Sección V. Anuncios
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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 5359
015/15 Departamento Tributario. Notificación de resoluciones de diferentes Tasas
Habiéndose intentado la notificación de resoluciones, respecto a los recursos de diferentes tasas, conforme el artículo 59 de la Ley 30/1992 de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y debido a que no se ha podido practicar, se publica la resolución adoptada conforme al apartado 5 del mismo artículo de la mencionada Ley.
Asimismo se hace saber que a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, contra las resoluciones que se notifican se puede interponer reclamación económico- administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo Municipal del Ayuntamiento de Palma, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de la fecha de recepción de la notificación y mediante escrito dirigido al Ilmo. Sr. Teniente de Alcaldía de Hacienda, la cual es previa al recurso contencioso-administrativo. El escrito podrá presentarse en el Registro General de esta Corporación, plaza Santa Eulália nº 9 o bien en cualquiera de los otros registros situados en las siguientes Oficinas de Atención a la Ciudadanía: Av. Sant Ferrán, 42 (Edificio de la Policía Local); C/ Emperadriu Eugènia, 6 (S’Escorxador); Av. Gabriel Alomar, 18 (Ed. Avingudes); Av. Amèrica nº 11 (S’Arenal); Av. Cid, ang. c/ Cabot y Soldado Moll (Son Ferriol); C/ Margaluz, 30 (Sant Agustí); i C/ Pere Llobera, 9 (Pere Garau). Todo ello sin perjuicio de cualquier otro que se considere procedente. La mera interposición del recurso no interrumpirá, en su caso, la acción administrativa para el ingreso del importe liquidado (Art. 14. 2. i del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo).
1) Tasa por Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos
Por Decreto del Ilmo. Sr. Teniente de Alcalde del Área de Hacienda de fecha 26.05.2014, núm. de inscripción 8.968, se adoptó la siguiente:
Resolución
1.-Estimar el recurso interpuesto por El sr. Igor Pérez Arroyo y el Sr. Iván Pérez Arroyo en nombre de la entidad H.B. Consulting SA, en fecha 12 de mayo de 2014 y núm. de RGE 47898.
2.- Comunicar la presente resolución a la ATIB a los efectos de dar el debido cumplimiento a la resolución 6529, de fecha 15 de abril de 2014
Por Decreto del Ilmo. Sr. Teniente de Alcalde del Área de Hacienda de fecha 24.06.2014, núm. de inscripción 11.061, se adoptó la siguiente:
Resolución
Desestimar el recurso de reposición formulado por La Sra. Isabel Cantallops Pericas y el Sr. Antonio Jurado Domínguez, contra la liquidación emitida por el concepto de tasa por Tratamiento de residuos sólidos del inmueble sito en ZN Sa Tanca de Son Orlandis, 11, de Palma, ejercicios 2009, 2010, 2011 y 2012, en base a que la citada liquidación se refiere a la prestación del servicio de tratamiento de residuos sólidos urbanos.
Por Decreto del Ilmo. Sr. Teniente de Alcalde del Área de Hacienda de fecha 10.06.2014, núm. de inscripción 9.927, se adoptó la siguiente:
Resolución
Desestimar el recurso de reposición formulado por la Sra. Sonia López Gómez, en fecha 28 de marzo de 2014, contra la liquidación emitida por el concepto de tasa por Tratamiento de residuos sólidos del inmueble sito en ZN Sa Tanca de Son Orlandis, 12 B, de Palma, ejercicio 2014, referencia 023102101, en base a que la citada tasa se refiere a la prestación del servicio de tratamiento de residuos sólidos urbanos.
Por Decreto del Ilmo. Sr. Teniente de Alcalde del Área de Hacienda de fecha 30.04.2014, núm. de inscripción 7.315, se adoptó la siguiente:
Resolución
1.- Estimar el recurso interpuesto por el Sr. José Martín González, en fecha 11.03.2014, núm. De RGE 29759, de reducción de la tarifa de la Tasa por servicios relativos al tratamiento de residuos sólidos urbanos, respecto del inmueble situado en c/ Rector Vives, 1 exp. 911164000, en el sentido de aplicar de la tarifa 1.2.1 a partir de 2014, ya que se ha comprobado en fecha de hoy el cierre del local y en consecuencia, la falta de actividad. Se mantendrá esta tarifa mientras tanto el local esté cerrado.
2.- De acuerdo con el artículo 68.4 de la Ordenanza fiscal general del Ayuntamiento de Palma, el/la reclamante, como contribuyente estará obligado a poner en conocimiento de la Administración, en el plazo de los treinta días hábiles siguientes a aquel en que se produzca toda modificación que pueda originar alta, baja o alteración en el padrón. En virtud de dicho precepto estará obligado a poner en conocimiento del Ayuntamiento de Palma el inicio de cualquier actividad que pueda suponer un cambio de tarifa en la Tasa por Servicios Prestados para el Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos. El incumplimiento de esa obligación puede dar lugar al inicio de un expediente de infracción tributaria.
3.- Comunicar la presente resolución a la ATIB a los efectos oportunos.
Por Decreto del Ilmo. Sr. Teniente de Alcalde del Área de Hacienda de fecha 27.06.2014, núm. de inscripción 11.454, se adoptó la siguiente:
Resolución
1.- Estimar el recurso de reposición formulado por la Sra. Eleonor Rosselló Roses contra la liquidación y recibos emitidos en concepto de TRSU, expediente TRS 0219800000, por no ser propietaria del bien inmueble a que se refieren dichas liquidaciones y recibos y anularlos.
