Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.3 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 4524
Derechos Fundamentales 239/2014
D/Dª PAULA MATEO ERROZ, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 003 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento DERECHOS FUNDAMENTALES 0000239 /2014 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª JUAN PEDRO FERNANDEZ MEDINA, ANTONIO MAS GARRIDO , JUAN PEDRO MORALES FERNANDEZ , GABRIEL TRUYOLS FONT , JUAN GAYA BRUNET contra la empresa MARGARITA ROSSELLÓ NADAL, SEBASTIAN LLABRÉS MESQUIDA , JUAN LLABRÉS ROSSELLÓ , MARTA LLABRÉS ROSSELLÓ , LLABRES ROSSELLO SL , MARMOLES Y DECORACION ROSSELLO SL , ANTONI FRAU SITGES , FOGASA, sobre TUTELA DE DERECHOS FUNDAMENTALES y reclamación de CANTIDAD, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo admitir el desistimiento de la parte demandante expresado en el acto del juicio, y desestimo la petición de los demandados de condena en costas a los actores.
Archivar las actuaciones una vez que sea firme esta resolución.
Incorpórese el original al Libro de Resoluciones Definitivas, dejando certificación del mismo en el procedimiento de su razón.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de los TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción cometida en la resolución a juicio del recurrente, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida (arts. 186 y 187 LJS).
Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.
EL/LA MAGISTRADO/A JUEZ EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL
Y para que sirva de notificación en legal forma a MARMOLES Y DECORACION ROSSELLO SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de BALEARES.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En PALMA DE MALLORCA, a seis de Marzo de dos mil quince.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL