Sección V. Anuncios
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AYUNTAMIENTO DE SES SALINES
Núm. 5573
Anuncio relativo a iniciar nuevamente la tramitación del Plan Especial de Reforma Interior que afecta a la zona de "Es Camp Lledó"
DECRETO DE LA ALCALDÍA
En relación al expediente de tramitación del Plan Especial de Reforma Interior de “Es Camp Lladó” iniciado el día 4 de marzo de 2.004, una vez desistido por parte del Ayuntamiento y archivado por parte del Consell de Mallorca.
En cumplimiento del artículo 125 del Reglamento de Planeamiento Urbanístico, por remisión expresa del artículo 147.3 del mismo Reglamento, en el que dice:
“1. En el momento en que los trabajos de elaboración del Plan General hayan adquirido el suficiente grado de desarrollo que permita formular los criterios, objetivos, y soluciones generales del planeamiento, la Corporación y Organismos que tuvieran a su cargo su formulación deberán anunciar en el Boletín Oficial de la Provincia y en uno de los periódicos de mayor circulación, la exposición al público de los trabajos, a fin de que durante el periodo mínimo de 30 días puedan formularse sugerencias y, si es el caso, otras alternativas de planeamiento por Corporaciones, asociaciones y particulares.
2.- Los servicios técnicos del Organismo o Corporación y los facultativos a los que se hubiera encargado la redacción del Plan estudiaran las sugerencias y alternativas que hayan podido presentarse y propondrán la confirmación o rectificación de los criterios y soluciones generales de planeamiento.
3.- El Organismo o Corporación encargado de la formulación del Plan, a la vista del resultado de la exposición al público y de los estudios técnicos realizados, acordará lo que proceda en cuanto a los criterios y soluciones generales conforme a los que tengan que culminarse los trabajos de elaboración del Plan”,
Teniendo en cuenta que el artículo 21.j) de la Ley de Bases de Régimen Local, modificado por la Ley 53/2003, de medidas para la modernización del Gobierno Local, establece que corresponden a la Alcaldía las aprobaciones de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no expresamente atribuidas al Pleno, así como la de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización,
Atendido que el artículo 22 de la indicada Ley únicamente atribuye al Pleno la aprobación inicial del planeamiento general y la aprobación que ponga fin a la tramitación municipal de los planes y demás instrumentos de ordenación previstos en la legislación urbanística, motivo por el cual HE RESUELTO:
PRIMERO.- Iniciar nuevamente la tramitación del Plan Especial de Reforma interior que afecta a la zona de “Es Camp Lledó”.
SEGUNDO.- Formular los trabajos preparatorios del Plan especial de Reforma Interior que afecta a la zona de “Es Camp Lledó”.
TERCERO.- Anunciar en el BOIB y en uno de los periódicos de mayor circulación, la exposición al público de los trabajos, a fin de que durante el periodo mínimo de 30 días puedan formularse sugerencias i, si es el caso, otras alternativas de planeamiento por Corporaciones, asociaciones y particulares.
Ses Salines 20 de marzo de 2.015
La Alcaldesa,
Maria Bonet Rigo
El Secretario,
Jaime Perelló Marcé