2.- Comunicar dicha resolución a la Recaudación de la ATIB a los efectos pertinentes.
2) Tasa por Servicios Prestados por Grúa Municipal
Por Decreto del Ilmo. Sr. Teniente de Alcalde del Área de Hacienda de fecha 29.09.2014, núm. de inscripción 16.585, se adoptó la siguiente:
Resolución
1.- Estimar el recurso interpuesto por el Sr. Jaime Ballester Vidal contra la liquidación emitida por el concepto de la Tasa por servicios prestados por la grúa municipal I 31002 2013 0000192 00, del vehiculo IB 6526 CY.
2.- Comunicar la presente resolución a la ATIB a los efectos oportunos.
3.- Emitir nueva liquidación al titular correcto.”
Por Decreto del Ilmo. Sr. Teniente de Alcalde del Área de Hacienda de fecha 15.04.2014, núm. de inscripción 6.540, se adoptó la siguiente:
Resolución
Desestimar el recurso interpuesto por la Sra. Dalia María Barrera Capote, en fecha 21.10.13 y RGE 97376, por el concepto de Tasa por la retirada de vehículos por la grúa municipal del vehículo 0436 BNW. Se desestima de acuerdo con el art. 2.1.a) de la ordenanza fiscal reguladora de la Tasa que determina el hecho imponible: “La actividad de la grúa municipal, provocada por quien ha estacionado un vehiculo indebidamente...” y según el informe emitido en fecha 06.02.2014 por el Negociado de Gestión y Documentación Externa, en el que se determina: que en el momento de la infracción, el vehiculo imposibilitaba la entrada y salida de un vado debidamente señalizado, y por tanto la retirada del mismo de la vía pública era totalmente correcta.
Por Decreto del Ilmo. Sr. Teniente de Alcalde del Área de Hacienda de fecha 02.06.2014, núm. de inscripción 9.476, se adoptó la siguiente:
Resolución
Desestimar el recurso de reposición formulado por la Sra. Sandra Bettiol De Di Benedetto contra el Decreto núm. 20712, de 03 de diciembre de 2013, del Teniente Alcalde del Área de Hacienda, Economía e Innovación.
Por Decreto del Ilmo. Sr. Teniente de Alcalde del Área de Hacienda de fecha 23.01.2014, núm. de inscripción 859, se adoptó la siguiente:
Resolución
"1.-Desestimar el recurso de reposición formulado por la Sra. Juana María Durán González, en fecha 09.10.13 y núm. de RGE 81660, contra la desestimación de la solicitud de devolución de la Tasa por servicios prestados por la grua municipal de fecha 17.06.13, Decret núm. 10787. Se desestima por los mismos motivos expuestos en el texto de la resolución impugnada, es decir, de acuerdo con el artículo 2.1.a de la Ordenanza fiscal de la Tasa reguladora del servicio prestado por la grúa municipal que determina: “constituye el hecho imponible de esta tasa la prestación de los servicios y la realización de las actividades siguientes: La actividad de la grúa municipal, provocada por quien ha estacionado un vehículo indebidamente,...” y con las fotografías obrantes en el expediente, aportadas por el Servicio de grúa que confirma la denuncia formulada por estacionar en lugar prohibido por la señal correspondiente, al existir una reserva de estacionamiento, constando también la documentación de dicha solicitud de reserva.
2.- Informar que las fotos obrantes en el expediente están a disposición de la recurrente y pueden ser consultadas en el Negociado de Liquidaciones del Departamento Tributario.”
Por Decreto del Ilmo. Sr. Teniente de Alcalde del Área de Hacienda de fecha 26.05.2014, núm. de inscripción 8.979, se adoptó la siguiente:
Resolución
Desestimar el recurso de reposición formulado por la Sra. Mercedes Fernández Sabio contra el Decreto núm. 20711, de 3 de diciembre de 2013, del Teniente Alcalde del Área de Hacienda, Economía e Innovación.
Por Decreto del Ilmo. Sr. Teniente de Alcalde del Área de Hacienda de fecha 28.08.2014, núm. de inscripción 14.721, se adoptó la siguiente:
Resolución
Desestimar el recurso de reposición formulado por la Sra. Natalia Gallego García, contra el Decreto núm. 8170, de 13 de maig de 2014, del Teniente Alcalde del Área de Hacienda, Economía e Innovación, por los mismos motivos expuestos en el texto de la resolución impugnada, no aportando ningún otro documento en el que acredite el motivo de su disconformidad.
Por Decreto del Ilmo. Sr. Teniente de Alcalde del Área de Hacienda de fecha 23.05.2014, núm. de inscripción 8.868, se adoptó la siguiente:
Resolución
Desestimar el recurso de reposición formulado por la Sra. Ana Carolina Serra contra el Decreto núm. 20666, de 03 de diciembre de 2013, del Teniente alcalde del Área de Hacienda, Economía e Innovación.
Palma, 18 de marzo de 2015
El Jefe del departamento tributario
p.d. Decreto de alcaldía núm. 3000 de 26/02/2014
(BOIB núm. 30 de 04/03/2014)
Xavier Calafat Rotger