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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.4 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 4971
Monitorio 384/2013

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Dª  FRANCISCA MARIA REUS BARCELO, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 004 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento MONITORIO 0000384/2013 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª MARCOS RODRIGUEZ HERNANDEZ contra la empresa  FIDOK PODOLOGOS Y FISIOTERAPEUTAS SL, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

D E C R E T O  857/14

Secretario/a Judicial D/Dª  FRANCISCA MARIA REUS BARCELO.

En PALMA DE MALLORCA, a treinta y uno de Octubre de dos mil catorce.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Por MARCOS RODRIGUEZ HERNANDEZ se presentó solicitud inicial de procedimiento monitorio frente a  FIDOK PODOLOGOS Y FISIOTERAPEUTAS SL en reclamación de la cantidad. Admitida a trámite se acordó requerir de pago de la cantidad solicitada, lo que se ha verificado.

SEGUNDO.- Tras las averiguaciones practicadas por este Juzgado ha sido imposible la localización del deudor, encontrándose es situación de ignorado paradero.

TERCERO.- Se ha dado traslado al peticionario, para que en plazo de cuatro días presentara demanda, en la forma prevenida en el art. 101 de la LJS, plazo que ha transcurrido sin que lo realizara.

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo:

1.- Sobreseer las presentes actuaciones y el archivo de las mismas.

2.- Llevar el original de esta resolución al libro correspondiente dejando certificación literal en autos.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación ante el/la Secretario Judicial que dicta esta resolución con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma.

Y para que sirva de notificación en legal forma a FIDOK PODOLOGOS Y FISIOTERAPEUTAS SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de ILLES BALEARS.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a trece de Marzo de dos mil quince.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL