Sección V. Anuncios
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CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE VICEPRESIDENCIA DE CULTURA, PATRIMONIO Y DEPORTES
Núm. 5451
Requerimiento subsanación deficiencias en la justificación de subvenciones
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De conformidad con lo que se dispone en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, mediante esta publicación se comunica a la Asociación de Personas Mayores de la Tercera Edad Benvinguts que en un plazo de quince días a contar desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOIB tienen que presentar la documentación requerida con el fin de continuar con la tramitación del expediente. Para conocer la documentación a aportar, se tiene que dirigir a Promoción Sociocultural de la Vicepresidencia de Cultura, Patrimonio y Deportes del Consejo de Mallorca (calle del Palau Reial, 1, 07001 Palma). En caso de no hacer alegaciones o de no subsanar las deficiencias requeridas, el centro gestor dictará la oportuna propuesta de resolución.
La documentación requerida se puede presentar de acuerdo con lo que se establece en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o a Promoción Sociocultural de la Vicepresidencia de Cultura, Patrimonio y Deportes del Consejo de Mallorca (calle del Palau Reial, 1, 07001 Palma).
Palma, 19 de marzo de 2015
El secretario técnico de la Vicepresidencia de Cultura, Patrimonio y Deportes
José Manuel Carrillo Martínez