Sección V. Anuncios
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AYUNTAMIENTO DE POLLENÇA
Núm. 4187
Notificación resolución de alcaldia de 18/11/14 de caducidad de expedientes (exp. 395/07, 119/08 i 408/10)
Puesto que no ha podido ser notificado a las personas interesadas en los domicilios que aparecen en los respectivos expedientes de el Área de Licencias de Obra, por el presente anuncio se notifica la resolución de Alcaldía de día 18 de noviembre de 2014, de acuerdo con lo que dispone el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Contra esta resolución que agota la vía administrativa se pueden interponer, alternativamente, los recursos siguientes:
a) Directamente el recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal que resulte competente, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución.
b) El recurso de reposición potestativo ante el órgano que ha dictado esta resolución, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá una vez transcurrido un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo, en el plazo de seis meses, a contar a partir del día siguiente a la desestimación presunta.
No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa y de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
En cuanto a la designación del Instructor y Secretario, podrá formular recusación contra las personas designadas, de acuerdo con lo que establece el art. 29 de la citada Ley 30/1992.
Texto de la resolución:
“Vistos los siguientes expedientes, cuya tramitación está paralizada por causa imputable a los interesados, ya que en el plazo de tres meses concedido de acuerdo con el art. 92 de la Ley 30/92, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, los interesados no han realizado ninguna actividad para retomar la tramitación.
[…]
Exp. 395/07. Petición del Sr. Mateo Martorell Ramis en representación. de Promociones Martorell SA de licencia para la construcción de un edificio plurifamiliar de viviendas, aparcamientos y piscina en la c/ Cirerer, num. 171.
Exp. 119/08. Petición del Sr. Mark Manning de licencia pera la colocación de un rótulo publicitario en el paseo Londres.
Exp. 408/10. Petición de la Sra. Aina Albertí Díaz en rep. del Sr. Andre Rousseau Gaston de licencia de obra de rehabilitación de la cubierta de la vivienda del solar 60 de la urbanización de Can Singala.
[…]
De acuerdo con lo establecido en el citado art. 92 LRJAAPP
HE RESUELTO
Primero. Declarar la caducidad de los expedientes señalados, con el archivo de las actuaciones.
Segundo. Notificar esta resolución a los interesados para su conocimiento y efectos oportunos.
Tercero. Dar cuenta de ello al Servicio de Inspección Urbanística, a los efectos de formular la correspondiente denuncia y acta, si se da el caso de que las obras se hubieran realizado.
Lo que les comunico a los efectos oportunos.”
Pollença, 5 de març de 2015
El Batle
Bartomeu Cifre Ochogavia