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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.4 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 4061
Procedimiento Ordinario 813/2013

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Dª  FRANCISCA MARIA REUS BARCELO, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 004 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000813/2013 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª SIEGFRIED POLLMEIER contra la empresa  LOTO ROYAL SLU, DEBERTIN ANDRE, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

 SENTENCIA N° 63 

En la ciudad de Palma de Mallorca a veinte de febrero de  dos mil quince.

VISTO  por mi  D.  Ricardo Martín Martín, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Cuatro de Palma de Mallorca, el presente Juicio seguido a instancia del sindicato Unión General de Trabajadores actuando en interés y representación de su afiliado  D. Siegfried Pollmeier representado por el Graduado Social D. Rafael Aguiló Inglés contra la empresa Lotto Royal S.L.U. y el empresario D. Andre Debertin con citación del Fondo de Garantía Salarial sobre reclamación de cantidad.

FALLO

QUE DEBO ESTIMAR Y ESTIMO EN PARTE LA DEMANDA interpuesta por del sindicato Unión General de Trabajadores actuando en interés y representación de su afiliado  D. Siegfried Pollmeier contra la empresa Lotto Royal S.L.U. y el empresario D. Andre Debertin con citación del Fondo de Garantía Salarial sobre reclamación de cantidad condenando al empresario D. André Debertin  a pagar  al trabajador demandante la cantidad de 1.230,24 € suma que devengará desde el día de hoy y hasta su completo pago el interés establecido en el art. 576 LEC; absolviendo al Fondo de Garantía Salarial de los pedimentos frente al mismo deducidos y sin perjuicio de sus eventuales responsabilidades legales, así como a la empresa codemandada Lotto Royal S.L..

Notifíquese  la anterior sentencia a las partes interesadas, advirtiéndoles que contra la misma no cabe recurso alguno. Procédase al archivo de los presentes autos previa baja en el Libro correspondiente.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a LOTO ROYAL SLU, DEBERTIN ANDRE, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de ILLES BALEARS.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a veintisiete de Febrero de dos mil quince.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL