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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TURISMO Y DEPORTES

Núm. 4441
Notificación de revocación de las resoluciones de los expedientees sancionadores instruidos por la Consejería de Turismo i Deportes

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Puesto que no ha sido posible notificar la revocación de las resoluciones de los expedientees sancionadores que se relacionan a continuación, instruidos por la Consejería de Turismo y Deportes por presuntas infracciones administrativas en materia de turismo, en ejecución de lo que dispone el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común,  se notifica a las personas que también se indican a continuación que se ha decidido revocar las resoluciones de los expedientes sancionadores que se relacionan a continuación:

Expediente número: 141/2014

Titular: Telebeach, SL   

Empresa: Bar Telebeach 

Última dirección: C/ Cannes, 29, l’Arenal, Palma

Fecha: 5 de febrero de 2015

Expediente número: 174/2014

Titular: Antonio Ramírez Martín   

Empresa: Restaurante croissanteria La Factoría

Última dirección: C. Tokio, 8

Fecha: 5 de febrero de 2015

Expediente número: 190/2014

Titular: Restaurante Hamburgo, CB   

Empresa: Restaurante Hamburgo

Última dirección: C. Bartomeu Xamena, 5, Platja de Palma, Palma

Fecha: 5 de febrero de 2015

Se comunica que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la CAIB, y el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, estas resoluciones ponen fin a la vía administrativa y, de acuerdo con lo que dispone el artículo 116 de la Ley 30/1992, modificada por la Ley 4/1999, se puede interponer recurso potestativo de reposición frente al órgano competente, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación de las resoluciones, o directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo contencioso administrativo en el plazo de dos mesas a contar desde el día siguiente al de la notificación de las resoluciones, de acuerdo con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción de lo contencioso administrativo.

  

Palma, 9 de marzo de 2015

El secretario general
Por delegación del consejero de Turismo y Deportes
(Resolución de 24.01.2014,  BOIB núm. 15,  30.01.14)

Joaquín Legaza Cotayna