Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE SANTA MARGALIDA
Núm. 4597
Convocatoria y bases para obtener el permiso municipal de auto taxi
En fecha 10 de marzo de 2015 se han aprobado la convocatoria y las bases para obtener el permiso municipal de auto taxi, que se indexan a continuación:
"BASES QUE REGIRÁN LA CONVOCATORIA PARA LA OBTENCIÓN PERMISO MUNICIPAL DE AUTO TAXI DE SANTA MARGALIDA
PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
Es objeto de las presentes bases la definición de los requisitos y condiciones que regirán la realización de las pruebas de aptitud para obtener el permiso municipal de auto taxi del Ayuntamiento de Santa Margalida.
SEGUNDA. FORMA DE SELECCIÓN
El procedimiento para obtener este permiso municipal consistirá en la superación de una prueba de aptitud.
TERCERA. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16 del Reglamento Municipal regulador del servicio público de transporte de viajeros en automóviles ligeros de alquiler con conductor (aprobado definitivamente en la sesión plenaria de 27 de mayo de 2013 y publicado en el BOIB 86 de 18 de junio de 2013), para obtener el permiso municipal de conductor o conductora, el interesado o interesada deberá reunir los siguientes requisitos:
a. Tener nacionalidad española o de un estado miembro de la Unión Europea o de otro país extranjero con el que, en virtud de Tratados o Convenios internacionales suscritos por España, no sea exigible este requisito.
b. Tener permiso de conductor o conductora de automóviles de la clase BTP o superior, de acuerdo con la legislación vigente.
c. Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad infecto contagiosa o impedimento físico que imposibilite o dificulte el normal ejercicio de la profesión.
d. Conocer las principales vías públicas y lugares de interés turístico, ubicación de locales públicos de recreo, oficinas municipales, hoteles principales e itinerarios más directos para llegar al lugar de destino.
e. Conocer la normativa de circulación en vigor, la normativa de la Corporación relativa al servicio y las tarifas aplicables.
CUARTA. FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS
Las solicitudes para participar en las pruebas, en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases, se tendrán que hacer según el modelo del anexo 1 de estas bases y se deberán presentar en el Registro General de este Ayuntamiento, o bien mediante el procedimiento regulado en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de 10 días naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en el BOIB. En el caso de que el último día sea inhábil, el plazo se entenderá ampliado hasta el día hábil siguiente.
La presentación de la solicitud da derecho al interesado a presentarse a dos convocatorias sucesivas. En consecuencia, no presentarse o no superar la prueba en dos convocatorias inmediatas y sucesivas, implicará tener que formular nueva solicitud de participación.
Las bases integras y las resoluciones se publicarán en la página web (www.ajsantamargalida.net) y en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento.
La solicitud deberá ir acompañada por:
- Fotocopia del DNI o, en su caso, pasaporte.
- Permiso de conductor o conductora de automóviles de la clase BTP o superior, de acuerdo con la legislación vigente.
- Liquidación de las tasas de examen. El pago de la tasa se realizará mediante ingreso de 150,25.- € al siguiente número de cuenta corriente: ES35 0061 0026 6200 2,286 0185 BCA.MARCH (BIC BMARES2M).
En caso de personas jurídicas, la documentación a presentar irá referida, en el caso de sociedades mercantiles, a la persona física que ostente la administración de la entidad; y en los supuestos de que la persona jurídica esté constituida por una sociedad anónima laboral o cooperativa de trabajo asociado, se exigirá de las personas físicas integrantes de las mismas.
QUINTA. ADMISIÓN DE LOS ASPIRANTES
Finalizado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En la misma resolución se señalará un plazo de 3 días hábiles para subsanación o presentación de reclamaciones, así como la constitución del Tribunal Calificador y la fecha de la realización de la prueba.
Esta resolución se publicará en la web del Ayuntamiento y en el tablón de anuncios.
En el caso de que no se presenten enmiendas o reclamaciones contra la lista provisional, la misma se entenderá definitiva a partir del día siguiente de la finalización del plazo de reclamaciones, y no habrá nueva resolución ni publicación.
SEXTA. Tribunal calificador
El Tribunal Calificador estará constituido por:
TITULARES:
- Presidente: Pedro Taberner Jaume (Subinspector de la Policía Local).
- Vocales: Daniel Blanco Kolb (Agente de la Policía Local).
Antoni Alorda Villarubia (Secretario de la Corporación)
- Secretario: Alicia Payeras Pascual (Funcionario de este Ayuntamiento).
SUPLENTES:
- Presidente: Pedro A. Alomar Payeras (Subinspector Jefe de la Policía Local).
- Vocales: Miguel Cloquell Tablero (Oficial de la Policía Local).
