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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 5100
Responsabilidad Patrimonial. Notificación inicio expediente 2014/283

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6, siguientes  y concordantes del Real Decreto 429/92 de 26 de marzo, se procede a incoar el oportuno expediente de Responsabilidad Patrimonial instado por el Sr. Bartolomé Vadell Porcel, a cuyo efecto se señala un plazo de 30 días a tenor de lo previsto en el artículo 9, para la proposición y práctica de la prueba que estime conveniente aportar.  

El hecho de iniciar el expediente no significa el reconocimiento de la responsabilidad de la Administración.

Se pone en su conocimiento que de acuerdo con el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero, la Administración dispone de un plazo de 6 meses para dictar la resolución. Si una vez finalizado este plazo no se ha notificado la resolución expresa, se puede considerar desestimada por silencio administrativo, con los efectos que establece dicha Ley.

Si desea proponer pruebas, el escrito en el que consten los medios de prueba propuestos, se presentará en el registro del Ayuntamiento o en los lugares y forma previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de Régimen jurídico de las Administraciones públicas y procedimiento administrativo común.

 

Palma, 20 de febrero de 2015

La Jefa de Servicio
Por delegación de la Secretaria General
Maria Pons Tomàs