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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE POLLENÇA

Núm. 4184
Notificación de resolución de alcaldia de 10/12/14 de orden de ejecución por situación inminente de ruina (exp. 631/14)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Dado que se desconoce a la persona interesada, se comunica a la propiedad la resolución de alcaldía de día 10 de diciembre de 2014 en relación al expediente de obra núm. 631/14 de orden de ejecución por situación de ruina inminente de la construcción de la parcela 511 del polígono 3 que se tramita en el Área de Licencias de Obra del Ayuntamiento, de acuerdo con lo que dispone el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Contra esta resolución que agota la vía administrativa se pueden interponer, alternativamente, los recursos siguientes:

a) Directamente el recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal que resulte competente, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución.

b) El recurso de reposición potestativo ante el órgano que ha dictado esta resolución, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá en el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo, en el plazo de seis meses, a contar a partir del día siguiente a la desestimación presunta.

No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si procede, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa y de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

En cuanto a la designación del Instructor y Secretario, podrá formular recusación contra las personas designadas, de acuerdo con lo que establece el art. 29 de la citada Ley 30/1992.  

Texto de la resolución:

Visto el informe del arquitecto municipal, Sr. Jaume Carbonero Malberti, con fecha de hoy en la que, una vez realizada la visita de inspección conjunta con el inspector de obras municipal a la parcela 511 del polígono 3, que linda con el camino de Ca na Volantina, se dice que la construcción existente se encuentra en una situación de ruina inminente y que una de las paredes laterales perpendiculares al camino ha caído a causa del fuerte viento.

Visto que no consta en los archivos municipales y del catastro la actual propiedad de la parcela y considerando, por lo tanto, la imposibilidad de actuar de acuerdo con lo previsto en el art. 117 de la Ley 2/2014 de 25 de marzo, de Ordenación y uso del suelo, para garantizar las condiciones de seguridad para todos los usuarios del citado camino de Ca na Volantina, a la vista del estado de la construcción, tal y como se señala en el citado informe técnico.

En virtud de las atribuciones que me confiere el art. 117 de la Ley 2/2014 de 25 de marzo, de Ordenación y uso del suelo

HE RESUELTO:

Primero. Ordenar, como medida cautelar por razón de urgencia considerando el riesgo de caída sobre el camino, el inmediato derribo de la pared de la construcción señalada paralela al camino de Ca na Volantina, bajo la dirección de los STM, a cargo de la persona obligada.

Segundo. Notificar esta resolución a la propiedad a los efectos correspondientes, de acuerdo con el procedimiento legalmente establecido al efecto.

Tercero. Notificarla, así mismo, a los STM."

Pollença, 5 de marzo de 2015

El alcalde
Bartomeu Cifre Ochogavia