de diferentes acuerdos del Consejo de Política Fiscal y Financiera (CPFF) y de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos (CDGAE), por los que se adoptan compromisos en materia de reordenación y racionalización del sector público instrumental autonómico, la puesta en funcionamiento de un mecanismo extraordinario de Financiación para el Pago a los Proveedores de las comunidades autónomas, así como la aprobación de normas que regulan la creación del Fondo para la financiación de pagos a proveedores, para garantizar la estabilidad presupuestaria y el fomento de la competitividad, o para regular el acceso al Fondo de Liquidez Autonómico (FLA), han afectado directamente a la actividad económico-financiera de la CAIB del año 2012.
En el ámbito de la Comunidad Autónoma, cabe destacar la aprobación de la Ley 10/2012, de 1 de agosto, de concesión de un crédito extraordinario para poder atender gastos inaplazables con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares del exercicio 2012.
3. OBJECTIVOS GENERALES Y ALCANCE DE LA FISCALIZACIÓN
A. OBJECTIVOS GENERALES
Para la fiscalización de la Cuenta General de la CAIB correspondiente al ejercicio 2012, los objetivos establecidos en las Directrices técnicas de fiscalización son los siguientes:
El examen y la comprobación de la Cuenta General de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, para verificar la adecuación a la normativa aplicable, así como la adecuación de las cuentas examinadas a los principios contables y la verificación de que la contabilidad refleja de manera fiel la realidad económico-financiera.
El examen y la comprobación de las modificaciones de crédito del presupuesto para verificar la adecuación de las modificaciones tramitadas al ordenamiento jurídico vigente, y su justificación.
El análisis y la evaluación de la situación patrimonial mediante el análisis del inventario de bienes y derechos y de los datos de la contabilidad legalmente establecida, y que tienen que abarcar, en todo caso, la tesorería, los empréstitos y cualquier otra forma de endeudamiento.
El examen del movimiento y de la situación de los avales concedidos por la Comunidad Autónoma.
El examen del cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria.
La realización de una consolidación de la liquidación presupuestaria final del sector público autonómico.
Como consecuencia de los objetivos anteriores, en el Informe, se expresa la opinión financiera y de cumplimiento de legalidad sobre la Cuenta de la Administración General de la CAIB y sobre las cuentas anuales del IBSALUT y de la ATIB.
B. ALCANCE DE LA FISCALIZACIÓN
A. ADMISTRACIÓN GENERAL, IBSALUT Y ATIB
El alcance del trabajo realizado ha sido el siguiente:
Análisis de la adecuación a la normativa aplicable, en cuanto al plazo de presentación, a la estructura y al contenido de las cuentas, así como adecuación de la actividad económica, financiera y contable al ordenamiento jurídico vigente.
Examen y comprobación del presupuesto inicial y de las modificaciones de crédito aprobadas durante el ejercicio 2012, con especial referencia a la concesión de un crédito extraordinario, aprobado por la Ley 10/2012, de 1 de agosto, para poder atender a gastos inaplazables con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares del ejercicio 2012.
Grado de ejecución del presupuesto de ingresos, así como su correcta imputación presupuestaria, el cumplimiento de la normativa legal y contable en la tramitación de los expedientes, y el registro de las transacciones.
Grado de ejecución y de realización del presupuesto de gastos, para contrastar los objetivos logrados y las actividades realizadas con relación a los inicialmente previstos, además de la correcta imputación presupuestaria de los gastos, fiabilidad de los controles internos, y cumplimiento de la normativa legal y contable en la tramitación de expedientes y el registro de las transacciones.
Estructura y contenido del estado de endeudamiento de la CAIB y del IBSALUT, coherencia con los datos presupuestarios y contables, y sujeción a la normativa legal vigente sobre autorizaciones, límites o vinculación a la inversión de las operaciones efectuadas durante el ejercicio 2012, entre otros aspectos.
Comprobación de que los gastos de carácter plurianual son objeto de contabilización separada e independiente; si su contenido y su tramitación se ajustan a la normativa vigente; y si se realiza el seguimiento de su aprobación, así como la correcta contabilización de su ejecución en el período correspondiente.
Examen del movimiento y la situación de los avales concedidos por la Comunidad Autónoma, determinando si la concesión por parte de la entidad fiscalizada se ajusta a la legalidad vigente, así como el riesgo asumido como consecuencia de esta concesión.
Adecuación de las cuentas examinadas a los principios contables que les son aplicables, y verificación de que la contabilidad refleja de manera fiel la realidad económico-financiera, circunscrita a la normativa de carácter económico-financiero y, concretamente, al Decreto Legislativo 1/2005, de 24 de junio, de aprobación del Texto refundido de la Ley de Finanzas de la CAIB, al Decreto 75/2004 que la desarrolla y a las diferentes leyes de presupuestos aprobadas, y en vigor, durante el ejercicio 2012.
No son objeto de este Informe los controles de eficacia, eficiencia y economía, ya que solamente se pueden efectuar sobre cada centro de gestión individualizada y sobre programas específicos, por lo que los contenidos de la Cuenta General no son los más adecuados para llevar a cabo este tipo de control. Aunque, cuando en el transcurso de la fiscalización se han observado carencias, errores o irregularidades en la gestión que indican que se ha llevado a cabo sin tener en cuenta estos criterios, se hacen constar estas incidencias y se han emitido las correspondientes recomendaciones.
B. SECTOR PÚBLICO INSTRUMENTAL
En cuanto al sector público instrumental, se han recogido las opiniones que figuran en los informes de las auditorías financieras y de cumplimiento de legalidad de las entidades dependientes y vinculadas de la CAIB. Salvo en aquéllas en que se indica explícitamente en el apartado I.6 del Informe “Rendición de cuentas” y en el cuadro I.2 del tomo de anexos, todas han presentado sus cuentas anuales y el informe de auditoría realizados por profesionales externos, hayan sido las auditorías contratadas, o no, por la Intervención General.
que estos informes no son objeto de revisión por parte de la SCIB (únicamente se han realizado una revisión formal y un análisis general de las cuentas anuales), no se asumen como propias las opiniones y salvedades que en ellos ponen de manifiesto.
Asimismo, no es objeto del presente Informe la fiscalización del Plan de Reestructuración del Sector Público Instrumental de la CAIB.
De acuerdo con la aplicación de los nuevos criterios de clasificación de las entidades del sector público autonómico adoptados por la SCIB, que figuran en el apartado I.4. “Ámbito subjetivo” del Informe, el alcance del trabajo, por tipología de entidades, es el siguiente:
Entidades dependientes:
Resumen de las cuentas anuales y, en su caso, de la opinión financiera y de legalidad de los auditores externos.
Análisis de los derechos de cobro de las entidades respecto de la CAIB.
Análisis de las transferencias, subvenciones, aportaciones recibidas de la CAIB y de las facturaciones realizadas por las entidades a la CAIB.
Análisis de la deuda financiera a corto y a largo plazo.
Revisión limitada de determinados aspectos de las cuentas anuales de las entidades dependientes de la CAIB no sometidas a auditoría financiera por parte de la Intervención General y que, a 31 de diciembre de 2011, cumplían alguno de los siguientes requisitos enunciados en el Informe.
No se realiza un análisis específico del Grupo IB3, tal y como se ha hecho en informes de ejercicios anteriores, aunque la información de las cuentas anuales y sus informes de auditoría aparecen resumidos en el tomo de anexos del Informe.
Entidades vinculadas:
Informe sobre la rendición de las cuentas anuales y de los informes de auditoría por parte de las entidades vinculadas. Véase el cuadro I.2 del tomo de anexos del presente Informe.
Análisis de las aportaciones de la CAIB correspondientes al 2012.
Resumen de las cuentas anuales y, en su caso, de la opinión financiera y de legalidad de los auditores externos.
A efectos de este Informe, no se agregan los datos de las entidades vinculadas en los cuadros del balance, cuenta de pérdidas y ganancias y liquidación presupuestaria.
Otras entidades relacionadas:
Aunque no sean objeto del Informe, se enuncian en el apartado I.4 “Ámbito subjetivo” siguiente.
4. ÁMBITO SUBJETIVO
El Informe de la Cuenta General de la CAIB correspondiente al ejercicio 2012 incluye una novedad relevante con respecto a los informes de ejercicios anteriores, como es la modificación de los criterios de clasificación de los entes del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma aplicados hasta ahora por la SCIB, para adaptarlos a la Ley 7/2010, de 21 de julio, del Sector Público Instrumental de la CAIB y, en los aspectos que no regule esta Ley, a la Orden HAP/1489/2013, de 18 de julio, de aprobación de las normas para la formulación de las cuentas anuales consolidadas en el ámbito del sector público de la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE), publicadas en el BOE núm. 185, de 3 de agosto de 2013.
De acuerdo con los criterios y las definiciones de la Ley 7/2010 y de la Orden HAP/1489/2013, la SCIB ha clasificado las entidades que integran el ámbito subjetivo de este Informe, de acuerdo con las siguientes tipologías:
A. Entidades dependientes (definidas de acuerdo con la Ley 7/2010):
Entidades públicas empresariales: Instituto Balear de la Vivienda (IBAVI), Agencia Balear de Agua y la Calidad Ambiental (ABAQUA); Agencia de Turismo de las Islas Baleares (ATB); Servicios Ferroviarios de Mallorca (SFM); Instituto Balear de la Naturaleza (IBANAT); Instituto de Innovación Empresarial de las Islas Baleares (IDI); Instituto Balear de Infraestructuras y Servicios Educativos y Culturales (IBISEC); Ente Público de Radiotelevisión de las Islas Baleares (EPRTVIB); Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA); Puertos de las Islas Baleares; Espacios de Naturaleza Balear (ENB); Agencia de Emigración y Cooperación de las IB; Consorcio de Transportes de Mallorca (CTM); Instituto Balear de la Juventud (IB-Jove).
Entidades públicas dependientes del Servicio de Salud de las Islas Baleares (IBSALUT): GESMA, Gestión Sanitaria de Mallorca; Fundación Hospital Comarcal de Inca; Fundación Hospital Manacor; Fundación Hospital Son Llàtzer.
Sociedades mercantiles: Servicios de Mejora Agraria, SA (SEMILLA); CAIB Patrimonio, SAU; Servicios de Información Territorial de las Islas Baleares, SAU (SITIBSA); Instituto de Biología Animal de Baleares, SA (IBABSA); Televisión de las Islas Baleares, SA (TVIB, SA); Radio de las Islas Baleares, SA (RIB, SA); Gestión de Emergencias de las Islas Baleares, SAU (GEIBSA); Multimedia de las Islas Baleares, SAU.
Fundaciones: Fundación Islas Baleares para la Innovación Tecnológica (IBIT); Fundación para el Conservatorio Superior de Música y Danza de las Islas Baleares (CSMDIB); Fundación Instituto Socioeducativo S’Estel; Fundación para el Deporte Balear (ILLESPORT); Fundación Baleares en el Exterior; Fundación Robert Graves; Fundación Teatro Principal de Inca; Fundación para la Escuela Superior de Arte Dramático de las Islas Baleares (ESADIB); Fundación de Atención y Apoyo a la Dependencia y de Promoción de la Autonomía Personal de las Islas Baleares; Fundación Banco de Sangre y Tejidos de las Islas Baleares; Fundación de Investigación Sanitaria de las Islas Baleares Ramon Llull; Fundación Santuario de Lluc; Fundación Balear de Innovación y Tecnología (F. BIT).
Consorcios: Centro Baleares Europa (CBE); Consorcio Escuela de Hostelería de las Islas Baleares; Consorcio para la Recuperación de la Fauna de las Islas Baleares (COFIB); Consorcio para la Música de las Islas Baleares “Orquesta Sinfónica de las Islas Baleares Ciudad de Palma”; Instituto de Estudios Baleáricos; Consorcio Juego Hípico de Mallorca; Consorcio Agencia de Calidad Universitaria de las Islas Baleares (AQUIB); Consorcio del Museo J. Torrents Lladó; Consorcio de Infraestructuras de las Islas Baleares; Consorcio Plan D-Llucmajor; Consorcio Parque de las Estaciones; Consorcio Formentera Desarrollo; Consorcio de Recursos Sociosanitarios y Asistenciales de las IB; Consorcio para el Fomento de Infraestructuras Universitarias (COFIU); Consorcio Velódromo Palma Arena; Consorcio para el Desarrollo de Actuaciones de Mejora y Construcción de Infraestructuras en el Territorio de la Entidad Local Menor de Palmanyola; Consorcio para el Fomento del Deporte de Marratxí; Consorcio para la Rehabilitación del Patrimonio del Municipio de Es Castell; Consorcio para la Mejora de las Infraestructuras Turísticas y el Fomento de la Desestacionalización de la Oferta Turística de la Isla de Mallorca (Consorcio Bolsa de Alojamientos Turísticos); Consorcio de Aguas de las Islas Baleares
La Universidad de las Islas Baleares (UIB), aunque sea una entidad dependiente de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, no forma parte del ámbito subjetivo de este Informe ya que es objeto de un informe específico que elabora anualmente la SCIB.
b) Entidades vinculadas (definidas de acuerdo con la Orden HAP/1489/2013, de 18 de julio). La CAIB participa en su patrimonio o forma parte de los órganos de gobierno en un porcentaje comprendido entre el 20 y el 50 por ciento. Son las siguientes:
Sociedades mercantiles: Gestión Urbanística de Baleares, SA (GESTUR); Plantas Disecadas, SA (PLANDISA); ISBA, Sociedad de Garantía Recíproca, (ISBA, SGR); Palacio de Congresos de Palma, SA.
Fundaciones: Fundación Juegos Mundiales Universitarios Palma 1999; Fundación para la Práctica Jurídica; Fundación Museo de Arte Moderno y Contemporáneo de Palma, Es Baluard; Fundación Turística y Cultural de las Islas Baleares (FUNDATUR); Fundación Menorquina de la Ópera; Fundación Teatro del Mar; Fundación del Museo y Centro Cultural de Formentera; Fundación Cultural Coll Bardolet; Fundación Centro ITAT.
Consorcios y otros tipos de entidades: Consorcio para la Protección y Acogida de las Personas Disminuidas Psíquicas Profundas de las Islas Baleares (APROP); Consorcio para la Rehabilitación Integral de Barrios (RIBA); Consorcio Mirall Palma Ensanche; Consorcio Plan Mirall Ciutadella; Consorcio Plan Mirall Sa Pobla; Consorcio Plan Mirall Inca; Consorcio Movilidad por Eivissa; Consorcio Acantilados del Puerto de Maó; Consorcio Pabellón Deportivo Multifuncional de Maó; Consorcio Urbanístico para la Mejora y Embellecimiento de la Playa de Palma; Consorcio para el Desarrollo Deportivo de Ciutadella; Consorcio para la Construcción, Equipamiento y Explotación del Sistema de Observación Costera de las Islas Baleares (SOCIB); Consorcio para la Reconversión Territorial y Paisajística de Determinadas Zonas de la Isla de Eivissa; Consorcio Museo de Arte Moderno y Contemporáneo de Palma; Consorcio Eivissa Patrimonio de la Humanidad; Consorcio Castillo de San Carlos; Consorcio Ciudad Romana de Pollentia; Fondo Mallorquín de Solidaridad y Cooperación; Fondo Menorquín de Cooperación; Instituto Ramon Llull; Fondo Pitiuso de Cooperación; Consorcio Sierra de Tramuntana Patrimonio Mundial; Organización de Productores Pesqueros de Mallorca; Consorcio de Gestión Sociosanitaria de Eivissa.
c) Otras entidades relacionadas (definidas de acuerdo con la Orden HAP/1489/2013, de 18 de julio) que no se encuentran en ningún grupo anterior y en cuyo patrimonio participa la CAIB, o forma parte de los órganos de gobierno, con menos de un 20 %.
Sociedades mercantiles y agrarias de transformación: ParcBIT Energía y Otros Servicios, SCL; Fruita Bona Hortofrutícola, SAT; Perlanova Artesanía Balear, SA; Esplet, SAT; Mediterránea Print Out, SL.
Fundaciones: Fundación Jardín Botánico de Sóller; Fundación Área de Creación Acústica (ACA); Fundación Enciclopedia de Menorca; Fundación CENATIC (Centro Nacional de Referencia de Aplicación de las Tecnologías de la Información y la Comunicación); Fundación Cátedra Iberoamericana en la Universidad de las Islas Baleares.
Consorcios: Consorcio del Museo Militar de Menorca y Patrimonio Histórico Militar del Puerto de Maó y Cala Sant Esteve; Consorcio Trofeo SAR Princesa Sofía-Mapfre; Consorcio para la Presencia y la Promoción del Alberguismo Juvenil (REAJ); Consorcio CIBER del Área de Fisiopatología de la Obesidad y Nutrición; Consorcio CIBER del Área de Enfermedades Respiratorias.
5. METODOLOGÍA
La metodología aplicada para la fiscalización de los estados financieros y presupuestarios ha consistido en la revisión de los procedimientos administrativos y de control interno; en la realización de pruebas selectivas sobre partidas presupuestarias u operaciones concretas; y en el examen de la documentación justificativa, de los registros, y de los antecedentes que se han considerado necesarios en cada circunstancia.
Además, el Área de Gastos de Personal, por lo que respecta a la gestión de la nómina de la Administración General de la CAIB, del personal docente no universitario y del IBSALUT, ha sido objeto de una auditoría de sistemas de información.
6. RENDICIÓN DE CUENTAS
La CAIB ha rendido a la SCIB la Cuenta General del ejercicio 2012 en el plazo previsto en los artículos 92 del TRLF y 11 de la LSCIB, conforme al Plan de Contabilidad Pública de la CAIB vigente desde el año 1999. Este Plan no está adaptado al nuevo Plan General de Contabilidad Pública, aprobado por el Ministerio de Economía y Hacienda el año 2010 (Orden EHA/1037/2010, de 13 de abril).
La Cuenta General está formada, de acuerdo con el artículo 92 del TRLF (según la redacción de la disposición final tercera de la Ley 7/2010, del Sector Público Instrumental de la CAIB), por la Cuenta de la Administración de la CAIB y sus entidades autónomas; las cuentas anuales del Servicio de Salud de las Islas Baleares; las cuentas anuales de la Agencia Tributaria de las Islas Baleares; las cuentas anuales de las entidades públicas empresariales de la CAIB; las cuentas anuales de las sociedades mercantiles públicas que dependen de la CAIB; las cuentas anuales de las fundaciones del sector público autonómico; y las cuentas anuales de los consorcios
La Cuenta General de la CAIB 2012, aprobada por el Consejo de Gobierno de día 2 de agosto de 2013, no incorpora la totalidad de las cuentas anuales de los entes del sector público instrumental que deben formar parte de ella (art. 94.2 TRLF). Mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 20 de diciembre de 2013, se incorporan como anexo a la Cuenta General CAIB 2012, las cuentas anuales y los informes de auditoría de las siguientes entidades: Servicios Ferroviarios de Mallorca (SFM), Fundación para el Deporte Balear (ILLESPORT), Fundación Baleares de Innovación y Tecnología (Fundación BIT), Fundación de Investigación Sanitaria de las Islas Baleares Ramon Llull, Fundación Islas Baleares para la Innovación tecnológica (IBIT) y Consorcio de Recursos Sociosanitarios y Asistenciales de las Islas Baleares.
