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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE ALARÓ

Núm. 4312
Notificación r.b.144-2015 requerimiento presentación proyecto técnico para la ejecución de las obras de la red de pluviales

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Texto

Intentada sin efecto la notificación por correo certificado con acuse de recibo, y no habiéndose podido efectuar por ignorarse el domicilio o no haberse encontrado en el mismo interesado que se relaciona, se procede, en cumplimiento de lo establecido artículo 59.5 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, a la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Palma, de la siguiente:

"Resolución de Alcaldía núm. 144-2015

1. Hechos.

Proyecto de urbanización de la unidad de ejecución núm. 1 (UE 1, C / de Solleric, Son Mas), promovido por (datos personales ocultos) (hoy (datos personales ocultos)representada por (datos personales ocultos) proyecto de urbanización, también llamado "dotación de servicios", descrita en los siguientes proyectos y documentación técnica:

- Dotación de servicios (obra civil); técnicos redactores:(datos personales ocultos)rquitectos; núm. visado proyecto: 11/04721/08, de 02.12.2008

- Instalalaciones de un centro de transformación de electricidad doble; técnico redactor: (datos personales ocultos), ingeniero industrial; núm. visado proyecto: 120748-1, de 26.11.2008.

- Redes subterráneas de distribución de electricidad en baja tensión; técnico redactor: (datos personales ocultos) ingeniero industrial; núm. visado proyecto: 120749-1, de 26.11.2008.

- Dotación de servicios; técnico redactor:(datos personales ocultos)ngeniero industrial; núm. visado proyecto: 120721-1, de 25.11.2008).

- Subsanación de deficiencias (obra civil); técnicos redactores: (datos personales ocultos)arquitectos; núm. visado documentación: 11/00037/10, de 08.01.2010.

- Subsanación de deficiencias (obra civil); técnicos redactores: (datos personales ocultos)arquitectos; núm. visado documentación: 11/02538/10, de 03.06.2010.

- Anexo al proyecto de dotación de servicios; técnico redactor: (datos personales ocultos)l, ingeniero industrial; núm. visado anexo: 120721/0002, de 09.08.2010).

- Anexo II al proyecto de dotación de servicios; técnico redactor: (datos personales ocultos) ingeniero industrial; de abril de 2011, plano núm. 07 y plano núm. 08).

Condiciones:

1a. Antes del inicio de las obras de urbanización los promotores deberán presentar el correspondiente proyecto de compensación (art. 157,3 y 172 y 173 del RD 3288/1978, de 25 de agosto, Reglamento de gestión urbanística,) respecto el sistema de compensación en caso de propietario único, o comunidad "pro-indiviso", y las determinaciones del proyecto de compensación en este supuesto (y estipulación tercera, punto 3.3, de la modificación del convenio urbanístico, acordada por el Pleno del ayuntamiento en fecha 25 de febrero de 2008, y firmado con los promotores el día 29 de diciembre de 2008).

2a. Cumplimiento de las condiciones señaladas en el acuerdo del Pleno de la Comisión Balear de Medio Ambiente de 7 de julio de 2010 (BOIB núm. 135, de 16.09.2010).

(Aprobado definitivamente por acuerdo de la Junta de gobierno local de 29 de abril de 2011, registro de salida núm. 1234, de 13.05.2011; notificado el 18.05.2011).

Modificación puntual de las Normas subsidiarias de planeamiento urbanístico municipal en la unidad de ejecución núm. 1 (C / de Solleric, Son Mas).

(Aprobada provisionalmente por acuerdo del Pleno del ayuntamiento de 21 de febrero de 2014; pendiente de aprobación definitiva por parte del Consejo Insular de Mallorca, CIM, para ello el 05/12/2014 se presentó en el CIM la documentación para reparar deficiencias , reg. de salida núm. 3296, de 12.03.2014).

Petición a esa sociedad de la previsión temporal de ejecución de las obras de urbanización de la UE-1 y, en especial, de las referidas a la red de pluviales y complementarias, (reg. De salida núm. 500, de 2.21. 2014; notificada el 02/25/2014); sin que se haya dado respuesta.

