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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 4887
Rectificación de la Convocatoria de subvenciones para la realización de actividades de Interés Social durante el año 2015

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Publicación de la rectificación de la Convocatoria de subvenciones para la realización de actividades de Interés Social durante el año 2015, realizada mediante Acuerdo de la Junta de Gobierno Municipal de 18 de marzo de 2015.

La Junta de Gobierno Municipal rectificó, debido a un error de transcripción y mediante Acuerdo de Junta de Gobierno de 18 de marzo de 2015, la Convocatoria Pública de subvenciones para la realización de actividades de Interés Social durante el año 2015.

Concretamente se acordó:

1. Rectificar la Convocatoria Pública de Subvenciones del Área de Bienestar Social e Iguadad para la realización de actividades de Interés Social durante el año 2015, aprobada por la Junta de Gobierno de 25 de febrero de 2015 y  publicada en el  BOIB núm. 33 de 7 de marzo de 2015.

De esta forma, allá dónde dice:

“... 2. Contenido de los proyectos objeto de subvención:

...

OBJETIVO DE LAS MEDIDAS 2.3, 2.5,2.7 y 2.10

...

  • No se podrán presentar proyectos a las actividades subvencionales 1- Apoyo familiar, y  2- Apoyo socioeducativo, con un coste superior a 20.000 €.
  • No se podrán presentar proyectos a las actividades subvencionales 3- Apoyo a la ocupabilidad para los/las jóvenes y familias en vulnerabilidad o riesgo social, con un coste superior a 10.000 €.
  • No se podrán presentar proyectos a las actividades subvencionales 4- Incorporación social, por un valor superior a 15.000 € ....”

Debe decir:

“... 2. Contenido de los proyectos objeto de subvención:

...

OBJETIVO DE LAS MEDIDAS 2.3, 2.5,2.7 y 2.10

...

  • No se podrán presentar actividades subvencionables relativas a 1- Apoyo familiar, y  2- Apoyo socioeducativo, con un coste superior a 20.000 €.
  • No se podrán presentar actividades subvencionables relativas a 3- Apoyo a la ocupabilidad para los/las jóvenes y familias en vulnerabilidad o riesgo social, con un coste superior a 10.000 €.
  • No se podrán presentar actividades subvencionables relativas a 4- Incorporación social, por un valor superior a 15.000 € ....”

2. -Publicar el contingut d’aquest Acord al Butlletí Oficial de les Illes Balears.

 Palma de Mallorca, 18 de marzo de 2015

 La Regidora del Área Delegada de Bienestar Social e Igualdad

Ana M. Ferriol Font