Por otro lado, cabe señalar que la modificación del TRLF introducida por la Ley 7/2010, del Sector Público Instrumental de la CAIB, establece la inclusión de los consorcios en la Cuenta General, a pesar de que la disposición final quinta de la Ley 9/2011, de Presupuestos Generales de la CAIB para el año 2012, aplaza su inclusión al ejercicio 2013. A pesar de ello, la Cuenta General CAIB 2012 ha incluido 24 consorcios.
A fecha del cierre de los trabajos para la elaboración del Informe, no han sido remitidos a la SCIB las cuentas anuales correspondientes a 43 de las 111 entidades que constituyen el ámbito subjetivo. De estas 43 entidades que no han rendido, 10 son entidades dependientes, 22 son vinculadas, y 11 son otras entidades relacionadas. En consecuencia, no es posible evaluar el efecto que podría tener la información contenida en las mencionadas cuentas anuales sobre la Cuenta de la Administración de la CAIB.
La relación de entidades, por tipo de información rendida, figura en el anexo I.2 del tomo de anexos.
7. TRÁMITE DE ALEGACIONES
El resultado de las actuaciones practicadas se comunicó al Presidente de la Comunidad Autónoma, para que se pudieran formular alegaciones y presentar los documentos y los justificantes que se consideraran oportunos, de conformidad con lo previsto en el artículo 30 del Reglamento de Régimen Interior de la SCIB.
Las alegaciones formuladas por la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares se recibieron el día 13 de junio de 2014 y forman parte del presente Informe.
Las alegaciones han sido analizadas y evaluadas, y se ha suprimido o modificado el texto del Informe cuando su contenido ha sido aceptado por la Sindicatura. Cuando no se ha alterado el Informe ni se ha emitido opinión sobre el contenido de las alegaciones, es que éstas, o son explicaciones que confirman los hechos y las valoraciones expuestas, o no se han justificado de forma adecuada los criterios o las afirmaciones mantenidos en la alegación, o se trata de supuestos en que se manifiesta la voluntad de subsanar la deficiencia en el futuro.
Las cuentas anuales rendidas en fase de alegaciones no se han tenido en cuenta para la elaboración de los estados agregados ni para las respectivas fichas.
RECOMENDACIONES
Adoptar las medidas oportunas para que las cuentas anuales de las empresas, fundaciones y consorcios en los que, siendo mayoritaria la participación pública y, dentro de ésta, la participación de la CAIB es la más importante, sean incorporadas a la Cuenta General y rendidas en plazo a la SCIB a través del órgano de control interno.
Adoptar las medidas oportunas para que las entidades dependientes del sector público instrumental remitan a la Intervención General las cuentas anuales en la forma y los plazos que ésta establezca, a efectos de formar la Cuenta General de la Comunidad, que debe presentarse al Parlamento, a la Sindicatura de Cuentas y al Tribunal de Cuentas, antes del día 31 de agosto del año siguiente al que se refiera.
Cuidar de que se tramiten las cuentas anuales de todo el resto de entidades que forman parte del sector público instrumental autonómico en el plazo y la forma establecidos por la SCIB.
Adaptar y actualizar el Plan General de Contabilidad Pública de la CAIB aprobado por la Orden del Consejero de Hacienda, Presupuestos, Energía e Innovación Tecnológica, de 20 de diciembre de 1999, a los principios establecidos en el Plan General de Contabilidad Pública aprobado por la Orden 1037/2010 del Ministro de Economía y Hacienda, de 13 de abril de 2010.
Adaptar la normativa autonómica de carácter financiero y presupuestario, en concreto el Decreto Legislativo 1/2005, de 24 de junio, de aprobación del Texto refundido de la Ley de Finanzas, y el Decreto 75/2004, que la desarrolla, a las disposiciones establecidas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera y en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
II. ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y PRESUPUESTO CONSOLIDADO
1. ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA
Marco general
Según el artículo 16 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, una vez aprobados por el Gobierno del Estado los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública para el conjunto de las administraciones públicas, el Ministerio competente debe formular una propuesta de objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública individuales para cada una de las comunidades autónomas, que debe ser aprobada por el Gobierno, previo informe del Consejo de Política Fiscal i Financiera (CPFF).
El artículo 17 atribuye a la Administración General del Estado, la elaboración de un informe sobre el grado de cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria y de la regla de gasto del ejercicio inmediatamente anterior, que debe incluir una previsión sobre el grado de cumplimiento del ejercicio corriente.
Cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria
El Consejo de Ministros, de 2 de marzo de 2012, fija el objetivo de estabilidad presupuestaria, para el total de administraciones públicas, en un 5,8 % del PIB el año 2012, y reserva para el conjunto de las comunidades autónomas un objetivo de déficit del 1,5 % del PIB.
Este objetivo de déficit queda condicionado a que las comunidades autónomas presenten o actualicen sus planes económico-financieros de reequilibrio, y que éstos sean declarados idóneos por el CPFF.
El informe del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, de seguimiento de la aplicación de las medidas contenidas en el Plan Económico-financiero de reequilibrio 2012-2014 de la CAIB, establece que la necesidad de financiación de la CAIB durante 2012 ha sido del 1,80 % del PIB regional, por lo que no se habría cumplido el objetivo de estabilidad presupuestaria del 1,5 %.
La Cuenta General de la CAIB 2012, incluye el cálculo provisional de la Intervención General del Estado (IGAE) sobre la necesidad o capacidad de financiación de la Comunidad Autónoma, que determina la necesidad de financiación de 476 millones de eruos, que supone un 1,78 % del PIB regional. Posteriormente, el cierre provisional del déficit del ejercicio 2012 se recalcula, pasando del 1,78 % al 1,82 % del PIB regional, como consecuencia de la aplicación de los últimos datos del PIB regional publicados por el Instituto Nacional de Estadística (INE).
Plan Económico-financiero de Reequilibrio 2012-2014 y Plan Económico-financiero 2013
En cumplimiento de lo previsto en la Ley Orgánica 5/2001, de 13 de diciembre, complementaria de la Ley de Estabilidad Presupuestaria, y como consecuencia del incumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria de los ejercicios 2010 y 2011, así como de la previsión de un déficit superior al 0,75 % para el ejercicio 2012 (1,5 %) y superior a cero para los ejercicios 2013 y 2014, la CAIB presenta el Plan Económico-financiero de Reequilibrio 2012-2014, que es considerado idóneo por el Consejo de Política Fiscal y Financiera, en sesión de 17 de mayo de 2012.
En aplicación del artículo 21 de la Ley 2/2012, de 27 de abril, de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera y una vez constatado, en el CPFF de 21 de marzo de 2013, el incumplimiento del objetivo de déficit establecido para el ejercicio 2012, la CAIB presenta el Plan Económico-financiero (PEF) correspondiente al 2013. Este Plan Económico-financiero es considerado idóneo por el Consejo de Política Fiscal y Financiera de 31 de julio de 2013.
Programa anual de endeudamiento (PAE)
El artículo 20 de la Ley Orgánica 2/2012, establece que, en caso de que en una comunidad autónoma se produzca un déficit superior al fijado, todas las operaciones de endeudamiento de esta comunidad deberán contar con la autorización del Estado.
En fecha 24 de septiembre de 2012, se aprueba el PAE que autoriza a la CAIB, al Servicio de Salud de las Islas Baleares (IBSALUT), a la Universidad de las Islas Baleares (UIB), y al resto de entes del sector público autonómico (según criterios del SEC’95), a un incremento de 1.269.171 miles de euros del endeudamiento neto previsto, hasta llegar a una deuda viva total, a 31 de diciembre de 2012, de 5.859.882 miles de euros.
Según datos del Banco de España, el total de la deuda de la CAIB, a 31 de diciembre de 2012, a efectos de cumplimiento de este Programa, es de 5,775.515 miles de euros y, por tanto, no supera el importe autorizado por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Por otra parte, el saldo vivo pendiente de las operaciones consideradas de carácter comercial (cesiones de crédito, confirming y arrendamiento financiero) de las entidades del sector público de la CAIB, según criterios del SEC’95, es de 479.202 miles de euros.
Así, el endeudamiento total, según datos del Banco de España, (suma de operaciones de carácter comercial, más la deuda a 31 de diciembre de 2012) sería de 6.254.717 miles de euros. Este importe no tiene en cuenta el endeudamiento de las entidades dependientes que no computen déficit según los criterios del SEC'95.
2. PRESUPUESTO CONSOLIDADO Y EJECUCIÓN
El artículo 39 del Texto refundido de la Ley de Finanzas de la CAIB (TRLF) prevé que debe adjuntarse al Anteproyecto de la Ley de Presupuestos Generales de cada año, entre otros, un estado consolidado de los anteproyectos de presupuestos de la Administración General de la CAIB, del IBSALUT, de la ATIB, de las entidades públicas empresariales, de las sociedades mercantiles públicas, de les fundaciones del sector público y de los consorcios.
Viendo que el Anteproyecto de los PGCAIB del 2012 incluye un estado agregado, pero no consolidado de los presupuestos, y que tampoco incluye esta consolidación la Cuenta General de la CAIB 2012, la Sindicatura de Cuentas elabora una liquidación consolidada propia, tomando los datos del presupuesto liquidado, según la Cuenta General de la CAIB y la información rendida por las entidades dependientes del sector público instrumental, eliminando las transferencias internas y la facturación.
Cabe tener en cuenta que las previsiones iniciales agregadas de los presupuestos aprobados por el Parlamento de las Islas Baleares, así como la ejecución del presupuesto consolidado, elaboradas por la SCIB, no son magnitudes comparables, ya que el presupuesto incial no se muestra consolidado.
A 31 de diciembre de 2012, la necesidad de financiación de la CAIB, en virtud de la consolidación efectuada por la SCIB, es de 963.562 miles de euros.
La comparación de la liquidación presupuestaria consolidada del ejercicio 2012 con la del 2011 pone de manifiesto que las variaciones más significativas, en cuanto a los ingresos, se producen por la aplicación de la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, del Sistema de financiación autonómico y por los recursos provenientes de la liquidación definitiva del sistema de financiación del ejercicio 2010.
En cuanto a la liquidación de los gastos, las variaciones más significativas se explican principalmente por la aprobación del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de Medidas para Garantizar la Estabilidad Presupuestaria y el Fomento de la Competitividad, por el incremento del gasto derivado de la imputación al presupuesto de gastos devengados en ejercicios anteriores, por el incremento de las transferencias corrientes a l’Administración del Estado en virtud del nuevo sistema de financiación de las comunidades autónomas, y por la disminución de las inversiones de carácter material e inmaterial de la CAIB y de las entidades del sector público instrumental.
Incidencias
En el Anteproyecto de la Ley 9/2011, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la CAIB para el año 2012, no se adjunta un estado consolidado de todos los anteproyectos de presupuestos que deben integrar los Presupuestos Generales, de acuerdo con lo que dispone el artículo 39 del TRLF, en relación con el artículo 33.3 de la propia Ley.
En 12 entidades dependientes, la liquidación presupuestaria no incluye las aportaciones recibidas mediante el mecanismo extraordinario de pago a proveedores por valor de 114.093 miles de euros.
III. ADMINISTRACIÓN GENERAL
1. OPINIÓN FINANCIERA Y DE LEGALIDAD
Alcance
1. La Sindicatura de Cuentas de las Islas Baleares ha fiscalizado la Cuenta General de la Administración de la CAIB y de sus entidades autónomas, que comprende el estado de liquidación del presupuesto y resultado del ejercicio 2012, el balance del ejercicio, la cuenta del resultado económico-patrimonial y la memoria. La Intervención General de la CAIB es responsable de la formación de la Cuenta (de acuerdo con el marco normativo de información financiera aplicable y que se indica en el apartado I.2 de este Informe), que fue aprobada por el Consejo de Gobierno de 2 de agosto de 2013. Salvo por las limitaciones mencionadas en los párrafos 2 a 10 siguientes, el trabajo de fiscalización se ha efectuado de acuerdo con los objetivos y el alcance que se mencionan en el apartado I.3 de este Informe.
Limitaciones al alcance
2. A fecha del cierre de los trabajos para la elaboración del Informe, no han sido remitidas a la SCIB las cuentas anuales correspondientes a 43 de las 111 entidades que constituyen el ámbito subjetivo. De estas 43 entidades que no han rendido, 10 entidades son dependientes, 22 son vinculadas y 11 son otras entidades relacionadas. Por consiguiente, no es posible evaluar el efecto que podría tener la información contenida en las cuentas anuales mencionadas sobre la Cuenta de la Administración de la CAIB.
3. La CAIB no consolida el estado de liquidación del presupuesto y del resultado del ejercicio, el balance y la cuenta del resultado económico-patrimonial de la Cuenta de la Administración de la CAIB, con las cuentas anuales de las entidades que forman parte de su perímetro de consolidación.
4. La CAIB debe hacer frente al pago de una parte del endeudamiento por gastos y obras ejecutadas con diversos consorcios, la mayoría de los cuales han sido integrados, a fecha 31 de octubre de 2012, en el Consorcio de Infraestructuras de las Islas Baleares. Este nuevo Consorcio no ha rendido las cuentas a 31 de diciembre. Según los estados financieros intermedios, a 31 de octubre de 2012, y los informes de auditoría de los consorcios integrados, existen expedientes plurianuales de subvenciones no reconocidas en el activo del balance de los consorcios ni, en la mayoría de casos, informados en las notas explicativas de las cuentas remitidas. El importe, de estos expedientes plurianuales que corresponden a la CAIB, no se puede determinar con la información disponible, aún así el endeudamiento total de los consorcios, a 31 de octubre de 2012, asciende a 112.395 miles de euros. La CAIB debe afrontar una parte de este endeudamiento, a pesar de que la deuda que le corresponde no está reconocida en sus cuentas a 31 de diciembre de 2012.
5. De acuerdo con la información remitida por la Abogacía de la CAIB, existen riesgos por litigios pendientes de sentencia firme, en concepto de responsabilidad patrimonial y de otros, por importe de 429.116 miles de euros. Los importes a los que deberá hacer frente en el futuro la CAIB, como consecuencia de estos litigios, son de difícil cuantificación objetiva, ya que dependen del resultado de las sentencias, a pesar de que pueden resultar significativos para la CAIB.
6. De la circularización realizada en el área acreedores a corto plazo, no se ha recibido confirmación de saldos de 13 de los 54 acreedores circularizados, con un importe total de 16.128 miles de euros, que representa el 21, 89% del saldo circularizado. No se ha podido verificar la razonabilidad de los saldos mencionados mediante la aplicación de otros procedimientos alternativos.
7. Al cierre del ejercicio, el saldo del epígrafe "A.I. Inversiones destinadas al uso general" asciende a 255.053 miles de euros. De la información remitida no se ha podido identificar el importe de las inversiones que ya están en funcionamiento, y en uso por el ciudadano, y que deben darse de baja con cargo a la cuenta "109. Patrimonio entregado al uso general."
8. De acuerdo con la normativa contable (Orden EHA/3362/2010, de 23 de diciembre, de aprobación de las Normas de adaptación al Plan General de Contabilidad a las empresas concesionarias de infraestructuras públicas), el activo debe estar contabilizado por el sujeto que disponga de su control, con independencia de la propiedad. La CAIB controla, en este sentido, los activos derivados de los contratos de las concesiones de explotación de las obras de desdoblamiento de la carretera Eivissa-Sant Antoni y del nuevo acceso al aeropuerto de Eivissa. Por tanto, el coste de las infraestructuras debería figurar en el activo del balance de situación y su financiación debería figurar en el pasivo. La SCIB no dispone de los datos necesarios para la cuantificación del coste del activo y de la financiación que debe registrarse.
9. La CAIB ha regularizado el saldo de las “inversiones gestionadas por otros entes públicos”, por un importe de 445.347 miles de euros, con cargo a gastos y pérdidas de ejercicios anteriores, al tratarse de obras registradas fundamentalmente durante el ejercicio 2006, ya finalizadas. Dado que la CAIB no ha remitido a la SCIB el informe de la Intervención General explicativo de la naturaleza de los bienes que se dan de baja, e indicando las carreteras que han sido transferidas a los consejos insulares y las que siguen siendo gestionadas por la CAIB, la SCIB no dispone de los datos necesarios para evaluar la adecuada regularización de este saldo.
10. Para el cálculo del resultado presupuestario, la Administración de la CAIB no realiza ningún tipo de ajuste por lo que respecta a gastos financiados con remanente de tesorería, ni a desviaciones de financiación positivas o negativas relativas a gastos con financiación afectada. La financiación afectada no es objeto de seguimiento por la Administración de la CAIB, por lo que no se puede determinar cuál es el remanente de tesorería afectado para la cobertura de gastos concretos y cuál es el remanente incondicionado de libre disposición. La memoria de la Cuenta General de 2012 no contiene ningún epígrafe con la información requerida sobre los gastos con financiación afectada.
Salvedades con efecto presupuestario y patrimonial
11. El remanente de tesorería está condicionado, como mínimo, por el tratamiento dado a los anticipos concedidos a los consejos insulares a cuenta del Fondo Interinsular de Financiación de Servicios (o del fondo que, en su caso, lo pueda sustituir, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley que regule el nuevo sistema de financiación), por un importe de 121.000 miles de euros. Si se hubieran imputado al presupuesto de gastos los anticipos a los consejos insulares, el remanente de tesorería ajustado pasaría a ser negativo por un importe de 1.395.155 miles de euros. Además, en el ejercicio 2012, estos anticipos no se deberían haber registrado como "deudores no presupuestarios" sino como "gastos de ejercicios anteriores", por importe de 121.000 miles de euros.
Salvedades con efecto patrimonial
12. La Comunidad Autónoma no refleja en el pasivo del balance de situación deudas con sus empresas públicas, por un importe de 724.386 miles de euros, que éstas sí reconocen en su activo como derechos de cobro respecto de la CAIB (697.650 miles de euros corresponden a compromisos que la CAIB tiene formalizados mediante expedientes de gasto plurianual).
Salvedades con efecto presupuestario
13. El crédito extraordinario aprobado por la Ley 10/2012, y financiado mediante el endeudamiento autorizado por el Estado, ha sido el instrumento para hacer efectivo el mecanismo extraordinario de pago a proveedores. Una parte de este crédito, por valor de 82.146 miles de euros, corresponde a obligaciones ya imputadas presupuestariamente, y se ha utilizado para obtener cobertura presupuestaria a efectos de reconocer otras obligaciones de las previstas en el Acuerdo 6/2012, de 6 de marzo, en los presupuestos de la CAIB del ejercicio 2012.
A pesar de que la Comunidad Autónoma se ha ajustado a las condiciones del Acuerdo 6/2012, de 6 de marzo, del Consejo de Política Fiscal y Financiera, la fórmula utilizada ha posibilitado un mayor gasto, sin contar con la liquidez para hacer frente a los pagos derivados de ésta.
14. La mayoría de las incorporaciones de crédito, 95.841 miles de euros, se financian de acuerdo con el artículo 6, en relación con el artículo 8, del Decreto 75/2004, con cargo al remanente íntegro de tesorería, aspecto permitido por el TRLF, visto su carácter finalista. No obstante, la aprobación de estos expedientes incrementa el volumen de obligaciones que pueden ser imputadas al ejercicio 2012, sin disponer de un nuevo recurso concreto que pueda afectar a su financiación. Este hecho produce, por tanto, una desviación negativa en el cálculo del resultado del ejercicio.
