Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE EIVISSA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 1 DE EIVISSA
Núm. 4715
Despido/Ceses en General 748/2014
D/Dª TERESA MARIA BALLESTER MANRESA, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 001 de IBIZA/EIVISSA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000748/2014 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de Dª ADELA DEL CARMEN NICOLAS MARTINEZ contra la empresa SA NAR FORMENTERA, SL, sobre DESPIDO, se ha dictado SENTENCIA, cuyo FALLO se adjunta:
En Eivissa, a tres de febrero de dos mil quince.
Por la autoridad que me confiere el Pueblo Español. Vistos por mí, Ilmo. Sr. D. Guillermo Oteros Valcarce, Magistrado Juez del Juzgado de lo Social nº 1 de Eivissa, los presentes autos número 748/2014, en materia de despido, seguidos
A instancias de
Dª. ADELA DEL CARMEN NICOLÁS MARTÍNEZ
Contra
SA NAR FORMENTERA, S.L.
FALLO
Estimo la demanda interpuesta por Dª. ADELA DEL CARMEN NICOLÁS MARTÍNEZ contra SA NAR FORMENTERA, S.L., declarando la improcedencia del despido de la actora de fecha 22.08.2014, y condeno a SA NAR FORMENTERA, S.L. a estar y pasar por la anterior declaración, y a optar, o bien por la readmisión de la actora, con abono de los salarios de tramitación a razón de 58,31 euros diarios, desde la fecha del despido hasta la notificación de esta sentencia, o bien la indemnice en la cuantía de 481,06 euros.
Condeno igualmente a SA NAR FORMENTERA, S.L. a abonar a la actora, en concepto de costas, un importe de 300 euros.
Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Baleares, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes al de la notificación del presente fallo.
Y para que sirva de notificación en legal forma a SA NAR FORMENTERA, SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de las ISLAS BALEARES.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En IBIZA/EIVISSA, a once de Marzo de dos mil quince.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL