Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 4803
Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 9 de marzo de 2015 por la que, en ejecución de una sentencia, se modifica la Resolución de 30 de abril de 2013 por la que se nombra personal estatutario fijo de la categoría auxiliar de enfermería del Hospital Son Llàtzer
Hechos y fundamentos de derecho
1. Por medio de la Resolución del director gerente de la Fundación Hospital Son Llàtzer de 14 de septiembre de 2010 se convocó un proceso selectivo para acceder en las plazas vacantes de personal laboral fijo de la categoría de auxiliar de enfermería.
2. Por medio de la Resolución de 7 de noviembre de 2012 se aprobó la lista de personas aspirantes que habían superado este proceso y se dio un plazo de veinte días hábiles para que presentasen la documentación requerida y, las que así lo quisieran, solicitasen integrarse como personal estatutario fijo.
3. Por medio de la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares n.º 101/2015, de 24 de febrero de 2015, se estimó el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la señora Yolanda Pintor Sola. La Sentencia anula la Resolución de 30 de abril de 2013 citada.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Modificar la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 30 de abril de 2013 (BOIB n.º 69/2013, de 16 de mayo) por la que se nombra personal estatutario fijo de la categoría de auxiliar de enfermería incluyendo a la señora Yolanda Pintor Sola, con DNI 41517822Q.
2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— puede interponerse un recurso de reposición ante el órgano que la dicta, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de la Resolución, de acuerdo con los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en relación con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También puede interponerse directamente un recurso contencioso-admi-nistrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de la Resolución, de acuerdo con los artículos 10, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se considere procedente interponer.
Palma de Mallorca, 9 de marzo de 2015
El director general
Miguel Tomàs Gelabert
Por delegación del consejero de Salud (BOIB 48/2008)