Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO
AUTORIDAD PORTUARIA DE BALEARES
Núm. 4630
Notificación Expediente Incompleto embarcación "ALOT" Ref. EI-03/15
A los efectos del punto 4 del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. de 27.11.92), y por no haber dado razón en el domicilio conocido de Sr. D. Juan Francisco Garcías Vidal, propietario de la embarcación “ALOT” matrícula 7-BA-5-487-01, puesto de atraque número 046, Pantalán “F” de CA'N BARBARÁen el Puerto de Palma, en el expediente “Expediente Incompleto” Ref: EI-03/15, se le notifica lo siguiente:
“Con fecha 15 de febrero de 2010 le fue autorizado el uso de un puesto de atraque en CA’N BARBARÁ, pantalán F, amarre nº 046 del Puerto de Palma, para la embarcación denominada “ALOT”, matrícula 7-BA-5-487-01, tipo Lancha, de eslora 6,05 m, manga 2,44 m y calado 1,00 m.
El Capítulo II, apartado “Documentación y requisitos” de “Normas para la adjudicación y uso de amarres de base para embarcaciones de recreo no profesionales en instalaciones gestionadas directamente por la Autoridad Portuaria de Baleares”, aprobadas por acuerdo del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Baleares en fecha 29 de mayo de 2014 y publicadas en el BOIB nº 81, de 14 de junio de 2014, establece la documentación a presentar y requisitos a acreditar.
Se ha procedido a realizar el cotejo de la documentación que figura en su expediente de autorización, observando que debe de actualizar la siguiente documentación y/o reunir los siguientes requisitos:
- Fotocopias y originales:hoja de asiento y certificado registro de la embarcación actualizados.
- Fotocopia y original del Certificado de Navegabilidad debidamente actualizado.
- Fotocopia y original del Seguro de la embarcación actualizado y último recibo.
- Fotografía (toda la embarcación) en la que se observe pintado en las amuras de la embarcación el indicativo de matrícula formada por la lista, la provincia marítima, el distrito y el folio/año, o el indicativo de inscripción.
Visto lo anteriormente expuesto, y atendiendo a las instrucciones para la autorización de uso de puesto de atraque en gestión directa por parte de esta Autoridad Portuaria de Baleares, y en virtud de los dispuesto en el art. 76 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27-11-92), se le concede un plazo de DIEZ DÍAS a partir del día siguiente a la recepción de esta notificación, para acudir a las Oficinas de la Autoridad Portuaria de Baleares sitas en el Puerto de Palma (Moll Vell, 5, planta baja de lunes a viernes de 09.00 horas a 14.00 horas), para que aporte la documentación y acredite reunir los requisitos indicados.
Expresamente se le advierte que, si una vez finalizado dicho plazo, no se hubiera dado cumplimiento a este trámite, aportando la documentación o la acreditación de la tenencia de los requisitos solicitados, se le entenderá decaído en su derecho a la utilización de instalaciones portuarias, pudiendo esta Autoridad Portuaria proceder a la retirada y traslado de la embarcación, todo ello sin perjuicio del devengo de las tarifas/tasas, gastos y sanciones que puedan proceder por infracción al Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por el R.D. Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre”.
El Director
Juan Carlos Plaza Plaza