Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 4891
Notificación colectiva de liquidaciones y anuncio de cobranza de la tasa por matrícula anual de cotos privados de caza del Consell Insular d’Eivissa correspondiente al ejercicio 2015
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de desembre, General Tributaria, a efectos de notificación colectiva de las liquidaciones de los contribuyentes, que el padrón de la tasa por matrícula anual de cotos privados de caza queda expuesto en el tablón de anuncios de la sede del Consell Insular d’Eivissa durante el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Contra las liquidaciones contenidas en el padrón se podrá interponer recurso de reposición ante el Consell Insular d’Eivissa, previo al contencioso administrativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haber finalizado el período de exposición pública del padrón (art. 14.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo).
Al efecto previsto en el artículo del Reglamento General de Recaudación (Real Decreto 939/2005, de 29 de julio), comunicamos a los contribuyentes y demás interesados, que el período voluntario de la tasa por matriculación anual de cotos privados de caza del Consell Insular d’Eivissa correspondiente al ejercicio 2015 en el plazo y en las formas que se indican a continuación.
Los contribuyentes que no hayan recibido el aviso de pago podrán obtenerlo en las dependencias del servicio de caza o de recaudación del Consell Insular d’Eivissa (Av. España, núm. 49 – 3ª planta, de lunes a viernes laborables de las 8:00h a les 15:00 h.
Advertimos a los contribuyentes que, de acuerdo con lo previsto en los artículos 28 i 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, una vez transcurrido el pazo de ingreso en voluntaria señalado anteriormente se iniciará el período ejecutivo, lo que determinará la exigencia del recargo correspondiente y, en su caso, los intereses de demora y de las costas que se produzcan.
Eivissa, 17 de març de 2015
La Secretària Tècnica de l’Area d’Economia, Benestar Social i Agricultura
Gema Marí Planells