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AYUNTAMIENTO DE SÓLLER
Núm. 4658
Notificación Decreto de Alcaldía núm. 124, de día 2 de marzo de 2015, en relación al expediente núm. 64/AG/2014
Por no haberse podido efectuar la notificación en el domicilio que figura en el expediente 64/AG/14, se pone en conocimiento del señor Juan Marqués Simarro la comunicación de fecha 3 de marzo de 2015, a la que se adjuntaba la resolución que a continuación se transcribe:
Le comunico que la Alcaldía Presidencia con esta misma fecha ha resuelto lo siguiente:
DECRETO DE ALCALDIA NUM. 124 DE FECHA DOS DE MARZO DE DOS MIL QUINCE
Vista la resolución del expediente incoado para la protección de la legalidad urbanística por razón de las obras realizadas sin la preceptiva licencia municipal de obras por el Sr. Juan Marques Simarro por construcción de una planta de unos 114 m2 y piscina de unos 30 m2 en la Urbanización Muleta, solar 150 del Término Municipal de Sóller, de acuerdo con el artículo 73 de la Ley 10/90, de Disciplina Urbanística.
Visto que según el informe del Celador Municipal de data 27 de febrero de 2015 no se han ejecutado las obras de reposición de la legalidad urbanística y en aplicación de la Disposición Transitoria Novena de la Ley 2/2014
Esta Alcaldía por Decreto número. 124/15 RESUELVE:
Primero.- OTORGAR al Sr. Juan Marques Simarro un nuevo plazo de SEIS MESES para la reposición de la legalidad urbanística, previniendo le que en caso de incumplimiento y mientras este dure se procederá a la imposición de hasta doce multas coercitivas con una periocidad mínima de un mes y cuantía del 10% del valor de las obras realizadas y en todo caso, como mínimo de 600 euros, pudiendo proceder después de la ultima a la ejecución subsidiaria a su costa.
Contra esta resolución que agota la vía administrativa se pueden interponer, alternativamente, los recursos siguientes:
a) Directamente el recurso contencioso administrativo delante del Tribunal que resulte competente, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de la notificación del presente acuerdo.
b) El recurso de reposición potestativo delante del órgano que ha dictado esta resolución, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente, ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, en el plazo de seis meses, contadores a partir del día siguiente a la presunta desestimación.
No obstante lo anterior, se puede ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y de la Ley 471999, de 13 de enero, de modificación de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimento administrativo común.
Sóller, 10 de mazo de 2015
El Alcalde,
Carlos Simarro Vicens