Opinión
15. Salvo por los efectos de los ajustes que podrían haberse considerado necesarios si se hubieran podido completar los procedimientos descritos en los párrafos 2 a 10 anteriores, y excepto por los efectos de las salvedades descritas en los párrafos 11 a 14 anteriores, la Cuenta de la Administración de la CAIB presenta, en general, la información de acuerdo con los principios contables y con la normativa legal aplicable.
Con independencia de lo que se indica en los párrafos anteriores, cabe resaltar las incidencias detalladas en cada uno de los siguientes apartados del Informe; incidencias que, por otro lado, deben ser tenidas en cuenta y, en su caso, corregidas por los órganos responsables.
2. PRESUPUESTO INICIAL Y MODIFICACIONES
Los presupuestos iniciales para el ejercicio 2012 ascienden a 3.674.902 miles de euros (3.612.021 miles de euros para la Administración General y 62.881 miles de euros para las entidades autónomas), lo que supone un incremento del 8,58 % sobre el inicial del año 2011.
Para su financiación, están previstos ingresos por un importe de 2.752.734 miles de euros, y un endeudamiento a largo plazo de 922.169 miles de euros.
El escenario presupuestario inicial se completa con los ocho apartados de créditos ampliables recogidos en la Ley de Presupuestos Generales de la CAIB para el ejercicio 2012.
Durante el ejercicio fiscalizado, se han tramitado 363 expedientes de modificación de créditos que han incrementado los créditos iniciales en 2.301.853 miles de euros (un 62,64 %), y que han dado como resultado un crédito definitivo de 5.976.755 miles de euros (4.335.404 miles de euros en el ejercicio 2011).
Cabe destacar el expediente de modificación de crédito originado por la aprobación de la Ley 10/2012, de 1 de agosto de 2012, de concesión de un crédito extraordinario, para poder atender gastos inaplazables con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares del ejercicio de 2012, hasta un importe máximo de 842.509 miles de euros. Esta Ley ha regulado el tratamiento presupuestario del mecanismo de pago a proveedores, y ha dispuesto que su importe se impute al presupuesto de ingresos como endeudamiento y al presupuesto de gastos como un fondo de contingencia.
De la cantidad incluida inicialmente en el mecanismo, el 7,04 % corresponde a la Administración General de la CAIB, el 67,17 % al IBSALUT y sus entidades dependientes, y el 25,79 % se imputa al resto del sector público autonómico. La cantidad finalmente pagada mediante el mecanismo extraordinario, a 31 de diciembre de 2012, es de 841.415 miles de euros.
Entre las generaciones de crédito (1.364.597 miles de euros), cabe mencionar el expediente tramitado para reflejar presupuestariamente el fondo de suficiencia y el fondo de garantía correspondientes al ejercicio 2012, que son negativos para la CAIB por un importe de 357.622 y 232.529 miles de euros, respectivamente. Asimismo, se ha generado crédito para poder contabilizar, en el estado de gastos de 2012, el fondo de suficiencia global resultando de la liquidación definitiva de los recursos del sistema de financiación autonómica del ejercicio 2010, que también fue negativo por importe de 728.842 miles de euros.
Las modificaciones de crédito se han financiado con recursos propios (770.420 miles de euros), aportaciones públicas (594.177 miles de euros), endeudamiento (841415 miles de euros), y con remanente de tesorería (95.841 miles de euros).
Se han analizado 51 expedientes de modificación de crédito, por un valor absoluto de 2.287.490 miles de euros, lo que supone un grado de cobertura del 99,38 %
Incidencias
La modificación de crédito para financiar los gastos electorales derivados de las elecciones de mayo 2011 se aprobó mediante la Ley 1/2012, de 15 de marzo, de Crédito Extraordinario para Subvenciones Electorales, publicada en el BOIB núm. 46, de 29 de marzo de 2012, con un importe máximo de 1.719 miles de euros. No obstante, se ha registrado contablemente como una transferencia de crédito, mediante el expediente de crédito núm. 1100004161 (artículos 47 y 50 del TRLF).
El crédito extraordinario aprobado por la Ley 10/2012, y financiado mediante el endeudamiento autorizado por el Estado, ha sido el instrumento para hacer efectivo el mecanismo extraordinario de pago a proveedores. Una parte de este crédito, por valor de 82.146 miles de euros, corresponde a obligaciones ya imputadas presupuestariamente, y se ha utilizado para obtener cobertura presupuestaria a efectos de reconocer otras obligaciones de las previstas en el Acuerdo 6/2012, de 6 de marzo, en los presupuestos de la CAIB del ejercicio 2012. Concretamente, dicho importe de 82.146 miles de euros se ha destinado a:
- Financiar 12.861 miles de euros de incorporaciones de crédito y 41.785 miles de euros de ampliaciones de crédito.
- Trasladar crédito a los siguientes conceptos e importes:
Aunque la Comunidad Autónoma se ha ajustado a las condiciones del Acuerdo 6/2012, de 6 de marzo, del Consejo de Política Fiscal y Financiera, la fórmula utilizada ha posibilitado un mayor gasto, sin contar con la liquidez para hacer frente a los pagos derivados del mismo. De no haber dispuesto del crédito extraordinario aprobado por la Ley 10/2012, estos gastos deberían haberse financiado con la minoración de créditos por el mismo importe o, en caso de las incorporaciones y ampliaciones de crédito, declarando indisponibles créditos por la misma cuantía.
La mayoría de las incorporaciones de crédito, 95.841 miles de euros, se financian, de acuerdo con el artículo 6, en relación con el artículo 8, del Decreto 75/2004, con cargo al remanente íntegro de tesorería, aspecto permitido por el TRLF, visto que su carácter es finalista. No obstante, la aprobación de estos expedientes incrementa el volumen de obligaciones que pueden ser imputadas al ejercicio 2012, sin disponer de ningún nuevo recurso concreto que se pueda afectar a su financiación, lo que produce, por tanto, una desviación negativa en el cálculo del resultado del ejercicio. En este sentido, la Intervención General manifiesta, en cada uno de los expedientes de incorporación de crédito que fiscaliza, que estas modificaciones presupuestarias suponen un incremento en el déficit del ejercicio, y reitera la necesidad de declarar indisponibles los créditos de los presupuestos de gastos, haciendo uso de la facultad que le otorga el artículo 59 del TRLF.
El expediente de transferencia de crédito núm. 1200002939, por importe de 315 miles de euros, es una transferencia de crédito con minoración de una partida del capítulo 7 procedente de un remanente de las obras del puerto de Ciutadella por importe de 177.282 miles de euros. Esta inversión se ha financiado con "fondos estatutarios", por lo que debería figurar con un código finalista, y no ha sido así.
El expediente de transferencia de crédito núm. 1400006892, por importe de 7 miles de euros, se considera un traspaso de gastos de capital a gastos corrientes, sin estar incluido en las excepciones del artículo 50 del TRLF, ya que no se trata de la puesta en marcha de una nueva inversión.
RECOMENDACIONES
Asegurarse de que todos los créditos que se amplían, los que se generan y los que se incorporan tienen la cobertura económica necesaria para su financiación.
Declarar indisponibles los créditos habilitados en el presupuesto de gastos, derivados del mecanismo extraordinario de financiación a proveedores, que correspondan a gastos ya imputados al presupuesto, de manera que el crédito generado únicamente proporcione cobertura a las obligaciones pendientes de imputar al presupuesto.
3. EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO
A. EJECUCIÓN DE INGRESOS
Sobre unas previsiones definitivas de 5.976.755 miles de euros, se han reconocido derechos por un total de 5.618.801 miles de euros, lo que supone un nivel de ejecución del 94,01 %, porcentaje superior al del ejercicio 2011 que fue del 75, 91%.
Las variaciones más significativas con respecto al ejercicio 2011 se explican, entre otros factores, por la aplicación del nuevo sistema de financiación autonómico aprobado por la Ley 22/2009, de 18 de diciembre (cabe destacar el incremento de los derechos reconocidos en el subconcepto “1000. Impuesto sobre la renta de las personas físicas” y en el artículo “21. Sobre el valor añadido, por importe de 246.352 y 621.732 miles de euros, respectivamente); por el incremento de los derechos reconocidos derivados de la venta de dos inmuebles (Can Fàbregues y un solar en el Parc Bit); por la reducción de las transferencias de capital de la Administración del Estado; y por el aumento de los pasivos financieros como consecuencia de la autorización del endeudamiento de 841.374 miles de euros derivado del mecanismo extraordinario de financiación para el pago a proveedores de la CAIB; del Fondo de Liquidez Autonómico, por importe de 471.668 miles de euros; de las emisiones de bonos, por importe de 284.745 miles de euros; y de la financiación directa mediante prestamos del ICO, por importe de 70.996 miles de euros.
La financiación, por tipología de recursos y en términos de derechos reconocidos netos, es la siguiente; recursos percibidos incondicionados. 3.308.387 miles de euros; recursos percibidos condicionados, 580.145 miles de euros; y recursos propios, 1.730.269. Todo esto asciende a un total de 5.618.801 miles de euros.
La recaudación líquida ha sido de 5.556.650 miles de euros, que suponen un 98,89 % de los derechos reconocidos.
Incidencias
De acuerdo con los principios contables públicos, el reconocimiento del derecho debe realizarse cuando se produzca el incremento del activo. No obstante, en la cuenta "55400105. IPA ingresos directos" figuran registrados 22.380 miles de euros derivados de diversas transferencias recibidas y no aplicadas al presupuesto, con el objeto de generar crédito en el siguiente ejercicio.
B. EJECUCIÓN DE GASTOS
Sobre unas previsiones definitivas de 5.976.755 miles de euros, se han reconocido obligaciones por un total de 5.628.320 miles de euros, lo que supone un nivel de ejecución del 94,17 %, porcentaje superior al del ejercicio 2011, que fue del 87,61 %.
De la comparación de los datos de los ejercicios 2012 y 2011 se desprende que el presupuesto ejecutado aumenta en 1.830.217 miles de euros (48,19 %). Una parte significativa de este incremento se justifica con la contabilización del mecanismo extraordinario de pago a proveedores, que aumenta especialmente el reconocimiento de obligaciones de los capítulos 4 y 8.
Cabe destacar la reducción del capítulo 1 “Gastos de personal” en 50.396 miles de euros (7,95 %) respecto de los gastos reconocidos en el 2011, como consecuencia de la aprobación del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de Medidas para Garantizar la Estabilidad Presupuestaria y el Fomento de la Competitividad, que afecta, entre otros, a la supresión de la paga extra del mes de diciembre a todo el personal perteneciente al sector público, la no cobertura de bajas y jubilaciones, y la supresión de interinidades.
La gestión de la nómina del personal de la Administración General de la CAIB y del personal docente no universitario ha sido objeto de una auditoría de sistemas de información por parte de la SCIB, en la que se ha verificado la integridad de la información contable asociada a los gastos de personal, mediante un proceso de tratamiento masivo de datos. En la auditoría no se han manifestado incidencias significativas en el ámbito de la fiscalización de la Cuenta de la Administración General de la CAIB correspondiente al ejercicio 2012. Se han elaborado los diferentes cuadros que figuran en el Informe sobre la distribución de la media de personal, tanto de la Administración General, como del personal docente no universitario adscrito a los centros públicos de la Consejería de Educación, también consta el total de perceptores clasificado por tramos de sueldo bruto (excluido el coste de Seguridad Social a cargo de la CAIB).
Respecto al capítulo 4 “Transferencias corrientes” cabe destacar el incremento del artículo “40. Transferéncias corrientes a l’Administración del Estado” debido al aumento de los importes correspondientes a las previsiones de los fondos de suficiencia i fondos de garantía del ejercicio corriente, así como a la liquidación definitiva del fondo de suficiencia del ejercicio 2010. El incremento del artículo “42. Transferencias corrientes al IBSALUT”, se explica por el reconocimiento de 564.489 miles de euros adicionales a su favor, en aplicación del mecanismo extraordinario de pago a proveedores.
Finalmente, hay que señalar que el incremento de gasto en los capítulos 8 y 9 corresponde, respectivamente, al traspaso de crédito para aplicar el mecanismo extraordinario de pago a proveedores a las entidades dependientes de la CAIB y al aumento en el volumen de la deuda a devolver. El incremento del capítulo 9 “Pasivos financieros”, de 267.956 miles de euros respecto del ejercicio anterior, se debe al aumento en los costes de financiación de la deuda pública y al aumento en el volumen del principal de la deuda.
En cuanto a la clasificación funcional, las funciones "41. Sanidad" (31,66 %) y "42. Educación" (13,45 %), en el ejercicio corriente suponen, de manera agrupada, un 45,11 % del total de gastos del ejercicio. No obstante, en 2012 estos porcentajes se encuentran desvirtuados como consecuencia de la aplicación presupuestaria del mecanismo extraordinario de pago a proveedores.
Los pagos realizados en el año 2012 han ascendido a 4.731.766 miles de euros, que suponen un 84,07 % de los créditos ordenados, porcentaje superior al del ejercicio 2011 que fue del 80,93 %.
La cantidad incluida, inicialmente, en el mencionado mecanismo es de 842.509 miles de euros, de los que 59.313 miles de euros (un 7,04 %) corresponden a la Administración General de la CAIB, 565.914 miles de euros (un 67,17 %) corresponden al IBSALUT y sus entidades dependientes, y 217.282 miles de euros (un 25,79 %) se imputan al resto del sector público autonómico.
La cantidad finalmente pagada mediante el mecanismo extraordinario, a 31 de diciembre de 2012, es de 841.374 miles de euros, una vez descontadas las facturas no aceptadas por el ICO y las amortizaciones anticipadas (facturas devueltas por las entidades financieras), por un importe de 896 miles de euros y de 239 miles de euros, respectivamente.
Incidencias
La CAIB ha informado a la SCIB de la existencia de gastos devengados durante el ejercicio 2012 en concepto de convenios o subvenciones, de los que se ha diferido la imputación al presupuesto al ejercicio 2013, por un importe de 9.103 miles de euros. De esta cantidad, 3.224 miles de euros corresponden a la Consejería de Salud, Familia y Bienestar Social, 4.810 miles de euros al SOIB, y 1.026 miles de euros a la Consejería de Administraciones Públicas.
En los capítulos 6 y 7 del presupuesto de gastos se registran los pagos realizados a los consejos insulares, a las entidades locales y a las empresas públicas, derivados de los convenios de financiación de obras financiadas mediante operaciones de cesión de crédito. En cuanto a los importes pagados correspondientes a la carga financiera de la operación de endeudamiento concertada que deberían imputarse al capítulo 3 del presupuesto de gastos, solamente se lleva a cabo en los contratos de cesión de crédito firmados a partir del ejercicio 2007, para la financiación de las obras de institutos y escuelas públicas, mientras que la carga financiera correspondiente a cesiones de créditos formalizadas con anterioridad o a la financiación de otro tipo de obras se registra en los capítulos 6, 7 y 4 del presupuesto.
Los importes de las obligaciones reconocidas por las anualidades de las concesiones de explotación derivadas de las obras de desdoblamiento de la carretera Eivissa-Sant Antoni y del nuevo acceso al aeropuerto de Eivissa han sido de 9.984 y 7.966 miles de euros, respectivamente, y han sido imputados al capítulo 6 del presupuesto de gastos. Vista la naturaleza de los contratos de concesión, estos importes deberían haberse registrado en el capítulo 2 como gasto corriente.
De acuerdo con la documentación aportada por la Intervención General, el importe cobrado y pendiente de ejecutar, a 31 de diciembre de 2012, en concepto de inversiones estatutarias es de 107.112 miles de euros. Según los datos que figuran en la liquidación del presupuesto 2012, la cantidad no ejecutada del fondo finalista "31201. Convenios inversiones estatutarias" que se podría incorporar al ejercicio posterior es de 96.130 miles de euros, lo que supone una diferencia entre los dos datos de 10.981 miles de euros.
En el punto 2 de la Instrucción 6/2012, de 2 de julio, del Director General del Tesoro y Política Financiera y del Interventor General de la Comunidad Autónoma relativa al procedimiento de tramitación y contabilización de las operaciones de pago a proveedores de la Comunidad Autónoma y de los entes del sector público adheridos al mecanismo extraordinario de pago, figura que la CAIB debe compensar, en primer lugar, las deudas pendientes de presupuestos cerrados con cada entidad, y únicamente se adoptaran las medidas necesarias cuando el saldo pendiente de pago no sea suficiente para compensar totalmente la deuda del ente con la Comunidad Autónoma. En el caso de la entidad Gestión de Emergencias de las Islas Baleares, SAU, se contabiliza íntegramente como capítulo 8, sin compensar deuda anterior, a pesar de que en la relación de acreedores de presupuestos cerrados, figura un pendiente de pago a su favor de 154 miles de euros a 1 de enero de 2012, que se mantiene como pendiente de pago al cierre del ejercicio.
RECOMENDACIONES
Modificar la normativa propia de la Comunidad Autónoma para adaptarla a los principios contables públicos en los aspectos de devengo y de imputación de los ingresos y de sus gastos.
Realizar las anotaciones contables pertinentes, de acuerdo con los principios presupuestarios, para corregir las incidencias expuestas en los apartados anteriores y procurar su detección y subsanación en ejercicios posteriores.
4. ENDEUDAMIENTO, GASTOS PLURIANUALES Y AVALES CONCEDIDOS
A. ENDEUDAMIENTO
El endeudamiento vivo de la Administración de la CAIB, al cierre del ejercicio 2012, es de 4.555.936 miles de euros con un incremento del 37, 32% respecto del ejercicio anterior.
Por otro lado, la CAIB tiene concertadas operaciones a corto plazo para cubrir necesidades transitorias de tesorería por un importe máximo de 288.500 miles de euros (401.350 miles de euros, a 31 de diciembre de 2011).
Así, el endeudamiento vivo a final del ejercicio 2012, incluidas las deudas por operaciones de tesorería a corto plazo, es de 4.931.382 miles de euros, lo que supone un incremento porcentual respecto del año anterior del 34,20 %.
El Programa anual de endeudamiento (PAE) firmado por la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, el 24 de septiembre de 2012, prevé un incremento del endeudamiento neto, por el grupo consolidado, de acuerdo con las normas SEC-95, en 1.269.171 miles de euros: 395.861 miles d euros, para la financiación del déficit del ejercicio 2012, recogido en el Plan Económico-financiero de Reequilibrio 2012-2014, con el límite del déficit realmente conseguido (Acuerdo CPFF 12/2012); 30.802 miles de euros, para financiar el abono correspondiente a 2012 de las cantidades aplazadas de la liquidación negativa de 2008 y 2009 (Acuerdo CPFF 4/2012); y 842.509 miles de euros, para la aplicación a la deuda derivada de la aplicación del mecanismo extraordinario de financiación para el pago a proveedores. Si se tienen en cuenta las amortizaciones previstas de deuda, para el año 2012, en todo el grupo SEC (635.406 miles de euros), esto supone la autorización de un total de endeudamiento bruto por un importe de 1.904.577 miles de euros.