2. Fundamentos de derecho.

Estipulación octava del del convenio para el desarrollo urbanístico de la unidad de ejecución núm. 1 (C / de Solleric, Son Mas), aprobado por acuerdo del Pleno del ayuntamiento de 25 de septiembre de 2008 (Boletín Oficial de las Islas Baleares, BOIB núm. 151, de 25.10.2008):

"Si una vez terminada la nueva red de aguas pluviales (en varias zonas del pueblo; Plan de obras y servicios de 2008; y que finalizaron el año 2011), la urbanitzdora no había realizado la del C / de Solleric, el ayuntamiento ejecutará la obra, a cargo de la promotora. "

Obligaciones de la promotora, núm. 1 a 7, establecidas en la modificación complementaria del convenio, que recogen la obligación de esa empresa de ejecutar la red de recogida de aguas pluviales y otras obras relacionadas, aprobada por acuerdo del Pleno del ayuntamiento de 31 de marzo de 2011 (BOIB núm. 62, de 23.4.2011).

Artículos 93 a 98 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, sobre la ejecución en los procedimientos administrativos.

3. Resolución.

En ejercicio de las atribuciones conferidas por el art. 21,1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, resuelvo:

1º.- Requerir (datos personales ocultos), representada por (datos personales ocultos), la presentación, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al del recibo de este escrito, del proyecto parcial de urbanización de la unidad de ejecución núm. 1, refundido en lo referente a la red de pluviales y en las siguientes obligaciones / actuaciones:

- Red de pluviales de la calle Solleric, infraestructura necesaria para recoger el caudal de agua que confluye a la mencionada vía pública desde el tramo P01 hasta el tramo P07 (ambos incluidos), según descripción y especificaciones señaladas en el documento técnico "Memoria valorada del dimensionamiento de la red de pluviales en la calle Solleric en Alaró ", plano 3.1, redactado por Sorea, de febrero de 2010 (su refª: 08-2010-003; con el núm. 217 en el expediente).

- La red de pluviales desde el tramo P07 hasta el tramo "OUT" (ambos incluidos), vertido al torrente en las inmediaciones del antiguo matadero municipal, plano 3.1 y descripción y especificaciones señaladas en el documento técnico "Memoria valorada del dimensionamiento de la red de pluviales en la calle Solleric en Alaró ", redactado por Sorea, de febrero de 2010 (su refª: 08-2010-003; con el núm. 217 en el expediente).

Para esta actuación, considerando que se ejecutará una infraestructura que dará servicio a un ámbito más extenso que el de la propia unidad de ejecución, el ayuntamiento de Alaró abonará Vilasalva, SL, un máximo de € 51.611,39, que serán descontados los € 90.000,00 pendientes de pago por parte de la promotora (de acuerdo con la cláusula sexta del convenio urbanístico aprobado por acuerdo plenario de 25 de septiembre de 2.008, BOIB núm. 151, de 25 de octubre de 2008).

- Restituir todos los servicios afectados existentes en la zona de las obras.

- Mejorar sensiblemente las condiciones del camino de Son Polo hasta el badén del torrente de Solleric, regularización y refuerzo del firme, reconstrucción de márgenes esbucats y limpieza de aceras.

2º. Advertir expresamente a la promotora que en caso de no atender este requerimiento en el plazo indicado, se ejecutará a su cargo con liquidación provisional de los costes.

Lo que se hace público para su conocimiento, cumplimiento y efectos.

Recursos.

Contra esta resolución, que es definitiva en vía administrativa, se pueden interponer, alternativamente, los recursos siguientes:

a) Directamente el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el tablón de anuncios municipal.

b) El recurso de reposición potestativo ante la Alcaldía, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado de Contencioso Administrativo de Palma de Ma- Mallorca, en el plazo de seis meses, contados a partir del día siguiente a la desestimación presunta.

No obstante lo anterior, se puede ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

 

Alaró, 10 de març de 2015

El Secretario,

Jaume Nadal Bestard