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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE TURISMO Y DEPORTES
Núm. 5126
Resolución del consejero de Turismo y Deportes por la que se establecen los modelos de tarjetas y licencias de navegación
Antecedentes
El Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo, ha introducido una serie de cambios en las atribuciones de los títulos. Además, con el objetivo de simplificar los trámites para el otorgamiento de las titulaciones de recreo, las federaciones y las escuelas pueden otorgar las licencias de navegación en determinados supuestos.
El Real Decreto 804/2014, de 19 de septiembre, por el que se establecen el régimen jurídico y las normas de seguridad y prevención de la contaminación de los buques de recreo que transporten hasta doce pasajeros, establece que los buques de recreo de uso privado podrán estar bajo el mando de un capitán de yate.
Posteriormente, mediante la Resolución de 27 de noviembre de 2014 de la Dirección General de la Marina Mercante, se ha modificado el anexo VII del Real Decreto 875/2014, adecuando los modelos de tarjetas al Real Decreto 804/2014.
El Real Decreto 102/1996, de 26 de enero, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en materia de enseñanzas náutico-deportivas y subacuático-deportivas, atribuye a la Comunidad Autónoma competencia ejecutiva en materia de titulaciones y enseñanzas náutico-deportivas.
El Decreto 6/2013, de 2 de mayo, del presidente de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, atribuye a la Dirección General de Puertos y Aeropuertos de la Consejería de Turismo y Deportes la competencia en materia de navegación y titulaciones náuticas deportivas.
De acuerdo con el artículo 42 d de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dicto la siguiente
Resolución
1. Aprobar los modelos de de tarjetas y licencias de navegación de recreo que se expiden en el ámbito de la comunidad autónoma de las Illes Balears de acuerdo con el anexo a esta resolución.
2. Ordenar la publicación de esta resolución el BOIB.
Interposición de recursos
Contra la presente Resolución —que agota la vía administrativa— podrá interponerse un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Turismo y Deportes, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la fecha de la publicación de esta Resolución en el BOIB, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También puede interponerse directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el BOIB, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Palma, 13 de marzo de 2015
El consejero de Turismo y Deportes
Jaime Martínez Llabrés