El Consejo de Ministros, en sesiones de 13 de enero, de 15 de junio, de 6 de julio, de 26 de octubre y de 21 de diciembre de 2012 ha autorizado 1.904.345 miles de euros, que incluyen 842.509 miles de euros para el mecanismo extraordinario de pago a proveedores.
Del endeudamiento autorizado, se ha recaudado durante el 2012 un total de 1.669.039 miles de euros, mediante las siguientes operaciones: 841.374 miles de euros, correspondientes a los 11 préstamos concertados con diversas entidades financieras en nombre y representación del fondo para la financiación de los pagos a proveedores (se trata de operaciones de préstamo a largo plazo de 10 años de duración, con los dos primeros de carencia); dos emisiones de deuda a minoristas por un importe de 275.000 miles de euros (75.000 miles de euros a corto plazo y 200.000 miles de euros a largo plazo); ampliación de una emisión de obligaciones de 2010 a largo plazo por un importe de 10.000 miles de euros; tres préstamos con el ICO por un importe de 70.996 miles de euros (57.523 miles de euros con vencimiento a largo plazo y 13.473 miles de euros con vencimiento a corto plazo); 471.667 miles de euros para una operación de endeudamiento concertado con el ICO en nombre y representación de la AGE, mediante el Fondo de Liquidez Autonómico (FLA).
El endeudamiento pendiente de formalizar a 31 de diciembre de 2011, por un importe de 50.000 miles de euros, se ha instrumentado durante el 2012 mediante la formalización de dos préstamos bancarios a largo plazo.
La estimación de los vencimientos futuros del endeudamiento a largo plazo de la CAIB, es de 5.881.813 miles de euros, de los que 4.555.936 miles de euros corresponden a amortizaciones, y 1.325.877 miles de euros a intereses.
Durante el ejercicio 2012, los gastos financieros por intereses del endeudamiento han ascendido a 181.543 miles de euros, mientras que los gastos financieros por comisiones han ascendido a 16.691 miles de euros.
Incidencias
Las previsiones de vencimientos del endeudamiento tienen puntas muy importantes en los ejercicios que concentran tanto las amortizaciones del principal como de los intereses (ejercicios 2013 a 2020), lo que cuestiona la sostenibilidad económica y presupuestaria de la CAIB, a la vista del volumen de recursos que deben destinarse al servicio de la deuda.
B. GASTOS PLURIANUALES
A 31 de diciembre de 2012, los datos generales de gasto con cargo a ejercicios futuros distinguidos por fase de ejecución, son las siguientes: reservado, 3.122.580 miles de euros; autorizado, 2.214.844 miles de euros; y dispuesto, 2.182.997 miles de euros. Estos importes incluyen los expedientes de gasto tramitados anticipadamente antes del 1 de enero de 2013.
Durante el ejercicio 2012, se ha dado de alta un total de 1.454 nuevos documentos contables de compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros. Por otro lado, se han modificado las anualidades de 257 expedientes iniciados en ejercicios anteriores.
Globalmente, el importe total de los compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros experimenta un incremento del 5,56 %, respecto del ejercicio 2011.
Incidencias
El estado de compromisos de gasto plurianual incluido en la Cuenta General y los expedientes analizados presentan las siguientes deficiencias:
C. AVALES CONCEDIDOS
La Administración General de la CAIB, a 31 de diciembre de 2012, había concedido avales por un importe nominal de 1.188.098 miles de euros (con un riesgo vivo de 907.537 miles de euros) para garantizar operaciones de crédito con entidades financieras. Estos importes representan una disminución respecto del ejercicio anterior del 1,31 % del nominal y una disminución del 6,83 % del riesgo vivo.
RECOMENDACIONES
Elaborar un plan de amortización del endeudamiento que permita su reducción progresiva en ejercicios futuros.
Moderar la contracción de obligaciones con cargo a ejercicios futuros y potenciar el papel de la Dirección General de Presupuestos y Financiación en la tramitación de los expedientes de gasto plurianual, que se debería pronunciar sobre el efecto en los presupuestos futuros y la existencia de recursos apropiados para su financiación.
Hacer constar en los expedientes de gasto plurianual, de forma diferenciada, el número de ejercicios en los que se realiza la obra, el servicio o el suministro, y el número de ejercicios en que se realiza su pago.
Introducir en el programa de gestión económico-financiera un módulo de gestión integral de los expedientes de gasto plurianual que incorpore los compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros correspondientes al endeudamiento.
5. BALANCE DE SITUACIÓN
A. ACTIVO
Los deudores presupuestarios (773.173 miles de euros) se desglosan en: deudores del ejercicio corriente (62.150 miles de euros), y deudores de ejercicios cerrados (711.023 miles de euros). Hay que tener en cuenta que el saldo de deudores de ejercicios cerrados incluye, en el año 2004, 582.654 miles en concepto de derechos reconocidos por el déficit de financiación histórico de las competencias transferidas en materia de sanidad y de educación.
En cuanto al saldo de los deudores no presupuestarios (278.062 miles de euros) incluye, entre otros, los anticipos a los consejos insulares a cuenta del nuevo sistema de financiación correspondientes a los años 2009, 2010 y 2011, por un importe de 121.000 miles de euros. Durante el ejercicio 2012 no se han autorizado nuevos anticipos ni se han liquidado los correspondientes a los ejercicios anteriores.
La provisión por insolvencias importa 636.499 miles de euros, y corresponde a los saldos de deudores presupuestarios con antigüedad superior a cuatro años (ejercicio 2008 y anteriores, que incluye, entre otros, los 582.654 miles de euros por el déficit histórico y 1.382 miles de euros referentes al impuesto sobre estancias en empresas turísticas con origen en aquellos ejercicios).
La Cuenta General de tesorería presenta, a 31 de diciembre de 2012, un saldo total en metálico de 1.883 miles de euros (3.652 miles de euros a 31 de diciembre de 2011).
Incidencias
Según el punto 7 de la parte cuarta del Plan General de Contabilidad de la CAIB, aprobado mediante Orden del Consejero de Economía y Hacienda, de 23 de diciembre de 1998, la memoria completa, amplía y comenta la información contenida en el balance, en la cuenta del resultado económico-patrimonial y en el estado de liquidación del presupuesto (documentos con los que forma una unidad y que integran las cuentas anuales), y debe contener cualquier información necesaria para facilitar la comprensión de las cuentas anuales, con el objeto de mostrar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, del resultado económico-patrimonial y de la ejecución del presupuesto. La memoria de la CAIB no aporta información completa y adecuada sobre todos los aspectos significativos a tratar, y alguna información que allí se detalla no ayuda a la comprensión de las cuentas anuales.
No se ha contabilizado, minorando el epígrafe "A.I. Inversiones destinadas al uso general", con contrapartida en el epígrafe I.4 del pasivo "Patrimonio entregado en adscripción", la adscripción de la finca Son Real a la entidad de derecho público Espacios de Naturaleza Balear, por importe de 11.907 miles de euros, según Resolución de la Directora General de Patrimonio, de fecha 27 de marzo de 2012, publicada en el BOIB núm. 48, de 3 de abril de 2012, y con acta de entrega y recepción, de fecha 10 de abril de 2012.
Al cierre del ejercicio, el saldo del epígrafe "A.I. Inversiones destinadas a uso general" asciende a 255.053 miles de euros. De la información remitida, no se puede identificar el importe de las inversiones que ya están en funcionamiento y en uso por el ciudadano y que, por tanto, deben darse de baja con cargo a la cuenta "109. Patrimonio entregado al uso general."
De acuerdo con la normativa contable (Orden EHA/3362/2010, de 23 de diciembre, de aprobación de las Normas de adaptación al Plan General de Contabilidad a las empresas concesionarias de infraestructuras públicas), el activo debe contabilizarse por el sujeto que disponga de su control, con independencia de su propiedad. En este sentido, la CAIB controla los activos derivados de los contratos de las concesiones de explotación de las obras de desdoblamiento de la carretera Eivissa-Sant Antoni y del nuevo acceso al aeropuerto de Eivissa y, por lo tanto, el coste de las infraestructuras debería figurar en el activo del balance de situación, y su financiación debería figurar en el pasivo. La SCIB no dispone de los datos necesarios para la cuantificación del coste del activo y de la financiación que debería registrar.
El saldo, a 31 de diciembre de 2012, de la cuenta "55500407. GPPA Convenio Seguridad Social", acreedor por 17.230 miles de euros, se debería clasificar en el epígrafe "D.III.5. Otros acreedores" del pasivo del balance de situación, ya que la naturaleza de esta cuenta es siempre acreedora.
Dado que los anticipos a cuenta del nuevo sistema de financiación definitiva otorgados a los consejos insulares en ejercicios anteriores se prevén cada año en la Ley de Presupuestos Generales de la CAIB, y que el tratamiento que se les debe dar en los consejos es el de ingresos presupuestarios del ejercicio en que se reciben, la CAIB debería registrarlos como gasto presupuestario del ejercicio en que los otorga y, por tanto, no se deberían haber registrado como deudores no presupuestarios sino como gastos de ejercicios anteriores, por un importe de 121.000 miles de euros.
La CAIB ha regularizado el saldo de las “inversiones gestionadas por otros entes públicos” por un importe de 445.347 miles de euros, con cargo a gastos y pérdidas de ejercicios anteriores, ya que se trataba de obras, registradas fundamentalmente durante el ejercicio 2006, ya finalizadas. Dado que la CAIB no ha remitido un informe de la Intervención General explicativo de la naturaleza de los bienes que se han dado de baja, que indique las carreteras que han sido transferidas a los consejos insulares y las que siguen siendo gestionadas por la CAIB, la SCIB no dispone de los datos necesarios para evaluar la adecuada regularización de este saldo.
B. PASIVO
Los fondos propios, al cierre de 2012, son negativos en 5.792.488 miles de euros.
Durante el ejercicio 2012, la CAIB ha reconocido dentro del epígrafe de deudas con entidades de crédito la deuda derivada de los convenios para la financiación de obras firmados con los consejos insulares, las entidades locales, las entidades dependientes y la UIB, financiados mediante la cesión de derechos de crédito, pendiente de pago por la Comunidad Autónoma, a 31 de diciembre de 2012, por un importe de 380.993 miles de euros, con contrapartida a la cuenta de resultados de gastos y pérdidas de ejercicios anteriores.
El importe de los vencimientos futuros y de la carga financiera estimada futura, como consecuencia de cesiones de crédito, es de 562 millones de euros (400 millones de euros, en concepto de amortizaciones; y 163 millones de euros, en concepto de intereses).
Los acreedores presupuestarios presentan, a 31 de diciembre de 2012 y de acuerdo con los datos remitidos, un saldo de 1.190.813 miles de euros, con un incremento del 23,88% respecto del ejercicio anterior.
Los acreedores editores no presupuestarios incluyen, a 31 de diciembre de 2012, 27.094 miles de euros derivados de cuatro contratos de gestión de pagos, 8.391 miles de euros de fondos transferidos a otras entidades y 120.198 miles de euros correspondientes a los mandamientos de pago realizados contra cuentas extrapresupuestarias, mientras no se haya efectuado el pago a través de la tesorería. Con saldo deudor, se incluyen 67.982 miles de euros, correspondiente a la parte del Fondo de Liquidez Autonómico (FLA, del que ya se ha reconocido la totalidad de la deuda en el epígrafe de deudas con entidades de crédito a largo plazo), pendiente de ser aplicado, durante el ejercicio 2013, al pago de deudas por intereses y de proveedores de la CAIB.
Incidencias
De acuerdo con la información remitida por la Abogacía de la CAIB, existe riesgo por litigios pendientes de sentencia firme, en concepto de responsabilidad patrimonial y de otros, por un importe de 429.116 miles de euros. Los importes a los que deberá hacer frente la CAIB en el futuro, a consecuencia de estos litigios, son de difícil cuantificación objetiva, ya que dependen del resultado de las sentencias, y pueden resultar significativos para la Comunidad Autónoma.
La Comunidad Autónoma tiene registrados en los epígrafes “C.II.1. Deudas con entidades de crédito" a largo plazo y “D.II.1. Préstamos y otras deudas" a corto plazo el importe de 239.933 miles de euros por la deuda a devolver al Estado por las liquidaciones del sistema de financiación de la CAIB de los ejercicios 2008 y 2009, que debe devolverse en los cinco ejercicios siguientes (10 ejercicios a partir de 2012). Visto que este importe no es una deuda con entidades de crédito, se debería haber registrado en los epígrafes “C.II.2. Otras deudas" a largo plazo (171.847 miles de euros) y “D.III.5. Otras deudas" a corto plazo (68.086 miles de euros).
La cuenta “41900309. Fondo de Liquidez Autonómico", registrado en el epígrafe “D.III.2. Acreedores no presupuestarios" del pasivo del balance de situación, presenta a 31 de diciembre de 2012 un saldo deudor de 67.982 miles de euros y, por tanto, debería figurar registrado en el epígrafe “C.II.2. Deudores no presupuestarios" del activo del balance de situación.
La Comunidad Autónoma no refleja en el pasivo del balance de situación deudas con sus empresas públicas, por un importe de 724.386 miles de euros, que éstas reconocen en su activo como derechos de cobro respecto de la CAIB (697.650 miles de euros corresponden a compromisos que la CAIB tiene formalizados mediante expedientes de gasto plurianual).
La CAIB debe afrontar el pago de una parte del endeudamiento por gastos y obras ejecutadas de diversos consorcios, que en su mayoría han sido integrados, a fecha 31 de octubre de 2012, en el Consorcio de Infraestructuras de las Islas Baleares. Este nuevo Consorcio no ha rendido las cuentas a 31 de diciembre. Según los estados financieros intermedios, a 31 de octubre de 2012, y los informes de auditoría de los consorcios integrados, existen expedientes plurianuales de subvenciones no reconocidas en el activo del balance de los consorcios, ni en la mayoría de casos, informados en las notas explicativas de las cuentas remitidas. El importe de estos expedientes plurianuales que corresponde a la CAIB, no se puede determinar con la información disponible, aunque el endeudamiento total de los consorcios, a 31 de octubre de 2012, asciende a 112.395 miles de euros. La CAIB debe afrontar una parte de esta deuda, aunque la deuda que le corresponde no está reconocida en sus cuentas a 31 de diciembre de 2012.
De la circularización realizada en el área acreedores a corto plazo, no se ha recibido confirmación de saldos de 13 de los 54 acreedores circularizados, por un importe total de 16.128 miles de euros que representa el 21,89 % del saldo circularizado; y tampoco se ha podido verificar la razonabilidad de los mencionados saldos mediante la aplicación de otros procedimientos alternativos. Asímismo, de las confirmaciones recibidas, las 6 siguientes no han podido ser conciliadas.
CAIB 2012: DETALLE DE ACREEDORES NO CONCILIADOS (MILES DE EUROS) |
||||||
---|---|---|---|---|---|---|
NIF ACREEDOR |
NOMBRE DEL ACREEDOR |
SALDO CAIB |
SALDO ACREEDOR |
DIFE-RENCIA |
||
G07065709 |
AMADIP. ESMENT FUNDACIÓN |
2.676 |
4.205 |
-1.529 |
||
A81848077 |
ENDESA ENERGÍA, SA |
1.308 |
952 |
355 |
||
G07071921 |
ASOC. DE PADRES DE PERSONAS CON DISC. |
880 |
1.009 |
-129 |
||
G07255953 |
FUNDACIÓN DEIXALLES PALMA |
741 |
1.215 |
-474 |
||
A07000029 |
EMAYA, EMPRESA MUNICIPAL D'AIGÜES I CLAV. (1) |
|
|
|
||
B07060254 |
COL·LEGI PIUS XII SR (2) |
|
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||
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TOTAL |
5.605 |
7.381 |
-1.777 |
||
(1) La conciliación con EMAYA incluye diferentes conceptos (consumo, canon de saneamiento y EDAR) que no se pueden analizar de manera comparativa con la documentación disponible. (2) El ejercicio contable de este acreedor es de septiembre a agosto, lo que dificulta la comparabilidad de los datos. |
Asimismo, de las confirmaciones recibidas que han sido conciliadas se desprende que existen facturas, por un importe de 8.744 miles de euros, no registradas por la CAIB a 31 de diciembre de 2012.
En los acreedores del ejercicio 2012 del pasivo del balance de situación, se incluyen 7.232 miles de euros en concepto de obligaciones derivadas de gastos efectivamente realizados, y de bienes y servicios efectivamente recibidos durante el ejercicio. En cuanto a estos acreedores (registrados con abono en la cuenta "409. Acreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto"), no se ha reconocido la obligación correspondiente.
De acuerdo con los principios contables públicos, el reconocimiento del derecho debe realizarse cuando se produzca el incremento del activo. No obstante, en la cuenta "55400105. IPA ingresos directos" figuran registrados 22.380 miles de euros derivados de diversas transferencias recibidas y no aplicadas al presupuesto, con el objeto de generar crédito en el siguiente ejercicio.
RECOMENDACIONES
Desarrollar el contenido de la memoria a incluir en las cuentas anuales, para que ayude a mostrar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, del resultado económico-patrimonial y de la ejecución del presupuesto de la entidad.
Reflejar adecuadamente en el activo no financiero los bienes del inmovilizado material e inmaterial de acuerdo con su naturaleza.
Establecer el tratamiento definitivo que se tiene que dar a los anticipos otorgados a los consejos insulares a fin de imputarlos al resultado del ejercicio o al remanente de tesorería de la Administración de la CAIB.
Reflejar en el pasivo exigible tanto las deudas que la CAIB tiene con sus empresas públicas, y que éstas tienen en su activo, como la totalidad de las obligaciones de pago adquiridas para ejercicios futuros.
Realizar un estudio objetivo, de la provisión para riesgos y gastos adicional que habría que dotar para reflejar fehacientemente la situación de responsabilidad patrimonial actual de la Comunidad Autónoma.
Realizar las anotaciones contables pertinentes para corregir las incidencias expuestas en los diferentes apartados del Informe y procurar su detección y subsanación en ejercicios posteriores.
Desglosar el importe de la deuda a devolver al Estado como resultado de las liquidaciones del sistema de financiación de la CAIB de los ejercicios 2008 y 2009 y el importe de las deudas con entidades de crédito.
6.RESULTADOS DEL EJERCICIO Y ESTADO DE ORIGEN Y APLICACIÓN DE FONDOS
A. RESULTADO PRESUPUESTARIO Y REMANENTE DE TESORERÍA
El resultado presupuestario presentado en la Cuenta General del ejercicio 2012 es negativo en 19.366 miles de euros, mientras que en el 2011 también fue negativo por un importe de 526.615 miles de euros.
La CAIB ha incluido en la Cuenta General el cálculo del remanente de tesorería ajustado, que es negativo por un importe de 1.274.155 miles de euros.
Incidencias
El remanente de tesorería está condicionado, como mínimo, por el tratamiento dado a los anticipos concedidos a los consejos insulares a cuenta del Fondo Interinsular de Financiación de Servicios (o del fondo que, en su caso, lo pueda sustituir, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley que regula el nuevo sistema de financiación) por un importe de 121.000 miles de euros. Si se hubieran imputado los anticipos a los consejos insulares al presupuesto de gastos, el remanente de tesorería ajustado pasaría a ser negativo por un importe de 1.395.155 miles de euros.
