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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE POLLENÇA

Núm. 4189
Notificación resolución de alcaldia 12/12/14 del expediente sancionador por infracción urbanística 11/13

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Puesto que no ha podido ser notificado en el domicilio que aparece en el expediente  sancionador por infracción urbanística (exp. núm. 11/13) que se tramita en el Área de Licencias de Obra de este Ayuntamiento en relación a la realización de obras sin la preceptiva licencia en el paseo Alemanya, núm. 26, por el presente anuncio se notifica al Sr.Miquel Àngel Llompart Garriga la resolución de Alcaldía de día 12 de desembre de 2014, de acuerdo con lo que dispone el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Contra esta resolución que agota la vía administrativa se pueden interponer, alternativamente, los recursos siguientes:

a) Directamente el recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal que resulte competente, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución.

b) El recurso de reposición potestativo ante el órgano que ha dictado esta resolución, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá una vez transcurrido un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo, en el plazo de seis meses, a contar a partir del día siguiente a la desestimación presunta.

No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa y de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

En cuanto a la designación del Instructor y Secretario, podrá formular recusación contra las personas designadas, de acuerdo con lo que establece el art. 29 de la citada Ley 30/1992.  

Texto de la resolución:

“Vista la resolución de Alcaldía del día 13 de junio de 2014 en la que se inició un expediente sancionador al Sr. Miquel Àngel Llompart Garriga, a causa de la realización sin la preceptiva licencia, en el paseo Alemanya, núm. 26 del Port de Pollença, de las obras menores de reforma de baños con licencia concedida el día 21 de abril de 2014, objeto del procedimiento disciplinario incoado el día 27 de mayo de 2013.

Vista la resolución del instructor del día de hoy en la que se declara concluida la fase de instrucción del expediente sancionador incoado.

Basándome en las facultades que me confiere la legislación vigente, he resuelto:

1º. Imponer al Sr. Miquel Àngel Llompart Garriga una sanción de trescientos diecinueve euros con sesenta y ocho céntimos (319’68) como responsable de la realización sin la preceptiva licencia, en el paseo Alemanya, núm. 26 del Port de Pollença, de las obras de reforma de un baño, constitutivas de una infracción urbanística visto el procedimiento disciplinario incoado el día 27 de mayo de 2013, sanción a imponer en un 5% del valor de las obras, de acuerdo con lo establecido en el art. 46 de la Ley 10/90, de Disciplina Urbanística.

2º. Comunicar que el pago de la sanción impuesta tendrá que hacerse mediante un ingreso o transferencia a realizar en las cuentas “Ayuntamiento de Pollença” de cualquier entidad bancaria o caja de ahorros de la localidad, dentro de los siguientes plazos: 

A) Notificaciones recibidas entre los días 1 al 15 de cada mes, ambos inclusive, hasta el día 20 del mes siguiente. 

B) Notificaciones recibidas entre los días 16 al último de cada mes, ambos inclusive, hasta el día 5 del mes siguiente.

Cuando los plazos acaben en día inhábil, se ampliaran hasta el día hábil inmediato posterior. Si no se ha efectuado el ingreso una vez transcurridos los plazos, procederá la vía de apremio, y la cantidad que se debe devengará interés de demora desde el día siguiente al vencimiento de la deuda hasta la fecha de su ingreso, de conformidad con la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. 

El pago de la multa se suspenderá si durante el plazo legal para la interposición del recurso se garantiza el importe de la totalidad de la multa. La garantía a constituir por parte del reclamante para obtener la suspensión será depositada en la Tesorería de este Ayuntamiento, en efectivo o en valores públicos, o mediante un aval o fianza por el importe de la sanción.

3º. Notificar esta resolución al interesado, a los efectos oportunos."

La identificación de las cuentas bancarias señaladas en el apartado 3º de la resolución, es:

  • La Caixa                                ES67 2100 0090 16 0200001103
  • Banco Popular                      ES42 0075 6840 24 0660005517
  • BBVA                                   ES33 0182 5747 48 0200070468
  • Banca March                        ES48 0061 0036 39 0007670184
  • Banco Santander                   ES16 0049 5014 50 2610451500
  • Colonya                                ES79 2056 0000 65 3281002552
  • Banca Sabadell                      ES51 0081 0661 52 0001018305
  • BANKIA                              ES91 2038 6577 99 6400000197
  • Banc Mare Nostrum             ES89 0487 2036 47 2000005965

Pollença, 5 de marzo de 2015

El alcalde
Bartomeu Cifre Ochogavia