Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA
Núm. 4904
Imposibilidad de notificación de liquidaciones de tasas de prestación del servicio de cementerio
Habiendo sido imposible practicar la notificación de los procedimientos de liquidación respecto a la tasa por prestación del servicio de cementerio, procedimientos instruidos por la Conselleria de Bienestar Social, Juventud e Igualdad del Consell Insular de Formentera, gestora del citado impuesto, y dado que no han podido tener efecto por causas no imputables al Consell Insular de Formentera, se informa a los interesados o sus representantes para que en el plazo de quince días naturales, a contar desde el día siguiente de haberse publicado este anuncio en el BOIB, comparezcan en la mencionada Conselleria (Vénda des Brolls 53 – Antiguo Centro Médico), al efecto que los sea practicada la respectiva notificación, haciéndoles saber que de no comparecer en el plazo citado, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer, esto de conformidad a lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria.
En caso de la no realización del pago de la mencionada tasa, en el plazo de tres meses, desde la publicación de este documento, sin más avisos se iniciará el expediente de exhumación de los restos anteriormente citados.
En caso de que sea voluntad del interesado la renuncia al pago de la renovación de concesión del derecho funerario, tendrá que comunicarlo por escrito ante el Registro General del Consell Insular de Formentera, ubicado en la Calle Ramon Llull núm. 6 de Sant Francesc Xavier, haciendo constar su renuncia y los datos del titular y del nicho pertinente.
En los supuestos de no pago o de renuncia a la renovación de la concesión del derecho funerario, el interesado tendrá que hacerse cargo, según lo establecido en la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por servicios en cementerios municipal, conducción de cadáveres y otros servicios funerarios de carácter local, aprobado el día 4 de septiembre de 2009, de los gastos que ocasione la exhumación al Consell Insular de Formentera. En el caso del no pago de estos gastos, el Departamento de Recaudación del Consell Insular de Formentera iniciará los trámites correspondientes para el cobro, mediante la vía de apremio.
Nombre del pagador |
Localización del nicho |
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Sr. Stephane Pierre Lozac’h |
Sa Ruda Pila 35 Nicho 2º |
Formentera, 13 de març de 2015
El Presidente del Consell Insular de Formentera
Jaume Ferrer Ribas