Para el cálculo del resultado presupuestario, la Administración de la CAIB no realiza ningún ajuste en cuanto a gastos financiados con remanente de tesorería, ni a desviaciones de financiación, positivas o negativas, en cuanto a gastos con financiación afectada.
La financiación afectada no es objeto de seguimiento por la Administración de la CAIB, por lo que no se puede determinar cuál es el remanente de tesorería afectado a la cobertura de gastos concretos, ni tampoco cuál es el remanente incondicionado de libre disposición. La memoria de la Cuenta General de 2012, no contiene ningún epígrafe con la información requerida sobre los gastos con financiación afectada.
B. RESULTADO ECONÓMICO-PATRIMONIAL
El resultado económico-patrimonial del ejercicio 2012 es negativo en 1.986.234 miles de euros, ya que entre otros se han reconocido gastos extraordinarios por un importe de 866.481 miles de euros.
Se han conciliado los resultados presupuestario y económico-patrimonial de la cuenta de la Administración General de la CAIB.
C. ESTADO DE ORIGEN Y APLICACIÓN DE FONDOS
El estado de origen y aplicación de fondos de la Cuenta General de la CAIB del ejercicio 2012 figura reproducida en el tomo de anexos del Informe.
Incidencias
El estado de origen y aplicación de fondos de la Cuenta General de la CAIB presenta un descuadre de 598.415 miles de euros en los recursos procedentes de las operaciones, así como un desplazamiento del desglose correspondiente a ventas y otras bajas del inmovilizado.
RECOMENDACIONES
Acompasar, a lo largo de los sucesivos ejercicios, la ejecución de los gastos a la efectiva realización de las previsiones incluidas en los presupuestos de ingresos.
Reflejar convenientemente los ingresos y los gastos con financiación afectada, así como su ejecución, para determinar con exactitud el resultado del ejercicio y la parte afectada del remanente.
Realizar las anotaciones contables pertinentes para corregir las incidencias expuestas en los diferentes apartados del Informe y procurar su detección y subsanación en ejercicios posteriores.
Dar un tratamiento presupuestario a los anticipos concedidos a los consejos insulares hasta que no se regule el nuevo sistema de financiación.
Analizar la probabilidad de recaudar los derechos reconocidos por el déficit de financiación histórico de las competencias transferidas en materia de sanidad y de educación y, en su caso, proceder a su anulación.
7. ENTIDADES DEPENDIENTES DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA CAIB
A. CONSIDERACIONES GENERALES
A partir de los datos remitidos por las entidades dependientes se describen los aspectos mas significativos con relación a dichas entidades formadas por 14 entidades públicas empresariales, 8 sociedades mercantiles, 13 fundaciones y 20 consorcios dependientes.
En el Informe se analizan las variaciones sufridas por dichas entidades con respecto al 2011, poniendo de manifiesto las disoluciones, extinciones, integraciones y nuevas entidades creadas, así como otras situaciones que se han producido en el ejercicio 2012 y que se ha considerado oportuno mencionar. Hay que señalar que el cambio de criterio de la SCIB, en cuanto a la clasificación de las entidades del sector público instrumental, puede afectar a la comparabilidad de la información relativa a los ejercicios 2011 i 2012.
Por otro lado, y por tipo de entidad, se han resumido las principales observaciones y salvedades contenidas en los informes de auditoría elaborados por auditores externos, que no han sido objeto de revisión por la SCIB.
B. DERECHOS DE COBRO RESPECTO DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA CAIB
Se ha analizado la evolución de la deuda no reconocida por la CAIB con sus entidades dependientes, desde 2006 a 2012, siendo en el 2012 de 724.383 miles de euros (697.650 miles de euros en concepto de compromisos de gasto futuros, de acuerdo con el importe que figura en el activo de las entidades; más 26.733 miles de euros en concepto de deuda no registrada por la CAIB).
Estos derechos tienen orígenes diversos: transferencias del ejercicio corriente que, a 31 de diciembre, quedaron pendientes de pago, facturación por servicios que prestan las entidades a la CAIB, etc., aunque los importes más significativos provienen de convenios de colaboración por los que la CAIB se compromete a asumir, en un futuro, pagos que debe afrontar la entidad.
Incidencias
Las cuentas anuales de las siguientes entidades han sido remitidas a la SCIB, aunque no se han incorporado a la Cuenta General de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares: Consorcio para la Música de las Islas Baleares "Orquesta Sinfónica de las Islas Baleares Ciudad de Palma", Consorcio Parque de las Estaciones, Consorcio Velódromo Palma Arena, y Consorcio para la Mejora de las Infraestructuras Turísticas y el Fomento de la Desestacionalización de la Oferta Turística de la Isla de Mallorca (Consorcio Bolsa de Alojamientos Turísticos).
De los 724.386 miles de euros de deudas no reconocidas por la CAIB en el pasivo del balance de situación, 697.650 miles de euros corresponden a derechos de cobro por subvenciones de carácter plurianual que las entidades tienen reconocidos en su activo y que la CAIB tiene formalizadas mediante expedientes de gasto plurianual.
Además, en la relación de expedientes plurianuales que figura en la Cuenta General no constan, como mínimo, los compromisos atendidos por la Agencia de Turismo de las Islas Baleares, en calidad de organismo pagador de las ayudas establecidas en el Plan de Desestacionalización Turística, por un importe de 5.627 miles de euros.
La CAIB debe hacer frente al pago de parte del endeudamiento por gastos y obras ejecutadas con diversos consorcios, la mayoría de los cuales han sido integrados, a fecha 31 de octubre de 2012, en el Consorcio de Infraestructuras de las Islas Baleares. Este nuevo Consorcio no ha rendido las cuentas a 31 de diciembre. Según los estados financieros intermedios, a 31 de octubre de 2012, y los informes de auditoría de los consorcios integrados, existen expedientes plurianuales de subvenciones no reconocidas en el activo del balance de los consorcios ni, en la mayoría de casos, informados en las notas explicativas de las cuentas remitidas. El importe de estos expedientes plurianuales que corresponde a la CAIB no se puede determinar con la información disponible, aunque el endeudamiento total de los consorcios, a 31 de octubre de 2012, asciende a 112.395 miles de euros. La CAIB debe hacer frente a una parte de este endeudamiento, aunque la deuda que le corresponde no está reconocida en sus cuentas a 31 de diciembre de 2012.
C. ENDEUDAMIENTO
La deuda viva de las entidades dependientes, a 31 de diciembre de 2012, es de 1.500.629 miles de euros, lo que supone un descenso total del endeudamiento con respecto al 2011 del 7,2 %.
Las variaciones más significativas se han producido en Servicios Ferroviarios de Mallorca (SFM), con un descenso de 36.688 miles de euros, en la Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental (ABAQUA), con un descenso de 18.338 miles de euros, Televisión de las Islas Baleares, SA (TVIB, SA), con un descenso de 11.512 miles de euros, Agencia de Turismo de las Islas Baleares (ATB), con un descenso de 8.952 miles de euros y Puertos de las Islas Baleares, con un descenso de 8.497 miles de euros. Cabe remarcar que no se dispone de datos del Consorcio de Infraestructuras de las Islas Baleares que aglutina la deuda de los consorcios integrados de infraestructuras, ya que no ha rendido sus cuentas anuales al cierre del ejercicio 2012.
D. APORTACIONES RECIBIDAS DE LA CAIB
El importe de las aportaciones recibidas de la CAIB por las entidades dependientes es de 466 millones de euros en el año 2012, mientras que en el 2011 fue de 348 millones de euros.
De este importe un total de 168.192 miles de euros corresponde a las aportaciones para el mecanismo extraordinario de pago a proveedores.
Las variaciones más significativas se producen en Servicios Ferroviarios de Mallorca (SMF), con 91.838 miles de euros, en la Televisión de las Islas Baleares, SA (TVIB, SA), con 33.764 miles de euros y en la Agencia de Turismo de las Islas Baleares (ATB), con -21.300 miles de euros.
E. REVISIÓN LIMITADA DE ENTIDADES DEPENDIENTES NO SUJETAS A AUDITORÍA EXTERNA
Se ha realizado un análisis de las entidades dependientes que no han rendido el informe de auditoría externa de las cuentas anuales a 31 de diciembre de 2012, consistente en realizar una revisión limitada de determinados aspectos de las entidades que, a 31 de diciembre de 2011, cumplían algunos de los requisitos señalados en el apartado I.3.B.b del Informe, que son los siguientes: Consorcio de Infraestructuras de las Islas Baleares, Consorcio Plan Mirall Ciutadella, Consorcio Plan D-Llucmajor, Consorcio Formentera Desarrollo , COFIU, Consorcio de Aguas de las Islas Baleares.
Las cinco primeras, no han rendido las cuentas anuales. Así, la revisión limitada se circunscribe a la entidad Consorcio de Aguas de las Islas Baleares.
Incidencias
No se ha podido realizar la revisión limitada de entidades prevista a 5 de las 6 entidades que cumplían con alguno de los requisitos exigidos, debido a que no han rendido las cuentas anuales.
No se ha podido obtener evidencia de los saldos bancarios de las cuentas de la Caixa de Balears, Sa Nostra.
A fecha del cierre del ejercicio 2012, existen unos importes pendientes de amortizar en plazo por importe de 74 miles de euros, 42 miles de euros, 150 miles de euros y 37 miles de euros, correspondientes al Consorcio de Aguas de Algaida, al Consorcio de Aguas de Ciutadella, al Consorcio de Aguas de Es Mercadal y al Consorcio de Aguas de Santa Maria del Camí, respectivamente. La SCIB ha analizado la evolución de estos saldos y, a fecha de finalización del trabajo de fiscalización, ya están regularizados.
RECOMENDACIONES
Continuar con la reducción de la estructura y la composición del sector público autonómico y velar por su adaptación para satisfacer las necesidades públicas, bajo los principios de eficacia, eficiencia y economía, tal y como está previsto en la Ley 7/2010, de 21 de julio, del Sector Público Instrumental de las Islas Baleares.
Realizar anualmente las aportaciones necesarias para garantizar la continuidad en la prestación de servicios y/o el mantenimiento de la actividad de las entidades dependientes, y para evitar que se encuentren en situaciones de desequilibrio patrimonial.
Obtener tesorería suficiente para hacer frente a los pagos a corto plazo y adaptar el calendario de vencimientos a lo dispuesto en la Ley 15/2010, de 5 de junio, que modifica la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
Elaborar un plan de amortización del endeudamiento que permita su reducción progresiva en ejercicios futuros.
Realizar conciliaciones periódicas de los saldos y los movimientos entre la CAIB y las entidades dependientes.
Velar por el cumplimiento estricto de las disposiciones legales en materia presupuestaria aplicables a las entidades dependientes de la CAIB. Revisar los criterios de imputación de ingresos y gastos devengados en la liquidación del presupuesto administrativo de las entidades dependientes de la CAIB.
Adoptar las medidas oportunas para que las cuentas anuales de aquellas empresas, consorcios y fundaciones en las que, siendo mayoritaria la participación pública, dentro de ésta la participación de la CAIB es la más importante, se rindan en plazo a la SCIB a través del órgano de control interno y estén sometidas a auditoría financiera y de cumplimiento.
Modificar la normativa pertinente para que toda la actividad económico-financiera del sector público autonómico se presente de manera consolidada.
IV. SERVICIO DE SALUD DE LAS ISLAS BALEARES (IBSALUT)
1. OPINIÓN FINANCIERA Y DE LEGALIDAD
Alcance
1. La Sindicatura de Cuentas de las Islas Baleares ha fiscalizado las cuentas anuales, a 31 de diciembre de 2012, del Servicio de Salud de las Islas Baleares, que comprenden: el estado de liquidación del presupuesto y el resultado presupuestario, el balance, la cuenta del resultado económico-patrimonial y la memoria correspondientes al ejercicio anual finalizado en la mencionada fecha, cuya formulación corresponde al Consejo de Dirección del Servicio de Salud y su aprobación al Consejo de Gobierno de las Islas Baleares, que se ha producido el 2 de agosto de 2013. Salvo por las limitaciones mencionadas en los párrafos 2 a 11 siguientes, el trabajo de fiscalización se ha efectuado de acuerdo con los objetivos y el alcance que se mencionan en el apartado I.3 de este Informe.
Limitaciones al alcance
2. La falta de control interno, el incumplimiento de las normas de contratación pública, del Reglamento que regula las obligaciones de facturación, y del TRLF, así como la falta de tramitación de los correspondientes expedientes administrativos de gasto expuestos en los informes de control financiero posterior realizados por la Intervención General de la CAIB, en cuanto a la Gerencia del Área de Salud de Menorca y a la Gerencia del Sector Sanitario Poniente, no permiten llevar a cabo las pruebas de auditoría pertinentes para comprobar la corrección de las cuentas rendidas, ya que los riesgos detectados exigen revisar el 100 % de las operaciones de gasto efectuadas.
3. Como consecuencia de la auditoría de sistemas de información de los gastos de personal, se ha puesto de manifiesto que el marco de control interno del proceso de gestión de la nómina del personal del IBSALUT no permite aportar un nivel de confianza razonable respecto de los procedimientos de gestión correspondientes al gasto de personal.
4. El IBSALUT no contabiliza los derechos de uso derivados de los bienes inmuebles recibidos en adscripción de la Tesorería General de la Seguridad Social y de otras entidades de la Administración Local. La titularidad corresponde a la Tesorería General de la Seguridad Social mientras que la Comunidad Autónoma disfruta del uso de los bienes inmuebles. La normativa contable aplicable al IBSALUT exige la valoración y la contabilización de los derechos de uso derivados de posibles adscripciones.
5. De acuerdo con la Orden EHA/3362/2010, de 23 de diciembre, por la que se aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las empresas concesionarias de infraestructuras públicas, el activo debe ser contabilizado por el sujeto que dispone de su control, con independencia de la propiedad. El IBSALUT controla, en este sentido, los activos derivados de los contratos de concesión de obra pública del Hospital Son Espases, del Hospital de Can Misses y dos centros de salud, y de diez centros de atención primaria y, por lo tanto, el coste de las infraestructuras debería figurar en el activo del balance de situación y su financiación debería figurar en el pasivo. La SCIB no dispone de los datos necesarios para la cuantificación del coste del activo y de la financiación que debería registrar.
6. De la circularización realizada en el área deudores a corto plazo, no se ha recibido confirmación de saldos de 15 de los 24 deudores circularizados, por un importe total de 4.293 miles de euros, que representa el 51,49 % del saldo circularizado. Tampoco se ha podido verificar la razonabilidad de los saldos mencionados mediante la aplicación de otros procedimientos alternativos.
7. De la circularización realizada en el área acreedores a corto plazo, no se ha recibido confirmación de saldos de 16 de los 50 acreedores circularizados, por un importe total de 45.664 miles de euros que representa el 22,3 % del saldo circularizado, y no se ha podido verificar la razonabilidad de los saldos mencionados mediante la aplicación de otros procedimientos alternativos.
8. De acuerdo con la memoria que se adjunta a la cuenta anual del IBSALUT, existen pasivos contingentes, como litigios y demandas interpuestas por terceros, de difícil cuantificación objetiva, aunque los importes pueden resultar significativos para la entidad. A pesar de la información aportada por la Abogacía de la CAIB, no se ha podido obtener evidencia suficiente y adecuada relativa al impacto total que los litigios y las reclamaciones existentes puedan tener en la Cuenta General a 31 de diciembre de 2012.
9. La relación de facturas financiadas con el mecanismo extraordinario de pago a proveedores remitidas al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas no especifica correctamente el estado de contabilización de la factura; es decir, si la factura se encuentra contabilizada y aplicada al presupuesto, contabilizada y no aplicada al presupuesto, o bien no contabilizada con anterioridad. En consecuencia, no se han podido conciliar debidamente las facturas remitidas con las obligaciones imputadas a presupuesto pendientes de pago a 31 de diciembre de 2011, ni las facturas que se encuentran sin imputación presupuestaria en esta fecha.
10. La SCIB no ha podido comprobar la razonabilidad del importe de las existencias iniciales, y no se puede pronunciar en cuanto a la variación de existencias contabilizada por el IBSALUT en la cuenta de resultados.
11. El balance de situación del Servicio de Salud de las Islas Baleares presenta un déficit de capital circulante de 140.393 miles de euros; así, la actividad futura está condicionada a la obtención de los recursos financieros necesarios.
Salvedades con efecto presupuestario
12. El resultado del ejercicio y, por tanto, el remanente de tesorería, deben ser objeto de corrección, como mínimo, por un importe de 17.999 miles de euros, por las obligaciones de gasto no imputadas al presupuesto recogidas en la memoria que se adjunta a la cuenta anual, y por un importe de 13.475 miles de euros, por las facturas pendientes de compensar con GESMA y la Fundación Banco de Sangre y Tejidos de las Islas Baleares.
Opinión
13. Debido al efecto muy significativo de las limitaciones al alcance de la auditoría realizada, descritas en los párrafos 2 a 11 anteriores, la SCIB no puede expresar una opinión sobre las cuentas anuales del Servicio de Salud de las Islas Baleares correspondientes al ejercicio 2012.
2. PRESUPUESTO INICIAL Y MODIFICACIONES
El presupuesto inicial del IBSALUT, para el ejercicio 2012, asciende a 1.187.537 miles de euros, lo que supone un incremento del 3,27 % sobre los créditos iniciales del 2011.
Se han tramitado 113 expedientes de modificación de crédito que han incrementado las consignaciones iniciales en 487.221 miles de euros (un 41,02 %), lo que ha dado como resultado un crédito definitivo de 1.674.759 miles de euros.
Cabe datacar una generación de crédito, por un importe de 468.480 miles de euros, financiada con un incremento de los ingresos procedentes de la CAIB, como consecuencia de la aprobación del crédito extraordinario de la Ley 10/2012. Este importe incluye 327.492 miles de euros de obligaciones pendientes de imputar al presupuesto, que se reflejaba en la Cuenta General del Servicio de Salud de 2011 (327.182 miles de euros de los capítulos 2 y 4, y 310 miles de euros del capítulo 6; el resto, 140.988 miles de euros, para las fundaciones hospitalarias.
La financiación de las modificaciones de crédito proviene básicamente de las aportaciones públicas de la CAIB.
Se han analizado 11 expedientes de modificación de crédito, por un valor absoluto de 678 miles de euros, lo que supone un grado de cobertura del 93,02 %.
Incidencias
El IBSALUT no ha firmado los contratos programa con sus gerencias, sin que se haya instrumentalizado otro tipo de mecanismo de control de gestión del gasto.
Los expedientes de transferencia de crédito núm. 6000136352 y núm. 6000135594 por importes de 10.156 miles de euros y 16.746 miles de euros, respectivamente, no cuentan con la memoria justificativa prevista en el artículo 11.b.3 del Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de desarrollo de determinados aspectos de la Ley de Finanzas y de las Leyes de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
El expediente de transferencia de crédito núm. 60091162, por un importe de 21.468 miles de euros, está aprobado por el Secretario General, mientras que la competencia para aprobar las rectificaciones de crédito y las transferencias de crédito en un mismo centro gestor, corresponde al Director General del IBSALUT, como estipula el artículo núm. 8.2 de la Ley 9/2011, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2012.
En el expediente de transferencia de crédito núm. 6000162758, por un importe de 504 miles de euros, se han detectado los siguientes incumplimientos:
Los expedientes de generación de crédito núm. 6000012619, 6000134853 y 6000134854, por un importe de 101, 2.698 y 590 miles de euros, respectivamente, son negativos. Se deberían haber tramitado como rectificación de crédito.
