Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO

Núm. 3943
Resolución del consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio por la cual se establece la lista de especies silvestres susceptibles de aprovechamiento en los cotos de recursos silvestres de las Islas Baleares

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Resolución del consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio por la cual se establece la lista de especies silvestres susceptibles de aprovechamiento en los cotos de recursos silvestres de las Islas Baleares

El artículo 62.2 d de la Ley 12/2014, de 16 de diciembre, agraria de las Islas Baleares, determina que son recursos silvestres las especies de fauna y flora, como caracoles, plantas aromáticas o medicinales, resinas, cortezas, carrizo, hoja de palmito, anea, espárragos, productos apícolas, pastos, frutos, setas, trufas y otros productos micológicos y de cualquier índole similar, y el artículo 62.3 establece que las especies silvestres susceptibles de aprovechamiento en los cotos de recursos silvestres son las que se establezcan mediante una resolución del consejero.

Por eso, a propuesta de la Dirección General de Medio Natural, Educación Ambiental y Cambio Climático, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Aprobar la lista de especies silvestres susceptibles de aprovechamiento en los cotos de recursos silvestres que figura en el anexo. El aprovechamiento de estas especies en el interior de los cotos no requiere ninguna otra autorización administrativa, siempre que se lleve a cabo con las condiciones de declaración del coto. Por otra parte, cada partida o lote de recursos silvestres que se comercialice tiene que estar identificado con el número del coto y la fecha de la recolección.

2. Ordenar que esta Resolución se publique en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de reposición delante del consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haber sido publicada en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo delante de la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Palma, 3 de març de 2015

El consejero

Gabriel Company Bauzá

 

ANEXO

Lista de especias silvestres susceptibles de aprovechamiento como recursos silvestres

Fauna

Moluscos gasterópodos

Otala lactea, cabrilla o caracol español

Otala punctata, cabrilla

Eobania vermiculata, viñala, choneta

Helix aspersa, caracol de jardín

Theba pisana, caracol blanquilloa

Flora

Plantas aromáticas o medicinales

Foeniculum vulgare, hinojo

Glaucium flavum, adormidera marina

Hypericum perforatum, hierba de Sant Joan

Lavandula dentata, guirnalda

Myrtus communis, mirto

Rosmarinus officinalis, romero

Ruscus aculeatus, rusco

Ruta chalepensis, ruda

Santolina chamaecyparissus, manzanilla

Thapsia garganica, edril

Urginea maritima, cebolla albarrana

Plantas útiles por la fibra

Ampelodesmos mauritanica, carcera

Arundo donax, caña

Chamaerops humilis, palmito (solo hojas; no se permite arrancar ejemplares enteros)

Juncus sp., junco

Scirpus holoschoenus, junco

Stipa tenacissima, esparto

Tipha sp., anea

Plantas de interés gastronómico

Arbutus unedo, madroño

Arthrocnemum sp., salicornias

Asparagus sp., espárragos

Beta maritima, acelga silvestre

Capparis spinosa, alcaparra

Cichorium intybus, achicoria

Crithmum maritimum, hinojo marino

Rubus sp., zarza

Salicornia sp., salicornia

Y cualquier otra especie que no figure en la Lista de especies de protección especial ni en el Catálogo de especias amenazadas.

Hongos

Lactarius sanguifluus, níscalo,

Cantharellus alborufescens, rebozuelo

Amanita vaginata, champiñón jaspeado

Tricholoma terreum, negrilla

Helvella crispa, oreja de liebre blanca, oreja de gato

Y cualquier otra especie comestible que no figure en la Lista de especies de protección especial ni en el Catálogo de especies amenazadas.