Jaume Adrover Cánaves (TAG de Urbanismo)
- Secretario: Domingo Alomar Massanet (Funcionario de este Ayuntamiento).
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal se ajustará a lo previsto en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
El Tribunal Calificador no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de la mitad de sus miembros, ya sean titulares o suplentes, y las decisiones se adoptarán por mayoría. Siempre será necesaria la asistencia del Presidente y del Secretario. El Tribunal podrá contar con la asistencia de asesores, con voz pero sin voto.
El Tribunal Calificador queda facultado para resolver las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación o aplicación de las bases de la presente convocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos.
SÉPTIMA. SISTEMA DE SELECCIÓN Y DESARROLLO DEL PROCESO
Se realizará una prueba de aptitud que versará sobre el conocimiento de los aspirantes del término municipal, de las principales vías públicas y lugares de interés turístico, ubicación de locales públicos de recreo, oficinas municipales, hoteles, principales e itinerarios más directos para llegar el lugar de destino, así como el conocimiento de la normativa de la Corporación relativa al servicio y las tarifas aplicables.
La prueba de aptitud consistirá en un examen de 50 preguntas tipo test. Cada pregunta tendrá 4 respuestas posibles y sólo una de ellas será la correcta. En caso de que haya dos respuestas correctas, se dará por buena la respuesta más correcta. Las preguntas correctamente contestadas valen 0,20 puntos y las mal contestadas restan 0,05 puntos.
Para contestar el examen habrá una hora y media.
No se permitirá la consulta de ningún tipo de documentación ni conexiones electrónicas durante el examen.
Para aprobar será suficiente un 5.
OCTAVA. RELACIÓN DE APROBADOS, PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS Y NOMBRAMIENTO
El Tribunal Calificador elevará una relación provisional de los aprobados por orden de puntuación al Presidente de la Corporación, que procederá a su publicación en la página web y en el tablón de edictos del Ayuntamiento. A partir del día siguiente, y durante un plazo de tres días hábiles, los aspirantes podrán presentar enmiendas o reclamaciones contra la misma. Una vez resueltas, se elaborará la relación definitiva y se procederá a su publicación en la página web y en el tablón de edictos del Ayuntamiento. En el caso de que no se presenten enmiendas o reclamaciones contra la lista provisional, la misma se entenderá definitiva a partir del día siguiente de la finalización del plazo de reclamaciones.
Los aspirantes propuestos aportarán ante el Ayuntamiento, dentro del plazo de cinco días naturales desde la publicación de la relación definitiva, el certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que imposibilite la realización de la profesión y dos fotografías de carnet.
Los aspirantes que dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presenten la documentación o de la misma se dedujera que carecen de algún requisito exigido, no se les expedirá el permiso municipal.
NOVENA. INCIDENCIAS
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Contra la resolución de aprobación de la convocatoria y sus bases, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa)
Alternativamente, y de forma potestativa, se puede interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su notificación. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o reclamación que resulte pertinente.
ANEXO I (MODELO DE INSTANCIA)
PRUEBAS DE APTITUD PARA LA OBTENCIÓN DEL PERMISO MUNICIPAL DE AUTO TAXI
Nombre: _____________________________ Primer apellido: _____________________________________ Segundo apellido: ______________________ con DNI núm. _____________________________________ domicilio a efectos de notificaciones en __________________________________________________ municipio de ______________________________, teléfono _______________________________________.
EXPONE
PRIMERO.- Que ha tenido conocimiento de la convocatoria y de las bases que regirán la realización de las pruebas de aptitud para obtener el permiso municipal de auto taxi del Ayuntamiento de Santa Margalida.
SEGUNDO.- Que cree cumplir todas las condiciones exigidas en las bases referidas a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias.
TERCERO.- Que declara conocer y acepta las bases generales de la convocatoria.
CUARTO.- Que adjunta la siguiente documentación (las fotocopias deben estar compulsadas):
- Fotocopia del DNI o, en su caso, pasaporte.
- Fotocopia del permiso de conductor o conductora de automóviles de la clase BTP o superior, de acuerdo con la legislación vigente.
- Liquidación de las tasas de examen. El pago de la tasa se realizará mediante ingreso de 150,25.- € al siguiente número de cuenta corriente: ES35 0061 0026 6200 2,286 0185 BCA.MARCH (BIC BMARES2M).
SOLICITA
Que se admita esta solicitud para la presente convocatoria.
_________________, a _____ de ____________ de 2014
Firmado,
El solicitante"
Lo que se hace público para general conocimiento.
Santa Margarita, 10 de marzo de 2015.
El Alcalde,
Antoni Reus Darder