RECOMENDACIONES
Subscribir los contratos programa correspondientes a cada ejercicio de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias reales y ajustar los créditos iniciales a estas necesidades reales de gastos.
Establecer un régimen de control interno, por parte de la Intervención General, de la gestión económico-financiera en el ámbito del IBSALUT similar al que está vigente para la Administración General de la CAIB.
3. EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO
A. EJECUCIÓN DE INGRESOS
Sobre unas previsiones definitivas de 1.674.759 miles de euros, se han reconocido derechos por un total de 1.767.154 miles de euros, lo que supone un grado de ejecución del 105,52 %, sensiblemente superior del porcentaje del ejercicio anterior del 79,30 %.
La recaudación líquida ha sido de 1.496.765 miles de euros, lo que supone un 84,69 % de los derechos reconocidos, porcentaje inferior al del ejercicio 2011, que fue del 95,09 %.
Incidencias
Se ha transferido, de la CAIB al IBSALUT, el importe de 8.736 miles de euros para el Fondo Programa de Ahorro en Incapacidad Temporal. Este fondo tiene carácter finalista y no consta como tal en la liquidación del presupuesto.
B. EJECUCIÓN DE GASTOS
Sobre unas previsiones definitivas de 1.674.759 miles de euros, se han reconocido obligaciones por un total de 1.673.954 miles de euros, lo que supone un grado de ejecución del 99,95 %, similar a los de ejercicios precedentes.
El total de obligaciones reconocidas ha aumentado en 525.658 miles de euros. El mecanismo extraordinario de pago a proveedores ha supuesto un incremento de los créditos disponibles y del reconocimiento de obligaciones por un importe de 468.480 miles de euros.
Los gastos de personal se han reducido en un 8,88 % respecto del ejercicio anterior.
Se ha producido un incremento en el capítulo 2, “Gastos corrientes” considerable, por un importe de 346.111 miles de euros, un 75,07 %, respecto del ejercicio anterior, que responde al efecto del mecanismo extraordinario de pago a proveedores.
En el capítulo 4 “Transferencias corrientes”, el incremento de 213.390 miles de euros (un 109,78 %) también está motivado por el efecto del mecanismo extraordinario de pago a proveedores: por un lado, por la transferencia extraordinaria extraordinaria al Hospital Comarcal de Inca, a las fundaciones hospitalarias de Son Llàtzer y Manacor y a GESMA, por un importe conjunto de 140.988 miles de euros (por el abono de las facturas del mecanismo); y por el otro, la imputación a presupuesto y pago de recetas médicas (concepto presupuestario 489) de ejercicios anteriores, por un importe de 71.774 miles de euros.
Incidencias
Las incidencias detectadas en la auditoría de sistemas de información de los gastos del capítulo 1 del Servicio de Salud, denotan una falta de control en los procedimientos, manifestada en los siguientes puntos:
-No implementa validaciones en la entrada/modificación de datos, lo que aumenta el riesgo de errores que afectan a la integridad de los datos.
- No implementa mecanismos de segregación de funciones en la introducción de cambios sobre la plantilla autorizada.
- No aporta trazabilidad sobre los cambios introducidos.
- No se dispone de una proyección mensual del gasto de personal, información que permita realizar un seguimiento de la ejecución presupuestaria para identificar, con la suficiente antelación, posibles desviaciones en la ejecución del presupuesto de gasto de personal.
Durante el ejercicio 2013, la Dirección de Gestión y Presupuestos del IBSALUT, ha tomado la iniciativa de solicitar con periodicidad mensual, las plantillas de todas las gerencias para llevar a cabo el seguimiento. Cabe destacar que todas las gerencias han aportado esta documentación, a excepción de la Gerencia de Atención Primaria de Mallorca.
- Se han identificado cálculos manuales, que se realizan de manera externa a la aplicación de gestión de nóminas. Entre estos, figuran los siguientes:
- La aplicación de gestión de nóminas no calcula de forma automática los días trabajados. Por defecto, los días calculados para cada perceptor son 30 días, y el Departamento de Nóminas debe introducir manualmente los días trabajados para aquellos perceptores que no completan un mes de trabajo.
- En el Hospital de Son Espases, se han identificado 7.438 reajustes, correspondientes a cargos y abonos de nómina durante el ejercicio 2012, que suponen un importe total de 3.505 miles de euros.
- En la Gerencia de Atención Primaria de Mallorca no ha sido posible cuantificar el volumen de reajustes, debido a que éstos no se realizan mediante conceptos retributivos específicos de reajuste. Los descuentos de bajas por IT se calculan y se introducen en nómina de manera manual como un subconjunto de los reajustes anteriores. De acuerdo con la revisión realizada, el Departamento de Nóminas lleva el control de los descuentos aplicados mediante una hoja de cálculo.
- La introducción de los descuentos en nómina debido a las bajas por IT se debe a un cambio normativo durante el ejercicio 2012. Dado que el IBSALUT se encuentra en un proceso de migración de sus sistemas de información al SAP, no ha introducido el cambio en la aplicación de gestión de nóminas para su realización de forma automática.
La subsanación de los aspectos identificados anteriormente disminuiría significativamente la gestión de reintegros por pagos indebidos en nómina, proceso que actualmente se gestiona de forma manual.
- Existe una ausencia de conexiones automáticas entre las diferentes aplicaciones de gestión, que facilita la aparición de errores de integridad y coherencia entre la información de las diferentes aplicaciones.
Cabe destacar que la Gerencia de Atención Primaria de Mallorca no dispone de una aplicación de gestión de turnos, de manera que la gestión de guardias, noches y festivos se realiza mediante hojas de cuadrantes en papel. Este hecho supone una entrada de datos manual, en la aplicación de cálculo de la nómina, de unos 1.500 documentos cada año en formato papel.
-Del análisis del número máximo de guardias realizadas por el personal del IBSALUT, se desprende:
Centros gestores |
Perceptores |
---|---|
Hospital Son Espases |
363 |
Atención Primaria Mallorca |
20 |
Área Salud de Menorca |
84 |
Área Salud de Eivissa |
100 |
Servicios Centrales |
0 |
061 |
0 |
Hospital de Formentera |
12 |
TOTAL |
579 |
No obstante, se debe tener en cuenta que existe una limitación en el análisis realizado, ya que existe la posibilidad de que el exceso de guardias identificado en un mes concreto sea consecuencia del pago de atrasos de guardias de meses anteriores, que se abonan en un solo mes.
A pesar de que el Servicio de Salud ha generado crédito para atender a todas las obligaciones pendientes de imputar al presupuesto en la memoria se informa de la existencia de 15.743 miles de euros de obligaciones devengadas en el ejercicio no imputadas al presupuesto por falta de crédito, así como otros 2.256 miles de euros en gasto pendiente de ejercicios anteriores tampoco imputados al presupuesto.
Con respecto a la fiscalización de la gestión de los pagos financiados mediante el mecanismo extraordinario de pago a proveedores, se han detectado las siguientes incidencias:
A 30 enero de 2014, de la cantidad anterior (1.912 miles de euros) falta el reintegro de pagos, por importe de 1.567 miles de euros, aunque se ha iniciado el procedimiento para compensar 1.162 miles de euros con facturas pendientes de pago con los mismos proveedores; y se han reclamado otros 167 miles de euros en vía ejecutiva.
Los informes de control financiero posterior, efectuados por la Intervención General de la CAIB, ponen de manifiesto diversas incidencias que afectan a las diferentes áreas del IBSALUT. Las incidencias más destacadas son las que se transcriben a continuación:
A. Control financiero 9/2013 de seguimiento del Plan de Control Financiero 23/2012 de revisión del gasto farmacéutico por recetas médicas del Servicio de Salud de las Islas Baleares.
- Ha quedado sin imputar presupuestariamente al ejercicio 2012 la cantidad de 1.132 miles de euros correspondiente a los reintegros por exceso de aportaciones de los usuarios del gasto generado por oficinas de farmacia, como consecuencia de un retraso en la puesta en marcha del mecanismo y el cálculo y la gestión de las devoluciones. La imputación presupuestaria se ha producido en el año 2013.
B. Control financiero 27/2012, de revisión del presupuesto de gastos de la Gerencia del Área de Salud de Menorca. Capítulos 2 y 6. Análisis de sistemas y procedimientos.
- Los reiterados cambios en el modelo organizativo han afectado negativamente a la acción gestora del ente, especialmente a los procesos de centralización de compras y homogeneización del catálogo para lograr una racionalización y reducción de costes.
- La Gerencia gestiona los capítulos 2 y 6 de gasto incumpliendo de manera reiterada y sistemática las normas de contratación pública definidas en el TRLCSP, realizando adquisiciones directas en casi el 89 % de los casos y, por lo tanto, sin que se hayan aplicado los principios que establece la ley para la utilización eficiente de los fondos públicos en la adquisición de bienes y servicios, la protección de la libre competencia y la selección de la oferta económicamente más ventajosa.
- En concreto, durante el ejercicio 2012 no se han tramitado los preceptivos expedientes de contratación para adquirir medicamentos, ni para la concertación de actividad asistencial con medios ajenos, ni para la adquisición de la mayor parte del material fungible y de cocina, ni para los servicios de limpieza y seguridad.
- La Gerencia no dispone de manuales internos de procedimientos u otros documentos en los que se sistematicen las tareas y los procesos que llevan a cabo las áreas que intervienen en la tramitación de gasto en bienes y servicios corrientes y en inversiones.
- Los pactos de consumo entre la Gerencia y los diferentes grupos funcionales del hospital, que suponen la limitación del consumo de recursos que cada unidad puede realizar, no constan formalizados por escrito y únicamente figuran en los datos introducidos en el SAP. Los pactos mencionados suponen los límites máximos de gasto que se podrá alcanzar y, por tanto, la planificación presupuestaria y de contratación se debería ajustar a lo previsto.
- El presupuesto de gasto de la entidad pierde su especialidad temporal y cuantitativa ya que el sistema de gestión económica y financiera permite registrar el gasto devengado sin realizar ninguna imputación presupuestaria en el caso de falta de crédito disponible, aunque la demora se prolongue más allá del ejercicio presupuestario.
C. Control financiero 27/2012, de revisión del presupuesto de gastos de la Gerencia del Área de Salud de Menorca. Capítulos 2 y 6. Pruebas sustantivas.
- La falta de cualquier control interno, que ni siquiera impide la tramitación de los documentos contables por un importe superior al gasto menor sin estar amparados en el correspondiente expediente administrativo, y el general y sistemático incumplimiento de las normas de contratación pública suponen limitaciones de tal magnitud que impiden (y al mismo tiempo hacen innecesario) emitir opinión sobre si las prácticas antes detalladas suponen o no un fraccionamiento del gasto para eludir la aplicación del TRLCSP.
- Las facturas o documentos equivalentes tramitados no se ajustan a lo previsto en el Real Decreto 1496/2003 y a los términos esenciales de los contratos correspondientes, y no han sido debidamente conformados por el órgano competente antes de su tramitación.
- En general, no se acredita la conformidad de las facturas de servicios y de adquisiciones sin control de inventario, lo que permite concluir que uno de los controles clave en el proceso de tramitación del gasto, la conformidad de las facturas y de las prestaciones recibidas no se está aplicando correctamente, por lo que existe riesgo financiero de tramitar gastos por un importe incorrecto o por prestaciones no satisfactorias.
D. Control financiero 28/2012, de revisión del presupuesto de gastos de la Gerencia del Sector Sanitario Poniente (H. Universitario Son Espases). Capítulos 2 y 6. Sistemas y procedimientos.
- Los reiterados cambios en el modelo organizativo han afectado negativamente a la acción gestora del ente, en especial a los procesos de centralización de compras y homogeneización del catálogo para conseguir una racionalización y reducción de costes.
- La Gerencia gestiona los capítulos 2 y 6 de gasto incumpliendo de manera reiterada y sistemática las normas de contratación pública definidas en el TRLCSP, realizando adquisiciones directas en casi el 90 % de los casos y, por tanto, sin que se hayan aplicado los principios que establece la ley para la utilización eficiente de los fondos públicos en la adquisición de bienes y servicios, la protección de la libre competencia y la selección de la oferta económicamente más ventajosa.
- En concreto, durante el ejercicio 2012 no se han tramitado los preceptivos expedientes de contratación para adquirir medicamentos, ni para la concertación de actividad asistencial con medios ajenos, ni para la adquisición de la mayor parte del material fungible, ni para el servicio de mantenimiento del equipamiento del servicio en electromedicina.
- Ni el presupuesto ni la contabilidad de la Gerencia del Área de Salud de Poniente recogen todo el gasto devengado en esta Área, ya que se ha imputado una parte significativa del mismo con cargo a los Servicios Centrales, sin que conste motivo o criterio alguno de dichas imputaciones diferenciadas.
- Las principales unidades implicadas en la gestión y el control del gasto en bienes corrientes e inversiones no disponen de manuales internos actualizados de organización y procedimientos, y se han constatado diferencias relevantes en los procedimientos aplicados según la entidad gestora o incluso el proveedor.
- Los pactos de consumo entre la Dirección del Hospital y los diferentes centros de coste de la Gerencia, que suponen la limitación del consumo de recursos que cada unidad puede realizar, no constan formalizados por escrito y únicamente figuran en los datos introducidos en el SAP. Los mencionados pactos suponen los límites máximos de gasto que se podrán alcanzar y, por lo tanto, la planificación presupuestaria y de contratación se debería ajustar a lo previsto.
- No se han tramitado expedientes de contratación para las derivaciones de los servicios de diagnóstico por imagen y hemodiálisis, ni constan definidos los criterios para seleccionar los centros a los que derivar a los pacientes.
E. Informe definitivo del control financiero 28/2012, de revisión del presupuesto de gastos de la Gerencia del Sector Sanitario Poniente (H. Universitario Son Espases). Capítulos 2 y 6. Pruebas sustantivas.
- La Gerencia del Sector Sanitario Poniente no ha tramitado los correspondientes expedientes administrativos para los gastos realizados de acuerdo con los requerimientos establecidos en la normativa de aplicación.
- La Gerencia ha tramitado la mayor parte de las facturas como gasto menor en lugar de tramitar los correspondientes expedientes de contrato mayor. Por lo tanto, se incumple sistemáticamente la normativa en materia de contratación pública, que señala que el sector público debe ajustarse a los principios de libertad de acceso a las licitaciones, publicidad, transparencia de los procedimientos, no discriminación e igualdad de trato entre los candidatos, y que establece que la formalización de los contratos requiere la tramitación previa del correspondiente expediente, así como la existencia de crédito adecuado y suficiente (art. 109 TRLCSP)
- La falta de cualquier control interno y el general incumplimiento de las normas de contratación pública, suponen limitaciones de tal magnitud que impiden emitir opinión sobre si las prácticas detalladas suponen o no un fraccionamiento del gasto para eludir la aplicación del TRLCSP.
- Las facturas o los documentos equivalentes no se ajustan a lo previsto en el Real Decreto 1496/2003 y a los términos esenciales de los contratos correspondientes, y no han sido debidamente conformados por el órgano competente antes de su tramitación.
- Las facturas imputadas presentan irregularidades con relación a los requisitos establecidos en el Reglamento que regula las operaciones de facturación, lo que permite concluir que no son formalmente y aritméticamente correctas, lo que puede generar contingencias fiscales para la Gerencia.
-Las facturas imputadas presentan deficiencias con relación a la conformidad, existe el riesgo financiero de tramitar gastos por un importe incorrecto o por prestaciones no satisfactorias.
- Se han detectado deficiencias con relación a la comprobación de las tarifas, período de vigencia y las prestaciones facturadas en los contratos, o bien la ausencia total de contratos, lo que permite concluir que no existen garantías de que las facturas tramitadas por la Gerencia acrediten adecuadamente la ejecución en los términos previstos en el contrato correspondiente.
- La Gerencia no ha contabilizado correctamente los documentos contables correspondientes al gasto o inversión analizada.
- Se ha constatado que, de una forma generalizada, la Gerencia no ha registrado los documentos contables que corresponderían si se hubiesen tramitado los preceptivos expedientes de gasto.
-Se han imputado facturas correspondientes a gastos de ejercicios anteriores sin cumplir los requisitos exigidos por el artículo 29 del Decreto 75/2004.
RECOMENDACIONES
Asegurar la existencia de financiación suficiente, a fin de evitar la existencia de obligaciones devengadas durante el ejercicio y no imputadas al presupuesto por falta de crédito, y acompasar la ejecución de gastos a los ingresos reales.
Confeccionar manuales de procedimientos para estandarizar y mejorar los mecanismos de control interno, especialmente por lo que se refiere a la gestión de los gastos de personal, y para definir claramente las funciones asignadas a los directivos y al personal de la entidad.
Revisar anualmente, y formalizar por escrito, los pactos de consumo, de manera que éstos constituyan la autorización de gasto máximo que cada centro de coste puede consumir, y reflejarlos en el estado de ejecución de gastos del presupuesto mediante una reserva de crédito.
Definir y sistematizar el circuito de gestión y control de la asistencia sanitaria concertada con medios ajenos, delimitando claramente las responsabilidades del personal encargado.
Definir e implantar un procedimiento de tramitación del gasto que permita un conocimiento y control integral del gasto.
Culminar la optimización del catálogo único de productos del SAP como herramienta para homogeneizar las compras y, al mismo tiempo, controlar el gasto, y la revisión de los niveles de stock como herramienta de optimización de los recursos.
Adoptar las medidas necesarias para garantizar que la contratación se ajusta a las previsiones legalmente establecidas, especialmente a la obligación de existencia de crédito adecuado y suficiente.
Adoptar las medidas de control interno para garantizar que las facturas que se tramiten se ajusten al Real Decreto 1496/2003, y que estén conformadas por el órgano competente.
Adoptar las medidas de control interno para garantizar la correcta contabilización de los documentos contables.
Adoptar las medidas necesarias para que tanto el presupuesto de gasto como la contabilidad recojan todo el gasto devengado.
4. ENDEUDAMIENTO Y GASTOS PLURIANUALES
A. ENDEUDAMIENTO
El endeudamiento vivo del Servicio de Salud de las Islas Baleares, al cierre del ejercicio 2012, es de 54.375 miles de euros, y corresponde a los préstamos concertados durante el ejercicio 2005. De este endeudamiento, un total de 1.875 miles de euros tiene vencimiento a corto plazo. Los gastos financieros del endeudamiento durante el ejercicio 2012 imputados al capítulo 3 del presupuesto de gastos son de 1.645 miles de euros.
Incidencias
La amortización del endeudamiento a largo plazo que consta en el cuadro de carga financiera incluida en la memoria de la Cuenta General incluye, a 31 de diciembre, cuotas de amortización por un importe total de 1.841 miles de euros, correspondientes a las entidades dependientes de GESMA y las fundaciones Hospital Son Llàtzer y Hospital de Manacor, a pesar de que la integración de estas entidades en el Servicio de Salud sea con efectos de 1 de enero de 2013.
B. GASTOS PLURIANUALES
El importe total de los compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros es de 2.165.805 miles de euros, lo que supone un incremento del 40,13 % respecto del ejercicio anterior.
Este incremento se explica, básicamente, por el efecto de contabilizar en el año 2012, por el valor en euros constantes de cada anualidad, los compromisos de gasto plurianual correspondientes al contrato de concesión de obra pública para la construcción y explotación del Hospital Universitario Son Espases.
Incidencias
A pesar de que la normativa que regula los documentos que integran la Cuenta General no exige expresamente la diferenciación, en el estado de compromisos de gasto plurianual no figura diferenciado el importe total de las altas correspondientes al gasto comprometido durante el ejercicio, lo que resulta imprescindible para conocer la evolución del saldo.
No consta documentación alguna con relación al expediente núm. 500201980, y la del expediente núm. 500196682 no está completa (el expediente ha sido modificado en diversas ocasiones y falta la toma en consideración de la segunda modificación).
La toma en consideración ante la Dirección General de Presupuestos y Financiación en los expedientes modificados núm. 500182096 y núm. 500196681, y en el expediente núm. 500182148, es posterior a 31 de diciembre de 2012. Además, no consta que el expediente núm. 500195607 se haya tramitado ante la Dirección General de Presupuestos y Financiación.
En los expedientes núm. 500196151, 500190012, 500195745 y 500195741, el importe de las anualidades que consta en la toma en consideración de la Dirección General de Presupuestos y Financiación es diferente del que consta en la Cuenta General.
Los expedientes núm. 500196151, 500195988, 500182148, 500190012, 500195634, 500195745, 500195741 y 500196035 figuran como modificaciones de expedientes de ejercicios anteriores, a pesar de tratarse de prórrogas. No consta ningún criterio que determine cuando un expediente de prórroga se tramita como un expediente nuevo y cuando no.
RECOMENDACIONES
Ampliar la información incluida en la Cuenta General, indicando el importe global del gasto plurianual reservado, autorizado y comprometido, según los datos de adjudicación, e informar de la situación de cada expediente.
Realizar las anotaciones contables pertinentes para reflejar en el balance de situación las obligaciones de pago derivadas de los gastos plurianuales de las que ya se ha producido el hecho económico que las ha originado.
5. BALANCE DE SITUACIÓN
A. ACTIVO
El Servicio de Salud de las Islas Baleares no dispone de un inventario completo, y debidamente valorado, de los bienes y derechos de los que es titular que constituya el apoyo de la contabilización del inmovilizado.
Los deudores presupuestarios (294.017 miles de euros) se desglosan en deudores del ejercicio corriente (287.389 miles de euros) y deudores de ejercicios cerrados (6.628 miles de euros).
Los deudores no presupuestarios (15.440 miles de euros) incluyen 13.477 miles de euros, derivados del mecanismo de pago a los proveedores de la Fundación Banco de Sangre y Tejidos de las Islas Baleares y de GESMA.
La cuenta general de tesorería presenta, a 31 de diciembre de 2012, un saldo total en metálico de 421 miles de euros, depositados en 10 cuentas bancarias debidamente conciliadas.
Incidencias
El IBSALUT no contabiliza los derechos de uso derivados de los bienes inmuebles recibidos en adscripción de la Tesorería General de la Seguridad Social y otras entidades de la Administración Local. La titularidad corresponde a la Tesorería General de la Seguridad Social mientras que la Comunidad Autónoma disfruta del uso de los bienes inmuebles, y la normativa contable aplicable al IBSALUT exige la valoración y la contabilización de los derechos de uso derivados de posibles adscripciones.
De acuerdo con la normativa contable, el activo debe contabilizarse por el sujeto que disponga de su control, con independencia de la propiedad. El IBSALUT controla, en este sentido, los activos derivados de los contratos de concesión de obra pública del Hospital Son Espases, del Hospital de Can Misses y dos centros de salud y de los diez centros de atención primaria y, por lo tanto, el coste de las infraestructuras debería figurar en el activo del balance de situación y su financiación debería figurar en el pasivo. La SCIB no dispone de los datos necesarios para la cuantificación del coste del activo y de la financiación que se debería registrar.
La SCIB no ha podido comprobar la razonabilidad del importe de las existencias iniciales, y no se puede pronunciar en cuanto a la variación de existencias contabilizadas por el IBSALUT en la cuenta de resultados.
De la circularización realizada en el área de deudores a corto plazo, no se ha recibido confirmación de saldos de 15 de los 24 acreedores circularizados, por un importe total de 4.293 miles de euros, que representa el 51,49% del saldo circularizado, y no se ha podido verificar la razonabilidad de los saldos mencionados mediante la aplicación de otros procedimientos alternativos. Asimismo, de las confirmaciones recibidas, las 4 siguientes no han podido ser conciliadas:
IBSALUT 2012: DETALLE DE DEUDORES NO CONCILIADOS (MILES DE EUROS) |
|||||
---|---|---|---|---|---|
NIF ACREEDOR |
NOMBRE DEL ACREEDOR |
SALDO IBSALUT |
SALDO DEUDOR |
DIFERENCIA |
DIFEREN. NO CONCILIADA |
A57464570 |
CONCESIONARIA HOSPITAL UNIVERSITARIO SON ESPASES |
4.526 |
2.660 |
1.866 |
-322 |
A08169294 |
ASISA ASISTENCIA SANITARIA INTERPROVINCIAL |
155 |
147 |
8 |
2 |
G07905342 |
FUNDACION BANCO DE SANGRE Y TEJIDOS |
102 |
65 |
37 |
37 |
G07046196 |
MUTUA BALEAR,MUTUA AT Y EP SEG SOCIAL |
158 |
88 |
70 |
70 |
TOTAL |
|
4.942 |
2.960 |
1.982 |
-212 |
El funcionamiento de las cuentas relacionadas con el convenio con la Seguridad Social, que presentan un saldo conjunto acreedor, a 31 de diciembre de 2012, de 6.215 miles de euros, exige su tratamiento como otros acreedores no presupuestarios, en lugar del de otros deudores presupuestarios.
En las respuestas bancarias recibidas figuran como autorizadas personas que, a 31 de diciembre de 2012, no ocupaban el cargo que otorga la facultad de firma autorizada.
B. PASIVO
Los fondos propios, al cierre de 2012, son de 93.510 miles de euros.
Los acreedores presupuestarios presentan, a 31 de diciembre de 2012, de acuerdo con los datos remitidos, un saldo de 395.911 miles de euros, con un decremento del 25,25 % respecto del ejercicio anterior, como consecuencia de los pagos efectuados mediante el mecanismo extraordinario de pago a proveedores.
Debe tenerse en cuenta que, visto que no existe un inventario completo y correctamente valorado de los elementos del inmovilizado, los importes registrados no representan el valor real del patrimonio del Servicio de Salud de las Islas Baleares.
Las provisiones para riesgos y gastos por un importe de 14.455 miles de euros recogen una dotación para las reclamaciones judiciales para intereses de demora, por importe de 9.932 miles de euros, y el importe pendiente en concepto del impuesto de construcciones e instalaciones y obras del Hospital Universitario de Son Espases, por importe de 5.063 miles de euros.
Incidencias
De acuerdo con la memoria de la cuenta anual del IBSALUT, existen pasivos contingentes, como litigios y demandas interpuestas por terceros, que tienen una cuantificación objetiva difícil, cuyos importes pueden resultar significativos para la entidad.
Con relación a las posibles contingencias, la Abogacía de la CAIB informa que las reclamaciones judiciales de importe superiores a 600 miles de euros suponen un total de 63.924 miles de euros. La provisión dotada por el IBSALUT para hacer frente a las reclamaciones judiciales (por intereses de demora), por importe de 9.932 miles de euros, solamente cubre una parte de estas reclamaciones.
El balance de situación del Servicio de Salud de las Islas Baleares presenta un déficit de capital circulante de 140.393 miles de euros; así, la actividad futura está condicionada a la obtención de los recursos financieros necesarios.
De la circularización realizada en el área acreedores a corto plazo, no se ha recibido confirmación de saldos de 16 de los 50 acreedores circularizados, por un importe total de 45.664 miles de euros, que representa el 22,3 % del saldo circularizado; y no se ha podido verificar la razonabilidad de los saldos mencionados mediante la aplicación de otros procedimientos alternativos. Asimismo, de las confirmaciones recibidas, las siguientes no han podido ser conciliadas:
IBSALUT 2012: DETALLE DE ACREEDORES NO CONCILIADOS (MILES DE EUROS) |
|||||
---|---|---|---|---|---|
NIF ACREEDOR |
NOMBRE DEL ACREEDOR |
SALDO IBSALUT |
SALDO ACREEDOR |
DIFER. |
DIFER. O CONCILIADA |
A57464570 |
CONCESIONARIA HOSPITAL UNIVERSITARIO |
28.576 |
26.227 |
2.349 |
2.349 |
R0700149H |
HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS DE PALMA |
5.424 |
5.435 |
-11 |
45 |
B80754799 |
GILEAD SCIENCES, SL |
8.290 |
4.102 |
4.188 |
48 |
B82765611 |
SERVICIOS SOCIOSANITARIOS GENERALES |
4.849 |
3.764 |
1.085 |
-37 |
A08011074 |
NOVARTIS FARMACÉUTICA, SA |
6.976 |
1.679 |
5.297 |
3.182 |
A28925899 |
JANSSEN CILAG, SA |
5.343 |
5.424 |
-81 |
-81 |
B28089225 |
PFIZER, SL |
4.475 |
4.241 |
233 |
233 |
A28211092 |
MERCK SHARP DOHME DE ESPAÑA, SA |
3.722 |
4.412 |
-690 |
-43 |
A60805769 |
SIEMENS HEALTHCARE DIAGNÓSTICOS, SL |
3.628 |
445 |
3.183 |
2.511 |
A80401821 |
BOSTON SCIENTIFIC IBERICA, SA |
1.961 |
2.335 |
-374 |
-192 |
A28061737 |
GENERAL ELECTRIC HEALTHCARE ESPAÑA |
10.222 |
4.494 |
5.727 |
-405 |
A28114742 |
IZASA DISTRIBUCIONES TÉCNICAS, SA |
1.833 |
767 |
1.066 |
118 |
A61123782 |
B.BRAUN MEDICAL, SA |
1.682 |
634 |
1.048 |
376 |
A28228526 |
GLAXOSMITHKLINE, SA |
3.445 |
1.003 |
2.443 |
1.487 |
A28218675 |
JOHNSON & JOHNSON, SA |
1.075 |
494 |
581 |
162 |
B07285299 |
COMERCIAL MÉDICA REMEX, SL |
2.016 |
1.080 |
937 |
58 |
B08193013 |
BAYER HISPANIA, SL |
1.832 |
886 |
946 |
-103 |
B82846825 |
ENDESA ENERGÍA, XXI, SL |
1.253 |
991 |
262 |
-165 |
B33680547 |
M B A INCORPORADO, SL |
1.380 |
1.495 |
-115 |
17 |
B07649502 |
DISTRIBUCIONES MÉDICAS MUÑOZ, SL |
1.566 |
656 |
910 |
-40 |
B80207442 |
LABORATORIOS VIIV HEALTHCARE, SL |
1.658 |
1.762 |
-104 |
-8 |
A01405042 |
PRAXIS PHARMACEUTICAL, SA |
17 |
69 |
-52 |
-51 |
B64281843 |
DELIVRA, SLU |
18 |
26 |
-8 |
-8 |
B82844358 |
CHUBB PARSI, SL |
5 |
10 |
-4 |
-4 |
B82844358 |
SISTEMAS TÉCNICOS ENDOSCÓPICOS, SA |
104 |
90 |
14 |
18 |
TOTAL |
|
101.351 |
72.521 |
28.830 |
9.465 |
Cabe tener en cuenta que se realiza un pago, a final de diciembre de 2012, con cargo al Fondo de Liquidez Autonómico que el IBSALUT no contabiliza hasta enero de 2013, por un importe de 154.038 miles de euros. Debido a la importancia de estos pagos, se ha considerado como partida conciliatoria en los casos en que, razonablemente, explicaba una parte de la diferencia.
Dentro de los acreedores del ejercicio 2013 se incluyen 17.999 miles de euros en concepto de obligaciones derivadas de gastos efectivamente realizados y de bienes y servicios efectivamente recibidos durante el ejercicio. Para estos acreedores (registrados con abono a la cuenta "Acreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto") no se ha podido dictar el correspondiente acto administrativo de reconocimiento y liquidación de la obligación, por falta de crédito presupuestario disponible.
RECOMENDACIONES
Formalizar la adscripción a favor del Servicio de Salud de todos aquellos inmuebles y otros activos que están a su disposición para el desarrollo de sus actividades.
Hacer inventario general (con la inclusión de todos los bienes y derechos puestos a disposición del Servicio de Salud) y su valoración: ajustar los valores de los elementos y de sus amortizaciones acumuladas.
Incluir en la memoria de la Cuenta General del IBSALUT el detalle de las diferentes obras en curso (presupuesto inicial, fecha de inicio, fecha prevista de puesta en funcionamiento, estado actual, etc.).
Obtener la financiación suficiente para minimizar el importe de los gastos no imputados en el presupuesto, a 31 de diciembre, por falta de crédito disponible.
6. RESULTADOS DEL EJERCICIO
A. RESULTADO PRESUPUESTARIO Y REMANENTE DE TESORERÍA
El resultado presupuestario presentado en la cuenta anual del ejercicio 2012, es positivo en 93.107 miles de euros, mientras que en 2011 fue negativo en 230.607 miles de euros.
El remanente de tesorería ajustado es negativo por un importe de 100.804 miles de euros.
Incidencias
El resultado del ejercicio y, por lo tanto, el remanente de tesorería, deben ser objeto de corrección, como mínimo, por un importe de 17.999 miles de euros, por las obligaciones de gasto no imputadas al presupuesto recogidas en la memoria que se adjunta a la cuenta anual, y por un importe de 13.475 miles de euros, por las facturas pendientes de compensar con GESMA y la Fundación Banco de Sangre y Tejidos de las Islas Baleares.
Las partidas presupuestarias correspondientes a financiación afectada no son objeto de codificación, ni el Servicio de Salud de las Islas Baleares realiza un seguimiento de la financiación afectada, por lo que no se puede determinar cuál es el remanente de tesorería afectado a la cobertura de gastos concretos, y cuál es el remanente de tesorería incondicionado.
B. RESULTADO ECONÒMICO-PATRIMONIAL
El resultado económico-patrimonial del ejercicio 2012 es positivo en 394.835 miles de euros, mientras que en 2011 fue negativo en 352.927 miles de euros.
Incidencias
El Servicio de Salud ha contabilizado como gastos extraordinarios con signo negativo las provisiones para riesgos y gastos aplicados al ejercicio, la central térmica de Son Espases (3.896 miles de euros) y la parte del impuesto de construcciones e instalaciones y obras del Hospital Universitario de Son Espases imputado al presupuesto del ejercicio (1.949 miles de euros), que se deberían haber registrado como beneficio de ejercicios anteriores.
RECOMENDACIONES
Reflejar convenientemente los ingresos y los gastos con financiación afectada, así como su ejecución, para determinar con exactitud el resultado del ejercicio y la parte afectada del remanente.
Realizar las anotaciones contables pertinentes para corregir las incidencias expuestas en los diferentes apartados del Informe y procurar su detección y corrección en ejercicios posteriores.
7. ENTIDADES DEPENDIENTES DEL SERVICIO DE SALUD DE LAS ISLAS BALEARES
El ámbito subjetivo analizado en este epígrafe lo conforman las siguientes entidades públicas empresariales: Gestión Sanitaria de Mallorca (GESMA), Fundación Hospital Comarcal de Inca, Fundación Hospital de Manacor, Fundación Hospital Son Llàtzer.
A. CONSIDERACIONES GENERALES
En las fichas individuales de cada entidad (que se adjuntan en el tomo de anexos), figuran las observaciones derivadas de los informes de auditoría externa llevados a cabo, mientras que en el Informe se presenta un cuadro resumen de las opiniones y las excepciones contenidas en los informes de auditoria externa.
B. DERECHOS DE COBRO CONTRA EL SERVICIO DE SALUD DE LAS ISLAS BALEARES
Los derechos de cobro que figuran en el activo de las entidades es de 53.083 miles de euros, mientras que la deuda reconocida por el IBSALUT es de 53.074 miles de euros.
Estos derechos de cobro tienen diversos orígenes: básicamente, transferencias del ejercicio corriente que, a 31 de diciembre, quedaron pendientes de pago, y facturación por servicios asistenciales que prestan las entidades al IBSALUT.
C. ENDEUDAMIENTO
El estado del endeudamiento, a 31 de diciembre de 2012, de las entidades dependientes del IBSALUT es de 1.842 miles de euros, mientras que en el ejercicio anterior el importe de la deuda viva a 31 de diciembre fue de 6.263 miles de euros.
De la deuda viva a 31 de diciembre de 2012, 1.535 miles de euros tienen un vencimiento a largo plazo, y 307 miles de euros, a corto plazo.
D. APORTACIONES RECIBIDAS DEL SERVICIO DE SALUD DE LAS ISLAS BALEARES
Las entidades dependientes han recibido aportaciones del IBSALUT por valor de 413.619 miles de euros en el 2012, mientras que en 2011 estas aportaciones fueron de 239.485 miles de euros. El incremento de aportaciones de 2012 respecto del ejercicio 2011 se debe, principalmente, al efecto del mecanismo extraordinario de financiación para el pago de los proveedores, con una aportación por importe de 140.988 miles de euros.
Incidencias
El IBSALUT no elabora las cuentas anuales consolidadas con las entidades públicas empresariales y fundaciones públicas sanitarias dependientes, por lo que se incumple lo establecido en la disposición adicional sexta de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del Sector Público Instrumental de la CAIB.
8. RESULTADO PRESUPUESTARIO CONJUNTO DEL SERVICIO DE SALUD DE LAS ISLAS BALEARES Y SUS ENTIDADES DEPENDIENTES
El resultado presupuestario conjunto correspondiente al Servicio de Salud de las Islas Baleares y sus entidades dependientes sin transferencias ni facturaciones internas, es positivo por importe de 65.889 miles de euros.
Incidencias
Las entidades no han incluido, en la liquidación del presupuesto administrativo, las aportaciones recibidas por el mecanismo extraordinario de financiación para el pago de los proveedores, por importe total de 140.988 miles de euros y, por lo tanto, no han sido objeto de eliminación dentro del cálculo del resultado presupuestario conjunto anterior.
V. AGENCIA TRIBUTARIA DE LAS ISLAS BALEARES
1. OPINIÓN FINANCIERA Y DE LEGALIDAD
Alcance
1. La Sindicatura de Cuentas de las Islas Baleares ha fiscalizado las cuentas anuales, a 31 de diciembre de 2012, de la Agencia Tributaria de las Islas Baleares, que comprenden: el estado de liquidación del presupuesto y resultado presupuestario, el balance del ejercicio, la cuenta del resultado económico-patrimonial y la memoria correspondiente al ejercicio anual finalizado en la fecha mencionada, cuya formulación corresponde a la Dirección de la entidad, y su aprobación es responsabilidad del Consejo General de la ATIB, lo que se produjo el 26 de junio de 2013. Salvo por las limitaciones mencionadas en los párrafos 2 y 3 siguientes, el trabajo de fiscalización se ha efectuado de acuerdo con los objetivos y el alcance mencionados en el apartado I.3 de este Informe.
