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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSORCIO UNIVERSITARIO DEL CENTRO DE LA UNED A LES ILLES BALEARS

Núm. 4888
Aprobación inicial de la modificación de los estatutos del Consorcio Universitario del Centre de la UNED a les Illes Balears

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Texto

CONSORCIO UNIVERSITARIO DEL CENTRE ASSOCIAT DE LA UNIVERSITAT NACIONAL D’EDUCACIÓN A DISTÀNCIA A LES ILLES BALEARS

Mediante el presente anuncio se hace público que el Patronato del Consorcio Universitario del Centro Asociado de la UNED en Illes Balears, en sesión ordinaria de 5 de noviembre de 2014, ha aprobado inicialmente la modificación de sus estatutos para su adaptación a la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local así como a la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del sector público y otras medidas de reforma administrativa.

La Comisión de Centros Asociados y Estudiantes Delegada de Consejo de Gobierno el día 1/10/2014 informó y aprobó el modelo de Adenda de adaptación de los Convenios y Estatutos vigentes en la Red de Centros Asociados (Patronatos y Consorcios) cuyo dictamen favorable ha emitido la Asesoría Jurídica de la UNED, Adenda que se remitió singularizadamente a cada Centro Asociado.

También ha sido aprobada, con carácter de aprobación inicial, por cada una de las administraciones que integran el Consorcio, en las correspondientes sesiones plenarias que se detallan seguidamente:

  • Consell d’Eivissa          19 de diciembre de 2104
  • Consell de Menorca      16 de febrero de 2015
  • Consell de Mallorca      12 de marzo de 2015

Así mismo se hace público que el expediente de modificación de los estatutos se somete a exposición pública por un plazo de TREINTA (30) días hábiles, contados desde el día siguiente al de esta publicación, para que las personas interesadas puedan examinar el expediente y formular las reclamaciones, objeciones y observaciones que consideren oportunas.

Se hace constar expresamente que, en caso de no presentarse reclamaciones, objeciones u observaciones, el acuerdo de aprobación inicial se entenderá definitivamente aprobado, sin necesidad de un nuevo acuerdo expreso.

     

Palma, 16 de marzo de 2015

      

EL PRESIDENTE DEL PATRONATO

Joan Rotger Seguí