Limitaciones al alcance
2. No se ha obtenido respuesta a la solicitud de información realizada a una entidad financiera. En consecuencia, no se han podido aplicar todos los procedimientos de auditoría necesarios para evaluar si existen aspectos detallados, en la referida respuesta, que pudieran implicar alguna incidencia sobre las cuentas anuales y que no estuvieran reflejados.
3. La Agencia Tributaria de las Islas Baleares no dispone de un inventario completo, y debidamente valorado, de los bienes y derechos de los que es titular ni de los recibidos en adscripción, que constituya el apoyo de la contabilización del inmovilizado y que permita el control y la buena gestión de los elementos que la integran. Tampoco se dispone de los datos para la comprobación de su amortización acumulada. En consecuencia, no se ha podido comprobar que la valoración del inmovilizado y la de su amortización sea adecuada.
Salvedades con efecto patrimonial
4. El balance de situación no incorpora, en el epígrafe de tesorería, los saldos existentes en cuentas bancarias abiertas a nombre de la ATIB, por un importe de 1.229 miles de euros, que corresponden a situaciones transitorias de tesorería. En consecuencia, el saldo de tesorería y el epígrafe de acreedores a corto plazo deberían incrementarse por el mencionado importe. De estas cuentas corrientes, un total de 5 cuentas tienen como firma única de apoderado la del Director de la Agencia.
5. El saldo, a 31 de diciembre de 2012, de la cuenta "41900001. SRT Premio cobro tributos locales", en el epígrafe “Acreedores no presupuestarios” presenta un saldo deudor de 5.043 miles de euros. De este importe, se debería anular el anticipo a cuenta de 690 miles de euros, de enero de 2013, contabilizado pero no materializado; y la diferencia, por importe de 4.353 miles de euros, se debería reclasificar en el epígrafe "Deudores no presupuestarios" del activo del balance de situación.
6. La Agencia ha reconocido en el balance un total de 27.772 miles de euros como anticipos de recaudaciones, a pesar de que el traspaso efectivo de los fondos no se ejecuta hasta el ejercicio 2013. En consecuencia, los acreedores no presupuestarios del epígrafe acreedores del balance deberían disminuir; y la rúbrica "Acreedores por adm. de recursos por cuenta de otros entes públicos", del epígrafe del balance debería incrementarse en 27.772 miles de euros.
7. La cuenta de resultados del ejercicio 2012 no incluye, como gastos del ejercicio, los honorarios de recaudación de tributos de la Comunidad Autónoma devengados en 2012 pero liquidados en 2013, por importe total de 299 miles de euros. En consecuencia, el beneficio del ejercicio y el epígrafe de acreedores a corto plazo deberían reducirse e incrementarse, respectivamente, por el importe mencionado.
8. La cuenta de resultados de la ATIB no presenta ni los gastos en concepto de honorarios del recaudador por los servicios de recaudación de tributos prestados a otros entes que han subscrito los correspondientes convenios, ni tampoco los ingresos de la ATIB derivados de la prestación de los servicios de recaudación a estos entes, por un importe de 11.016 miles de euros, según los datos aportados por el liquidador. De acuerdo con la normativa contable aplicable a la ATIB y de acuerdo con el principio de no compensación, los ingresos y los gastos que integran la cuenta de resultados no pueden compensarse, y deben valorarse separadamente. En consecuencia, los gastos y los ingresos del ejercicio 2012 se deberían incrementar en 11.016 miles de euros, a los que se debería añadir el importe de las liquidaciones efectuadas en 2013 correspondientes a la recaudación realizada en 2012.
Salvedades con efecto presupuestario
9. La ATIB ha registrado en el artículo 64 los gastos correspondientes a la campaña "Renta Ágil", por importe de 253 miles de euros. Dado que el gasto se realiza en cada ejercicio, debería ser considerado como gasto corriente. Además, en este artículo, también se ha registrado el 50 % de la facturación del servicio de soporte informático, que tiene contratado con un proveedor, sin que esté justificado el criterio de imputación a inversiones de acuerdo con el objeto del contrato.
Opinión
10. Salvo por lo que se refiere a los efectos de los ajustes que podrían haberse considerado necesarios si se hubiesen podido completar los procedimientos descritos en los párrafos 2 y 3 anteriores, y por lo que se refiere a los efectos de las salvedades descritas en los párrafos 4 a 9 anteriores, la cuenta anual de la Agencia Tributaria de las Islas Baleares presenta, en general, la información de acuerdo con los principios contables y con la normativa legal aplicable.
Con independencia de lo indicado en los párrafos anteriores, cabe resaltar las incidencias que se detallan en los siguientes apartados del Informe, que deben tenerse en cuenta y, en su caso, ser corregidas por los órganos responsables.
2. PRESUPUESTO INICIAL Y MODIFICACIONES
El presupuesto inicial para el ejercicio 2012 asciende a 10.270 miles de euros, lo que supone una disminución del 25,6 % respecto del de 2011. Para su financiación, se prevén ingresos por la misma cuantía en los capítulos 1 al 7, sin prever recurrir al endeudamiento.
3. EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO
A. EJECUCIÓN DE INGRESOS
Sobre unas previsiones definitivas de 10.270 miles de euros, se han reconocido derechos por un total de 7.744 miles de euros, lo que supone un grado de ejecución del 99,02 %, porcentaje notablemente superior al del ejercicio 2011, que fue del 56,11 %.
La recaudación líquida ha sido de 2.796 miles de euros, lo que supone un 27,49 % de los derechos reconocidos (un 25,25 %, en 2011). Este bajo porcentaje se debe a que la Administración General de la CAIB únicamente ha pagado un 29,17 % de los derechos reconocidos en concepto de transferencias corrientes, y un 0 % de las de capital.
B. EJECUCIÓN DE GASTOS
Sobre unas previsiones definitivas de 10.270 miles de euros, se han reconocido obligaciones por un total de 8.789 miles de euros, lo que supone un grado de ejecución del 85,58 %, porcentaje superior al del ejercicio 2011, que fue del 68,55 %.
Los importes más significativos son los correspondientes al capítulo 1 "Gastos de personal" (56,58 % del importe total de gastos), al capítulo 2 "Gastos corrientes en bienes y servicios" (23,45 % del importe total de gastos) y al capítulo 3 "Gastos financieros" (16,01 % del importe total de gastos); y, en conjunto, representan el 96,03 % del gasto total.
Incidencias
La ATIB ha registrado en el artículo 64 los gastos correspondientes a la campaña "Renta Ágil" por importe de 253 miles de euros. Dado que es un gasto que se realiza cada ejercicio, debería ser considerado como gasto corriente.
Además, en este artículo, también ha registrado el 50 % de la facturación del servicio de soporte informático que tiene contratado con un proveedor, sin que esté justificado el criterio de imputación a inversiones de acuerdo con el objeto del contrato. Tanto los gastos correspondientes a la campaña "Renta Ágil", como los gastos de soporte informático, se han registrado como gastos en la cuenta de pérdidas y ganancias.
La ATIB ha registrado como gastos corrientes una factura de instalación de un aparato de aire acondicionado, que se debería haber imputado al capítulo 6 y activarse en el inmovilizado, por importe de 37 miles de euros.
4. GASTOS PLURIANUALES
Durante el ejercicio 2012 se han dado de alta cuatro nuevos documentos contables de compromiso de gasto con cargo a ejercicios futuros. Globalmente, el importe total de los compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros experimenta un incremento del 315,78 %, respecto del ejercicio anterior, pasando de 397 miles de euros a 31 de diciembre de 2011, a 1.652 miles de euros a 31 de diciembre de 2012.
5. BALANCE DE SITUACIÓN
A. ACTIVO
La Agencia Tributaria de las Islas Baleares no dispone de un inventario completo, y debidamente valorado, de los bienes y derechos de los que es titular.
Los deudores presupuestarios, por importe de 13.806 miles de euros, corresponden íntegramente al importe pendiente de cobro de la CAIB en concepto de transferencias corrientes y de capital, de los que 6.432 miles de euros corresponden a ejercicios anteriores.
Los deudores por administración de recursos para cuenta de otros entes, por importe de 15.455 miles de euros, incluyen dos anticipos extraordinarios por importe de 15.000 y 250 miles de euros otorgados a los ayuntamientos de Palma y Lloseta.
En el epígrafe de fianzas y depósitos constituidos a corto plazo consta un préstamo realizado a favor de la CAIB por falta de liquidez por importe de 15.000 miles de euros.
La cuenta general de tesorería presenta, a 31 de diciembre de 2012, un saldo en metálico de 26.916 miles de euros, depositados en 20 cuentas bancarias. Además, constan 16 cuentas bancarias de cobros a justificar, con un saldo de 440 miles de euros, y 13 cuentas bancarias restringidas de ingresos, con un saldo de 789 miles de euros.
Incidencias
La Agencia Tributaria de las Islas Baleares no dispone de un inventario completo, y debidamente valorado, de los bienes y derechos de los que es titular ni de los recibidos en adscripción, que constituya el soporte de la contabilización del inmovilizado y que permita el control y la buena gestión de los elementos que lo integran. Tampoco se dispone de los datos para la comprobación de su amortización acumulada.
La ATIB amortiza las construcciones a los 85 años, este criterio es correcto para el edificio de la calle Can Troncoso, por su carácter histórico. Sin embargo, el inmueble de la calle Aragón debería amortizarse en un período más corto. El defecto de amortización para los años 2011 y 2012 se cuantifica en 15 miles de euros.
Dentro del epígrafe "Deudores" se encuentran registradas las devoluciones por cobros duplicados e ingresos indebidos, así como los saldos deudores de liquidaciones en período voluntario, por importe de 198 miles de euros. Por otro lado, en la cuenta "Acreedores" también se incluyen contabilizados estos mismos conceptos descritos anteriormente, por importe de 172 miles de euros. Estas operaciones deberían presentarse compensadas y, en consecuencia, el activo circulante y los acreedores a corto plazo deberían reducirse en un importe de 172 miles de euros.
El balance de situación no incorpora, en el epígrafe de tesorería, los saldos existentes en cuentas bancarias abiertas a nombre de la ATIB, por un importe de 1.229 miles de euros, y que corresponden a situaciones transitorias de tesorería. En consecuencia, el saldo de tesorería y el epígrafe de acreedores a corto plazo deberían incrementarse por el importe mencionado. De estas cuentas corrientes, un total de 5 cuentas tienen como firma única de apoderado la del Director de la Agencia.
La memoria de las cuentas anuales no incluye información relativa a dos anticipos extraordinarios, concedidos al Ayuntamiento de Palma y al Ayuntamiento de Lloseta, por importe de 15.000 miles de euros y de 250 miles de euros respectivamente, a cuenta de los anticipos a conceder durante el 2013 por la recaudación de tributos, y que están registrados en el epígrafe “Deudores por administración de recursos para otros entes públicos.”
En el apartado “Fianzas y depósitos constituidos a corto plazo”, en el epígrafe “Inversiones financieras temporales” del activo del balance, hay un préstamo a corto plazo a favor de la CAIB para necesidades puntuales de tesorería, por importe de 15.000 miles de euros, que debería ser presentado en el apartado “Créditos a corto plazo.”
La cuenta general de tesorería presenta, a 31 de diciembre de 2012, un saldo en metálico de 26.916 miles de euros. De las 20 cuentas bancarias existentes, hay 5 que no figuran en el arqueo. Por otro lado, hay 2 cuentas que aparecen en el arqueo y que no están registradas contablemente. El saldo de estas cuentas es cero al cierre de los ejercicios 2011 y 2012.
B. PASIVO
Los fondos propios, al cierre de 2012, son de 7.350 miles de euros.
La ATIB utiliza una póliza de crédito para anticipar la recaudación de los derechos de los ayuntamientos, con un límite de 150.000 miles de euros y vencimiento 31 de diciembre de 2012, por lo que, en esta fecha, no hay ningún importe dispuesto. Los gastos financieros han sido de 1.695 miles de euros, de los que 506 miles de euros quedan pendientes de aplicar al presupuesto a 31 de diciembre, y forman parte del saldo del epígrafe "D.II.2. Deudas por intereses" a corto plazo del balance de situación a esta fecha.
Los acreedores presupuestarios presentan, a 31 de diciembre de 2012 y de acuerdo con los datos remitidos, un saldo de 20 miles de euros, en concepto de gastos devengados, de los que, a 31 de diciembre, no se había recibido la factura correspondiente y, a pesar de ello, figuran abonados en la cuenta "409. Acreedores por operaciones pendientes de aplicar al presupuesto."
El saldo de los acreedores no presupuestarios, por importe de 24.518 miles de euros, incluye, entre otros, el premio de cobro de los tributos locales (- 5.043 miles de euros) y la cuenta de acreedor extrapresupuestaria transitoria (29.588 miles de euros).
Incidencias
El saldo, a 31 de diciembre de 2012, de la cuenta "41900001. SRT Premio cobro tributos locales", en el epígrafe “Acreedores no presupuestarios” presenta un saldo deudor de 5.043 miles de euros. De este importe, se debería anular el anticipo a cuenta de 690 miles de euros, de enero de 2013, contabilizado pero no ejecutado; y la diferencia, por importe de 4.353 miles de euros, se debería reclasificar en el epígrafe "Deudores no presupuestarios" del activo del balance de situación.
La Agencia ha reconocido en el balance un total de 28.344 miles de euros como anticipos de recaudaciones a pesar de que el traspaso efectivo de los fondos no se ejecuta hasta 2013. En consecuencia, los acreedores no presupuestarios del epígrafe acreedores del balance debería disminuir y la rúbrica "Acreedores para administración de recursos por cuenta de otros entes públicos", del epígrafe del balance, se debería incrementar en 28.344 miles de euros.
El pasivo a corto plazo para administraciones públicas no incluye la cuota patronal de la Seguridad Social, devengada en diciembre de 2012, por importe total de 73 miles de euros. En consecuencia, las pérdidas del ejercicio y el epígrafe de acreedores a corto plazo deberían incrementarse por el mencionado importe.
No constan justificadas en el expediente las razones de economía, eficacia y eficiencia que aconsejan la utilización de la figura de la encomienda de los servicios complementarios encargados al recaudador de zona, en vez de las normas generales previstas en el TRLCSP.
La ATIB no ha aportado documentación soporte relativa a la adecuada valoración de las retribuciones de los servicios complementarios realizados por el recaudador.
RECOMENDACIONES
Formalizar la adscripción a favor de la ATIB de todos aquellos bienes que están a su disposición para el desarrollo de sus actividades.
Realizar el inventario general (con la inclusión de todos los bienes puestos a disposición de la ATIB) y su valoración: ajustar los valores de los elementos y de sus amortizaciones acumuladas.
Revisar y modificar, en su caso, las firmas de los apoderados en las cuentas bancarias, para que, en todos los casos, sean mancomunadas.
Desarrollar la normativa reglamentaria que regule el régimen de control interno de la ATIB a cargo de la Intervención General de la CAIB.
6. RESULTADOS DEL EJERCICIO
A. RESULTADO PRESUPUESTARIO
El resultado presupuestario del ejercicio 2012, es positivo en 1.381 miles de euros, mientras que en el año 2011 fue negativo en 1.717 miles de euros.
El remanente de tesorería, a 31 de diciembre de 2012, es positivo en 3.978 miles de euros, mientras que en 2011 fue de 2.597 miles de euros.
B. RESULTADO ECONÓMICO-PATRIMONIAL
En cuanto a la cuenta de resultado económico-patrimonial, es positiva en 1.738 miles de euros, mientras que en 2011 fue negativa en 2.369 miles de euros.
Incidencias
La cuenta de resultados de la ATIB no presenta ni los gastos en concepto de honorarios del recaudador por los servicios de recaudación de tributos prestados a otros entes que han subscrito los correspondientes convenios, ni tampoco los ingresos de la ATIB derivados de la prestación de los servicios de recaudación a estos entes por un importe de 11.016 miles de euros, según los datos aportados por el liquidador. De acuerdo con la normativa contable aplicable a la ATIB y de acuerdo con el principio de no compensación, los ingresos y los gastos que integran la cuenta de resultados no pueden compensarse, y deben valorarse separadamente. En consecuencia, los gastos y los ingresos del ejercicio 2012 se deberían incrementar en 11.016 miles de euros, a los que se deberían añadir los importes de las liquidaciones efectuadas en 2013 correspondientes a la recaudación realizada en 2012.
De acuerdo con el artículo 3 del Decreto 85/1990, de 20 de septiembre, en el que se establece el régimen retributivo de los funcionarios de la Comunidad Autónoma, se devengarán dos pagas extras al año, los días 1 de junio y 1 de diciembre. Por lo tanto, a 31 de diciembre de 2012, se debería haber contabilizado el devengo del mes de diciembre de 2012, de la paga extra de junio de 2013, que ascendería aproximadamente a 37 miles de euros.
La cuenta de resultados del ejercicio 2012 no incluye, como gastos del ejercicio, los honorarios de recaudación de tributos de la Comunidad Autónoma devengados en 2012 pero liquidados en 2013, por importe total de 299 miles de euros. En consecuencia, el beneficio del ejercicio y el epígrafe de acreedores a corto plazo deberían reducirse e incrementarse, respectivamente, por el mencionado importe.
VI. ESTADOS AGREGADOS Y CONSOLIDADO
Los estados agregados que se presentan en el Informe son el resultado de la suma de las magnitudes más significativas de cada uno de los documentos presentados por la CAIB y las entidades dependientes. Por tanto, no se deben confundir con la situación consolidada del conjunto formado por la CAIB y estas entidades.
El efecto agregado sobre el estado de liquidación del presupuesto y resultado del ejercicio 2012, calculado por la SCIB a partir de la información de las entidades dependientes que han rendido las cuentas anuales, supondría un incremento de los resultados en positivo, por importe de 80.659 miles de euros.
Incidencias
La CAIB no consolida el estado de liquidación del presupuesto y el resultado del ejercicio, el balance y la cuenta del resultado económico-patrimonial de la Cuenta General de la Administración de la CAIB, con las cuentas anuales de las entidades que forman parte de su perímetro de consolidación.
El resultado presupuestario conjunto de la Administración General de la CAIB, el IBSALUT, la ATIB y sus entidades dependientes (sin transferencias ni facturaciones internas) es positivo en 61.201 miles de euros, mientras que en 2011 fue negativo en 983.093 miles de euros.
Es importante destacar el resultado positivo del ejercicio 2012, por importe de 61.202 miles de euros, respecto del resultado del ejercicio anterior, que fue de 983.093 miles de euros en negativo. La diferencia se explica, principalmente, por la variación del resultado de la CAIB, que pasa de un resultado negativo en 2011 de 506.885 miles de euros, a un resultado negativo en 2012 de 9.520 miles de euros (variación de 497.365 miles de euros); y del IBSALUT, que pasa de un resultado negativo de 230.360 miles de euros en el año 2011, a un resultado positivo de 93.199 miles de euros en el año 2012 (variación de 323.559 miles de euros). Por otro lado, el resultado agregado de las entidades públicas empresariales y sociedades mercantiles dependientes ha sufrido una variación positiva conjunta de 180.609 miles de euros.
Hay que tener en cuenta que, a diferencia del ejercicio 2011, el resultado presupuestario conjunto del 2012 no incluye las entidades vinculadas de la CAIB.